Por Resolución de 10 de octubre de 2001 ("Boletín Oficial
del Estado" del 30) se convocó concurso específico de méritos
para la provisión de puestos de trabajo vacantes en la Gerencia
de Infraestructuras y Equipamiento de la Seguridad del Estado,
adscritos a los Grupos B, C y D.
Cumplidas las normas reglamentarias y las bases de la
convocatoria, y una vez finalizado el plazo de presentación de
instancias, a la vista de las solicitudes presentadas, la valoración
de los méritos alegados y la propuesta formulada por la
correspondiente Comisión de Valoración, sobre los puestos de trabajo
a adjudicar,
Esta Secretaría de Estado de Seguridad acuerda resolver el
citado concurso, con arreglo a los siguientes puntos:
Primero.-Adjudicar, con carácter definitivo, los destinos que
se relacionan en el Anexo I a los funcionarios que se indican
en el mismo.
Segundo.-Los destinos adjudicados tendrán la consideración
de voluntarios y, en consecuencia, no generan derecho a
indemnización por concepto alguno, sin perjuicio de las excepciones
previstas en el régimen de indemnizaciones por razón de servicio.
Asimismo, serán irrenunciables, salvo que, antes de finalizar el
plazo de toma de posesión, los interesados obtengan otro destino,
bien por el procedimiento de libre designación, bien por concurso
convocado por otros Departamentos o Comunidades Autónomas ;
en cuyo caso, de optar por uno de estos destinos, vendrán
obligados a comunicar por escrito, en los tres días siguientes, la
renuncia al puesto que por el presente se adjudica, y la opción ejercitada,
con expresión del Departamento en que hubiere obtenido el
destino, así como la forma de provisión y fecha de nombramiento.
Tercero.-El plazo de toma de posesión en el nuevo destino
obtenido será de tres días hábiles, si no implica cambio de
residencia ; o de un mes si comporta cambio de residencia o el
reingreso al servicio activo.
El plazo de toma de posesión comenzará a contar a partir del
día siguiente al del cese, que deberá producirse dentro de los
tres días hábiles siguientes a la publicación en el "Boletín Oficial
del Estado" de la presente Resolución.
Si la adjudicación de destino comporta el reingreso al servicio
activo, el plazo de toma de posesión se computará desde la
publicación de la presente Resolución.
Cuando los funcionarios afectados por la presente Resolución
se encuentren disfrutando de licencias o permisos, les será de
aplicación lo previsto en el artículo 48 del vigente Reglamento
General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración
General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y
Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la
Administración del Estado ("Boletín Oficial del Estado" del 10 de abril de
1995), así como en la base Octava de la convocatoria, por lo
que se refiere al cómputo de los plazos para el cese y toma de
posesión. Estos mismos preceptos serán de aplicación en los casos
de demora en el cese y/o incorporación al nuevo destino.
Quinto.-Contra esta Resolución, que pone fin a la vía
administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo
ante el Juzgado Central de lo Contencioso-administrativo,
conforme a lo dispuesto en el artículo 9.a) de la Ley 29/98, de 13
de julio, reguladora de la citada jurisdicción, en el plazo de dos
meses a contar desde el día siguiente al de su publicación en
el Boletín Oficial del Estado, a tenor de lo dispuesto en el artículo
46.1, de la misma Ley ; o también, con carácter previo y
potestativo, recurso administrativo de reposición en el plazo de un mes,
ante el mismo Órgano que lo dictó.
Madrid, 2 de enero de 2002.-El Secretario de Estado, Pedro
Morenés Eulate.
ANEXO I: (Ver imagen página 2175)
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