Al amparo de lo previsto el artículo 20 de la Ley 52/2002,
de 30 de diciembre ("Boletín Oficial del Estado" del 31), de
Presupuestos Generales del Estado para 2003 el Consejo de Ministros
aprobó la oferta de empleo público para 2003 por Real Decreto
215/2003, de 21 de febrero ("Boletín Oficial del Estado" del 22).
En el artículo 5 del citado Real Decreto se autoriza la convocatoria
de hasta 3.727 plazas por el turno de promoción interna, con
la distribución por Cuerpos que determine el Ministerio de
Administraciones Públicas. Este Ministerio ha asignado 10 de las
mencionadas plazas al Cuerpo de Gestión de Sistemas e Informática
de la Administración del Estado, Especialidad de Administración
Tributaria, con el fin de atender las necesidades de personal de
la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
Asimismo el artículo 103.4, apartado segundo, de la Ley
31/1990, de 27 de diciembre, ("Boletín Oficial del Estado" del 28),
de Presupuestos Generales del Estado para 1991, creó en el
Cuerpo de Gestión de Sistemas e Informática de la Administración
del Estado, la especialidad de Administración Tributaria que
adscribió a la Agencia Estatal de Administración Tributaria. Del mismo
modo, el apartado cuarto del mencionado artículo reconoce la
competencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria
para elaborar, convocar y resolver las convocatorias de los Cuerpos
y especialidades adscritos a la misma.
En virtud de lo anteriormente expuesto, esta Dirección General,
en uso de las competencias que le están delegadas en la Resolución
de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, de 24 de junio
de 1999 ("Boletín Oficial del Estado" de 9 de julio), y previo informe
favorable de la Dirección General de la Función Pública, ha
resuelto convocar pruebas selectivas para el ingreso en el Cuerpo de
Gestión de Sistemas e Informática de la Administración del Estado,
especialidad de Administración Tributaria, código 1177, con
sujeción a las siguientes
Bases de la convocatoria
1. Normas generales
1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir 10 plazas del
Cuerpo de Gestión de Sistemas e Informática de la Administración
del Estado, especialidad de Administración Tributaria, código
1177, por el sistema de promoción interna según el sistema
previsto en el artículo 22.1 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto.
Del total de estas plazas se reservará 1 para quienes tengan
la condición legal de personas con discapacidad de grado igual
o superior al 33 por ciento.
Una vez cubierta la plaza del cupo de reserva de discapacitados,
los aspirantes discapacitados que hayan superado la fase de
oposición sin obtener plaza por dicho cupo, podrán optar, en igualdad
de condiciones, a las restantes plazas de promoción interna.
La plaza no cubierta en el cupo de reserva de discapacitados
se acumulará a las restantes plazas de promoción interna.
1.2 El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de
oposición, con las valoraciones, pruebas y puntuaciones que se
especifican en el anexo I e incluirá la superación de un curso
selectivo. Para la realización de este curso selectivo, los aspirantes
que hayan superado la fase de oposición serán nombrados
funcionarios en prácticas por la autoridad convocante
1.3 El programa que ha de regir las pruebas selectivas es
el que figura en el anexo II de esta convocatoria.
1.4 El primer ejercicio de la fase de oposición se realizará
antes del 15 de septiembre de 2003. La duración máxima de la
fase de oposición será de siete meses contados a partir de la fecha
de celebración del primer ejercicio.
1.5 Concluido el proceso selectivo, los aspirantes que lo
hubieran superado y que hayan acreditado cumplir los requisitos
exigidos, serán nombrados funcionarios de carrera mediante
resolución de la Secretaría de Estado para la Administración Pública,
que se publicará en el "Boletín Oficial del Estado", con indicación
del destino adjudicado.
Hasta que se dicte la resolución de nombramiento de
funcionarios de carrera, los funcionarios en prácticas completarán, en
su caso, su formación a través de un período de prácticas que
se desarrollará en los Servicios Centrales o Delegaciones de la
Agencia Estatal de Administración Tributaria. Corresponde a la
Agencia Estatal de Administración Tributaria la fijación de los
términos en que deba desarrollarse este período de prácticas
2. Requisitos de los candidatos
2.1 Para ser admitidos a la realización de las pruebas
selectivas los aspirantes deberán poseer en el día de finalización del
plazo de presentación de solicitudes y mantener hasta el momento
de la toma de posesión como funcionario de carrera los siguientes
requisitos de participación:
2.1.1 Edad: Tener dieciocho años de edad y no haber
alcanzado la edad de jubilación.
2.1.2 Titulación: Estar en posesión, o en condiciones de
obtener, el título de Ingeniero Técnico, Diplomado Universitario,
Arquitecto Técnico u otro título equivalente. En el caso de titulaciones
obtenidas en el extranjero deberá estarse en posesión de la
credencial que acredite su homologación.
2.1.3 Capacidad: No padecer enfermedad ni estar afectado
por limitación física o psíquica incompatible con el desempeño
de las correspondientes funciones.
2.1.4 Habilitación: No haber sido separado, mediante
expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las
Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de
las funciones públicas.
2.1.5 Los aspirantes deberán pertenecer a Cuerpos o Escalas
del Grupo C, incluidos en el ámbito de aplicación del apartado
1 del artículo 1 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto y tener una
antigüedad de, al menos, dos años en el Cuerpo o Escala del
grupo C a que pertenezcan.
Los funcionarios de los Cuerpos y Escalas de los Servicios
Postales y de Telecomunicación, deberán además estar destinados
en la Administración General del Estado, en puestos de trabajo
que no pertenezcan al ente público empresarial Correos y
Telégrafos.
Los servicios reconocidos al amparo de la Ley 70/1978, de
26 de diciembre, en puestos de trabajo con funciones o actividades
semejantes a las de los Cuerpos o Escalas del grupo C, serán
computables, a efectos de antigüedad, para participar en estas
pruebas selectivas.
2.2 Los aspirantes que se presenten por el cupo de reserva
de discapacitados habrán de tener reconocida la condición legal
de discapacitado de grado igual o superior al 33 por ciento.
3. Solicitudes
3.1 La presentación de solicitudes se realizará en los Servicios
Centrales y Delegaciones de la Agencia Estatal de Administración
Tributaria, o en la forma establecida en el artículo 38.4 de la
Ley 30/ 1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común, en el plazo de veinte días naturales contados a partir
del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria
en el "Boletín Oficial del Estado" y se dirigirán al Director General
de la Agencia Estatal de Administración Tributaria. La no
presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión
del aspirante.
3.2 Quienes deseen participar en estas pruebas selectivas
deberán cumplimentar el modelo oficial de solicitud de admisión
a pruebas selectivas en la Administración Pública y liquidación
de derechos de examen (modelo 790), que será facilitado
gratuitamente en los Servicios Centrales y Delegaciones de la Agencia
Estatal de Administración Tributaria, en las Delegaciones de
Gobierno en las Comunidades Autónomas, en las Subdelegaciones
del Gobierno, así como en el Centro de Información Administrativa
del Ministerio para las Administraciones Públicas, en la Dirección
General de la Función Pública, en la sede central del Instituto
de Estudios Fiscales, en las representaciones diplomáticas o
consulares de España en el extranjero y en la página de Internet
www.map.es/seap/dgfp/dgfp.htm
La solicitud se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones
del anexo IV.
3.3 A la solicitud se acompañará una fotocopia del documento
nacional de identidad o del pasaporte.
3.4 Los aspirantes que tengan la condición de funcionarios
de Organismos Internacionales deberán acompañar a la solicitud
las certificaciones de homologación o, con carácter excepcional,
presentarlas al órgano de selección con antelación a la celebración
de las correspondientes pruebas.
3.5 Los errores de hecho que pudieran advertirse en la
solicitud podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a
petición del interesado.
4. Admisión de aspirantes
4.1 Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, el
Director General de la Agencia Estatal de Administración
Tributaria dictará Resolución, en el plazo máximo de un mes, declarando
aprobada la lista de admitidos y excluidos. En dicha resolución,
que deberá publicarse en el "Boletín Oficial del Estado", se
relacionarán los aspirantes excluidos con indicación de las causas
de exclusión, apellidos, nombre y número de documento nacional
de identidad o pasaporte, señalando un plazo de diez días hábiles
para subsanar el defecto que haya motivado la exclusión u omisión,
contados a partir del día siguiente al de la publicación de la
resolución. Asimismo, se indicarán los lugares donde se encuentre
expuesta al público la lista de aspirantes admitidos y el lugar,
fecha y hora de comienzo del primer ejercicio.
4.2 No procederá la devolución de los derechos de examen
en los supuestos de exclusión por causa imputable a los aspirantes.
5. Tribunal
5.1 El Tribunal calificador de estas pruebas es el que figura
en el anexo III a esta convocatoria.
5.2 El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará
en todo momento a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de
noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas
y del Procedimiento Administrativo Común y demás disposiciones
vigentes.
5.3 Los aspirantes podrán recusar a los miembros del
Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en el artículo
28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común.
5.4 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el
Tribunal tendrá su sede en el Departamento de Recursos Humanos
y Administración Económica de la Agencia Estatal de
Administración Tributaria sita en C/ Lérida, 32, 34, 28020-Madrid,
teléfonos: 91.583.11.93, 91.583.10.33, y 91.583.11.83.
6. Desarrollo de los ejercicios
6.1 El orden de actuación de los opositores se iniciará
alfabéticamente por el primero de la letra "X", según lo establecido
en la Resolución de la Secretaría de Estado para la Administración
Pública de 10 de marzo de 2003 ("Boletín Oficial del Estado"
del 14).
6.2 Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en
llamamiento único, siendo excluidos de la oposición quienes no
comparezcan. El Tribunal podrá requerir, en cualquier momento
del proceso selectivo, la acreditación de la identidad de los
aspirantes.
6.3 Una vez comenzado el proceso selectivo, los anuncios
de celebración de los restantes ejercicios, se harán públicos con
doce horas de antelación, al menos, a la señalada para su inicio,
si se trata del mismo ejercicio, o con veinticuatro horas, si se
trata de uno nuevo. Estos anuncios se efectuarán, al menos, en
los locales donde se haya celebrado el anterior y en la sede del
Tribunal señalada en la base 5.4.
6.4 El Tribunal adoptará las medidas necesarias para
garantizar que los ejercicios de la fase de oposición que sean escritos
y no deban ser leídos ante el órgano de selección, sean corregidos
sin que se conozca la identidad de los aspirantes.
7. Listas de aprobados
7.1 Concluido cada uno de los ejercicios de la oposición, el
Tribunal hará públicas, en el lugar o lugares de celebración del
ejercicio y en la sede del Tribunal, las relaciones de aspirantes
que hayan superado el mínimo establecido para cada uno de ellos,
con indicación de la puntuación obtenida.
7.2 Finalizada la fase de oposición, el Presidente del Tribunal
elevará a la autoridad convocante la relación definitiva de
aspirantes que han superado dicha fase por orden de puntuación.
Dicha relación se publicará en el "Boletín Oficial del Estado",
disponiendo los aspirantes propuestos de un plazo de veinte días
naturales, desde la publicación en el Boletín Oficial del Estado,
para la presentación de la documentación acreditativa de los
requisitos exigidos en la convocatoria.
7.3 No se podrá declarar superado el proceso selectivo a un
número de aspirantes superior al de plazas convocadas.
La adjudicación de los puestos a los aspirantes que superen
el proceso selectivo se efectuará de acuerdo con la puntuación
total obtenida según la petición de destino, a la vista de los puestos
que se ofrezcan, sin perjuicio de que la Agencia Tributaria pueda
aplicar, si lo estima oportuno, lo dispuesto en el artículo 22.1
de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, sobre la posibilidad de destinar
a los aspirantes aprobados dentro del municipio donde estuvieran
destinados.
8. Norma adicional
La Resolución de convocatoria y las bases de este proceso
selectivo, así como los actos que deriven de su ejecución, se
incluirán en la página web de la Agencia Tributaria (www.
agenciatributaria.es), pudiendo ser consultados a través de ella.
9. Norma final
A las presentes pruebas selectivas les serán de aplicación la
Ley 30/1984, de 2 de agosto; el R. D. 364/1995, de 10 de marzo,
la legislación vigente en la materia y lo dispuesto en la
convocatoria.
Contra la presente convocatoria, podrá interponerse recurso
contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde el
día siguiente a su publicación, ante el órgano juridisccional
competente, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en la Ley
29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa, o bien, con carácter potestativo, recurso de
reposición ante el Presidente de la Agencia Estatal de
Administración Tributaria en el plazo de un mes a su publicación,
significándose, que en este caso, no se podrá interponer recurso
contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente
o se haya producido la desestimación presunta del mismo.
Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a
la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto
en la citada Ley.
Madrid, 4 de junio de 2003.-P. D. (Resolución de 24 de junio
de 1999, "BOE" de 9 de julio), el Director General, Salvador Ruiz
Gallud.
Ilmos. Sres. Director del Departamento de Recursos Humanos y
Administración Económica y Presidente del Tribunal.
ANEXO I
Descripción del proceso selectivo
Proceso de selección y valoración
El proceso de selección constará de las fases siguientes:
Fase de oposición.
Curso selectivo.
1. Fase de oposición.
1.1 La fase de oposición estará formada por los dos ejercicios
que a continuación se indican, siendo ambos eliminatorios:
Primer ejercicio: Consistirá en contestar por escrito un
cuestionario de un máximo de 100 preguntas de respuesta múltiple
sobre las materias contenidas en el anexo II.1 de esta convocatoria.
Para cada pregunta se propondrán diversas respuestas, siendo
sólo una de ellas la correcta. Los aspirantes marcarán las
contestaciones en las correspondientes hojas de examen. Las
contestaciones erróneas se valorarán negativamente.
La duración máxima de esta prueba será de noventa minutos.
Los aspirantes que pertenezcan al Cuerpo de Técnicos
Auxiliares de Informática (formas de acceso "A" y "G"), estarán exentos
del grupo primero de temas de cada bloque de materias del
programa contenido en el anexo II.1.
Para los aspirantes que pertenezcan al resto de Cuerpos del
grupo C (forma de acceso "R"), el cuestionario de preguntas de
este ejercicio estará basado en el contenido total del programa
del anexo II.1.
Con independencia de la forma de acceso, "A", "G" o "R", el
cuestionario contendrá el mismo número de preguntas.
Segundo ejercicio: Constará de dos partes a realizar en una
única sesión, siendo ambas eliminatorias:
1.a parte: Consistirá en desarrollar por escrito un tema de entre
dos propuestos por el Tribunal de entre los correspondientes al
grupo segundo de cada bloque de materias del programa contenido
en el anexo II.1 de esta convocatoria.
El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será
de tres horas.
El ejercicio será posteriormente leído ante el Tribunal en sesión
pública. En él se valorarán la formación y los conocimientos
generales, la claridad y orden de ideas y la capacidad de expresión.
Una vez leído, el Tribunal podrá realizar cuantas preguntas
considere necesarias en relación con el ejercicio durante un período
máximo de quince minutos.
2.a parte: Consistirá en contestar un cuestionario compuesto
por 50 preguntas de respuesta múltiple que versarán sobre el
temario de Administración Tributaría que figura como anexo II.2
a la presente convocatoria.
Para cada pregunta se propondrán diversas respuestas, siendo
sólo una de ellas correcta. Los aspirantes marcarán las
contestaciones en las correspondientes hojas de examen. Las
contestaciones erróneas se valorarán negativamente.
El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será
de treinta minutos.
Los aspirantes pertenecientes al Cuerpo de Técnicos Auxiliares
de Informática de la Administración del Estado, especialidad de
Administración Tributaria (forma de acceso "A") estarán exentos
de la realización de esta segunda prueba.
1.2 Los ejercicios de la fase de oposición se calificarán de
la forma siguiente:
Primer ejercicio. Se calificará de cero a 50 puntos, siendo
necesario obtener un mínimo de 25 puntos para superarlo.
Segundo ejercicio. La primera parte se calificará de cero a 50
puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 25 para superarla.
La segunda parte se calificará como "apto" o "no apto", siendo
necesario para superarla obtener la calificación de apto.
La calificación de la fase de oposición de los aspirantes vendrá
determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en los
diferentes ejercicios de dicha fase. En caso de empate el orden
se establecerá atendiendo a la mayor puntuación obtenida en la
primera parte del segundo ejercicio.
2. Curso selectivo: Los aspirantes que superen las pruebas
de la fase de oposición realizarán un curso selectivo, de una
duración máxima de dos meses lectivos, en la Escuela de Hacienda
Pública del Instituto de Estudios Fiscales.
Corresponde a la Escuela de Hacienda Pública del Instituto
de Estudios Fiscales organizar, dirigir. impartir y evaluar el citado
curso.
El curso selectivo tendrá como finalidad primordial la
adquisición de conocimientos en orden a la preparación específica de
los aspirantes para el ejercicio de las funciones propias del Cuerpo
de Gestión de Sistemas e Informática. El programa del curso será
aprobado, de forma conjunta, por la Dirección General de la
Agencia Estatal de Administración Tributaria y la Escuela de la Hacienda
Pública.
La asistencia a las clases y actividades que se organicen en
el desarrollo del mismo será obligatoria. El incumplimiento de
este requisito, salvo causas justificadas y apreciadas por la Escuela
de la Hacienda Pública del Instituto de Estudios Fiscales, originará
la imposibilidad de concurrir a las pruebas que se realicen durante
el mismo y, por tanto, se perderá el derecho a ser nombrado
funcionario de carrera.
El curso selectivo se calificará de cero a 50 puntos por el total
de materias, siendo necesario para superarlo obtener un mínimo
de 25 puntos y haber aprobado todas las asignaturas.
Los aspirantes que no superen inicialmente el curso selectivo
realizarán, en el plazo máximo de dos meses, una nueva prueba
sobre las asignaturas no aprobadas, la cual en ningún caso se
calificará en más de 5 puntos sobre 10.
3. Calificación final: La calificación final de los aspirantes en
el proceso selectivo vendrá determinada por la suma de las
puntuaciones obtenidas en las fases de oposición y curso selectivo.
En caso de empate el orden de los aspirantes en el proceso selectivo
se establecerá atendiendo a la mayor puntuación obtenida en el
curso selectivo. En caso de que persista la igualdad, el orden se
establecerá atendiendo a la mayor puntuación obtenida en la
primera parte del segundo ejercicio de la fase de oposición.
No se podrá declarar superado el proceso selectivo a un número
de aspirantes superior al de plazas convocadas.
ANEXO II
Programa para el ingreso en el Cuerpo de Gestión de Sistemas
e Informática, especialidad de Administración Tributaria
ANEXOII.1 GESTIÓN DE SISTEMAS E INFORMÁTICA
Bloque I
Análisis de Aplicaciones (grupo I)
Tema 1. El análisis de requisitos de los sistemas de
información y comunicaciones. Fases del análisis.
Tema 2. Análisis de datos: Modelo entidad/asociación.
Tema 3. Análisis de procesos: Descomposición funcional.
Diagrama de flujo de datos.
Tema 4. Diseño de datos: Modelo lógico relacional y
normalización.
Tema 5. Lenguajes de manipulación de datos. Elementos
básicos de SQL.
Tema 6. Diseño físico de bases de datos. Conceptos de SGBD.
Tema 7. Bases de datos. Actualizaciones y transacciones.
Tema 8. Arquitectura Cliente-Servidor: Conceptos y
elementos básicos.
Análisis de aplicaciones (grupo II)
Tema 1. Concepto del ciclo de vida y fases. Modelo en cascada
y modelo en espiral del ciclo de vida.
Tema 2. Diseño de funciones: Diseño de la estructura modular
y de la interfase de usuario. Especificación de módulos y cuadernos
de carga.
Tema 3. Diccionarios de datos. Funcionalidad.
Tema 4. Uso de generadores de código y herramientas de
4.a generación en la fases de diseño e implementación.
Tema 5. La elaboración de prototipos en el desarrollo de
sistemas. Características y finalidad.
Tema 6. Diseño de un plan de pruebas del sistema.
Tema 7. Introducción a la metodología Métrica 3. Fases,
módulos, actividades y tareas.
Tema 8. Conceptos básicos de orientación a objetos. Objetos,
clases, herencia, métodos.
Tema 9. Planificación del control de calidad: plan general
de garantía de calidad.
Bloque II
Gestión de Sistemas (grupo I)
Tema 1. Tipos de sistemas informáticos: Grandes
Ordenadores, Miniordenadores, Estaciones de Trabajo y Ordenadores
Personales.
Tema 2. Concepto de sistema operativo. Componentes:
programas de control y programas de proceso.
Tema 3. Monitorización del uso del sistema operativo.
Tema 4. Administración y gestión del sistema operativo y del
soporte lógico de base: aplicación de modificaciones.
Tema 5. Dispositivos de almacenamiento de la información.
Gestión de almacenamiento en disco.
Tema 6. Conceptos de bases de datos. Evolución histórica
de los sistemas de gestión de base de datos.
Tema 7. Conceptos fundamentales del "hardware" de
comunicaciones: Medios de Transmisión.
Gestión de Sistemas (grupo II)
Tema 1. Política de mantenimiento de equipos "hardware".
Requerimientos específicos de un CPD.
Tema 2. La contratación de bienes y servicios de Tecnologías
de la Información en la Administración del Estado.
Tema 3. Mantenimiento y perfeccionamiento de aplicaciones.
Tema 4. Gestión de la migración de aplicaciones. Formas de
acometerla. Gestión de la documentación
Tema 5. Estadísticas de ocupación. Costes.
Tema 6. Conceptos de proceso distribuido y cliente servidor.
Tema 7. Actualización de software en un entorno distribuido.
Tema 8. Seguridad física y lógica de un CPD. Seguridad
perimetral. Control de acceso físico al CPD o a periféricos. Niveles
de seguridad y acceso.
Tema 9. La legislación de protección de datos de carácter
personal. La Ley Orgánica 15/1999, de Protección de Datos de
Carácter Personal. La Directiva 95/46/CE. La Agencia de
Protección de Datos.
Tema 10. Auditoría informática. Metodologías, técnicas y
herramientas. Normas y estándares.
Tema 11. Política de salvaguarda/recuperación de la
información. Plan de contingencias de una instalación.
Bloque III
Producción Informática (grupo I)
Tema 1. Organización del centro de proceso de datos: Áreas
de Desarrollo y de Sistemas.
Tema 2. Responsabilidades y tareas asignadas al personal
de Producción de Informática.
Tema 3. Reutilización de "software" y generación de código.
Tema 4. Componentes fundamentales del "hardware" de una
instalación. Tipos de ordenadores y periféricos.
Tema 5. Control de la ejecución de trabajos y rendimientos.
Técnicas aplicables.
Tema 6. Control de incidencias en el sistema. Plan de
Contingencias: Objetivos básicos.
Tema 7. Conceptos de redes de comunicación: Topologías
y "hardware" de redes.
Tema 8. Conceptos de sistemas de teleproceso. Control de
las aplicaciones y rendimientos en entornos de teleproceso.
Producción Informática (grupo II)
Tema 1. Planificación física de un centro de proceso de datos.
Tema 2. Criterios de presupuestación y control del coste de
un proyecto.
Tema 3. Aplicaciones a medida frente a aplicaciones
estándar. Criterios de decisión.
Tema 4. Conceptos de los lenguajes de control de trabajos
(JCL).
Tema 5. Planificación de trabajos y los recursos necesarios.
Tema 6. Dimensionamiento de equipos. Factores a
considerar.
Tema 7. Herramientas de ayuda a la producción informática:
Gestores de consola, de "spool", de cadenas.
Tema 8. Gestión de datos corporativos. Almacén de datos
("data warehouse"). Arquitecturas OLAP. Minería de datos.
Tema 9. Sistemas de preexplotación y control de calidad.
Bloque IV
Gestión y control de redes de comunicación (grupo I)
Tema 1. Estandarización de redes. Modelo OSI.
Tema 2. Redes de área local: Sistemas operativos de red.
Servicios que proveen.
Tema 3. Administración de redes de área local. Gestión de
datos y usuarios. Monitorización y control de tráfico.
Tema 4. Protección y seguridad en redes de área local.
Antivirus.
Tema 5. Introducción a los protocolos de las redes públicas
de datos: X25, RDSI, Frame Relay.
Tema 6. Protocolos de comunicación a través de Módems.
Configuración y control de Módems.
Tema 7. La red Internet: evolución, estado actual y
tendencias. Servicios en Internet: telnet, ftp, gopher, wais. La world wide
web.
Gestión y control de redes de comunicación (grupo II)
Tema 1. Nivel de enlace de datos: Protocolos de acceso y
tipologías.
Tema 2. Nivel de red: Principios de interconexión.
Tema 3. Transporte de paquetes de información. Protocolos
de transporte.
Tema 4. Gestión de sesiones de comunicación.
Tema 5. Nivel de presentación: Representación de datos y
criptografía.
Tema 6. Nivel de aplicación. Introducción a los servicios.
Tema 7. Introducción a la administración lógica de redes.
Tema 8. Redes TCP/IP. Conceptos y utilidades.
Tema 9. Conceptos fundamentales de la arquitectura de redes
SNA.
Tema 10. Redes Intranet y Extranet. Aspectos prácticos de
su implantación. Problemas de seguridad. Medidas a adoptar.
Tema 11. La seguridad en redes: Control de acceso y técnicas
criptográficas.
ANEXO II.2 ADMINISTRACIÓNTRIBUTARIA
Tema 1. La Agencia Estatal de Administración Tributaria.
Creación, funciones y objetivos. Organización central: Los
Depar
tamentos y órganos directivos. Organización territorial. El
Departamento de Informática Tributaría.
Tema 2. El Derecho Tributario: Concepto y contenido del
derecho tributario y presupuestario.
Tema 3. La Ley General Tributaria: Estructura y Principios
Generales.
Tema 4. Los tributos: Concepto y clasificación. Los
impuestos: Clases. Hecho imponible. No sujeción y exención. Devengo.
Prescripción. Aplicación e interpretación de las normas tributarias.
Tema 5. Elementos personales de la deuda tributaria. Sujetos
pasivos. Responsables. Retención y repercusión. Capacidad de
obrar. Representación.
Tema 6. El procedimiento de gestión tributaria. La
declaración tributaria. Comprobación, investigación y obtención de
información. La recaudación de los tributos.
Tema 7. Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
Naturaleza. Objeto y ámbito de aplicación. Hecho imponible.
Exenciones. Sujeto pasivo. Período de imposición y devengo del
impuesto, Base imponible. Cuota íntegra. Deducciones. Pago a cuenta.
Tributación individual y conjunta.
Tema 8. Impuesto sobre Sociedades: Concepto y naturaleza.
Hecho imponible Sujeto pasivo. Base imponible. Deuda tributaría.
Tema 9. Impuesto sobre el Valor Añadido: Concepto y
naturaleza. Hecho imponible. Supuestos de no sujeción. Exenciones.
Sujeto pasivo. Devengo. Base imponible. Tipos de gravamen.
Regímenes especiales.
Tema 10. Los impuestos especiales. Normas comunes a los
impuestos especiales de fabricación. Impuesto sobre el Alcohol
y las Bebidas Alcohólicas. Impuesto sobre Hidrocarburos.
Impuesto sobre las labores del Tabaco. Impuesto especial sobre
determinados medios de transporte.
ANEXO III
Tribunal calificador de las pruebas selectivas para ingreso
en el Cuerpo de Gestión de Sistemas e Informática de la
Administración del Estado, especialidad de Administración
Tributaria
El Tribunal quedará constituido de la siguiente forma:
Tribunal titular:
Presidente: Don Carlos Peláez-Campomanes Gavilán, del
Cuerpo Superior de Sistemas y Tecnologías de la Información de la
Administración del Estado.
Vocales: Don Francisco Gijón Romero, del Cuerpo Superior
de Sistemas y Tecnologías de la Información de la Administración
del Estado.
Don Ignacio Lozano Arnica, del Cuerpo de Gestión de Sistemas
e Informática de la Administración del Estado.
Doña Mercedes Gómez Hernández, del Cuerpo de Gestión de
Sistemas e Informática de la Administración del Estado.
Don Alberto Baquero Gómez, del Cuerpo de Gestión de
Sistemas e Informática de la Administración del Estado.
Don Manuel García Jiménez, del Cuerpo de Gestión de Empleo
del Inem.
Secretaria: Doña Celia García Mayoral, del Cuerpo Técnico
de Hacienda.
Tribunal suplente:
Presidente: Don Jesús Gómez Parrondo, del Cuerpo Superior
de Sistemas y Tecnologías de la Información de la Administración
del Estado.
Vocales: Don Francisco Casado Diez, del Cuerpo de Gestión
de Sistemas e Informática de la Administración del Estado.
Don Francisco Javier Criado Revilla, del Cuerpo de Gestión
de Sistemas e Informática de la Administración del Estado.
Don José María Celada Martínez, del Cuerpo Técnico de
Hacienda.
Don José Francisco Tortosa Tortosa, del Cuerpo Técnico de
Hacienda.
Don José Rafael Manuel de Villena Buen, del Cuerpo Técnico
de Hacienda.
Secretario: Don José Francisco Callejas Corrales, del Cuerpo
de Gestión de Sistemas e Informática de la Administración del
Estado
El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de
asesores especialistas para todas o algunas de las pruebas.
ANEXO IV
Instrucciones para cumplimentar la solicitud
Para cumplimentar el modelo de solicitud, se seguirán las
instrucciones que para el interesado figuran al dorso del mismo,
teniendo en cuenta además las siguientes especificaciones:
En el encabezamiento de la solicitud, en el recuadro
correspondiente a Ministerio, los aspirantes consignarán "Ministerio de
Hacienda-AEAT-". En el recuadro relativo a centro gestor se hará
constar "AEAT".
En el recuadro 15, deberá cumplimentarse, junto con la
denominación del "Cuerpo de Gestión de Sistemas e Informática", el
código 1177 correspondiente.
En el recuadro 17, relativo a la forma de acceso, se consignará
con arreglo a las siguientes claves:
"A": Promoción interna (aspirantes pertenecientes al Cuerpo
de Técnicos Auxiliares de Informática de la Administración del
Estado, especialidad de Administración Tributaria).
"G": Promoción interna (aspirantes pertenecientes al Cuerpo
de Técnicos Auxiliares de Informática de la Administración del
Estado).
"R": Promoción interna (aspirantes pertenecientes a los Cuerpos
o Escalas del Grupo C no incluidos en los apartados anteriores).
En el recuadro 18 "Ministerio, órgano, entidad convocante",
se hará constar las siglas "AEAT", código "TB".
En el recuadro 19, se especificará la fecha del "Boletín Oficial
del Estado" en el que se haya publicado la presente convocatoria.
Los ejercicios de la fase de oposición se celebrarán en Madrid.
Los aspirantes harán constar esta circunstancia en el recuadro
número 20.
Los aspirantes con minusvalía podrán indicar en el recuadro
número 21 el porcentaje de minusvalía que tengan acreditado,
cumplimentando el recuadro número 23 si precisaran alguna
adaptación de tiempo y medios en la realización de las pruebas.
En el recuadro 24 de la solicitud deberá consignarse la
titulación poseída o en condiciones de obtener.
En el recuadro 25 de la solicitud se consignará en el
apartado A), el Cuerpo o Escala de procedencia.
De conformidad con lo establecido en el artículo 18, de la
Ley 66/1997, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales,
Administrativas y de Orden Social y en el artículo 62 de la Ley 52/2002,
de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para
el año 2003, la tasa por derechos de examen será de 9,38 euros.
El ingreso del importe correspondiente a los derechos de
examen se efectuará, junto con la presentación de la solicitud, en
cualquier banco, caja de ahorros o cooperativa de crédito de las
que actúan como entidades colaboradoras en la recaudación
tributaria. En la solicitud deberá constar que se ha realizado el
correspondiente ingreso de los derechos de examen, mediante validación
de la entidad colaboradora en la que se realice el ingreso, a través
de certificación mecánica, o en su defecto, sello y firma autorizada
de la misma en el espacio reservado a estos efectos.
Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse a
través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas
correspondientes. El interesado adjuntará a dicha solicitud
comprobante bancario de haber satisfecho los derechos del examen
en la cuenta corriente n.o 01822370430200204057, abierta en
la sucursal de la C/ Alcalá, n.o 16, de Madrid, de BBVA a nombre
de "Cuenta del Tesoro Público, Agencia Estatal de Administración
Tributaria, Ingresos Tasas Oposiciones Extranjero".
Estarán exentos del pago de la tasa:
Los aspirantes con discapacidad igual o superior al 33 por
100, debiendo acompañar a la solicitud certificado acreditativo
de tal condición.
Las personas que figuren como demandantes de empleo
durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha de la
con
vocatoria. Serán requisitos para el disfrute de esta exención que,
en el plazo de que se trate, no hubieran rechazado oferta de empleo
adecuado, ni se hubiesen negado a participar, salvo causa
justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión
profesionales y que asimismo, carezcan de rentas superiores, en
cómputo mensual, al Salario Mínimo Interprofesional.
La certificación relativa a la condición de demandante de
empleo, con los requisitos señalados, se solicitará en las oficinas
de los servicios públicos de empleo. En cuanto a la acreditación
de las rentas se realizará mediante una declaración jurada o
promesa escrita el solicitante. Ambos documentos deberán
acompañarse a la solicitud.
La falta de justificación del abono de los derechos de examen
o de encontrarse exento determinará la exclusión del aspirante.
En ningún caso la presentación y pago en las oficinas a que
se hace referencia supondrá la sustitución del trámite de
presentación, en tiempo y forma, de la solicitud.
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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid