Por Resolución de 14 de marzo de 2003, publicada en B.O.E.
n.o 77 de fecha 31 de marzo, la Comisión Permanente de Selección
ha publicado las relaciones definitivas de aprobados en las pruebas
selectivas para acceso, por promoción interna, en el Cuerpo de
Técnicos Auxiliares de Informática de la Administración del Estado
convocadas por Orden APU/1444/2002 de 7 de junio (Boletín
Oficial del Estado n.o 142 del día 14).
En consecuencia, esta Secretaría de Estado, a propuesta de
la Dirección General de la Función Pública y de conformidad con
lo señalado en el artículo 3.1.b) del Real Decreto 1084/1990,
de 31 de agosto de redistribución de competencias en materia
de personal de la Administración del Estado, resuelve:
Primero.-Aprobar la lista de vacantes a ofertar a los aspirantes
seleccionados en las pruebas de acceso, por promoción interna,
al Cuerpo de Técnicos Auxiliares de Informática de la
Administración del Estado, incluidas en el anexo I de esta Resolución,
de acuerdo con lo señalado en el punto Tercero de la Resolución
de la Comisión Permanente de Selección al principio indicada.
Segundo.-Los aspirantes interesados en desempeñar alguno
de estos puestos de trabajo deberán utilizar para su petición de
destino el anexo II de esta Resolución, siguiendo las instrucciones
que se indican al dorso, disponiendo para ello de un plazo de
veinte días naturales a contar desde el día siguiente al de
publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial del Estado.
Tercero.-La adjudicación de destinos se efectuará, a la vista
de las peticiones presentadas, según el orden obtenido en el
proceso selectivo.
Cuarto.-Aquellos aspirantes que opten por solicitar destino
en el puesto de trabajo que vinieran desempeñando con carácter
definitivo o mediante adscripción provisional, según lo dispuesto
en la Base común 14.3 de la convocatoria, deberán efectuar su
petición en el modelo de solicitud que se incluye como anexo
III de esta Resolución, quedando excluidos del sistema de
adjudicación de destinos ofertados en el anexo I y viceversa.
A los aspirantes que no presenten solicitud de destino o de
permanencia en el puesto de trabajo dentro del plazo, se les
adjudicará alguna de las vacantes del citado anexo I que resulten sin
adjudicar, una vez atendidas las peticiones de los demás
aspirantes.
Quinto.-Contra esta Resolución, que pone fin a la vía
administrativa, se podrá interponer potestativamente recurso de
reposición ante esta Secretaría de Estado en el plazo de un mes, a
contar desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad
con lo establecido en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992,
de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Proceso Administrativo Común, de 26 de noviembre de 1992, o bien
recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso
Administrativo de la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses,
a partir, asimismo, del día siguiente al de su publicación, de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 11.1.a) de la Ley 29/1998,
reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 13
de julio de 1998.
Madrid, 4 de junio de 2003.-El Secretario de Estado, Julio
Gómez-Pomar Rodríguez.
Directora general de la Función Pública.
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