En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 215/2003,
de 21 de febrero, por el que se aprueba la oferta de empleo público
para el año 2003, y con el fin de atender las necesidades de
personal de la Administración Pública,
Este Ministerio, en uso de las competencias que le están
atribuidas en el artículo 13 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de
Organización y Funcionamiento de la Administración General del
Estado, previo informe de la Dirección General de la Función
Pública, acuerda convocar pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo
Superior de Sistemas y Tecnologías de la Información de la
Administración del Estado con sujeción a las siguientes
Bases de convocatoria
1. Normas generales
1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir 26 plazas del
Cuerpo Superior de Sistemas y Tecnologías de la Información de
la Administración del Estado Código 1166 por el sistema general
de acceso libre.
Del total de estas plazas se reservará 1 para quienes tengan
la condición legal de personas con discapacidad de grado igual
o superior al 33 por 100.
Una vez cubiertas las plazas del cupo de reserva para
discapacitados, los aspirantes discapacitados que hayan superado la
fase de oposición sin obtener plaza por dicho cupo, podrán optar,
en igualdad de condiciones, a las de acceso general.
Las plazas no cubiertas en el cupo de reserva de discapacitados
se acumularán a las de acceso general.
1.2 Se convocan igualmente pruebas selectivas para cubrir
1 plaza del Cuerpo Superior de Sistemas y Tecnologías de la
Información de la Administración del Estado, Código 1166, por el
sistema de promoción interna, de las comprendidas en el artículo
5 del Real Decreto 215/2002. En el caso de que estas plazas
quedaran vacantes no podrán acumularse a las de la convocatoria
de acceso libre, según lo establecido en el artículo 79 del Real
Decreto 364/1995, de 10 de marzo (Boletín Oficial del Estado
de 15 de abril).
1.3 Los aspirantes sólo podrán participar en una de las dos
convocatorias.
1.4 Los puestos de trabajo que vayan a ser ofrecidos como
destino y que impliquen la participación directa o indirecta en
el ejercicio del poder público y en las funciones que tienen por
objeto la salvaguardia de los intereses generales del Estado,
quedarán reservados a los aspirantes de nacionalidad española.
1.5 El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de
oposición para los aspirantes que se presenten por la convocatoria
de acceso libre y de concurso oposición para los que se presenten
por la convocatoria de promoción interna.
1.6 El proceso selectivo, que será común para ambas
convocatorias, se desarrollarán de acuerdo con las valoraciones,
pruebas y puntuaciones que se especifican en el Anexo I e incluirá
la superación de un curso selectivo.
Para la realización de este curso selectivo, los aspirantes que
hayan superado la fase de oposición serán nombrados funcionarios
en prácticas por la autoridad convocante.
1.7 El programa que ha de regir las pruebas selectivas es
el que figura como Anexo II a esta convocatoria.
1.8 Las pruebas selectivas se desarrollarán de acuerdo con
el siguiente calendario:
El primer ejercicio de la fase de oposición se iniciará en el
mes de septiembre de 2003. La duración máxima de la fase de
oposición será de seis meses, contados a partir de la fecha de
realización del primer ejercicio.
1.9 Concluido el proceso selectivo, los aspirantes que lo
hubieran superado y que hayan acreditado cumplir los requisitos
exigidos, serán nombrados funcionarios de carrera mediante
resolución de la Secretaría de Estado para la Administración Pública,
que se publicará en el "Boletín Oficial del Estado", con indicación
del destino adjudicado.
2. Requisitos de los candidatos
2.1 Para ser admitidos a la realización de las pruebas
selectivas los aspirantes deberán poseer en el día de finalización del
plazo de presentación de solicitudes y mantener hasta el momento
de la toma de posesión como funcionario de carrera los siguientes
requisitos de participación:
2.1.1 Nacionalidad: Ser español o nacional de alguno de los
demás Estados miembros de la Unión Europea o nacional de algún
Estado, al que en virtud de los Tratados Internacionales celebrados
por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación
la libre circulación de trabajadores.
También podrán participar el cónyuge de los españoles, de
los nacionales de alguno de los demás Estados miembros de la
Unión Europea y de los nacionales de algún Estado, al que en
virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión
Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre
circulación de trabajadores, siempre que no estén separados de
derecho, así como sus descendientes y los del cónyuge, menores de
veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.
2.1.2 Edad: Tener dieciocho años de edad y no haber
alcanzado la edad de jubilación.
2.1.3 Titulación: Estar en posesión o en condiciones de
obtener el título de Doctor, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o
equivalente, incluyendo en su caso haber superado el Proyecto "Fin
de Carrera". En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero
deberá estarse en posesión de la credencial que acredite su
homologación.
2.1.4 Capacidad: No padecer enfermedad ni estar afectado
por limitación física o psíquica incompatible con el desempeño
de las correspondientes funciones.
2.1.5 Habilitación: No haber sido separado, mediante
expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las
Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las
funciones públicas.
Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán
acreditar, igualmente, no estar sometidos a sanción disciplinaria
o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función
pública.
Los aspirantes que concurran a la convocatoria de acceso por
promoción interna deberán cumplir:
2.1.6 Pertenencia a Grupo: Pertenecer como funcionario de
carrera a alguno de los Cuerpos o Escalas del Grupo B, incluidos
en el ámbito de aplicación del art. 1.1 de la Ley 30/1984, de
2 de agosto, o a Cuerpos o Escalas Postales y de
Telecomunicación, adscritos al grupo B. Los funcionarios de los Cuerpos o
Escalas Postales y de Telecomunicación deberán estar además
destinados en la Administración General del Estado.
2.1.7 Antigüedad: Tener una antigüedad de, al menos dos
años en Cuerpos o Escalas del Grupo B, incluidos en el ámbito
de aplicación del artículo 1.1 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto,
o en Cuerpos o Escalas Postales y de Telecomunicación, adscritos
al grupo B.
Los servicios reconocidos al amparo de la Ley 70/1978, de
26 de diciembre, en Cuerpo o Escalas del grupo B, incluidos en
el ámbito de aplicación de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, serán
computables a efectos de la antigüedad referida en el apartado
anterior.
2.2 Los aspirantes que se presenten por el cupo de reserva
para discapacitados habrán de tener reconocida la condición legal
de discapacitado de grado igual o superior al 33 por 100.
