El Real Decreto Legislativo 1302/1986, de 28 de junio, de evaluación
de impacto ambiental, modificado por la Ley 6/2001, de 8 de mayo, y
su Reglamento de ejecución aprobado por Real Decreto 1131/1988, de
30 de septiembre, establecen la obligación de formular declaración de
impacto ambiental con carácter previo a la resolución administrativa que
se adopte para la realización o, en su caso, autorización de la obra,
instalación o actividad de las comprendidas en los anexos a las citadas
disposiciones.
De acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 695/2000, de 12 de
mayo, y en el Real Decreto 1415/2000, de 21 de julio, modificado por
el Real Decreto 376/2001, de 6 de abril, por los que se establece la estructura
orgánica básica y la atribución de competencias del Ministerio de Medio
Ambiente, corresponde a la Secretaría General de Medio Ambiente la
formulación de las declaraciones de impacto ambiental de competencia
estatal, reguladas por la legislación vigente.
Al objeto de iniciar el procedimiento de evaluación de impacto
ambiental, el promotor "Hidroeléctrica del Carrión, Sociedad Anónima", de
acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13 del citado Reglamento, remitió con
fecha 12 de mayo de 1999, a la Dirección General de Calidad y Evaluación
Ambiental, la Memoria-resumen con objeto de iniciar el procedimiento
de evaluación de impacto ambiental.
La Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental estableció,
con fecha 6 de septiembre de 2000, un período de consultas a la Consejería
de Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León, así como a una serie
de asociaciones y organismos previsiblemente interesados, sobre el impacto
ambiental del proyecto.
La relación de organismos consultados, así como una síntesis de las
respuestas recibidas, se recoge en el anexo I.
En virtud del artículo 14 del Reglamento, con fecha 11 de diciembre
de 2000, la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental trasladó
al promotor del proyecto las respuestas recibidas, así como los aspectos
más significativos, a juicio del órgano ambiental, para que fuesen
considerados por el promotor en el estudio de impacto ambiental.
Elaborado por el promotor el estudio de impacto ambiental, fue
sometido a información pública junto con la petición de modificación de las
características de la concesión, mediante anuncio que se publicó en el
"Boletín Oficial de la Provincia de Palencia" el día 21 de noviembre de
2001, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 15 del Reglamento.
Conforme al artículo 16 del Reglamento, con fecha 22 de febrero de
2002, la Confederación Hidrográfica del Duero remitió a la Dirección
General de Calidad y Evaluación Ambiental el expediente de modificación de
las características de la concesión de aguas para el aprovechamiento
hidroeléctrico de Husillos, con el resultado de la información pública de dicha
modificación, así como del estudio de impacto ambiental del proyecto.
Una síntesis del documento técnico del proyecto constituye el anexo II.
Se produjo una alegación durante el período de información pública
del proyecto. Dicha alegación de don Lucio Guerra de la Hera hace
referencia a posibles daños en la cabaña ganadera de una explotación cercana,
debidos a la demolición del edificio de la central y la pérdida de la línea
de baja tensión que abastece dicha finca. La alegación tiene respuesta
en el expediente, manifestándose que dichos daños no se producirán puesto
que el edificio no se va a demoler sino que se mantendrá el existente,
no afectando además a las líneas eléctricas de la zona.
Con fecha 10 de septiembre de 2002, la Confederación Hidrográfica
del Duero remite informe sobre el estudio de impacto ambiental del
proyecto emitido por el Servicio Territorial de Medio Ambiente de la Junta
de Castilla y León en Palencia. Se señala que el caudal a detraer para
el aprovechamiento hidroeléctrico no debería comprometer a priori y dado
los caudales máximos medios diarios aportados, el régimen de caudal
ecológico exigible en la zona. En cuanto al diseño de la escala de peces,
se ajustará a lo dispuesto en la Ley de protección de ecosistemas acuáticos
y de regulación de la pesca en Castilla y León.
De la documentación contenida en el expediente de este proyecto se
destaca lo siguiente:
1. El proyecto está diseñado para detraer un caudal para la
minicentral del río Carrión de 15 m3/s. Según el informe emitido por el Servicio
Territorial de Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León en Palencia,
este volumen, dado los caudales máximos medios diarios aportados no
deberían comprometer el régimen de caudal ecológico exigible en la zona.
2. El proyecto prevé el mantenimiento del azud y el embalse existente
realizando únicamente las reparaciones de la presa que se consideren
necesarias.
3. El proyecto prevé el mantenimiento del edificio de la central
actualmente existente, evitando su demolición. Sólo será necesario la limpieza
y acondicionamiento de la sala, así como la reparación de la cubierta.
Igualmente, se contempla una insonorización del edificio, en especial, del
local donde se instalen las turbinas.
4. El proyecto contempla la realización de un mantenimiento y
acondicionamiento del canal de desagüe existente sin afectar a la vegetación
circundante.
5. El proyecto prevé un tendido eléctrico subterráneo de 13,2 kv desde
la minicentral hasta la línea de Husillos, en total un máximo, dependiendo
del punto de enganche, de unos 110 metros.
6. El proyecto prevé la revegetación e integración de taludes y
superficies desnudas.
7. El proyecto prevé la ejecución de las obras fuera de las épocas
de cría, tomando como referencia el período reproductor del martinete,
comenzando por tanto a partir de agosto las obras y realizando los
tratamientos sobre la vegetación a partir del mes de octubre.
