En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 198/2002,
de 15 de febrero ("Boletín Oficial del Estado" del 16), por el que
se aprueba la oferta de empleo público para el año 2002, y con
el fin de atender las necesidades de personal en la Administración
Pública,
Este Ministerio, en uso de las competencias que le están
atribuidas en el artículo 1.a) del Real Decreto 1084/1990, de 31
de agosto ("Boletín Oficial del Estado" de 5 de septiembre), previo
informe favorable de la Dirección General de la Función Pública,
acuerda convocar pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo
de Farmacéuticos de la Sanidad Nacional (código 1214), con
sujeción a las siguientes
Bases de convocatoria
1. Normas generales
1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir, por el sistema
general de acceso libre, dos plazas en el Cuerpo de Farmacéuticos
de la Sanidad Nacional.
1.2 A las presentes pruebas selectivas le serán aplicables la
Ley 30/1984, de 2 de agosto ("Boletín Oficial del Estado" del 3),
modificada por la Ley 23/1988, de 28 de julio ("Boletín Oficial
del Estado" del 29), y por la Ley 22/1993, de 29 de diciembre
("Boletín Oficial del Estado" del 31); la Ley 17/1993, de 23 de
diciembre ("Boletín Oficial del Estado" del 24); el Real Decreto
364/1995, de 10 de marzo ("Boletín Oficial del Estado" de 10
de abril), y lo dispuesto en la presente convocatoria.
1.3 El proceso selectivo constará de una fase de oposición,
con las pruebas, puntuaciones y materias que se especifican en
el anexo I, y un curso selectivo, tal como se indica en el citado
anexo I.
1.4 El programa que ha de regir la fase de oposición de estas
pruebas selectivas es el que figura en el anexo II de esta
convocatoria.
1.5 La adjudicación de las plazas a los aspirantes que superen
el proceso selectivo se efectuará de acuerdo con la puntuación
total obtenida por éstos a lo largo de todo el proceso selectivo.
1.6 El primer ejercicio de la fase de oposición se celebrará,
como máximo, dentro de los cuatro meses a contar desde la
publicación de la presente convocatoria en el "Boletín Oficial del
Estado".
La duración máxima del proceso de celebración de los ejercicios
de la fase de oposición será de cuatro meses, contados a partir
de la celebración del primer ejercicio.
1.7 Finalizadas las pruebas de oposición, el Tribunal
procederá a proponer el nombramiento por la autoridad convocante
de funcionarios en prácticas a los aspirantes que hayan superado
todas las pruebas de esta fase.
Dichos funcionarios en prácticas deberán superar el curso
selectivo que se determina en el anexo I.
Los aspirantes que no superen dicho curso selectivo, de acuerdo
con el procedimiento de calificación previsto en la convocatoria,
perderán el derecho a su nombramiento como funcionarios de
carrera mediante resolución motivada de la autoridad que haya
efectuado la convocatoria, a propuesta del órgano responsable
de la evaluación del curso selectivo.
Quienes no pudieran realizar el curso selectivo por
cumplimiento del servicio militar o prestación social sustitutoria o por
causa de fuerza mayor debidamente justificada y apreciada por
la Administración, podrán efectuarlo con posterioridad,
intercalándose en el lugar correspondiente a la puntuación obtenida.
2. Requisitos de los candidatos
2.1 Para ser admitido a la realización de las pruebas selectivas
los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
2.1.1 Ser español o nacional de un Estado miembro de la
Unión Europea o nacional del Reino de Noruega o de la República
de Islandia. También podrán participar el cónyuge, descendientes
y descendientes del cónyuge, de los españoles y de los nacionales
de países miembros de la Unión Europea, de Noruega o de Islandia,
siempre que no estén separados de derecho, menores de veintiún
años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.
2.1.2 Tener cumplidos los dieciocho años.
2.1.3 Estar en posesión o en condiciones de obtener el título
de Licenciado en Farmacia.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá
estar en posesión de la credencial que acredite su homologación,
o de la credencial de reconocimiento para el ejercicio de la
profesión de Farmacéutico.
2.1.4 No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación
física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las
correspondientes funciones.
2.1.5 No haber sido separado, mediante expediente
disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones públicas
ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las funciones
públicas.
2.1.6 Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española
deberán acreditar, igualmente, no estar sometidos a sanción
disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso
a la función pública.
2.2 También podrán participar los aspirantes que tengan la
condición de funcionarios de organismos internacionales, posean
la nacionalidad española y la titulación exigida en la convocatoria.
Estos aspirantes estarán exentos de la realización de aquellas
pruebas que la Comisión Permanente de Homologación, creada por
el Real Decreto 182/1993, de 5 de febrero ("Boletín Oficial del
Estado" del 23), considere que tienen por objeto acreditar
conocimientos ya exigidos para el desempeño de sus puestos de origen
en el organismo internacional correspondiente. Las certificaciones
de homologación habrán de presentarse, según se establece en
el mencionado Real Decreto, acompañándolas a la solicitud para
tomar parte en el proceso selectivo y, con carácter excepcional,
al Tribunal con antelación a la celebración de las correspondientes
pruebas. La eficacia de estas homologaciones se condiciona al
mantenimiento del sistema selectivo en base al cual se produjeron.
En caso de duda habrá de dirigirse el Tribunal a la Comisión
Permanente de Homologación.
2.3 Todos los requisitos enumerados en la base 2.1 deberán
poseerse en el día de la finalización del plazo de presentación
de solicitudes y mantenerlos hasta el momento de la toma de
posesión como funcionario de carrera.
3. Solicitudes
3.1 Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas
presentarán su solicitud (ejemplar autocopiativo en cuyo ángulo
superior derecho figura "Modelo 790"), que será facilitado
gratuitamente en las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno
en las Comunidades Autónomas, en el Centro de Información
Administrativa del Ministerio de Administraciones Públicas, en la
Dirección General de la Función Pública, en el Instituto Nacional
de Administración Pública, en la oficina de información de los
Servicios Centrales del Ministerio de Sanidad y Consumo, así como
en las representaciones diplomáticas o consulares de España en
el extranjero.
3.2 En la cumplimentación de la solicitud se deberá tener
en cuenta:
En el encabezamiento de la solicitud, en el recuadro
correspondiente a Ministerio los aspirantes consignarán "Sanidad y
Consumo". En el recuadro relativo a centro gestor se hará constar
"Subsecretaría".
En el recuadro número 15 se señalará "Cuerpo de
Farmacéuticos de la Sanidad Nacional", consignándose el código número
1214 en el espacio reservado para el mismo que figura a su lado.
En el recuadro número 17 relativo a la forma de acceso se
consignará la letra "L": Sistema de acceso libre.
En el recuadro número 19 se especificará la fecha del "Boletín
Oficial del Estado" en el que se haya publicado la presente
convocatoria.
Los ejercicios de la oposición se celebrarán en Madrid capital.
Los aspirantes harán constar esta circunstancia en el recuadro
número 20.
Los aspirantes con minusvalías deberán indicarlo en la
solicitud, para lo cual se utilizará el recuadro número 21 de la misma,
en el que consignarán el porcentaje del grado de minusvalía según
el dictamen del órgano competente. Asimismo, deberán solicitar
expresándolo en el recuadro número 23, las posibles adaptaciones
de tiempo y medios para la realización de los ejercicios en que
esta adaptación sea necesaria.
En el recuadro número 24 se hará constar la titulación que
se posea para participar en estas pruebas, en virtud de lo señalado
en la base 2.1.3 de esta convocatoria.
3.3 La presentación de solicitudes (ejemplar número 1,
"Ejemplar para la Administración", del modelo de solicitud) se hará en
el Registro General del Ministerio de Sanidad y Consumo, paseo
del Prado, 18-20, 28014 Madrid, o en la forma establecida en
el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de
Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, en el plazo de veinte días naturales,
contados a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria
en el "Boletín Oficial del Estado", y se dirigirá al Director General
de Recursos Humanos y Servicios Económico-Presupuestarios
(Subdirección General de Recursos Humanos). En la solicitud
deberá constar que se ha realizado el correspondiente ingreso de los
derechos de examen, como se señala en la base 3.5.
Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse, en
el plazo expresado en el párrafo anterior, a través de las
representaciones diplomáticas o consulares españolas
correspondientes, quienes las remitirán seguidamente al Ministerio de Asuntos
Exteriores (Subdirección General de Personal) para su entrega
posterior a este Ministerio. El interesado adjuntará a dicha solicitud
comprobante bancario de haber satisfecho los derechos de
examen, mediante el oportuno ingreso del importe, en la cuenta
restringida de recaudación número 0182 9071 02 0200000827 del
Banco Bilbao Vizcaya Argentaría. Todos los gastos de la
transferencia serán por cuenta del aspirante. El ingreso podrá efectuarse
directamente en cualquier oficina del Banco Bilbao Vizcaya
Argentaría o mediante transferencia desde cualquier entidad bancaria.
A estos efectos, los importes correspondientes a la tasa por
derechos de examen son los que se establecen en la base 3.5 de la
presente convocatoria.
3.4 A la solicitud "Ejemplar para la Administración" se
acompañarán dos fotocopias del documento nacional de identidad.
Los aspirantes extranjeros que residan en España deberán
presentar dos fotocopias compulsadas del correspondiente
documento de identidad o pasaporte y de la tarjeta de residente comunitario
o de familiar de residente comunitario en vigor o, en su caso,
de la tarjeta temporal de residente comunitario o de trabajador
comunitario fronterizo en vigor.
Los aspirantes que sean nacionales de la Unión Europea, de
Noruega o de Islandia que no residan en España, bien por residir
en el extranjero o por encontrarse en España en régimen de
estancia, deberán presentar dos fotocopias compulsadas del documento
de identidad o pasaporte.
Los familiares de los anteriores deberán presentar dos
fotocopias compulsadas del pasaporte, del visado y, en su caso, del
resguardo de haber solicitado la correspondiente tarjeta o del
resguardo de haber solicitado la exención de visado y la
correspondiente tarjeta. De no haberse solicitado estos documentos deberán
presentar los documentos expedidos por las autoridades
competentes que acrediten el vínculo de parentesco y una declaración
jurada o promesa del español o del nacional de la Unión Europea,
de Noruega o de Islandia con el que existe este vínculo, de que
no está separado de derecho de su cónyuge y, en su caso, del
hecho de que el aspirante vive a sus expensas o está a su cargo.
3.5 De conformidad con lo establecido en el apartado siete
del artículo 18 de la Ley 66/1997, de 30 de diciembre, de Medidas
Fiscales, Administrativas y del Orden Social, la tasa por derechos
de examen será de 24,52 euros.
Estarán exentos del pago de la tasa, como señala el apartado
cinco, a) del artículo 17 de la Ley 50/1998, de 30 de diciembre,
de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social, los
aspirantes con discapacidad igual o superior al 33 por 100, que
deberán acreditar tal condición mediante certificación de los órganos
competentes del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales o, en
su caso, de la Comunidad Autónoma correspondiente, debiendo
acompañarse a la solicitud.
Igualmente, y de conformidad con lo establecido en el apartado
cinco.b) del artículo 17 de la citada Ley 50/1998, estarán exentos
del pago de la tasa las personas que figuren como demandantes
de empleo durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la
fecha de la convocatoria, siempre que, en el plazo de que se trate,
no hubieran rechazado oferta de empleo adecuado ni se hubieren
negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de
promoción, formación o reconversión profesional y que, asimismo,
carezcan de rentas superiores, en cómputo mensual, al salario
mínimo interprofesional.
La certificación relativa a la condición de demandante de
empleo, con los requisitos previstos en la Ley, se solicitará en
la correspondiente oficina del Instituto Nacional de Empleo. En
cuanto a la acreditación de las rentas se efectuará mediante una
declaración jurada o promesa escrita del solicitante.
Ambos documentos se deberán acompañar a la solicitud.
El importe de la tasa por derechos de examen se consignará
en el recuadro destinado al mismo en el modelo de solicitud. El
ingreso de dicho importe se efectuará, junto con la presentación
de la solicitud en cualquier banco, caja de ahorros o cooperativa
de crédito, de las que actúan como entidades colaboradoras en
la recaudación tributaria.
En la solicitud deberá constar que se ha realizado el
correspondiente ingreso de los derechos de examen, mediante la
validación por la entidad colaboradora en la que se realice el ingreso,
a través de certificación mecánica o, en su defecto, sello y firma
autorizada de la misma en el espacio destinado a estos efectos.
La falta de justificación del abono de la tasa por derechos de
examen determinará la exclusión del aspirante.
En ningún caso la presentación y pago en la entidad
colaboradora supondrá sustitución del trámite de presentación en tiempo
y forma de la solicitud ante el órgano expresado en la base 3.3.
3.6 Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán
subsanarse en cualquier momento de oficio o a petición del interesado.
4. Admisión de aspirantes
4.1 Expirado el plazo de presentación de instancias, la
autoridad convocante dictará resolución en el plazo máximo de un
mes, que se publicará en el "Boletín Oficial del Estado", y en la
que, además de declarar aprobada la lista de admitidos y excluidos,
se determinará el lugar y la fecha de comienzo del primer ejercicio,
así como la relación de los aspirantes excluidos, con indicación
de las causas de exclusión. En la lista deberán constar, en todo
caso, los apellidos y nombre y número del documento nacional
de identidad.
4.2 Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez
días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación
de la citada resolución, para poder subsanar el defecto que haya
motivado la exclusión u omisión.
Los aspirantes que dentro del plazo señalado no subsanaran
la exclusión justificando su derecho a ser incluidos en la relación
de admitidos, serán definitivamente excluidos de la realización
de las pruebas.
Contra la resolución definitiva de exclusión dictada podrá
interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos
meses, desde el día siguiente al de su publicación en el "Boletín
Oficial del Estado", ante los Juzgados Centrales de lo
Contencioso-Administrativo, de conformidad con lo dispuesto en el
artículo 9 de la Ley 29/1988, de 13 de julio, reguladora de la
Jurisdicción Contecioso-Administrativa o, potestativamente y con
carácter previo, recurso administrativo de Reposición en el plazo
de un mes ante el órgano que dictó el acto.
4.3 En todo caso, al objeto de evitar errores y, en el supuesto
de producirse éstos, posibilitar su subsanación en tiempo y forma,
los aspirantes comprobarán no sólo que no figuran recogidos en
la relación de excluidos, sino, además, que sus nombres constan
en la pertinente relación de admitidos, que se expondrá en los
tablones de anuncios en los Servicios Centrales del Ministerio de
Sanidad y Consumo, en la Dirección General de la Función Pública,
en el Centro de Información Administrativa del Ministerio de
Admi
nistraciones Públicas y en las Delegaciones y Subdelegaciones
del Gobierno.
4.4 De conformidad con lo establecido en el artículo 12 de
la Ley 8/1989, de 13 de abril, de Tasas y Precios Públicos, no
procederá devolución alguna de los derechos de examen en los
supuestos de exclusión de las pruebas selectivas por causa
imputable al interesado.
5. Tribunales
5.1 El Tribunal calificador de estas pruebas es el que figura
como anexo III a esta convocatoria.
5.2 Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de
intervenir, notificándolo a la autoridad convocante, cuando concurran
en ellos circunstancias de las previstas en el artículo 28 de la
Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común, o si se hubiesen realizado tareas de preparación de
aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la
publicación de esta convocatoria.
El Presidente solicitará de los miembros del Tribunal
declaración expresa de no hallarse incursos en las circunstancias
previstas en el artículo 28 de la Ley de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del
Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en la
presente base.
5.3 Con anterioridad a la iniciación de las pruebas selectivas,
la autoridad convocante publicará en el "Boletín Oficial del Estado"
resolución por la que se nombren a los nuevos miembros del
Tribunal que hayan de sustituir a los que hayan perdido su condición
por alguna de las causas previstas en la base 5.2.