3. Solicitudes
3.1 La presentación de solicitudes se realizará en el Registro
Auxiliar del Ministerio de Administraciones Públicas, C/ María
de Molina 50, Madrid 28006, o en la forma establecida en el
artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, en el plazo de veinte días naturales
contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de
esta convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado" y se dirigirán
a la Directora General de la Función Pública. La no presentación
de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión del
aspirante.
3.2 Quienes deseen participar en estas pruebas selectivas
deberán cumplimentar el modelo oficial de solicitud de admisión
a pruebas selectivas en la Administración Pública y liquidación
de derechos de examen (modelo 790) que se facilitará
gratuitamente en el Instituto Nacional de Administración Pública, C/
Atocha 106, Madrid, en el Centro de Información Administrativa del
Ministerio de Administraciones Públicas, la Dirección General de
la Función Pública, C/ María de Molina 50, en las Delegaciones
y Subdelegaciones del Gobierno, en las representaciones
diplomáticas y consulares de España en el extranjero y en la página
de Internet www.map.es/seap/dgfp/dgfp.htm.
La solicitud se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones
del Anexo IV.
3.3 A la solicitud se acompañará una fotocopia del
Documento Nacional de Identidad o del pasaporte.
Los aspirantes extranjeros que residan en España deberán
además presentar una fotocopia compulsada de la tarjeta de residente
comunitario o de familiar de residente comunitario en vigor o,
en su caso, de la tarjeta temporal de residente comunitario o de
trabajador comunitario fronterizo en vigor.
Los aspirantes que sean nacionales de la Unión Europea o
de algún Estado, al que en virtud de los Tratados Internacionales
celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea
de aplicación la libre circulación de trabajadores, que no residan
en España, bien por residir en el extranjero o por encontrarse
en España en régimen de estancia, deberán presentar una
fotocopia compulsada del documento de identidad o pasaporte.
Los familiares de los anteriores deberán presentar una fotocopia
compulsada del visado y, en su caso, del resguardo de haber
solicitado la correspondiente tarjeta o del resguardo de haber
solicitado la exención de visado y la correspondiente tarjeta. De no
haberse solicitado estos documentos deberán presentar los
documentos expedidos por las autoridades competentes que acrediten
el vínculo de parentesco y una declaración jurada o promesa del
español, del nacional de alguno de los demás Estados miembros
de la Unión Europea o del nacional de algún Estado, al que en
virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión
Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre
circulación de trabajadores, con el que existe este vínculo, de que
no está separado de derecho de su cónyuge y, en su caso, del
hecho de que el aspirante vive a sus expensas o está a su cargo.
3.4 Los aspirantes que tengan la condición de funcionarios
de Organismos Internacionales deberán acompañar a la solicitud
las certificaciones de homologación o, con carácter excepcional,
presentarlas al órgano de selección con antelación a la celebración
de las correspondientes pruebas.
3.5 Los errores de hecho que pudieran advertirse en la
solicitud podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a
petición del interesado.
4. Admisión de aspirantes
4.1 Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, el
Secretario de Estado para la Administración Pública dictará
Resolución, en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la
lista de admitidos y excluidos. En dicha orden, que deberá
publicarse en el "Boletín Oficial del Estado", se relacionarán los
aspirantes excluidos con indicación de las causas de exclusión,
apellidos, nombre y número de documento nacional de identidad o
pasaporte, señalando un plazo de diez días hábiles para subsanar
el defecto que haya motivado la exclusión u omisión, contados
a partir del día siguiente al de la publicación de la orden. Asimismo,
se indicarán los lugares donde se encuentre expuesta al público
la lista de aspirantes admitidos y el lugar, fecha y hora de comienzo
del primer ejercicio.
4.2 No procederá la devolución de los derechos de examen
en los supuestos de exclusión por causa imputable a los aspirantes.
5. Tribunal
5.1 El Tribunal calificador de estas pruebas es el que figura
como Anexo III a esta convocatoria.
El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo
momento a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,
de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común y demás disposiciones vigentes.
5.3 Los aspirantes podrán recusar a los miembros del
Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en el artículo
28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común.
5.4 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el
Tribunal tendrá su sede en la Dirección General de la Función Pública,
calle María de Molina 50, 28006 Madrid, teléfonos
915864077/915861905.
6. Desarrollo de los ejercicios
6.1 El orden de actuación de los opositores se iniciará
alfabéticamente por el primero de la letra "X", según lo establecido
en la Resolución de la Secretaria de Estado para la Administración
Pública de 10 de marzo de 2003 (Boletín Oficial del Estado de
14 de marzo).
6.2 Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en
llamamiento único, siendo excluidos de la oposición quienes no
comparezcan.
El Tribunal podrá requerir, en cualquier momento del proceso
selectivo, la acreditación de la identidad de los aspirantes.
6.3 Una vez comenzado el proceso selectivo, los anuncios
de celebración de los restantes ejercicios, se harán públicos con
doce horas de antelación, al menos, a la señalada para su inicio,
si se trata del mismo ejercicio, o con veinticuatro horas, si se
trata de uno nuevo. Estos anuncios se efectuarán, al menos, en
los locales donde se haya celebrado el anterior y en la sede del
Tribunal señalada en la base 5.4.
6.4 El Tribunal adoptará las medidas necesarias para
garantizar que los ejercicios de la fase de oposición que sean escritos
y no deban ser leídos ante el órgano de selección, sean corregidos
sin que se conozca la identidad de los aspirantes.
7. Listas de aprobados
7.1 Concluido cada uno de los ejercicios de la oposición, el
Tribunal hará públicas, en el lugar o lugares de celebración del
ejercicio y en la sede del Tribunal, las relaciones de aspirantes
que hayan superado el mínimo establecido para cada uno de ellos,
con indicación de la puntuación obtenida.
7.2 Concluida, la valoración de méritos de la fase de concurso
en el caso de los aspirantes que se presenten por la convocatoria
de promoción interna, el Tribunal hará pública en el lugar o lugares
de celebración del último ejercicio y en aquellos que estime
oportunos, la relación con las puntuaciones obtenidas por los
aspirantes en las fases de oposición y de concurso, con indicación
del número del documento de identidad.
7.3 Finalizada la fase de oposición, en el caso de los
participantes por el turno libre, y el concurso-oposición, en el caso
de los participantes por el turno de promoción interna, el Tribunal
elevará a la Directora General de la Función Pública las relaciones
independientes de aspirantes que los hayan superado, por orden
de puntuación. Dichas relaciones se publicarán en el "Boletín
Oficial del Estado", disponiendo los aspirantes propuestos de un plazo
de veinte días naturales, desde la publicación en el "Boletín Oficial
del Estado", para la presentación de la documentación acreditativa
de los requisitos exigidos en la convocatoria.
7.4 No se podrá declarar superado el proceso selectivo a un
número de aspirantes superior al de plazas convocadas en cada
uno de los sistemas de acceso.
7.5 La adjudicación de los puestos a los aspirantes que
superen el proceso selectivo en ambas convocatorias se efectuará de
acuerdo con la puntuación total obtenida según la petición de
destino, a la vista de los puestos que se ofrezcan.
Los aspirantes aprobados en la convocatoria de promoción
interna podrán solicitar que se les adjudique destino en el puesto
que vinieran desempeñando con carácter definitivo o mediante
adscripción provisional, de conformidad con lo establecido en el
artículo 78 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.
8. Norma final
A las presentes pruebas selectivas les serán de aplicación la
Ley 30/1984, de 2 de agosto; el R.D. 364/1995, de 10 de marzo,
la legislación vigente en la materia y lo dispuesto en la presente
convocatoria.
Contra la presente convocatoria, podrá interponerse, con
carácter potestativo, recurso de reposición ante el excelentísimo señor
Ministro de Administraciones Públicas en el plazo de un mes desde
su publicación o bien recurso contencioso - administrativo, en
el plazo de dos meses desde su publicación, ante el órgano
jurisdiccional competente, de conformidad con lo dispuesto en la Ley
30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,
y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa, significándose, que en caso de
interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso
contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente
o se haya producido la desestimación presunta del mismo.
Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a
la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto
en la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
Madrid, 29 de mayo de 2003.-P. D. (Orden APU/3363/2002,
de 27 de diciembre, B.O.E. del 3 de enero de 2003), el Secretario
de Estado para la Administración Pública, Julio Gómez-Pomar
Rodríguez.
Ilmos. Sres. Directora general de la Función Pública, Director
general de Organización Administrativa, Director del Instituto
Nacional de Administración Pública y Presidente del Tribunal
calificador.
ANEXO I
Descripción del proceso selectivo
Proceso selectivo común
1. La fase de oposición constará de los siguientes ejercicios
eliminatorios:
Primer ejercicio. Consistirá en la realización de una prueba
en la que se deberá resolver por escrito un cuestionario de
preguntas de respuesta múltiple, relacionado con las materias que
figuran en el anexo II. La cuarta parte de las preguntas incluidas
en el cuestionario deberán versar sobre los temas que en el Anexo II
figuran en el bloque A. Temas Generales, de las que estarán
eximidos los aspirantes que participan por el turno de promoción
interna.
Este ejercicio tiene por finalidad medir la amplitud y
profundidad de los conocimientos del aspirante sobre las materias del
temario, por lo que incluirá tanto preguntas de conocimientos
como preguntas conceptuales que exijan la asociación de
elementos de conocimiento diferentes. La duración de esta prueba no
será superior a tres horas.
Segundo ejercicio. Consistirá en una prueba de conocimientos
del idioma inglés. El objetivo de esta prueba es determinar la
amplitud de los conocimientos del aspirante y su capacidad de
comprensión y expresión en lengua inglesa.
Se realizará en dos partes:
La primera parte consistirá en una traducción directa, por
escrito, en castellano, de un texto técnico en inglés, en un tiempo
máximo de una hora. No podrá utilizarse diccionario.
La segunda parte del ejercicio consistirá en la lectura por el
aspirante en sesión pública ante el Tribunal, de la traducción
realizada en la parte anterior, seguida a continuación de una
conversación con éste, en inglés, durante un tiempo máximo de quince
minutos.
El texto técnico en inglés utilizado por el Tribunal se referirá
a Sistemas y Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.
Para la verificación de este ejercicio el Tribunal podrá ser asistido
por asesores especialistas designados por el mismo.
Tercer ejercicio. Constará de dos partes:
En la Primera Parte, los aspirantes deberán desarrollar por
escrito dos temas del programa de materias, a escoger entre tres
extraídos al azar, uno del Bloque A, Temas Generales y los otros
dos del Bloque B Temas Específicos, del Anexo II. En este ejercicio,
los aspirantes que participen por el turno de promoción interna,
redactarán dos temas a elegir entre tres extraídos al azar
únicamente entre los correspondientes al bloque B, Temas
Específicos, del anexo II. Para la realización de esta primera parte del
ejercicio los aspirantes dispondrán de un período de tiempo total
máximo de tres horas.
La Segunda Parte constará de las siguientes fases, que se
desarrollarán de forma sucesiva en sesión Pública ante el Tribunal:
1. Exposición oral durante un tiempo máximo de quince
minutos, de un tema de actualidad tecnológica de carácter general,
propuesto por el Tribunal, que guarde alguna relación con el
contenido del Bloque B, Temas Específicos, del programa del Anexo II.
Los opositores dispondrán, previamente a la exposición oral,
de diez minutos para la preparación del tema general, sin que
puedan consultar ninguna clase de texto o apuntes. Durante la
exposición podrán utilizar el guión que, en su caso, hayan realizado
durante el referido tiempo de preparación.
Se valorará la amplitud y comprensión de los conocimientos,
la claridad de exposición y la capacidad de expresión oral.
2. Lectura de los temas desarrollados por escrito en la primera
parte del ejercicio. Se calificará valorando los conocimientos, la
claridad y orden de ideas y la calidad de expresión escrita, así
como su forma de presentación y exposición.
Finalizada la intervención, el Tribunal podrá dialogar con el
opositor durante un período máximo de diez minutos, pudiendo
realizar las preguntas que juzgue convenientes sobre los temas
desarrollados en ambas fases.
Cuarto ejercicio. Consistirá en la resolución por escrito, durante
un período máximo de cinco horas, de un supuesto práctico.
Para la resolución del supuesto, el Tribunal podrá proponer
a los aspirantes la posibilidad de elegir una entre varias opciones
tecnológicas distintas, correspondientes a diferentes dominios del
conocimiento en el campo de los Sistemas y Tecnologías de la
Información y las Comunicaciones, relacionadas con las materias
que figuran en el Anexo II de esta Orden.
El ejercicio deberá ser leído íntegramente por el aspirante en
sesión pública ante el Tribunal.
Una vez leído ante el Tribunal el ejercicio completo, éste
procederá a realizar cuantas preguntas considere necesarias durante
un período máximo de veinte minutos, para determinar el grado
de adecuación de la solución propuesta, para lo cual se podrá
disponer de una pizarra o elemento similar, y el nivel de
conocimientos del aspirante sobre las materias incluidas en el programa
que figura en el Anexo II.
Una vez transcurridos diez minutos desde el inicio de la lectura,
el Tribunal podrá decidir que el opositor abandone el mismo si
estimara su ejercicio notoriamente insuficiente.
En este ejercicio el Tribunal valorará la calidad técnica de la
solución propuesta, la sistemática, la capacidad de análisis y la
capacidad de expresión escrita y oral del aspirante, así como sus
conocimientos sobre el programa.
2. Los ejercicios de la fase de oposición de ambas
convocatorias se calificarán de la forma siguiente:
Primer ejercicio: Se calificará de cero a 30 puntos. Para
superarlo será necesario obtener un mínimo de quince puntos.
Segundo ejercicio: Se calificará de cero a 20 puntos. Será
preciso obtener un mínimo de diez puntos para superarlo.
Tercer ejercicio: Se calificará de 0 a 30 puntos siendo necesario
obtener un mínimo de quince puntos para superarlo.
Cuarto ejercicio: Se calificará de cero a 50 puntos, siendo
necesario obtener un mínimo de veinticinco puntos para superarlo.
3. La calificación de la fase de oposición de los aspirantes
vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas
en los diferentes ejercicios de dicha fase. En caso de empate el
orden se establecerá atendiendo a la mayor puntuación obtenida
en el cuarto ejercicio, y si esto no fuera suficiente, en el tercero,
primero o segundo, por este orden.
4. Curso selectivo.
4.1 El curso selectivo, bajo la supervisión de esta Secretaría
de Estado, será organizado por el Instituto Nacional de
Administración Pública y tendrá como finalidad primordial la
adquisición de conocimientos en orden a la preparación específica de
los aspirantes para el ejercicio de sus funciones.
4.2 El curso selectivo tendrá una duración máxima de seis
meses. Su calendario y programa, así como las normas internas
que hayan de regularlo, serán establecidos oportunamente por
el Instituto Nacional de Administración Pública.
4.3 El carácter selectivo del curso exigirá la superación por
los aspirantes de pruebas teóricas, prácticas o de ambos tipos
en relación con las áreas básicas de formación que se impartan.
4.4 El curso se calificará de cero a 70 puntos, siendo necesario
para superarlo obtener, como mínimo, treinta y cinco puntos.
4.5 Los aspirantes que no superen el curso selectivo perderán
el derecho a su nombramiento como funcionarios de carrera,
mediante resolución motivada de la autoridad convocante, a
propuesta del órgano responsable de la evaluación del curso selectivo.
5. Calificación final.
En la convocatoria de acceso libre, la calificación final de los
aspirantes vendrá determinada por la suma de las puntuaciones
obtenidas en la fase de oposición y en el curso selectivo, mientras
que en la de promoción interna, estará determinada por la suma
de las puntuaciones obtenidas en la fase de oposición, en la fase
de concurso y en el curso selectivo.
Los aspirantes que tengan la condición de funcionarios de
Organismos Internacionales estarán exentos de la realización de
aquellas pruebas que la Comisión Permanente de Homologación
considere que tienen por objeto acreditar conocimientos ya exigidos
para el desempeño de sus puestos de origen en el Organismo
Internacional correspondiente.
Se adoptarán las medidas precisas para que los aspirantes con
minusvalía gocen de similares condiciones que el resto de los
aspirantes en la realización de los ejercicios. En este sentido, para
las personas con minusvalía que así lo hagan constar en su
solicitud, se establecerán las adaptaciones posibles en tiempos y
medios para su realización.
Normas específicas del proceso selectivo en la convocatoria
de promoción interna.
1. En la fase de concurso, que no tendrá carácter eliminatorio,
se valorarán para los aspirantes de promoción interna, los servicios
efectivos prestados y los reconocidos al amparo de la Ley 70/1978,
de 26 de diciembre, de reconocimiento de servicios previos en
la Administración Pública, hasta la fecha de publicación de esta
convocatoria en Cuerpos o Escalas del grupo B, incluidos en el
ámbito de aplicación de la Ley 30/1984, de 2 de agosto
(Artículo 1.1), así como el grado personal consolidado en la fecha de
publicación de esta convocatoria, los cursos de formación y
perfeccionamiento realizados relativos a las Tecnologías de la
Información y las Comunicaciones seguidos en la Administración y
que puedan ser acreditados y el trabajo desarrollado en puestos
en los que se hubieran desempeñado actividades relativas a estas
últimas, según el tiempo de permanencia en puestos de trabajo
de cada nivel.
A efectos de su valoración por el Tribunal, se consideran
puestos de Tecnologías de la Información a aquellos que como tales
hayan sido definidos por la Comisión Ejecutiva de la Comisión
Interministerial de Retribuciones.
2. La valoración de los méritos se efectuará de la forma
siguiente:
A) Antigüedad.
La antigüedad del funcionario en Cuerpos o Escalas del
grupo B, se valorará teniendo en cuenta los servicios prestados hasta
la fecha de publicación de esta convocatoria, asignándose a cada
año completo de servicios efectivos una puntuación de 0,10 hasta
un máximo de tres puntos.
B) Grado personal consolidado.
Se otorgará la siguiente puntuación según el grado personal
que se tenga consolidado y formalizado a través del acuerdo de
reconocimiento de grado por la autoridad competente el día de
la publicación de esta Orden en el Boletín Oficial del Estado:
Hasta el grado 18: dos puntos; y por cada unidad de grado
que exceda de 18, 0,20 puntos, hasta un máximo de cuatro puntos.
C) Trabajo desarrollado.
