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Documento BOE-A-2003-10860

Orden APA/1350/2003, de 12 de mayo, por la que se dispone la sustitución de uno de los miembros del Tribunal calificador de las pruebas selectivas para el ingreso en el Cuerpo Nacional Veterinario, convocadas por Orden APA/832/2003, de 24 de marzo.

Publicado en:
«BOE» núm. 129, de 30 de mayo de 2003, páginas 20905 a 20905 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
Referencia:
BOE-A-2003-10860

TEXTO ORIGINAL

Por Orden de este Ministerio de fecha 24 de marzo de 2003,

se convocaron pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo

Nacional Veterinario, por el turno libre, y se dispuso la designación

de los miembros del Tribunal calificador encargado de juzgar

dichas pruebas selectivas.

Al encontrarse afectado por lo dispuesto en la Ley 12/95, de

11 de mayo, el Vocal titular del citado Tribunal D. Jaime Haddad

Sánchez de Cueto, por haber sido nombrado recientemente Alto

Cargo en este Departamento, procede su sustitución.

En consecuencia, este Ministerio, en uso de las competencias

atribuidas por la legislación vigente, resuelve:

Nombrar a D. Carlos Sánchez Laín funcionario del Cuerpo

Superior de Administradores Civiles del Estado, como Vocal titular

del Tribunal calificador de las referidas pruebas, en sustitución

de D. Jaime Haddad Sánchez.

Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa,

cabe interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo

de dos meses, contados desde el día siguiente a su publicación

ante el Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo, de

conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,

de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común y en la Ley 29/1998, de 13

de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa,

o bien, con carácter potestativo, recurso de reposición ante este

órgano en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente

a su publicación, significándose que en este caso no se podrá

interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea

resuelto expresamente o se haya producido la desestimación

presunta del mismo, de conformidad con lo dispuesto en la Ley

4/1999, de modificación de la Ley 30/1992.

Madrid, 12 de mayo de 2003.-El Ministro, P.D. (O.M. 31-3-03;

BOE 3-3-03), el Subsecretario, Manuel Esteban Pacheco

Manchado.

Ilmos. Sres. Subsecretario del Ministerio de Agricultura, Pesca

y Alimentación y Presidente del Tribunal.

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