Suscrito previa tramitación reglamentaria, entre el Ministerio de Fomento y la Comunidad de Madrid, el día 28 de noviembre de 2001, un Segundo Acuerdo de prórroga y modificación del Convenio de colaboración suscrito el 11 de diciembre de 1997 entre el Ministerio de Fomento y la Comunidad de Madrid, para la financiación de actuaciones integrales en el ámbito denominado Puente de Vallecas, declarado como Área de Rehabilitación Preferente, al amparo del Real Decreto 2190/1995, de 28 de diciembre, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 8.2, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, conforme a la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, procede la publicación de dicho Acuerdo que figura como Anexo de esta Resolución.
Madrid, 25 de enero de 2002.‒El Director general, Fernando Nasarre y de Goicoechea.
En Madrid, a 28 de noviembre de 2001.
REUNIDOS
De una parte: El Excmo. Sr. D. Francisco Álvarez-Cascos Fernández, Ministro de Fomento, que actúa en representación de la Administración General del Estado, al amparo de lo dispuesto en la disposición adicional decimotercera de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre según la redacción dada por la Ley 4/1999 de la misma, y previas autorizaciones otorgadas por la Comisión Delegada del Gobierno para Política Autonómica en fecha 20 de junio de 2001 y por el Consejo de Ministros en fecha 28 de septiembre de 2001.
Y de otra: El Excmo. Sr. D. Luis Eduardo Cortés Muñoz, Vicepresidente del Gobierno de la Comunidad de Madrid y Consejero de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes, en nombre y representación de la Consejería de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes de la Comunidad de Madrid, cargo para el que fue nombrado por Decreto 15/1999, de 8 de julio, facultado para este acto en virtud del artículo 41 de la Ley 1/1993, de 13 de diciembre.
Las partes se reconocen mutuamente en la calidad en que cada una interviene, con capacidad legal necesaria para el otorgamiento de este Acuerdo y al efecto
EXPONEN
1. Que el Ministerio de Fomento actúa en base a la competencia exclusiva que el artículo 149.1.11.ª y 1.13.ª de la Constitución Española atribuye al Estado en materia de ordenación de crédito, y bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica.
2. La Comunidad de Madrid tiene competencia en materia de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Vivienda, de conformidad con lo previsto en el artículo 26.3 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid, aprobado por Ley Orgánica 3/1983 de 25 de febrero.
Que la Consejería de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes es el Organismo que ejerce la competencia en materia de política de vivienda, a través de la Dirección General de Arquitectura y Vivienda, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 270/1995, de 19 de octubre.
3. Con fecha 11 de diciembre de 1997 se suscribió un Convenio de colaboración entre el Ministerio de Fomento y la Comunidad de Madrid, para financiar actuaciones de rehabilitación integral en el ámbito denominado Puente de Vallecas, ante el franco proceso de degradación urbanística y arquitectónica en que se encontraba el área considerada, y que precisa la rehabilitación integrada del patrimonio residencial y urbano.
4. Dada la dificultad en la ejecución de las actuaciones, el Ministerio de Fomento y la Comunidad de Madrid con fecha 30 de septiembre de 1999, suscribieron un Acuerdo de prórroga y modificación del Convenio citado, ampliando el periodo de actuación y distribuyendo las aportaciones pendientes a los ejercicios presupuestarios convenidos.
5. La reparación integral de los inmuebles, que conlleva en determinados casos el desplazamiento de los habitantes de sus viviendas, acreciéntala dificultad del proceso de ejecución de las actuaciones, y ha supuesto modificar nuevamente la programación temporal de los mismas y reajustar la inversión pendiente a nuevos ejercicios presupuestarios.
Por ello las partes reunidas, en la representación que ostentan, otorgan el presente Acuerdo de conformidad con las siguientes
ESTIPULACIONES
Primera. El presente Acuerdo tiene como finalidad prorrogar la vigencia del Convenio hasta el año 2002, reasignando las anualidades establecidas y sin que ello conlleve aumento del presupuesto acordado para la ejecución de las actuaciones.
Segunda. La inversión establecida se desglosa:
M.° de Fomento | Comunidad de Madrid | Ayunta miento de Madrid | Privados | Total | |
---|---|---|---|---|---|
Convenio 11-1207. | 467.450.000 | 293.300.000 | 436.920.000 | 268.830.000 | 1.466.500.000 |
Aportaciones a 31-12-2000. | 350.553.506 | 247.220.000 | 310.295.227 | 153.200.000 | 1.061.268.733 |
Aportación pendiente. | 116.896.494 | 46.080.000 | 126.624.773 | 115.630.000 | 405.231.267 |
Tercera. Las partes intervinientes aportarán las cantidades pendientes que alcanzan la cifra de cuatrocientos cinco millones doscientas treinta y una mil doscientas sesenta y siete pesetas (405.231.267 pesetas) (2.435.488,96 €), distribuidas en las cuantías y anualidades que se detallan:
Resumen de las aportaciones
(En pesetas y euros)
Anualidad | M ° de Fomento | Comunidad de Madrid | Ayuntamiento de Madrid | Privados | Total |
---|---|---|---|---|---|
2001 | 36.000.000 | 24.420.000 | 126.624.773 | 37.000.000 | 224.044.773 |
216.364,36€ | 6.767,15€ | 761.030,21€ | 222.374,48€ | 1.346.536,20€ | |
2002 | 80.896.494 | 21.660.000 | 0 | 78.630.000 | 181.186.494 |
486.197,72€ | 130.179,22€ | 0€ | 472.575,82€ | 1.088.952,76€ | |
TOTAL | 116.896.494 | 46.080.000 | 126.624.773 | 115.630.000 | 405.231.267 |
702.562,08€ | 276.946,37€ | 761.030,21€ | 694.950,30€ | 2.435.488,96€ |
La aportación del Ministerio de Fomento se efectuará con cargo al Presupuesto de Gastos del Estado, Programa 431A, concepto presupuestario 752.12.
Las partes intervinientes deberán someterse al procedimiento normativamente previsto, para reajustar las anualidades establecidas, a fin de adecuarlas a las necesidades reales de ejecución y a las disponibilidades presupuestarias que se puedan producir durante el desarrollo del Convenio.
Cuarta. Las partes para dar continuidad a las obligaciones asumidas, establecen a estos efectos una nueva previsión temporal que finalizará el 31 de diciembre del 2002, plazo de vigencia que podrá ser prorrogado por el tiempo que las partes acuerden, si llegado su término, existieran razones que así lo exigiesen.
Quinta. En todo lo que no se oponga al presente Acuerdo, será de aplicación lo establecido en el Convenio de 11 de diciembre de 1997.
En prueba de conformidad con cuanto antecede, los comparecientes lo firman en el lugar y fecha en su encabezamiento indicado.
El Ministro de Fomento, Francisco Alvarez-Cascos Fernández.‒El Vicepresidente del Gobierno de la Comunidad de Madrid y Consejero de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes, Luis Eduardo Cortés Muñoz.
Cláusula de adhesión
En Madrid, a 29 de noviembre de 2001.
COMPARECE
El Excmo. Sr. D. José María Álvarez del Manzano y López del Hierro, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Madrid, en nombre y representación del Ayuntamiento de Madrid, nombrado por Acuerdo Plenario adoptado en sesión celebrada el 3 de julio de 1999, cuyas facultades y competencias se encuentran recogidas en la Ley de Bases del Régimen Local y demás Textos legales que la desarrollan.
MANIFIESTA
El Ayuntamiento de Madrid se adhiere y presta su conformidad a las estipulaciones contenidas en el presente Acuerdo.
El Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Madrid, José M.a Álvarez del Manzano y López del Hierro.
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