Trabajo desarrollado en puestos en los que se hubieran
desempeñado actividades relativas a Tecnologías de la Información y
las Comunicaciones. Se valorará según el tiempo de permanencia
en puestos de trabajo de cada nivel, otorgando a cada aspirante
la puntuación obtenida de la suma de productos que resulte de
multiplicar los valores asignados a cada nivel de puesto, por el
número de años que hayan permanecido en los mismos, según
la siguiente escala y con un máximo de dieciocho puntos:
Niveldeadscripcióndelpuestodetrabajo
con funciones de Tecnologías de la Información Puntos/año
T 26 5
26 4
25 3
24 2
22 y 23 1
La valoración efectuada en este apartado no podrá ser
modificada por futuras reclasificaciones de nivel, con independencia
de sus efectos económicos.
D) Cursos de formación.
Los cursos de formación recibidos o impartidos sobre Sistemas
y Tecnologías de la Información, acreditados por el funcionario,
se valorarán en función de su contenido y duración de 0,25 a
0,50 puntos. La puntuación máxima que podrá alcanzarse por
este mérito será de cinco puntos.
3. En el plazo de veinte días naturales a partir del siguiente
al que se haga pública la lista de aprobados del último ejercicio
de la fase de oposición, los aspirantes que lo hayan superado
deberán presentar en el Registro Auxiliar del Ministerio de
Administraciones Públicas o en la forma establecida en el artículo 38.4
de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, una certificación expedida por los servicios de
personal de los Ministerios u Organismos donde presten o, en su
caso, hayan prestado sus servicios, según modelo que figura como
Anexo V.
La no presentación de la certificación en el plazo señalado
supondrá la no valoración al aspirante de la fase de concurso.
4. La lista que contenga la valoración provisional de méritos
se hará pública, mediante resolución de la autoridad convocante,
a propuesta del Tribunal calificador. Los aspirantes dispondrán
de un plazo de diez días hábiles a partir del siguiente al de la
publicación de dicha resolución, para efectuar las alegaciones
pertinentes.
5. Por la misma autoridad se publicará resolución que
contenga la relación definitiva de la fase de concurso.
6. En ningún caso la puntuación obtenida en la fase de
concurso podrá aplicarse para superar los ejercicios de la fase de
oposición.
ANEXO II
Programa
A. TEMASGENERALES
I. Derecho Constitucional y Administrativo
1. La Constitución española de 1978. Estructura y contenido.
Los derechos y libertades fundamentales. Garantía y suspensión.
2. La Corona. Funciones constitucionales del Rey. Sucesión
y Regencia. El refrendo.
3. Las Cortes Generales. Congreso de los Diputados. El
Senado. La función legislativa. La función de control. La función
financiera. La relación entre Cámaras.
4. El Gobierno. Composición. Nombramiento y cese.
Funciones del Gobierno. El Presidente del Gobierno. Los Ministros.
5. La Administración General del Estado. Organos superiores
de la Administración General del Estado. Organos Territoriales
de la Administración General del Estado. Delegados y
Subdelegados del Gobierno.
6. Los contratos administrativos: Concepto y clases.
Elementos de los contratos. Su cumplimiento. La revisión de los precios
y otras alteraciones contractuales. Incumplimiento de los contratos
administrativos.
7. Tipos de contratos: Obras, gestión de servicios públicos.,
suministro, consultoría y asistencia técnica y de servicios.
8. La responsabilidad patrimonial de las Administraciones
Públicas. Procedimiento de responsabilidad patrimonial. La acción
de responsabilidad.
9. El Procedimiento administrativo común y su alcance. Ley
de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común: Planteamiento general y
principios rectores.
10. Los derechos de los ciudadanos en la Ley de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común. Procedimientos administrativos:
Iniciación, ordenación, instrucción y finalización. Obligación de resolver.
11. La revisión de los actos en vía administrativa. Los recursos
administrativos. El recurso contencioso-administrativo.
II. Gestión financiera
1. El presupuesto. Conceptos y clases. Presupuesto por
programas. Objetivos. Programas y evaluación. Presupuesto base
cero. Objetivos. Unidades y paquetes de decisión. Asignación de
prioridades.
2. Las leyes anuales de presupuestos. Su contenido. El
presupuesto del Estado. Estructura. Créditos presupuestarios. Ciclo
presupuestario. Gastos plurianuales.
3. Modificaciones de los créditos iniciales. Transferencias de
créditos. Créditos extraordinarios. Suplementos de créditos.
Ampliaciones de créditos. Incorporaciones de crédito. Generación
de créditos.
4. La contabilidad pública. Concepto. Contabilidad
preventiva. Contabilidad ejecutiva. Contabilidad crítica. Control del gasto
público en España. El control de legalidad. El Tribunal de Cuentas.
5. Plan General de Contabilidad Pública: Fines, Objetivos,
Ambito de aplicación, características. Criterios de valoración.
6. Contabilidad Presupuestaria y Contabilidad de Gestión.
Los grupos de cuentas. Estructura y contenido. Liquidación y cierre
de ejercicio. La Cuenta General del Estado.
7. Ordenación del gasto. Ordenación del pago. Organos
competentes. Fases del procedimiento. Documentos contables que
intervienen en la ejecución de los gastos y los pagos. Disposición
de fondos del Tesoro Público.
8. Gastos para la compra de bienes y servicios. Gastos de
transferencias. Corrientes y de capital. Gastos de inversión.
9. Pagos: Concepto y clasificación. Pagos por obligaciones
presupuestarias. Pagos por ejercicios cerrados. Anticipos de Caja
Fija. Pagos a justificar. Justificación de libramientos.
10. El sistema financiero español. Estructura. Evolución. La
política monetaria.
11. Las relaciones financieras entre las Administraciones
Públicas españolas. Las relaciones financieras con la Unión
Europea. Los Fondos Estructurales.
B. TEMAS ESPECÍFICOS
I. Los Sistemas de Información y la Organización
1. Definición y estructura de los Sistemas de Información.
2. La información en las organizaciones. Las organizaciones
basadas en la información. La Administración como caso
específico de este tipo de organización.
3. Las etapas de la informática en las organizaciones. El
modelo de NOLAN y otros modelos.
4. La comunicación en las organizaciones complejas.
Captación, flujo y aprovechamiento de la información. Consecuencias
del funcionamiento deficiente de los Sistemas de Información.
5. Estrategia, objetivos y funciones del directivo de Sistemas
y Tecnologías de la Información en la Administración.
6. Herramientas de planificación y control de gestión de la
función del directivo de Sistemas y Tecnologías de la Información
en la Administración.
7. Los conocimientos y el ámbito de competencia del directivo
de las Tecnologías de la Información en la Administración Pública.
8. Organización y funcionamiento de un Centro de Sistemas
de Información I. Funciones de Desarrollo y Mantenimiento.
9. Organización y funcionamiento de un Centro de Sistemas
de Información II. Funciones de Sistemas, Bases Datos y
Comunicaciones.
10. Organización y funcionamiento de un Centro de Sistemas
de Información III. Funciones de Infocentro, Relaciones con
Usuarios.
11. Dirección de proyectos. Planificación de recursos técnicos
y humanos.
12. Dirección de proyectos. Técnicas de control.
13. La seguridad de tecnologías de la información: objetivos,
estrategias, políticas, organización y planificación. La evaluación
y certificación de la seguridad de las tecnologías de la información;
criterios de evaluación y certificación.
14. Análisis y gestión de Riesgos. MAGERIT, la metodología
del Consejo Superior de Informática de análisis y gestión de riesgos
de los sistemas de Información.
15. La legislación de protección de datos de carácter
personal I. La directiva 95/46/CE. La Ley Orgánica de Protección de
Datos de Carácter Personal (LOPD).
16. La legislación de protección de datos de carácter
personal II. RD 994/1999 Reglamento de Medidas de Seguridad de
los Ficheros Automatizados que contengan Datos de carácter
personal.
17. La Agencia de Protección de Datos.
18. Auditoría Informática I. Concepto y contenidos, Normas
técnicas y Estándares, Organización de la función auditora,
Aspectos específicos de la Auditoría Informática en la Administración
Pública.
19. Auditoría Informática II. Revisión de controles generales,
revisión de controles de aplicación.
20. Auditoría Informática III. Auditoria de sistemas
específicos (SGBD), Comunicaciones, informática personal, EDI + EFT)
Auditoría de economía, eficacia y eficiencia de los sistemas de
información.
21. La planificación de la capacidad de los Sistemas
Informáticos.
22. La teoría de la decisión multicriterio discreta como
modelo de referencia metodológico para la selección de bienes y
servicios. El método de la ponderación lineal.
23. Alternativas básicas de decisión en el campo del
equipamiento hardware y software.
24. Órganos de elaboración y desarrollo de la política
informática del gobierno I. El Consejo Superior de Informática (CSI).
La Comisión Interministerial de Adquisición de Bienes y Servicios
informáticos (CIABSI).
25. Órganos de elaboración y desarrollo de la política
informática del gobierno II. Las Comisiones Ministeriales de Informática
(CMI).
26. Órganos de elaboración y desarrollo de la política
informática del gobierno III. La Comisión Nacional para la Cooperación
entre las Administraciones Públicas en el Campo de los Sistemas
y Tecnologías de la Información (COAXI).
27. Órganos de elaboración y desarrollo de la política
informática del gobierno IV. EI Grupo de Usuarios de
Telecomunicaciones en la Administración (GTA).
28. Líneas estratégicas de actuación de la administración en
el campo de las Tecnologías de la Información y de las
Comunicaciones.
29. La protección jurídica de los programas de ordenador I.
Legislación, legislación Web.
30. La protección jurídica de los programas de ordenador II.
Los medios de comprobación de la legalidad y control del software.
31. La contratación de bienes y servicios de Tecnologías de
la Información en la Administración General del Estado I. El
pro
ceso de contratación. El tipo de contratación. El procedimiento
de adjudicación. Las vías de contratación.
32. La contratación de bienes y servicios de Tecnologías de
la Información en la Administración General del Estado II. El
expediente de contratación. Pliegos de condiciones: cláusulas más
significativas.
33. La contratación de bienes y servicios de Tecnologías de
la Información en la Administración General del Estado III. El
proceso de recepción de entregas y su control. Designación de
interventores y asesores para los contratos informáticos.
34. La utilización de aplicaciones genéricas y normalizadas
en la Administración.
35. La rentabilidad de las inversiones en los proyectos de
Tecnologías de la Información.
36. Aspectos ergonómicos y medioambientales de la
adquisición y uso de bienes de Tecnologías de la Información.
37. Elementos conceptuales y arquitectura de sistemas
abiertos. Sistemas abiertos y normalización de facto.
38. Política comunitaria de sistemas abiertos. Estrategias de
las Administraciones Públicas. La política comunitaria de
normalización. La decisión 87/95/CEE del Consejo de las CC.EE.
39. Organizaciones internacionales y nacionales de
normalización I. Normas en el sector de las tecnologías de la
Información (TI).
40. Organizaciones internacionales y nacionales de
normalización II. Pruebas de conformidad y certificación. El
establecimiento de servicios de pruebas de conformidad.
II. Tecnología Básica
1. Hardware I. Sistemas de altas prestaciones. Grid
Computing.
2. Hardware II. Equipos departamentales y estaciones gráficas
de trabajo.
3. Hardware III. Dispositivos personales de PC, PDA, Tablet.
4. Hardware IV. Sistemas de almacenamiento para sistemas
grandes y departamentales.
5. Hardware V. Dispositivos para tratamiento de información
multimedia.
6. Tipos de sistemas de información multiusuario. Sistemas
grandes, medios y pequeños. Servidores de datos y de
aplicaciones.
7. El procesamiento cooperativo y la arquitectura
cliente-servidor.
8. Concepto, evolución y tendencias de los sistemas
operativos.
9. Los sistemas operativos y el soporte lógico de base e
intermedio de los sistemas medios y medios y pequeños.
10. El Sistema Operativo UNIX - LINUX I. Conceptos básicos.
11. El Sistema Operativo UNIX - LINUX II. Administración.
Interfase gráfica - Gnome, KDE etc.
12. Los Sistemas Operativos y el soporte lógico de base I.
Sistemas de altas prestaciones.
13. Los Sistemas Operativos y el soporte lógico de base II.
Entorno Microsoft.
14. Los sistemas de gestión de bases de datos SGBD. El
modelo de referencia de ANSI
15. El modelo relacional. El lenguaje SQL. Normas y
stándares para la interoperabilidad entre gestores de bases de datos
relacionales.
16. Entorno de desarrollo Microsoft .NET para software con
distribución.
17. Entorno de desarrollo JAVA para software con
distribución.
18. Software de código abierto I. Software libre. Conceptos
base.
19. Software de código abierto II. Software libre. Aplicaciones
entorno ofimatico y servidores Web.
20. Inteligencia artificial. La orientación heurística.
21. Gestión del conocimiento: Representación del
conocimiento. Sistemas expertos. Herramientas.
22. Inteligencia artificial distribuida. Agentes inteligentes
23. Aprendizaje automático. Inducción del Conocimiento.
Aplicaciones de las Tecnologías de la Información: Inducción de
reglas en bases de datos.
24. Los sistemas de información geográfica. Conceptos y
funcionalidades básicos.
25. Gestión de los datos corporativos. Almacén de datos
(Data-Warehouse). Arquitectura O.LAP. Minería de datos. Generación
de Informes a la Dirección.
26. Lenguajes y herramientas para la utilización de redes
globales. HTML y XML.
27. Comercio electrónico. Mecanismos de pago. Gestión del
negocio.
28. El papel del Workflow, el Groupware y el Data-Warehouse
en la Administración Pública.
29. Firma electrónica I: Servicios, técnicas y mecanismos para
la seguridad de las tecnologías de la información: las técnicas
y mecanismos criptográficos, los servicios de certificación
electrónica, los protocolos seguros.
30. Firma electrónica II. La tecnología de tarjetas. La tarjeta
inteligente. Su aplicación para el cifrado, la autenticación
electrónica.
31. Los servicios de directorio electrónico. Tecnología X.500
y LDAP.
III. Ingenieria de los Sistemas de Información
1. El ciclo de vida de los sistemas de información. Modelos
del ciclo de vida.
2. Planificación estratégica de sistemas de información y de
comunicaciones.
3. El plan de sistemas de información.
4. El análisis de requisitos de los sistemas de información
y de comunicaciones.
5. Metodología de desarrollo de sistemas. Orientación al
proceso y orientación a los datos.
6. Análisis de sistemas de información. El modelo entidad
relación. Entidades y superentidades.
7. El análisis estructurado. Diccionario de datos, diagrama
de flujo de datos. Análisis esencial.
8. El análisis orientado a objetos. Objetos, clases, herencia,
métodos. Arquitecturas de Objetos distribuidos.
9. Técnicas de análisis y diseño de sistemas transaccionales.
10. El diseño estructurado.
11. El diseño orientado a objetos.
12. La elaboración de prototipos en el desarrollo de sistemas.
13. La metodología de planificación y desarrollo de Sistemas
de Información MÉTRICA del Consejo Superior de Informática.
14. La garantía de calidad en el proceso de producción del
software.
15. Métricas y evaluación de la calidad del software.
16. La implantación de la función calidad.
17. La estimación de recursos y esfuerzo en el desarrollo de
sistemas de información.
18. El programa EUROMÉTODO de la Comisión Europea.
19. La migración de aplicaciones en el marco de procesos
de ajuste dimensional.
20. Reingeniería de sistemas de información e ingeniería
inversa.
21. Los proveedores de los servicios de certificación
electrónica I. Standares. Modelos posibles y características de
implantación.
22. Los proveedores de los servicios de certificación
electrónica II. Situación España.
23. La Calidad en los servicios de información de la
Administración. El Modelo EFQM y la Guía para los servicios ISO 9004.
IV. Ofimática e Informática Departamental
1. Herramientas de informática personal.
2. El Ordenador personal en el marco de la informática
corporativa.
3. Interfaces de usuario final. La metáfora del escritorio.
4. El Tratamiento de imágenes y el proceso electrónico de
documentos.
5. Reconocimiento óptico de caracteres y reconocimiento de
voz.
6. Gestión documental. Gestión de contenidos.
7. Los servicios de información electrónica. Política y
acciones de la Comunidad Europea en este sector.
8. Sistemas de recuperación de la información.
9. Políticas, Procedimientos y métodos para la conservación
de la información en soporte.
V. Redes, Comunicaciones e Internet
1. Redes I. Sistemas de cableado y equipos de interconexión
de redes.
2. Redes II. Protocolos de transporte: tipos y funcionamiento.
La familia de protocolos TCP/IP.
3. Redes III. Redes de área local.
4. Redes IV. Redes de área extensa.
5. Redes V. Las redes públicas de transmisión de datos.
6. Redes VI. Planificación y gestión de redes.
7. Redes VII. Redes Telemáticas Transeuropeas entre
Administraciones.
8. Redes VIII. El correo electrónico. Servicios de directorio.
9. Servicios avanzados de Telecomunicaciones:
Videoconferencia, Audioconferencia, Radiomensajería, Sistemas trunking.
10. Las comunicaciones móviles. Tecnologías de telefonía
móvil analógica y digital (GSM y otras tecnologías como
GPRS). Los servicios de tercera generación(UTMS). La integración
con Internet (WAP).
11. Redes de banda ancha. Transición de la RDSI-BE a la
RDSI-BA. La jerarquía digital síncrona (JDS). Técnicas ATM.
12. La Ley General de Telecomunicaciones.
13. La Ley de Servicios de la Sociedad de la Información.
14. Economía de las Telecomunicaciones I. Conceptos
básicos.
15. Economía de las Telecomunicaciones II. Tarifas y
Supuestos prácticos.
16. La red Internet y los servicios básicos.
17. Los servicios de acceso a información basados en Internet.
Agentes que intervienen, características y estructuras de las redes
soporte, métodos de acceso, aspectos de seguridad, tendencias.
18. Arquitectura de las redes Intranet y Extranet. Concepto,
Estructura y características. Su implantación en las
organizaciones. Modelo de capas: Servidores de aplicaciones, servidores de
datos, granjas de servidores.
19. Arquitectura de desarrollo en la WEB (I). Integración de
contenido, sonido, imagen y animación. Scripts del cliente.
20. Arquitectura de desarrollo en la WEB (II). Scripts del
servidor. Páginas ASP, JSP, PHP Trabajo con bases de datos.
21. Arquitectura de desarrollo en la WEB (III).
Tecnología .NET
22. Arquitectura de desarrollo en la WEB (IV). Tecnología
JAVA.
VI. Sociedad de la Información
1. La Sociedad de la Información y la Administración. La
iniciativa del Gobierno Español para el desarrollo de la Sociedad
de Información 'INFO XXI La Sociedad de la Información para
todos.
2. Iniciativa Europea (E-Europe) para el desarrollo de la
Sociedad de la Información. La Iniciativa Europea y su Plan de Acción.
3. Otras iniciativas internacionales para el desarrollo de la
Sociedad de la Información.
4. La utilización de las Tecnologías de la Información y las
Comunicaciones para la administración electrónica. Los proyectos
Ventanilla Única, Intranet Administrativa y Portal de la
Administración.
ANEXO III
Tribunal calificador
Tribunal titular:
Presidente: D. Miguel F. Azorín Albiñana-López (Cuerpo
Superior de Sistemas y Tecnologías de la Información de la
Administración General del Estado).
Secretario: D. Francisco López Crespo (Cuerpo Superior de
Sistemas y Tecnologías de la Información de la Administración
General del Estado).
Vocales:
D. Carlos José Fijo Saborido (Cuerpo Superior de Sistemas
y Tecnologías de la Información de la Administración General del
Estado).
D. Vital Lobo García (Cuerpo Superior de Administradores
Civiles del Estado).
D.a M.a Isabel Fernández Rodríguez (Escala Técnica de Gestión
de OO.AA.).
D. Juan Antonio Zapardiel López (Cuerpo Superior de
Estadísticos del Estado).
D. Javier Rueda Vázquez (Cuerpo Superior de Administradores
Civiles del Estado).
Tribunal suplente:
Presidente: D. Alfonso de Castro Martínez (Cuerpo Superior
de Sistemas y Tecnologías de la Información de la Administración
General del Estado).
Secretario: D. Francisco Villanueva Díez (Cuerpo Superior de
Sistemas y Tecnologías de la Información de la Administración
General del Estado).
Vocales:
D. José Borja Tomé (Cuerpo Superior de Sistemas y
Tecnologías de la Información de la Administración General del Estado).
D. Juan Carlos Gómez-Rico Reguillos (Escala Técnica de
Gestión de OO.AA.).
D. Víctor Laquidaín Hergueta (Cuerpo Superior de
Administradores Civiles del Estado).
D.a Pilar Sáenz de Ormijana Valdés (Cuerpo Superior de
Interventores y Auditores del Estado).
D.a. M. Julia Marchena Navarro (Cuerpo Superior de
Administradores Civiles del Estado).
El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de
asesores especialistas para todas o alguna de las pruebas.
ANEXO IV
Instrucciones para cumplimentar la solicitud
Este apartado se rellenará según lo establecido en la solicitud
de admisión a pruebas selectivas en la Administración Pública
y liquidación de tasas de derechos de examen (modelo 790) y
en las siguientes instrucciones particulares.
En el recuadro 15, "Cuerpo o Escala", se consignará "Superior
de Sistemas y Tecnologías de la Información de la Administración
del Estado " código "1166"
En el recuadro 17, "Forma de acceso", se consignará una de
las siguientes letras, según corresponda:
"L": Participantes en la convocatoria de acceso libre.
"P": Participantes en la convocatoria de promoción interna.
En el recuadro 18, "Ministerio/Organo/Entidad convocante",
se consignará "Ministerio de Administraciones Públicas".
En el recuadro 19, se consignará la fecha del Boletín Oficial
del Estado en el que haya sido publicada la convocatoria.
En el recuadro 20, "Provincia de examen", se consignará
"Madrid".
En el recuadro 21, "Minusvalía", los aspirantes con minusvalía
podrán indicar el porcentaje de minusvalía que tengan acreditado,
y solicitar, expresándolo en el recuadro 23, las posibles
adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios
en que esta adaptación sea necesaria.
Los aspirantes con grado de minusvalía igual o superior al
33 por 100 que deseen participar en las pruebas selectivas por
el cupo de reserva de discapacitados, deberán indicarlo en el
recuadro 22.
En el recuadro 24, "Títulos académicos oficiales", se hará
constar la titulación que se posee para participar en las pruebas
selectivas.
El importe de la tasa por derechos de examen será de 25,01 euros
para los aspirantes que se presenten por la convocatoria de acceso
libre y de 12,51 euros para los que se presenten por la de promoción
interna.
El ingreso del importe correspondiente a los derechos de
examen se efectuará, junto con la presentación de la solicitud, en
cualquier banco, caja de ahorros o cooperativa de crédito de las
que actúan como entidades colaboradoras en la recaudación
tributaria. En la solicitud deberá constar que se ha realizado el
correspondiente ingreso de los derechos de examen, mediante validación
de la entidad colaboradora en la que se realice el ingreso, a través
de certificación mecánica, o en su defecto, sello y firma autorizada
de la misma en el espacio reservado a estos efectos.
Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse a
través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas
correspondientes. A las mismas se acompañará el comprobante
bancario de haber ingresado los derechos de examen en la cuenta
corriente número 0182-2370-49-0200203962 del Banco Bilbao
Vizcaya Argentaria a nombre de "Tesoro Público. Ministerio de
Administraciones Públicas. Derechos de examen". El ingreso podrá
efectuarse directamente en cualquier oficina del Banco Bilbao
Vizcaya Argentaria mediante transferencia desde cualquier entidad
bancaria.
Estarán exentas del pago de esta tasa:
Las personas con grado de discapacidad igual o superior al
33 por 100, debiendo acompañar a la solicitud certificado
acreditativo de tal condición.
Las personas que figurasen como demandantes de empleo
durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha de la
convocatoria. Serán requisitos para el disfrute de la exención que,
en el plazo de que se trate, no hubieran rechazado oferta de empleo
adecuado ni se hubiesen negado a participar, salvo causa
justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión
profesionales y que, asimismo, carezcan de rentas superiores, en
cómputo mensual, al Salario Mínimo Interprofesional.
La certificación relativa a la condición de demandante de
empleo, con los requisitos señalados, se solicitará en la oficina
de los servicios públicos de empleo. En cuanto a la acreditación
de las rentas se realizará mediante una declaración jurada o
promesa escrita del solicitante. Ambos documentos deberán
acompañarse a la solicitud.
La falta de justificación del abono de los derechos de examen
o de encontrarse exento determinará la exclusión del aspirante.
En ningún caso la presentación y pago en las oficinas a que
se hace referencia supondrá la sustitución del trámite de
presentación, en tiempo y forma, de la solicitud.
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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid