Suscrito el Protocolo Adicional al Convenio de colaboración entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Consejería de Salud y Servicios Sociales de la Comunidad Autónoma de La Rioja, por el que se determinan las aportaciones económicas de las partes y se incorporan los proyectos seleccionados para la realización de programas del Plan Gerontológico, y en cumplimiento de lo dispuesto en el punto dos del artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del citado Protocolo, que figura como anexo de esta Resolución.
Lo que se hace público a los efectos oportunos.
Madrid, 27 de diciembre de 2001.‒El Secretario general técnico, Luis Martínez-Sicluna Sepúlveda.
En Madrid, a 22 de noviembre de 2001.
REUNIDOS
De una parte, el excelentísimo señor don Juan Carlos Aparicio Pérez, como Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales, nombrado por Real Decreto 561/2000 de 27 de abril («Boletín Oficial del Estado» número 102, del 28), en nombre y representación de la Administración General del Estado, en virtud de lo dispuesto en la disposición adicional decimotercera de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común («Boletín Oficial del Estado» del 14), según redacción dada a la misma por el artículo segundo, apartado 4, de la Ley 4/1999, de 13 de enero.
Y de otra parte, el excelentísimo señor don Felipe Ruiz y Fernández de Pinedo Consejero de Salud y Servicios Sociales de la Comunidad Autónoma de La Rioja, en nombre y representación de la Comunidad Autónoma de La Rioja, en virtud del acuerdo del Gobierno de La Rioja, aprobado en su reunión de fecha 21 de enero de 2000 («Boletín Oficial de La Rioja» número 14, del 29).
Ambas partes se reconocen mutua capacidad para obligarse y convenir,
EXPONEN
Que el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma de La Rioja suscribieron, en fecha de 30 de diciembre de 1997, Convenio para la cofinanciación de Programas del Plan Gerontológico a través de Proyectos específicos del Plan Gerontológico.
Que el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, en virtud de las competencias que le vienen atribuidas por la Constitución y los Reales Decretos 758/1996, de 5 de mayo, de creación; 839/1996, de 10 de mayo, que establece su estructura orgánica, y la Orden Ministerial de 21 de mayo de 1996, por la que asume las competencias del extinto Ministerio de Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma de La Rioja de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica 3/1983, de 9 de junio; 4/1994, de 24 de marzo. y 2/1999, de 7 de enero, que aprueba y reforma el Estatuto de Autonomía de la misma, tienen competencias en materia de Acción Social y Servicios Sociales.
En la Ley 13/2000, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado de 2001, y en la Ley 6/2000, de 19 de diciembre («Boletín Oficial de La Rioja» del 30), de presupuestos de la Comunidad Autónoma de La Rioja, se establecen dotaciones presupuestarias para estos fines.
Que el Convenio citado, establecía en su cláusula décima la prórroga automática de aquel para ejercicios económicos sucesivos, de no mediar denuncia expresa de alguna de las partes.
Que, no obstante, de esa prórroga automática se excluyen las cantidades económicas expresadas en el Convenio, así como en los correspondientes anexos que deberán ser actualizados cada año con el fin de ajustarlos a los proyectos planteados por la Comunidad Autónoma de La Rioja y las previsiones presupuestarias que se establezcan.
Que la Comunidad Autónoma justificará, ante el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, la cofinanciación recibida, correspondiente al Protocolo Adicional suscrito el 7 de noviembre de 2000, mediante un documento que indique la existencia o inexistencia de remanentes.
Que habiéndose efectuado, conforme al procedimiento previsto en el Convenio antes citado, la determinación de las aportaciones económicas de las partes correspondientes al año 2001, procede instrumentarla a través del presente «Protocolo Adicional», junto con la selección de los proyectos planteados por la Comunidad Autónoma de La Rioja y aprobados asimismo, a efectos de financiación conjunta.
Por todo lo manifestado, en base al artículo 6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y de la cláusula décima del Convenio de colaboración para la realización de programas del Plan Gerontológico, suscrito el 30 de diciembre de 1997 entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma de La Rioja, ambas partes acuerdan suscribir el presente «Protocolo Adicional» el cual se regirá por las siguientes
CLÁUSULAS
La Administración General del Estado y la Comunidad Autónoma de La Rioja incorporan al Convenio de colaboración, de fecha 30 de diciembre de 1997, los proyectos seleccionados conjuntamente, los cuales se unen al mismo mediante anexo del presente Protocolo.
La duración de este Protocolo Adicional se establece por un año desde la firma del mismo.
El Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales con cargo a su dotación presupuestaria para el ejercicio 2001, aporta como participación en la financiación de los fines del presente Protocolo la cantidad de setenta y cinco millones seiscientas seis mil setecientas (75.606.700) pesetas, distribuidas en: Concepto 19.04.313L.452, sesenta y siete millones ciento doce mil quinientas (67.112.500) pesetas, y concepto 19.04.313L.457, ocho millones cuatrocientas noventa y cuatro mil doscientas (8.494.200) pesetas.
La Comunidad Autónoma de La Rioja y las Corporaciones Locales, en su caso, de conformidad con los acuerdos suscritos por ambas, se comprometen a asumir la corresponsabilidad en la financiación en una cuantía no inferior al 50 por 100, aportando la cantidad de ciento sesenta y dos millones quinientas sesenta mil quinientas veinte (162.560.520) pesetas, de la que se ha presentado el correspondiente certificado de retención de crédito.
La dotación económica para la ejecución del Convenio, dentro del ejercicio económico 2001, se desglosa entre los proyectos seleccionados de la forma que figura en el anexo.
Y en prueba de conformidad, suscriben el presente «Protocolo Adicional», en duplicado ejemplar, en el lugar y fecha indicados en este documento.‒El Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales en nombre y representación del Gobierno de la Nación, Juan Carlos Aparicio Pérez.‒El Consejero de Salud y Servicios Sociales de la Comunidad Autónoma de La Rioja en nombre y representación de la Comunidad Autónoma, Felipe Ruiz y Fernández de Pinedo.
C.A./C.L. ‒ Pesetas |
M.T. y A.S. ‒ Pesetas |
|
---|---|---|
Aplicación Presupuestaria 19.04.313L.452 | ||
Proyectos Mantenimiento: | ||
Lardero (La Rioja)-Residencia «Reina Sofía». | 142.427.448 | 67.112.500 |
Total. | 142.427.448 | 67.112.500 |
Aplicación Presupuestaria 19.04.313L.457 | ||
Proyectos de mantenimiento de programas y servicios dirigidos a la atención de enfermos de Alzheimer y otras demencias: | ||
Calahorra (La Rioja)-Integración de enfermos de Alzheimer en la Residencia. | 20.133.072 | 8.494.200 |
Total. | 20.133.072 | 8.494.200 |
Suma totales. | 162.560.520 | 75.606.700 |
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid