En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo primero de la
Ley 29/1983, de 12 de diciembre, y visto el expediente personal
del Notario de Granada don Francisco Quirante Díaz, del cual
resulta que ha cumplido la edad en que legalmente procede su
jubilación,
Esta Dirección General, en uso de las facultades atribuidas por
el artículo cuarto e) del Real Decreto 1474/2000, de 4 de agosto,
ha tenido a bien acordar la jubilación forzosa del mencionado
Notario por haber cumplido la edad legalmente establecida, y
remitir a la Mutualidad de Previsión Social del Cuerpo de Corredores
de Comercio Colegiados un certificado de servicios al objeto de
que por la misma se fije la pensión y demás beneficios mutualistas
que sean procedentes.
Lo que comunico para su conocimiento y demás efectos.
Madrid, 13 de marzo de 2002.-La Directora general, Ana
López-Monís Gallego.
Ilmo. Sr. Decano del Colegio Notarial de Granada.
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