8. El proyecto prevé la ejecución de una escala para peces.
9. El proyecto contiene un plan de vigilancia y control cuyo objetivo
es mantener bajo vigilancia los impactos que se puedan presentar tanto
en la fase de construcción como en la de funcionamiento, y asegurarse
de que las medidas correctoras aplicadas son eficaces y funcionan con
normalidad.
En consecuencia, la Secretaría General de Medio Ambiente, en el
ejercicio de las atribuciones conferidas por el Real Decreto
Legislativo 1302/1986, de 28 de junio, de evaluación de impacto ambiental, y los
artículos 4.1, 16.1 y 18 del Reglamento de ejecución, aprobado por el Real
Decreto 1131/1988, de 30 de septiembre, formula la siguiente declaración
de impacto ambiental sobre el proyecto de aprovechamiento hidroeléctrico
de Husillos en el término municipal de Husillos (Palencia), de
"Hidroeléctrica del Carrión, Sociedad Anónima".
Se considera válida la evaluación de impacto ambiental del citado
proyecto, tramitada conforme al procedimiento reglado de evaluación de
impacto ambiental.
Dado que las potenciales afecciones derivadas del proyecto no son
significativas aplicando las medidas correctoras de impacto previstas por
el promotor y controladas a través del Plan de Seguimiento y Vigilancia,
no se aprecian potenciales impactos adversos residuales significativos
sobre el medio ambiente derivados de la ejecución del proyecto de
aprovechamiento hidroeléctrico de Husillos en el término municipal de Husillos
(Palencia), de "Hidroeléctrica del Carrión, Sociedad Anónima".
Lo que se hace público para general conocimiento, en cumplimiento
de lo dispuesto en el artículo 22 del Reglamento para la ejecución del
Real Decreto Legislativo 1302/1986, de 28 de junio, de evaluación de
impacto ambiental.
Madrid, 4 de diciembre de 2002.-La Secretaria general, P. S. (Orden
MAM/3049/2002, de 3 de diciembre, "Boletín Oficial del Estado" del 4),
el Director general de Calidad y Evaluación Ambiental, Germán Glaría
Galcerán.
ANEXO I
Consultas sobre el impacto ambiental del proyecto
Respuestas
recibidasRelación de consultados
Dirección General de Conservación de la Naturaleza (MIMAM).
-Subdelegación del Gobierno en Palencia..............................
-Diputación Provincial de Palencia ..................................... X
Confederación Hidrográfica del Duero ................................
-Dirección General de Desarrollo Rural ................................ X
Respuestas
recibidasRelación de consultados
Dirección General de Industria, Energía y Minas ................... X
Dirección General de Patrimonio y Promoción Cultural .......... X
Secretaría General de la Consejería de Medio Ambiente de la
Junta de Castilla y León ............................................... X
Instituto Tecnológico Geominero .......................................
-AEDENAT ...................................................................
-Ecologistas en Acción .....................................................
-SEO ...........................................................................
-Federación Ecologista de Castilla y León ............................
-Colectivo Ecologista Palentino .........................................
-Ayuntamiento de Husillos ................................................
-
El contenido ambiental significativo de las respuestas recibidas es el
siguiente:
La Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León, adjunta
informe elaborado por la Dirección General de Medio Natural en el cual
hace las siguientes consideraciones respecto del contenido del estudio
de impacto ambiental: Deberá realizar un estudio hidrológico que justifique
el caudal que se pretende detraer, así como los caudales mínimos a respetar
cada mes; igualmente, incluir una escala de peces como medida correctora
así como la instalación de rejillas; deberán establecerse medidas de control
por el Servicio Territorial de Medio Ambiente en Palencia.
ANEXO II
Resumen del proyecto
El proyecto se encuentra ubicado en el término municipal de Husillos,
provincia de Palencia, en la margen derecha del río Carrión y un kilómetro
aguas debajo de su núcleo urbano.
El proyecto tiene por objeto la rehabilitación del salto de Husillos,
un antiguo aprovechamiento hidroeléctrico hoy en desuso, modificando
las características de la concesión anterior de 3.800 l/s ampliando el caudal
concesional a 15.000 l/s. El salto bruto se aumenta de los 4 a 4,24 metros,
esperando obtener una producción media anual de 1.616 MWh.
Las obras e instalaciones del proyecto consisten en:
Azud de toma: Se utilizará el actualmente existente.
Toma de aguas: Situada en el paramento aguas arriba de la central.
Se sustituirán las rejillas.
Central: Se instalará en el edificio existente, no tocando la estructura,
únicamente acondicionando la sala. Se instalará una turbina semi Kaplan
de eje vertical acoplada a un generador síncrono por medio de un
multiplicador de velocidad. La potencia de la turbina es de 512,8 Kw.
Canal de desagüe: Se utilizará el existente, de unos 550 metros de
largo recuperando mediante limpieza su dimensión original.
Tubería forzada enterrada, de fibra de vidrio de sección cilíndrica de
2,4 metros de diámetro, con una longitud de 170 metros y lleva el agua
de la cámara de carga a la tubería central.
La energía producida conectará con la línea general próxima al edificio
de la central, mediante tendido subterráneo de 13,2 Kv, con una longitud
máxima de 110 metros.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid