Advertidos errores en la Resolución de 28 de abril de 2003,
de la Dirección General para la Administración Local, publicada
en el Boletín Oficial del Estado n.o 114, de 13 de mayo, por
la que se da publicidad a las bases de concurso ordinario y
convocatorias específicas para la provisión de puestos de trabajo
reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de
carácter nacional, se efectúan a continuación las siguientes
correcciones:
Página 18281. Diputación Provincial de Granada. Méritos
específicos 2: Donde dice: "... por el procedimiento legalmente
establecido para dichos Locales, por cada mes de servicios, 0,50
puntos puesto, en Servicios de Asistencia, de Asesoramiento o
Inspección a las Corporaciones, con un máximo de 2 puntos",
debe decir "... por el procedimiento legalmente establecido para
dicho puesto, por cada mes de servicios 0,50 puntos, en Servicios
de Asistencia, de Asesoramiento o Inspección a las Corporaciones
Locales, con un máximo de 2 puntos".
Página 18283. Ayuntamiento de Bollullos de la Mitación.
Donde dice: "Puesto Secretaría, clase 3.a", debe decir: "Puesto
Viceintervención, clase 3.a".
Página 18303. Diputación Provincial de León. Oficialía Mayor,
clase 1.a. Añadir a continuación de "Méritos Específicos": "(Hasta
un máximo de 5 puntos)".
Suprimir los dos últimos párrafos de méritos específicos.
Página 18304. Diputación Provincial de León. Vicetesorería.
Añadir a continuación de "Méritos Específicos": "(Hasta un máximo
de 5 puntos)".
En los dos primeros párrafos de "Méritos Específicos", donde
dice: "... como Secretario, Vicesecretario u Oficial Mayor..." debe
decir "... como Interventor, Viceinterventor, Tesorero o
Vicetesorero...".
Suprimir los dos últimos párrafos de méritos específicos.
Página 18307. Incluir: "Ayuntamiento de Castrocalbón.
Puesto: Secretaría, clase 3.a: N.o de Código 2417601. Puntuación
mínima: No; Méritos específicos: No".
Página 18308. Ayuntamiento de La Fuente de San Esteban.
Méritos Específicos. Actos Formativos y de Perfeccionamiento.
Donde dice: "1. Por haber participado en cursos de formación
y perfeccionamiento en materias relacionadas con la
Administración Local, impartidos por el Instituto Nacional de Administración
Pública..." debe decir "1. Por haber participado en cursos de
formación y perfeccionamiento en materias relacionadas con la
Administración Local, impartidos por el Instituto Nacional de
Administración Pública, Centros Oficiales reconocidos...".
Experiencia Profesional. Donde dice: "1. Por haber prestado
servicios como funcionario de Administración Local con
habilitación de Carácter nacional, Subescala de Secretaría-Intervención,
en Agrupaciones..." debe decir: "1. Por haber prestado servicios
como funcionario de Administración Local con habilitación de
carácter nacional, Subescala de Secretaría-Intervención, en
Ayuntamientos o Agrupaciones de Municipios...".
Página 18314. Ayuntamiento de Marchamalo. Medios de
Acreditación y Valoración. Donde dice: "Experiencia en la organización
local, provincial y regional de Castilla-La Mancha: Certificado de
servicios prestados expedido por el Ministerio de Administraciones
Públicas", debe decir: "Experiencia en la organización local,
provincial y regional de Castilla-La Mancha: Certificado de servicios
prestados expedido por la Administración/es en la que haya
desempeñado el puesto".
Ayuntamiento de Torralba de Calatrava. Méritos específicos.
Donde dice: "Licenciado en Decreto, ..." debe decir: "Licenciado
en Derecho, ...".
Página 18347. Ayuntamiento de Mejorada del Campo. Méritos
específicos 2. Formación académica b). Donde dice: "... con
duración superior a 400 horas: 0,5 puntos por curso", debe decir "...
con duración superior a 400 horas: 0,5 puntos por curso, hasta
un máximo de 0,5 puntos".
Página 18387. Ayuntamiento de Benaguasil. Medios de
Acreditación y Valoración. Donde dice: "Para los servicios prestados
recogidos en el Apartado 1.a..." debe decir: "Para los servicios
prestados recogidos en el Apartado 1. letra a)...".
Página 18397. Ayuntamiento de Fuenterrobles. Requisito del
conocimiento del valenciano. Donde dice: "Se valorará hasta un
máximo de 0,5 puntos siempre y cuando se acredite estar en
posesión del pertinente certificado expedido para la Junta Qualificadora
de coneixements del valencià", debe decir: "Se establece como
requisito para el acceso a esta plaza el conocimiento del valenciano
en su grado elemental, que habrá de acreditarse con el
correspondiente certificado expedido por la Junta Qualificadora de
coneixements del Valencia".
Méritos específicos. 2.1.1. Debe añadirse el siguiente párrafo:
"Por haber participado con aprovechamiento en cursos sobre
Autoevaluación de la calidad y aplicación del modelo europeo
de excelencia en la gestión de la administración Local, de 25
ó mas horas de duración: 0,20 puntos.
No se computarán ni se acumularán los cursos de duración
inferior a 25 horas".
5.1 y 5.3: Donde dice; "... 0,50 puntos por mes completo,
y hasta un máximo de 0,5 puntos", debe decir: "... 0,05 puntos
por mes completo, hasta un máximo de 0,5 puntos".
Para los puestos afectados por la presente Resolución, se reabre
el plazo de presentación de instancias por quince días naturales
a partir del día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial
del Estado".
Madrid, 30 de mayo de 2003.-El Director general, Pablo
Trillo-Figueroa y Martínez-Conde.
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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid