La Ley 23/1998, de 7 de julio, de Cooperación Internacional
para el Desarrollo establece en su artículo 25, que Agencia
Española de Cooperación Internacional (AECI), organismo autónomo
adscrito al Ministerio de Asuntos Exteriores, a través de la
Secretaría de Estado para la Cooperación Internacional y para
Iberoamérica, y presidido por su titular, es el órgano de gestión de la
política española de cooperación internacional para el desarrollo,
sin perjuicio de las competencias asignadas a otros Departamentos
ministeriales.
La propia Ley, en su artículo 26, reconoce a las Oficinas
Técnicas de Cooperación como unidades adscritas orgánicamente a
las Embajadas que, bajo la dirección de su Jefe de Misión y la
dependencia funcional de la Agencia Española de Cooperación
Internacional aseguran la coordinación y, en su caso, la ejecución
de los recursos de la cooperación en su demarcación.
Por su parte el Estatuto de la Agencia Española de Cooperación
Internacional, aprobado por Real Decreto 3424/2000, de 15 de
diciembre, dedica su artículo 15 a los órganos de la Agencia
Española de Cooperación Internacional en el exterior, entre los que
se encuentran, junto a los Centros de Formación de la Cooperación
Española y los Centros Culturales, las Oficinas Técnicas de
Cooperación.
Los puestos directivos de estos centros podrán ser
desempeñados por personal contratado bajo una relación de carácter
especial de las previstas en el artículo 2.1.a) del Estatuto de los
Trabajadores.
Por tanto, concedida la autorización preceptiva por los
Ministerios de Hacienda y de Administraciones Públicas, en aplicación
de lo dispuesto en el artículo 21 de la Ley 23/2001, de 27 de
diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2002 y
el procedimiento previsto en la Instrucción conjunta de 30 de
junio de 1998, de las Secretarías de Estado para la Administración
Pública y de Presupuestos y Gastos, se anuncia, a convocatoria
pública y abierta, la plaza de Director de Centro Cultural de Perú,
de acuerdo con las siguientes,
Bases
I. Características de la plaza y funciones
El Director del Centro ocupará plaza prevista en el Catálogo
de Personal Laboral de la AECI en el exterior y prestará servicios
en el Centro Cultural, órgano de la AECI integrado en la Embajada
de España en Lima.
Desempeñará las siguientes funciones:
a) Dirigir el Centro Cultural de la AECI en Perú y su personal.
b) Programar y ejecutar las actividades culturales a realizar
por el Centro tras su aprobación por la Dirección General de
Relaciones Culturales y Científicas.
c) Identificar los temas susceptibles de promocionar la
cooperación cultural de España en Perú.
d) Contactar con los responsables culturales del país de destino.
e) Asesorar al excelentísimo Embajador de España en temas
culturales.
II. Régimen de contratación
El candidato designado para ocupar la plaza que se convoca,
suscribirá contrato de alta dirección, regulado por el Real
Decreto 1382/1985, de 1 de agosto, y de conformidad con lo establecido
en la Ley 23/1998, de 7 de julio, de Cooperación Internacional
para el Desarrollo, en el modelo utilizado por este Organismo
para los Directores de Centros Culturales y con mención expresa
del posible traslado de mutuo acuerdo a otro país a plaza de
similares características.
Su relación laboral quedará regulada por lo establecido en el
contrato y en la Resolución de la Presidencia de la Agencia
Española de Cooperación Internacional de 6 de mayo de 1992 ("Boletín
Oficial del Estado" número 122, del 21).
Las retribuciones de la plaza serán las aprobadas, para la
categoría de Director de Centro Cultural en Perú, por la Comisión
Interministerial de Retribuciones.
III. Requisitos de los aspirantes
Los aspirantes a la plaza que se convoca deberán reunir los
siguientes requisitos:
a) Tener la nacionalidad española.
b) Tener capacidad para contratar la prestación de su trabajo,
conforme a lo establecido en el artículo 7 del Estatuto de los
Trabajadores.
c) No padecer enfermedad ni limitaciones físicas o psíquicas
incompatibles con el normal desempeño de las tareas o funciones
correspondientes.
d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario
del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas ni
hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas
por sentencia judicial firme.
e) Ser titulado superior o equivalente.
IV. Méritos evaluables por la comisión de valoración
a) Experiencia en gestión cultural, preferentemente en el
exterior.
b) Experiencia en cooperación cultural, preferentemente con
Iberoamérica.
c) Experiencia en gestión de recursos humanos y económicos.
d) Experiencia en captación de patrocinio para actividades
culturales.
e) Facilidad para las relaciones públicas.
f) Conocimiento de la realidad sociopolítica y cultural de
Iberoamérica.
g) Conocimiento de idiomas.
V. Solicitudes
Quienes deseen tomar parte en esta convocatoria, deberán
hacerlo constar en instancia acompañada de currículum vitae
dirigida al excelentísimo señor Secretario general de la Agencia
Española de Cooperación Internacional (Vicesecretaría General,
avenida Reyes Católicos, 4, 28040 Madrid) citando expresamente
"Plaza de Director de Centro Cultural en Perú", sin perjuicio de
lo dispuesto en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de
noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas
y de Procedimiento Administrativo común, en el plazo de quince
días naturales contados a partir del día siguiente a la publicación
de esta convocatoria.
VI. Proceso de selección
La idoneidad de los aspirantes será evaluada, de acuerdo con
los méritos acreditados por los mismos, por una Comisión
constituida de la siguiente forma:
Presidente: El Director general de Relaciones Culturales y
Científicas.
Vicepresidente: El Subdirector general de Cooperación y
Promoción Cultural Exterior.
Vocales: Dos funcionarios nombrados por el Secretario general
de la AECI, junto con sus suplentes.
Secretaria: La Vicesecretaria general de la AECI, que actuará
con voz y voto.
La Comisión de Valoración establecerá los criterios para
evaluar los méritos de los candidatos en relación con los específicos
requeridos en la presente convocatoria.
Aquellos que resulten preseleccionados podrán ser citados para
la realización de entrevista personal. La entrevista versará sobre
aspectos del currículum vitae del candidato, puntos concretos de
los méritos aducidos, sus conocimientos sobre el país de destino
y otros de su área geográfica y, en general, aquellos otros aspectos
que permitan a la Comisión evaluar la idoneidad del candidato
para el puesto.
Terminados sus trabajos, la Comisión de Valoración elevará
una propuesta en forma de terna, a la Secretaría General de la
Agencia Española de Cooperación Internacional que resolverá,
disponiendo la contratación del candidato designado.
Lo que comunico a VV. II. para su conocimiento y efectos
oportunos.
Madrid, 25 de enero de 2002.-El Presidente, P. D. (Resolución
de 29 de diciembre de 2000, "Boletín Oficial del Estado" de 12
de febrero de 2001), el Secretario general, Rafael Rodríguez-Ponga
y Salamanca.
Ilmos. Sres. Directores generales de Cooperación con Iberoamérica;
de Cooperación con África, Asia y Europa Oriental; de
Relaciones Culturales y Científicas; Director del Gabinete Técnico
de la Secretaría General, y Vicesecretaria general de la AECI.
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