5.4 Previa convocatoria del Presidente, se constituirá el
Tribunal con la presencia del Presidente y Secretario o, en su caso,
de quienes les sustituyan y con la de la mitad, al menos, de sus
Vocales titulares o suplentes. Celebrarán su sesión de constitución
en el plazo máximo de treinta días a partir de su designación
y mínimo de diez días antes de la realización del primer ejercicio.
En dicha sesión, el Tribunal acordará todas las decisiones que
les correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas
selectivas.
5.5 A partir de su constitución, el Tribunal, para actuar
válidamente, requerirá la presencia del Presidente y del Secretario
y de la mitad, al menos, de sus Vocales, titulares o suplentes.
5.6 Durante el desarrollo de las pruebas selectivas, el Tribunal
resolverá todas las dudas que pudieran surgir en la aplicación
de estas normas, así como lo que se deba hacer en los casos
no previstos.
El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo
momento a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,
de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común.
5.7 El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos
de asesores especialistas para las pruebas correspondientes de
los ejercicios que estimen pertinentes, limitándose dichos asesores
a prestar su colaboración en sus áreas de conocimiento. La
designación de tales asesores deberá comunicarse a la autoridad
convocante.
5.8 El Tribunal calificador adoptará las medidas precisas en
aquellos casos en que resulte necesario, de forma que los
aspirantes con minusvalías gocen de similares condiciones para la
realización de los ejercicios que el resto de los participantes. En
este sentido, se establecerán, para las personas con minusvalías
que lo soliciten, en la forma prevista en la base 3.2 las adaptaciones
posibles en tiempos y medios para su realización.
A tal efecto, el Tribunal podrá recabar informe y, en su caso,
colaboración de los órganos técnicos de la Administración laboral,
sanitaria o de los órganos competentes del Ministerio de Trabajo
y Asuntos Sociales.
5.9 El Presidente del Tribunal adoptará las medidas
oportunas para garantizar que los ejercicios de la oposición que sean
escritos y no deban ser leídos ante el Tribunal, sean corregidos
sin que se conozca la identidad de los aspirantes, utilizando para
ello los impresos aprobados por la Orden del Ministerio de la
Presidencia de 18 de febrero de 1985 ("Boletín Oficial del Estado"
del 22) o cualesquiera otros equivalentes, previa aprobación por
la Secretaría de Estado para la Administración Pública.
El Tribunal excluirá a aquellos candidatos en cuyos ejercicios
figuren marcas o signos que permitan conocer la identidad del
opositor.
5.10 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el
Tribunal tendrá su sede en el Ministerio de Sanidad y Consumo,
Paseo del Prado, 18-20, 28014 Madrid, teléfono (91) 596 11 44.
El Tribunal dispondrá que en esa sede, al menos una persona,
miembro o no del Tribunal, atienda cuantas cuestiones sean
planteadas en relación con estas pruebas selectivas.
5.11 El Tribunal que actúe en estas pruebas selectivas tendrá
la categoría primera de las recogidas en el anexo IV del Real
Decreto 236/1988, de 4 de marzo ("Boletín Oficial del Estado"
del 19).
5.12 En ningún caso, el Tribunal podrá aprobar ni declarar
que ha superado el proceso selectivo un número superior de
aspirantes que el de plazas convocadas.
Cualquier propuesta de aprobados que contravenga lo
establecido será nula de pleno derecho.
6. Desarrollo de los ejercicios
6.1 El orden de actuación de los opositores se iniciará
alfabéticamente por el primero de la letra "S", de conformidad con
lo establecido en la Resolución de la Secretaría de Estado para
la Administración Pública de 18 de marzo de 2002 ("Boletín Oficial
del Estado" de 2 de abril) por la que se publica el resultado del
sorteo celebrado el día 8 de marzo de 2002.
En el supuesto de que no exista ningún aspirante cuyo primer
apellido comience por la letra "S", el orden de actuación se iniciará
por aquellos cuyo primer apellido comience por la letra "T", y
así sucesivamente.
6.2 En cualquier momento, los aspirantes podrán ser
requeridos por los miembros del Tribunal con la finalidad de acreditar
su identidad.
6.3 Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en
único llamamiento, siendo excluidos de la oposición quienes no
comparezcan, salvo en los casos de fuerza mayor, debidamente
justificados y apreciados por el Tribunal.
6.4 La publicación de los sucesivos anuncios de celebración
del segundo y restantes ejercicios se efectuará por el Tribunal
en los locales donde se haya celebrado el anterior ejercicio, así
como en el tablón de anuncios de los Servicios Centrales del
Ministerio de Sanidad y Consumo con, al menos, veinticuatro horas
de antelación a la señalada para la celebración de los mismos.
Cuando se trate del mismo ejercicio, el anuncio será publicado
en los locales donde se haya de celebrar y en los mencionados
tablones, con, al menos doce horas de antelación; de considerarse
conveniente, podrán utilizarse, adicionalmente, otros métodos.
Desde la total conclusión de un ejercicio o prueba hasta el
comienzo del siguiente deberá transcurrir un plazo mínimo de
setenta y dos horas y máximo de cuarenta y cinco días naturales.
6.5 En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal
tuviere conocimiento de que alguno de los aspirantes no cumple
uno o varios de los requisitos exigidos por la presente
convocatoria, previa audiencia del interesado, deberá proponer su
exclusión a la autoridad convocante, comunicando, asimismo, las
inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante en la
solicitud de admisión a las pruebas selectivas, a los efectos
procedentes.
Contra la resolución definitiva de exclusión dictada podrá
interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos
meses, desde el día siguiente al de su publicación en el "Boletín
Oficial del Estado", ante los Juzgados Centrales de lo
Contencioso-Administrativo, de conformidad con lo dispuesto en el
artículo 9 de la Ley 29/1988, de 13 de julio, reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-Administrativa o, potestativamente y con
carácter previo, recurso administrativo de Reposición en el plazo
de un mes ante el órgano que dictó el acto.
7. Lista de aprobados
Finalizadas las pruebas selectivas, el Tribunal hará publicas,
en el lugar o lugares de celebración del último ejercicio, así como
en la sede del Tribunal señalada en la base 5.10 y en aquellos
otros que estime oportunos, la relación de aspirantes aprobados,
por orden de puntuación alcanzada, con indicación de su
documento nacional de identidad.
El Presidente del Tribunal enviará por duplicado copia
certificada de la lista de aprobados a la autoridad convocante que
la publicará en el "Boletín Oficial del Estado", según se establece
en el artículo 22.1 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.
8. Presentación de documentos y nombramientos de funcionarios
en prácticas
8.1 En el plazo de veinte días naturales, a contar desde el
día siguiente a aquel en que se hicieron públicas las listas de
aprobados en el "Boletín Oficial del Estado", los opositores
aprobados deberán presentar, en el Registro General del Ministerio
de Sanidad y Consumo, o en la forma establecida en el artículo
38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, los siguientes documentos:
A) Fotocopia compulsada del título de Licenciado en Farmacia
o certificación académica que acredite haber realizado todos los
estudios para la obtención del mismo, de acuerdo con lo
establecido en la base 2.1.3.
B) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado,
mediante expediente disciplinario, de ninguna Administración
Pública ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones
públicas, según el modelo que figura como anexo IV a esta convocatoria.
Los aspirantes que no posean la nacionalidad española deberán
presentar declaración jurada o promesa de no estar sometidos
a sanción disciplinaria o condena penal que impida en su Estado
el acceso a la función pública, según el modelo que figura como
anexo IV de esta convocatoria.
C) Certificado médico oficial que acredite lo señalado en la
base 2.1.4.
Los aspirantes extranjeros que no residan en España deberán
presentar fotocopia compulsada del resguardo de haber solicitado
la tarjeta de residencia comunitaria, en el caso de que no la
hubiesen tenido que aportar en el momento de presentar la solicitud
de participación.
