Por Resolución de 31 de enero de 2002 ("Boletín Oficial del Estado"
de 20 de febrero) de la Secretaría de Estado de Educación y Universidades
se convocó el Programa Nacional de ayudas para la movilidad de Profesores
de Universidad e Investigadores españoles y extranjeros.
Por Resolución de 21 de agosto de 2002 se denegaron las solicitudes
presentadas por los Profesores/Investigadores que figuran en el anexo.
Una vez examinadas las alegaciones presentadas por los interesados, la
Comisión de Selección ha propuesto la concesión de las ayudas solicitadas,
por lo que, de conformidad con lo establecido en el punto 3.2 de la
Resolución de 31 de enero de 2002, he resuelto:
Primero.-Conceder las ayudas para estancias de Profesores de
Universidad y Escuelas Universitarias españoles en Centros de Enseñanza
Superior y de Investigación españoles y extranjeros, incluido el Programa
"Salvador de Madariaga" que se relacionan en el anexo de esta Resolución,
por un importe total de cincuenta y siete mil dieciséis (57.016,00) euros.
Segundo,-El gasto será imputado a la aplicación
presupuestaria 18.07.541A.781 de los Presupuestos Generales del Estado, con el
siguiente desglose económico:
Anualidad 2003: 57.016,00 euros.
El pago del importe correspondiente a ejercicios futuros queda
supeditado a la aprobación de los correspondientes créditos de los Presupuestos
Generales del Estado.
Los beneficiarios de estas ayudas quedan obligados al cumplimiento
de las obligaciones establecidas en el apartado A.8 de la Resolución de 31
de enero de 2002, de convocatoria del Programa.
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa,
cabe interponer en el plazo de un mes recurso potestativo de reposición,
al amparo de los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre,
modificada por la Ley 4/1999 de 13 de enero. Asimismo, podrá interponerse
recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, conforme a lo establecido en el
artículo 11.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa, y el artículo 66 de la Ley Orgánica 6/1985,
de 1 de julio, del Poder Judicial, en la redacción dada por la Ley
Orgánica 6/1998, de 13 de julio, en el plazo de dos meses a contar desde
el día siguiente a la fecha de su notificación de acuerdo con lo dispuesto
en el artículo 46.1 de la citada Ley 29/1998. Dicho recurso no podrá ser
interpuesto hasta que el anterior recurso potestativo sea resuelto
expresamente o se haya producido la desestimación presunta.
Madrid, 9 de diciembre de 2002.-El Director general, Pedro Chacón
Fuertes.
Ilma. Sra. Subdirectora general de Formación y Movilidad del Profesorado
Universitario.
ANEXO : (Ver imagen página 45644)
Ayuda de
instalación y
viaje
Referencia Beneficiario Fecha
de inicio
Fecha
de fin País Organismo de destino Mensualidad Gasto 2003
PR2002-0282 Lobo Aleu, José Félix. 1- 1-03 31- 3-03 Estados Unidos. University of California-Berkeley. 3.000,00 3.000,00 12.000,00
PR2002-0282 Lobo Aleu, José Félix. 1- 4-03 30- 6-03 Estados Unidos. University of Minnesota. 3.000,00 0,00 9.000,00
PR2002-0399 Bergere Dezaphi, Joelle Ana. 1- 2-03 31- 5-03 Libano. Universite Saint-Joseph de Beyrouth. 3.000,00 3.000,00 15.000,00
PR2002-0399 Bergere Dezaphi, Joelle Ana. 1- 9-03 30-11-03 Estados Unidos. Universidad de Harvard. 3.000,00 0,00 9.000,00
SM2002-0008 Trias Vejarano, Juan. 1- 3-03 30- 6-03 Italia. Instituto Universitario Europeo. 2.404,00 2.400,00 12.016,00
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