8.2 Quienes tuvieran la condición de funcionarios de carrera
estarán exentos de justificar documentalmente las condiciones y
demás requisitos ya probados para obtener su anterior
nombramiento, debiendo presentar certificación del Registro Central de
Personal o del Ministerio u organismo del que dependieren para
acreditar tal condición, con expresión del número e importe de
trienios, así como la fecha de su cumplimiento.
Asimismo, deberán formular opción por la percepción de la
remuneración que desean percibir durante su condición de
funcionarios en prácticas. Igualmente, los funcionarios interinos y
el personal laboral deberán efectuar tal opción, de conformidad
con lo previsto en el Real Decreto 456/1986, de 10 de febrero
("Boletín Oficial del Estado" de 6 de marzo).
8.3 Quienes, dentro del plazo fijado, y salvo los casos de
fuerza mayor, no presentaren la documentación, o del examen
de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos
señalados en la base 2, no podrán ser nombrados funcionarios
de carrera del Cuerpo de Farmacéuticos de la Sanidad Nacional
y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la
responsabilidad en que hubieren incurrido por falsedad en la solicitud
inicial.
8.4 Por resolución de la autoridad convocante se procederá
al nombramiento de funcionarios en prácticas, en la que se
determinará la fecha en que empezará a surtir efecto dicho
nombramiento.
9. Curso selectivo y nombramiento de funcionarios de carrera
9.1 Superada la fase de oposición todos los aspirantes
aprobados en dicha fase deberán realizar y superar el curso selectivo
a que se hace referencia en las presentes bases.
El curso selectivo deberá comenzar en el plazo máximo de dos
meses, contados a partir de la terminación de la fase de oposición.
9.2 Con la suma de puntuación obtenida en la fase de
oposición y una vez superado el curso selectivo, se publicará, el listado
definitivo de opositores con el orden y puntuación final.
9.3 Efectuada dicha publicación, se remitirá a cada aspirante
aprobado relación de vacantes ofrecidas. Los opositores
aprobados, cuyo número no podrá exceder en ningún caso al de plazas
convocadas, tendrán obligación de pedir, por orden de preferencia,
todas las vacantes ofrecidas. Para llevar a cabo lo indicado
dispondrán de un plazo de quince días hábiles.
Los aspirantes que no hagan elección de vacantes serán
destinados a las que resulten sin cubrir, una vez adjudicadas el resto
de las peticiones.
9.4 Cumplido el trámite citado en el punto anterior, la
autoridad convocante procederá al nombramiento de funcionarios de
carrera del Cuerpo de Farmacéuticos de la Sanidad Nacional que
se publicará en el "Boletín Oficial del Estado" con indicación del
destino adjudicado.
9.5 En el caso de que alguno de los puestos de trabajo
ofrecidos como primer destino supongan la participación directa o
indirecta en el ejercicio del poder público o en las funciones que
tienen por objeto la salvaguardia de los intereses generales del
Estado, quedan excluidos de la posibilidad de ser elegidos por
los aspirantes que no posean la nacionalidad española, siendo
la Administración la competente para determinar cuáles serían
esos puestos de trabajo.
9.6 La toma de posesión de los aspirantes aprobados será
efectuada en el plazo de un mes, contado desde la fecha de la
publicación de su nombramiento en el "Boletín Oficial del Estado".
10. Norma final
Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa,
se podrá interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo
de dos meses a partir del día siguiente al de su publicación ante
los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo, de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley 29/1998,
de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa o, potestativamente y con carácter previo, recurso
Administrativo de Reposición en el plazo de un mes ante este Ministerio,
de conformidad con el artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26
de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Asimismo, cuantos
actos administrativos se deriven de esta convocatoria y de la
actuación del Tribunal podrán ser impugnados, en los casos y en la
forma establecidos por la citada Ley 30/1992.
Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a
la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto
en la citada Ley.
Madrid, 3 de mayo de 2002.-La Ministra, P. D. (Orden de
4 de diciembre de 2000, "Boletín Oficial del Estado" del 20), el
Subsecretario, Domingo Menéndez Menéndez.
Ilmo. Sr. Director general de Recursos Humanos y Servicios
Económico-Presupuestarios.
ANEXO I
Proceso de selección y valoración
1. Oposición: La fase de oposición constará de cuatro
ejercicios, todos ellos eliminatorios.
Con carácter previo a la realización de las pruebas de la fase
de oposición, los aspirantes que no posean la nacionalidad
española deberán acreditar el conocimiento del castellano mediante
la realización de una prueba, en la que se comprobará que poseen
un nivel adecuado de comprensión y expresión oral y escrita en
esta lengua.
Prueba de conocimiento del castellano para los aspirantes que
no posean la nacionalidad española: El contenido de esta prueba
se ajustará a lo dispuesto en el Real Decreto 826/1988, de 20
de julio ("Boletín Oficial del Estado" del 29), por el que se
establecen diplomas acreditativos del conocimiento del español como
lengua extranjera.
Quedan eximidos de realizar esta prueba quienes estén en
posesión del diploma superior de español como lengua extranjera,
establecido por el Real Decreto 826/1988, de 20 de julio, modificado
y completado por el Real Decreto 1/1992, de 10 de enero, o
del certificado de aptitud en español para extranjeros, expedido
por las Escuelas Oficiales de Idiomas.
Esta prueba se calificará de "apto" o "no apto", siendo necesario
obtener la valoración de "apto" para pasar a realizar las pruebas
de la fase de oposición.
Primer ejercicio.-Contestación por escrito, en un plazo
máximo de dos horas, a un cuestionario de 150 preguntas de respuestas
alternativas, preparado al efecto por el Tribunal, que versará sobre
el contenido del programa que se publica como anexo II a esta
convocatoria.
Segundo ejercicio.-Constara de dos partes:
a) Parte escrita, que consistirá en la realización, en el plazo
máximo de una hora, de un resumen en lengua española de un
texto en inglés o francés de carácter técnico o reglamentario.
b) Parte oral, que consistirá en la presentación verbal, en
el plazo máximo de diez minutos, de un resumen del texto a que
se refiere el apartado a), en ingles o francés.
Tercer ejercicio.-Será escrito y consistirá en exponer, en un
plazo máximo de cuatro horas, dos temas del programa, uno de
cada una de las partes de que se compone el mismo, a elegir
entre cuatro, dos de cada una de dichas partes. Cada opositor
procederá a la lectura pública de su ejercicio, finalizada la cual,
el Tribunal podrá formular preguntas sobre el contenido del mismo
durante un tiempo máximo de quince minutos.
Cuarto ejercicio.-Será oral y consistirá en exponer, durante
un plazo máximo de treinta minutos, la resolución de un supuesto
práctico relacionado con el programa. Posteriormente el Tribunal
podrá realizar preguntas sobre el contenido del mismo durante
un tiempo máximo de cinco minutos.
Todos los ejercicios de la oposición se calificarán de cero a
diez puntos. El aspirante que obtenga en alguno de ellos menos
de cinco puntos quedará eliminado.
2. Curso selectivo: El curso selectivo tendrá un carácter
teórico-práctico y consistirá en un período formativo (de duración
no inferior a dos meses), a celebrar en la Agencia Española del
Medicamento, destinado a adquirir conocimientos y habilidades
en materia de administración, reglamentación, evaluación y
gestión de medicamentos y productos sanitarios.
El Subsecretario de Sanidad y Consumo, a propuesta del
Tribunal, designará al Director del curso teórico-práctico. Al final
de dicho curso, y por parte de la Dirección del mismo, se emitirá
el informe para cada uno de los aspirantes en el que se valorará
su rendimiento considerando la asistencia y adquisición de
conocimientos, y teniendo en cuenta el informe de las unidades donde
el aspirante haya realizado la parte práctica.
El Director del curso elevará propuesta valorativa del resultado
del mismo al Tribunal, el cual efectuará la calificación definitiva
de aptitud o no aptitud de cada uno de los aspirantes.
3. Al finalizar cada uno de los ejercicios, incluido el curso
selectivo, el Tribunal hará públicas las calificaciones obtenidas
por cada uno de los aspirantes aprobados y los nombres de
aquellos que, por no haber superado el curso selectivo, se declaren
no aptos.
4. Puntuación final y orden: La puntuación final y el orden
de opositores vendrán determinados por la suma de la puntuación
obtenida en la fase de oposición. En caso de empate de puntuación,
se dirimirá el desempate por los puntos obtenidos en el cuarto
ejercicio, el tercer ejercicio y el primer ejercicio, por ese orden.
ANEXO II
Programa
Parte primera.
Tema 1. La Constitución Española: Fundamentos y
contenido.
Tema 2. El ordenamiento jurídico-administrativo. La Ley y
sus equivalentes. El reglamento. Las relaciones entre Ley y
Reglamento: La legislación delegada.
Tema 3. El ordenamiento jurídico de la Unión Europea. El
derecho primario comunitario: Los Tratados constitutivos y sus
modificaciones. El derecho comunitario derivado: Reglamentos,
directivas y decisiones.
Tema 4. La Ley del Gobierno. Organización y competencia.
Los principios de dirección presidencial, colegialidad y
departamental inspiradores del funcionamiento del Gobierno.
Tema 5. La Ley de Organización y Funcionamiento de la
Administración General del Estado. Los principios de servicio,
objetividad, generalidad, eficacia, jerarquía, descentralización,
desconcentración y coordinación. Los organismos autónomos y
los entes públicos de contenido económico.
Tema 6. Los Estatutos de Autonomía. La Administración
Autonómica y la Administración Local.
Tema 7. La Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y Procedimiento Administrativo Común. Principios
inspiradores de la modernización de la Administración Pública.
Simplificación administrativa. La calidad en la Administración Pública.
Tema 8. Los procedimientos de control del gasto público.
La Intervención General del Estado, las Intervenciones Delegadas
y la Intervención General de la Seguridad Social. El Tribunal de
Cuentas.
Tema 9. La Ley de Medidas para la Reforma de la Función
Pública. Reglamentos de desarrollo. Derechos, deberes y
responsabilidades de los funcionarios. El Personal Laboral al servicio
de Administración del Estado.
Tema 10. La Ley General de Sanidad. Estructura.
Fundamentos básicos. Las competencias sanitarias del Estado y de las
Comunidades Autónomas. Las transferencias sanitarias. Coordinación
general sanitaria. El Consejo Interterritorial del Sistema Nacional
de Salud.
Tema 11. La Ley del Medicamento. La seguridad, la eficacia
y la calidad de los medicamentos. El uso racional de los
medicamentos. El principio de intervención pública.
Tema 12. Ley General de Defensa de los Consumidores y
Usuarios. Competencias de las administraciones públicas en
materia de consumo. El derecho de los consumidores a la información.
Tema 13. El Sistema Nacional de Salud español.
Organización y financiación. Modelos sanitarios. Estudio comparativo con
sistemas sanitarios de otros países.
Tema 14. El Ministerio de Sanidad y Consumo y sus
Organismos Autónomos. Estructura, competencias y funciones. El
Instituto Nacional de la Salud. Estructura, competencias y funciones.
Tema 15. La asistencia sanitaria en el Sistema Nacional de
Salud. La ordenación de las prestaciones sanitarias.
Tema 16. Los niveles asistenciales en el Sistema Nacional
de Salud: Asistencia primaria y asistencia especializada.
Tema 17. La salud. Evolución del concepto de salud.
Situación sanitaria en el mundo. Salud y nivel socioeconómico.
Medición de los niveles de salud. Conceptos básicos. Estudio de los
principales indicadores del estado de salud en la comunidad.
Tema 18. Planificación sanitaria. Estadística descriptiva,
análisis de datos, tipos de variables. Estadística analítica.
Tema 19. La epidemiología como disciplina científica.
Aspectos conceptuales. Usos de la epidemiología. Fuentes de
información demográfica. Censos. Movimiento natural de la población.
Modelos de población.
Tema 20. Medidas de asociación y de efecto. Medidas de
efecto absoluto y relativo. Efecto atribuible. Medidas de efecto
estandarizadas.
Tema 21. Clasificación y tipos de estudios epidemiológicos.
Longitudinales/transversales. Descriptivos/analíticos.
Prospectivos/retrospectivos. Observacionales/experimentales.
Individuales/ecológicos. Metaanálisis.
Tema 22. Evaluación de pruebas diagnósticas. Concepto de
sensibilidad, especificidad y valor predictivo. Cribado poblacional.
Medicina basada en la evidencia.
Tema 23. Metodología epidemiológica aplicada a la gestión
y administración sanitaria. Epidemiología en la evaluación:
Eficacia, efectividad y eficiencia.
Tema 24. La salud pública en los Tratados de la Unión
Europea. Las Normas Comunitarias y la libre circulación de
medicamentos, productos sanitarios y cosméticos en la Unión Europea.
Tema 25. Las Instituciones de la Unión Europea: Estructura
y funciones. Los procedimientos comunitarios para la toma de
decisiones. Cooperación y codecisión. Otros procedimientos.
Tema 26. La Agencia Europea de Evaluación de
Medicamentos. Base jurídica, estructura y funciones. Coordinación con las
autoridades de los Estados miembros. Comités y grupos de trabajo
de la Comisión Europea relacionados con medicamentos.
Tema 27. El enfoque legislativo de los productos sanitarios
en la Unión Europea. Estructura administrativa y órganos de
apoyo. Modelo legislativo. El Comité Europeo de Normalización: su
actuación en el campo de los productos sanitarios. Normas
armonizadas.
Tema 28. Los Acuerdos de Reconocimiento Mutuo de la Unión
Europea y países terceros en materia de medicamentos y productos
sanitarios. La Conferencia Internacional de Armonización (ICH).
Programas de Armonización Global en materia sanitaria.
Tema 29. La Organización de Naciones Unidas y otros
organismos internacionales: actividades sanitarias. La Junta
Internacional de Fiscalización de Estupefacientes. El Programa de
Naciones Unidas para la fiscalización internacional de drogas. La OCDE.
La FAO. El Banco Mundial. La cooperación sanitaria internacional.
Tema 30. La Organización Mundial de la Salud (OMS):
Estructura y funciones. Oficinas Regionales. La OPS. La contribución
de la OMS a la promoción de la salud y la asistencia sanitaria.
Principales programas y actividades relacionadas con
medicamentos.
Tema 31. El Consejo de Europa: Estructura y funciones. Su
implicación en la evaluación y control de medicamentos y
productos sanitarios. La Farmacopea Europea. Laboratorios Oficiales
de Control de Medicamentos (OMCL). Otras actividades con
repercusión sanitaria y social. El Convenio de Bioética.
Tema 32. La investigación sanitaria: papel de las Instituciones
Internacionales. Los programas marco de investigación y
desarrollo de la Unión Europea en materia de medicamentos, tecnología
sanitaria y tecnologías de la información aplicadas a
medicamentos. Redes telemáticas sanitarias y de medicamentos.
Tema 33. La Agencia Española del Medicamento: Estructura
y funciones. Base jurídica. La Dirección General de Farmacia y
Productos Sanitarios. Estructura y funciones.
Tema 34. Los ensayos clínicos de medicamentos. Objetivos.
Clasificación. Requisitos para su realización. Buenas prácticas
clínicas (BPC).
Tema 35. Los procedimientos para la autorización y registro
de medicamentos en la Unión Europea y en España. Procedimiento
centralizado. Reconocimiento mutuo. Procedimiento nacional.
Tema 36. El Comité de Evaluación de Medicamentos de uso
humano. Estructura y funciones.
Tema 37. Autorización de medicamentos: las condiciones de
autorización de los medicamentos respecto a su información. Ficha
técnica. Etiquetado y prospecto.
Tema 38. Autorización de medicamentos: la autorización de
especialidades farmacéuticas genéricas. La autorización de
especialidades farmacéuticas publicitarias.
Tema 39. La autorización de especialidades farmacéuticas
con condiciones especiales respecto a su prescripción y
dispensación. Uso de medicamentos no registrados en España.
Tema 40. Los medicamentos veterinarios. Rasgos
diferenciales en la reglamentación europea y española respecto de los
medicamentos de uso humano. Límites máximos de residuos.
Regulación europea y de la OMS/FAO.
Tema 41. Los medicamentos de plantas medicinales. Las
fórmulas magistrales. El formulario nacional. Los medicamentos
homeopáticos. Los productos frontera. Normativa y aspectos
diferenciales.
Tema 42. Los medicamentos inmunológicos: vacunas y
alergenos; radiofármacos; derivados de sangre y plasma humano.
Normativa y aspectos diferenciales. Los medicamentos "huérfanos".
Tema 43. Laboratorio fabricantes e importadores de
medicamentos. Normativa y responsabilidades. Actividades de la
Inspección Farmacéutica. Certificaciones. Cooperación con los
Estados miembros de la Unión Europea y otros organismos
internacionales.
Tema 44. Seguimiento de la calidad del medicamento
comercializado, toma de muestras y análisis. Denuncias y actuaciones
por motivos de calidad.
Tema 45. Comercio exterior: importación y exportación de
medicamentos, inspección farmacéutica de géneros medicinales.
Actividades de control e inspección en materia de estupefacientes
y psicotropos.
Tema 46. Intervención y control de estupefacientes y
psicótropos. Convención Unica de 1961 sobre estupefacientes y
Convenio de 1971 sobre sustancias psicotrópicas. Regulación
nacional.
Tema 47. Técnicas de análisis recomendadas por Naciones
Unidas en materias de drogas. Análisis cualitativos y cuantitativos.
Tema 48. Actuaciones periciales en análisis de sustancias
procedentes de tráfico ilícito. Recepción, custodia y destrucción de
alijos.
Tema 49. Farmacovigilancia: Conceptos y objetivos.
Estructura, organización y funcionamiento de la farmacovigilancia en
España. Coordinación en la Unión Europea y con organismos
internacionales en materia de farmacovigilancia.
Tema 50. La distribución de medicamentos en la Unión
Europea y su regulación en España. Autorización de instalaciones,
requisitos. Buenas prácticas de distribución. Distribución paralela.
Tema 51. La publicidad de medicamentos en la Unión
Europea y su regulación en España. La publicidad de medicamentos
y las nuevas tecnologías de la información.
Tema 52. La patente de los medicamentos. El certificado
complementario de protección de los medicamentos. Las marcas
comerciales. Repercusiones industriales y sanitarias. La
denominación de los medicamentos. Las denominaciones oficiales
nacionales y las denominaciones comunes internacionales. Sistemas
de clasificación y codificación de los medicamentos.
Tema 53. Concepto de Especialidad Farmacéutica Genérica.
Prescripción y sustitución de especialidades farmacéuticas en
España. Situación internacional de los medicamentos genéricos.
Los precios de referencia.
Tema 54. Régimen de fijación de precios: La intervención
de los precios de los medicamentos. Situación en España y en
la Unión Europea. Márgenes comerciales en la distribución y
dispensación de medicamentos. Farmacoeconomía: Aplicación de los
estudios de evaluación económica en la toma de decisiones.
Tema 55. Prestación farmacéutica en el Sistema Nacional de
Salud. Medidas de control del gasto farmacéutico. La financiación
selectiva de los medicamentos en España. Modelos de financiación
de medicamentos en Europa.
Tema 56. La prescripción y dispensación de los
medicamentos en el Sistema Nacional de Salud. Receta médica. La
prescripción y dispensación de estupefacientes.
Tema 57. La asistencia farmacéutica en la atención primaria
de salud. La Oficina de Farmacia. Ordenación farmacéutica: Marco
legal estatal y autonómico.
Tema 58. La atención farmacéutica: concepto. Integración
de la atención farmacéutica en la asistencia sanitaria.
Incorporación del farmacéutico a las estructuras de atención primaria.
Programas de uso racional de los medicamentos.
Tema 59. Servicios de farmacia hospitalaria: organización y
funciones. Farmacia clínica. Reglamentación de servicios de
farmacia de hospital. La participación del farmacéutico en los comités
técnico-científicos hospitalarios. Acreditación de servicios
farmacéuticos hospitalarios.
Tema 60. Las nuevas tecnologías de la comunicación
aplicadas a la información de medicamentos. Redes de información
y bases de datos más relevantes. Situación en España. Estudios
de utilización de medicamentos.
Tema 61. La reglamentación de los productos sanitarios
implantables activos en la Unión Europea y en España. Medidas
comunitarias. Aplicación de las medidas comunitarias en España.
Aspectos adicionales contemplados en la reglamentación
española. Competencias de las administraciones públicas.
Tema 62. La reglamentación de los productos sanitarios en
la Unión Europea y en España. Medidas comunitarias. Aplicación
de las de las medidas comunitarias en España. Aspectos
adicionales contemplados en la reglamentación española. Competencias
de las administraciones públicas.
Tema 63. La reglamentación de los productos sanitarios para
diagnóstico "in vitro" en la Unión Europea y en España. Medidas
comunitarias. Aplicación de las de las medidas comunitarias en
España. Aspectos adicionales contemplados en la reglamentación
española. Competencias de las administraciones públicas.
Tema 64. Las investigaciones clínicas de los productos
sanitarios en la Unión Europea y en España. Analogías y diferencias
con ensayos clínicos de medicamentos. Competencias de las
administraciones públicas. Normas de referencia. El Sistema de
Vigilancia de Productos Sanitarios en la Unión Europea y España.
Red de alerta de productos sanitarios. Directrices europeas sobre
vigilancia.
Tema 65. Información a suministrar en los productos
sanitarios: Etiquetado, instrucciones de utilización, manual de usuario.
Terminología, nomenclatura y símbolos utilizados en productos
sanitarios. Sistemas y normas de referencia internacionales. La
publicidad de los productos sanitarios en España. Demostraciones
y exhibiciones. Competencias de las administraciones públicas.
Tema 66. Prestación de productos sanitarios en el Sistema
Nacional de Salud. Prestación de efectos y accesorios. Prestación
ortoprotésica.
Tema 67. La reglamentación de los productos cosméticos en
la Unión Europea y en España. Estructura administrativa y órganos
de apoyo. Modelo legislativo. Medidas comunitarias. Aplicación
de las medidas comunitarias en España. Aspectos adicionales
contemplados en la reglamentación española. Competencias de las
administraciones públicas. Reglamentación española de los
productos de higiene y estética.
Tema 68. La reglamentación de los biocidas en la Unión
Europea. Modelo legislativo. Medidas comunitarias. La reglamentación
de los plaguicidas de uso en higiene personal y de los
desinfectantes de uso humano y de ambientes clínicos y quirúrgicos en
España.
Tema 69. La protección de los consumidores. Competencias
de las administraciones públicas. Directivas sobre seguridad
general de los productos y sobre responsabilidad derivada de los daños
producidos por productos defectuosos.
Tema 70. La legislación alimentaria en España y en la Unión
Europea. Principales disposiciones comunitarias en materia de
seguridad e higiene alimentaria. El Código Alimentario Español.
El registro sanitario de alimentos. Los últimos acontecimientos
en materia de seguridad alimentaria: Encefalitis transmisibles,
Dioxinas. Decisiones comunitarias.
Tema 71. La protección del medio ambiente. Estructura
administrativa y órganos de apoyo en materia medio ambiental. Control
integrado de la contaminación. La gestión de residuos.
Reglamentaciones sobre márgenes de reducción de vertidos. Residuos
peligrosos. Envases y residuos de envases.
Tema 72. La legislación sobre sustancias y preparados
peligrosos en la Unión Europea y en España. Clasificación, envasado
y etiquetado. Condiciones y restricciones para el transporte, la
comercialización e importación de sustancias peligrosas.
Evaluación toxicológica de sustancias nuevas y existentes. Productos
fitosanitarios.
Parte segunda.
Tema 1. Requisitos de los sistemas de garantía de calidad.
Objetivos, organización y responsabilidades. Diseño del sistema
de garantía de calidad. Garantía de calidad en fabricación y control.
Auditorías internas. Tratamiento de no conformidades y
reclamaciones. Medidas correctivas. Formación del personal.
Tema 2. La certificación de los sistemas de garantía de
calidad. Organismos internacionales y nacionales. Requisitos
exigibles a los organismos de certificación. Certificación de
conformidad con directivas. Requisitos exigibles a los organismos
notificados. Analogías y diferencias entre certificación voluntaria y
certificación reglamentaria.
Tema 3. La calidad en los laboratorios de ensayo. Requisitos
exigibles a los laboratorios de ensayo. Buenas Prácticas de
Laboratorio. Organismos de acreditación de laboratorios de ensayo
internacionales y nacionales.
Tema 4. Garantía de calidad farmacéutica. Normas de
correcta fabricación de medicamentos de la Unión Europea.
Certificaciones.
Tema 5. Calidad de medicamentos. Relación
calidad/seguridad-eficacia. Factores determinantes de calidad. Normas de
referencia.
Tema 6. Criterios biofarmacéuticos aplicables durante el
desarrollo, producción y control de calidad de medicamentos.
Clasificación biofarmacéutica. Métodos de control.
Tema 7. Desarrollo y producción de medicamentos: Estudios
de preformulación y desarrollo farmacéutico. Selección de la
tecnología de fabricación. Especificaciones: Definición y criterios de
selección.
Tema 8. Producción y control de calidad de materias primas
de uso farmacéutico. Criterios de selección de especificaciones.
Farmacopeas. Otras normas de referencia. Métodos de control.
Tema 9. Biodisponibilidad y bioequivalencia. Concepto.
Tipos de estudios. Correlaciones in vivo-in vitro. Criterios
aplicables al diseño y evaluación de la calidad de medicamentos.
Tema 10. Criterios de pureza aplicables durante el diseño
y control de calidad de los medicamentos y sus materias primas.
Clasificación de impurezas. Métodos de control. Validación de
métodos analíticos. Nomenclatura. Metodología. Evaluación de
calidad de los ensayos. Normas de referencia.
Tema 11. Estudios de estabilidad de medicamentos. Tipos.
Diseño de protocolos. Estudios con muestreo reducido. Plazos
de validez y condiciones de conservación. Criterios de validación
de métodos. Normativa de referencia.
Tema 12. Medicamentos de origen biológico y
biotecnológico. Criterios de calidad, Producción y control. Pruebas de
seguridad viral. Estabilidad génica. Legislación vigente.
Tema 13. Seguridad viral de medicamentos de uso humano.
Bases científicas. Aspectos regulatorios.
Tema 14. Encefalopatías espongiformes transmisibles y
medicamentos de uso humano. Bases moleculares. Epidemiología.
Normativa aplicable.
Tema 15. Medicamentos de liberación modificada.
Clasificación. Desarrollo. Especificaciones. Control de calidad. Nuevos
sistemas de liberación de medicamentos. Interés terapéutico.
Tecnologías utilizadas. Vectorización de fármacos. Normativa de
referencia.
Tema 16. Medicamentos para inhalación. Desarrollo y
tecnologías de elaboración. Validación del proceso de producción.
Especificaciones. Métodos de control.
Tema 17. Tecnologías aplicadas a la obtención de formas
sólidas. Desarrollo. Validación del proceso de producción.
Especificaciones. Métodos de control.
Tema 18. Desarrollo y fabricación de medicamentos
parenterales y oftálmicos. Selección de procesos de esterilización.
Validación. Liberación paramétrica. Normas de referencia.
Especificaciones. Métodos de control. Otras formas líquidas.
Tema 19. Tecnologías aplicadas a la obtención de formas
semisólidas. Sistemas transdérmicos y de implantación.
Desarrollo. Tecnologías de elaboración Especificaciones. Métodos de
control.
Tema 20. El envase primario. Materiales de partida. Control
de calidad. Normativa de referencia.
Tema 21. Análisis y gestión de riesgos en productos
sanitarios. Requisitos exigidos por las Directivas Comunitarias.
Normativa específica y técnicas para el análisis de riesgos en productos
sanitarios, en productos sanitarios implantables activos y en
productos sanitarios que incorporan derivados de tejidos animales.
Tema 22. Productos cosméticos. Desarrollo y fabricación. Los
sistemas de garantía de calidad aplicados a los productos
cosméticos. Normas de correcta fabricación de productos cosméticos.
Situación legal en la Unión Europea y en España.
Tema 23. Los sistemas de garantía de calidad aplicados a
los productos sanitarios. Sistema completo de garantía de calidad.
Garantía de calidad de la producción. Garantía de calidad del
producto. Normas de referencia.
Tema 24. Productos sanitarios elaborados con materiales
poliméricos, látex, metales, y materiales cerámicos. Tecnologías
de fabricación. Riesgos específicos asociados. Control de procesos.
Ensayos aplicados al control de calidad.
Tema 25. Productos sanitarios elaborados con materiales
textiles y de origen animal. Tecnologías de fabricación. Riesgos
específicos asociados. Control de procesos. Ensayos aplicados al
control de calidad.
Tema 26. El diseño y la producción de productos sanitarios
que requieren condiciones asépticas. Áreas clasificadas y áreas
controladas. Técnicas de validación y control. Normas de
referencia. Esterilización de productos sanitarios. Validación. Normas
de referencia.
Tema 27. Técnicas especiales de evaluación de productos
sanitarios. Evaluación biológica. Seguridad eléctrica.
Compatibilidad electromagnética. Criterios de selección de ensayos. Ensayos
aplicados. Normas de referencia.
Tema 28. Mecanismos generales de acción de los
medicamentos. Bases moleculares de la interacción fármaco-receptor.
Agonistas, antagonistas y agonistas inversos. Regulación
fisiológica de los receptores.
Tema 29. Evolución temporal de los medicamentos en el
organismo: LADME. Definición de los parámetros farmacocinéticos
básicos. Biodisponibilidad y bioequivalencia.
Tema 30. Variabilidad de la respuesta farmacológica.
Idiosincrasia, tolerancia y dependencia. Adición y abuso de sustancias
tóxicas: Cuadros clínicos y alternativas terapéuticas.
Tema 31. Farmacocinética tras administración a dosis única
y dosis repetidas. Equilibrio estacionario. Características de la
administración por las vías oral, parenteral y transdérmica.
Tema 32. lnteracciones de medicamentos: farmacocinéticas
y farmacodinámicas, Implicaciones terapéuticas. Reacciones
adversas a medicamentos. Estudios de farmacoepidemiología y
farmacovigilancia.
Tema 33. Farmacogenética y su relevancia en terapéutica.
Polimorfismo genético. Metabolizadores rápidos y lentos.
Tema 34. Farmacología clínica y aspectos terapéuticos en
geriatría y pediatría. Uso de medicamentos en embarazo y
lactancia.
Tema 35. Estudios toxicológicos y preclínicos de
medicamentos. Estudios de mutagénesis y genotoxicidad. Toxicología
reproductora y embriofetal. Potencial carcinogénico. Toxicología aguda
y crónica. Extrapolación de las dosis eficaces y tóxicas del animal
al hombre.
Tema 36. Aspectos metodológicos de los ensayos clínicos en
el sujeto sano y en pacientes. Protocolos de ensayos clínicos y
análisis estadístico de los resultados.
Tema 37. Medicamentos que actúan sobre el sistema nervioso
autónomo. Medicamentos bloqueantes de los
alfa-adrenorreceptores. Medicamentos bloqueantes de los beta-adrenorreceptores.
Utilización terapéutica.
Tema 38. Medicamentos que actúan sobre el sistema nervioso
central. Hipnóticos. Ansiolíticos y sedantes. Utilización
terapéutica.
Tema 39. Medicamentos que actúan sobre el sistema nervioso
central. Farmacología clínica de los agentes antidepresivos
tricíclicos, heterocíclicos y de los agentes inhibidores de la MAO.
lnhibidores de la recantación de serotonina. Antipsicóticos de
primera y segunda generación.
Tema 40. Tratamiento farmacológico de las enfermedades
neurodegenerativas y de las demencias. Farmacología de los
anticonvulsivantes y terapéutica de las epilepsias.
Tema 41. Agentes analgésicos opiáceos. Anestésicos locales.
Anestésicos generales.
Tema 42. Utilización clínica y farmacológica de los
medicamentos analgésicos, antipiréticos y antiinflamatorios no
esteroideos. Clasificación química, efectos farmacodinámicos y tóxicos
y principales indicaciones clínicas. Terapéutica actual de la artritis
reumatoidea.
Tema 43. Medicamentos antiinflamatorios esteroideos.
Utilización terapéutica.
Tema 44. Terapéutica de la insuficiencia cardíaca: Diuréticos,
inhibidores de la enzima conversora de angiotensina, antagonistas
de la angiotensina II, glucósidos cardiotónicos, otros
medicamentos inotrópicos y agentes vasodilatadores.
Tema 45. Medicamentos antiarrítmicos y antianginosos.
Tema 46. Medicamentos antihipertensivos (I). Diuréticos,
bloqueantes, bloqueantes de la entrada de calcio.
Tema 47. Medicamentos antihipertensivos (II): Inhibidores de
la enzima conversora de angiotensina, antagonistas de los
receptores de angiotensina II, bloqueantes a-adrenérgicos.
Tema 48. Fluidoterapia. Expansores plasmáticos. Nutrición
parenteral y enteral.
Tema 49. Farmacología clínica de antiácidos y antiulcerosos.
Medicamentos reguladores de la motilidad gastrointestinal.
Utilización terapéutica.
Tema 50. Medicamentos que actúan sobre el aparato
respiratorio. Medicamentos broncodilatadores y antiasmáticos.
Utilización terapéutica. Gases medicinales.
Tema 51. Hormonas sexuales. Andrógenos, estrógenos,
gestágenos. Anticonceptivos hormonales. Medicamentos que
modifican la motilidad uterina, utilización terapéutica. Terapia
hormonal sustitutiva.
Tema 52. Alteraciones del metabolismo de la glucosa.
lnsulinas: Tipos, efectos, toxicidad y pautas de utilización.
Farmacología clínica de los antidiabéticos orales. Alteraciones del
metabolismo de los lípidos: Hipolipemiantes.
Tema 53. Principios generales de la terapéutica
antimicrobiana. Clasificación. Mecanismos de acción. Criterios de selección
y asociaciones de antibióticos.
Tema 54. Antibióticos beta-lactámicos. Penicilinas,
cefalosporinas. Nuevos betalactámicos. Utilización terapéutica.
Tema 55. Quinolonas. Arninoglucósidos, tetraciclinas,
macrólidos. Utilización terapéutica.
Tema 56. Medicamentos antifúngicos. Utilización
terapéutica. Medicamentos antiparasitarios. Utilización terapéutica.
Tema 57. Clasificación y mecanismo de acción de los
fármacos antivirales. Usos terapéuticos. Fármacos antirretrovirales
y manejo de la infección por VIH.
Tema 58. Quimioterapia antineopiásica. Bases
fundamentales. Antimetabolitos. Fijadores a la tubulina. lnhibidores de
topoisomerasas. Agentes alquilantes. Antibióticos. Otros.
Tema 59. Anticoaquiantes, trombolíticos y antiagregantes
plaquetarios.
Tema 60. Inmunodepresores y moduladores de la inmunidad.
Farmacología del rechazo de transplantes. Uso terapéutico de
interferones. Modalidades y perspectivas.
Tema 61. Tipos y utilización de vacunas de uso humano.
Tipos y utilización terapéutica de inmunoglobulinas.
Tema 62. Terapia génica y celular. Bases científicas.
Normativa aplicable.
Tema 63. Alimentación y nutrición. Nutrientes: Tipos y
funciones. Digestión, absorción y metabolismo de nutrientes.
Requerimientos nutricionales. lngestas recomendadas y su
establecimiento. Guías alimentarias.
Tema 64. La contaminación de los alimentos. Biótica y
abiótica. Epidemiología y prevención de las infecciones. Zoonosis de
transmisión alimentaria e intoxicaciones alimentarias.
Micotoxicosis. La contaminación farmacológica. La investigación de
residuos.
Tema 65. Alteraciones de los alimentos. Principales causas
de alteración. Implicaciones sanitarias. Métodos de control.
Tema 66. Nuevos alimentos. Alimentos funcionales.
Alimentos transgénicos. lnteracciones alimento-medicamento.
Tema 67. Influencia de los procesos tecnológicos en los
componentes de los alimentos. Modificaciones relacionadas con los
caracteres organolépticos. Modificaciones que afectan a los
macronutrientes y micronutrientes.
Tema 68. Inspección sanitaria y de consumo de industrias
alimentarias. Sistema de análisis de riesgo y control de puntos
críticos. Toma de muestras. Análisis, interpretación de los mismos
y medidas precautorias que procedan.
Tema 69. El agua como nutriente y como alimento.
Reglamentación de las aguas destinadas al consumo humano.
ANEXO III
Tribunal calificador
Tribunal titular:
Presidente: Don José Felix Olalla Marañon, Escala de
Farmacéuticos Inspectores del Cuerpo de Inspección Sanitaria de la
Administración de la S.S.
Vocales:
Doña María Teresa San Miguel Samano, Cuerpo de
Farmacéuticos de la Sanidad Nacional.
Don Alfonso Moreno González, Cuerpo de Catedráticos de
Universidad. Doctor en Medicina y Cirugía.
Doña Estrella Sintas Ponte, Cuerpo de Farmacéuticos Titulares.
Secretaria: Doña Fuencisla Garzón Fernández, Escala Técnica
de Gestión de OO.AA. Licenciada en Derecho.
Tribunal suplente:
Presidenta: Doña María Teresa Millán Rusillo, Cuerpo de
Farmacéuticos de la Sanidad Nacional.
Vocales:
Doña María Jesús Guillo Izquierdo, Escala de Farmacéuticos
Inspectores del Cuerpo de Inspección Sanitaria de la
Administración S.S.
Doña Carmen Alvarez Fraile, Cuerpo de Farmacéuticos de la
Sanidad Nacional.
Doña Dolores Montero Corominas, Escala Técnica de Gestión
de OO.AA. Especialidad de Sanidad y Consumo. Licenciada en
Medicina y Cirugía.
Secretario: Don Juan Carlos Nuño Escamilla, Escala Técnica
de Gestión de OO.AA, Especialidad Sanidad y Consumo.
Licenciado en Farmacia.
ANEXO IV
Aspirantes de nacionalidad española
Don/doña .......................................................,
con domicilio en .................................................., y
documento nacional de identidad número ..................,
DECLARA:
Bajo juramento o promesa, a efectos de ser nombrado
funcionario/a del Cuerpo de Farmacéuticos de la Sanidad Nacional,
que no ha sido separado/a del servicio de ninguna de las
Administraciones Públicas y que no se halla inhabilitado/a para el
ejercicio de funciones públicas.
En ................ a ................ de ................ de 2002.
Aspirantes de otras nacionalidades
Don/doña .......................................................,
con domicilio en .................................................., y
documento nacional de identidad número ..................,
DECLARA:
Bajo juramento o promesa, a efectos de ser nombrado
funcionario/a del Cuerpo de Farmacéuticos de la Sanidad Nacional,
que no ha sido sometido/a a sanción o condena penal que impida
en su Estado el acceso a la función pública.
En ................ a ................ de ................ de 2002.
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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid