Está Vd. en

Documento BOE-A-2003-12737

Orden DEF/1695/2003, de 18 de junio, por la que se convocan pruebas selectivas para acceso, por promoción interna, a la Escala de Analistas y Operadores de Laboratorio del Instituto Nacional de Técnica Aeroespacial "Esteban Terradas".

Publicado en:
«BOE» núm. 152, de 26 de junio de 2003, páginas 24614 a 24619 (6 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Defensa
Referencia:
BOE-A-2003-12737

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 215/2003

de 21 de febrero (Boletín Oficial del Estado núm. 46 del 22),

por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año

2003 y con el fin de atender las necesidades de personal de la

Administración Pública.

Este Ministerio, en uso de las competencias que le están

atribuidas por el artículo 13 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de

Organización y Funcionamiento de la Administración General del

Estado, previo informe de la Dirección General de la Función

Pública, acuerda convocar pruebas selectivas para ingreso en la Escala

de Analistas y Operadores de Laboratorio del Instituto Nacional

de Técnica Aeroespacial, con sujeción a las siguientes:

Bases de convocatoria

1. Normas generales

1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir 5 plazas de

la Escala de Analistas y Operadores de Laboratorio del INTA,

Código 5321, por el sistema de promoción interna.

La distribución por Áreas de Especialización de las plazas

convocadas es la siguiente:

SIGUE TABLA (Ver imagen página 24614)

N.ode

plazasÁreadeespecialización Destino

Ensayos Estructurales

(Instrumentación).

1 INTA-Torrejón de Ardoz (Madrid).

Componentes

Electrónicos Calificados.

1 INTA-Torrejón de Ardoz (Madrid).

Calibración de

Magnitudes de Fluidos.

1 INTA-Torrejón de Ardoz (Madrid).

Control de

Configuración y

Documentación de Programas.

1 INTA-Torrejón de Ardoz (Madrid).

La Atmósfera y Sistemas

Terrestres de

Observación.

1 INTA-Torrejón de Ardoz (Madrid).

1.2 El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de

concurso-oposición, con las valoraciones, pruebas y puntuaciones

que se especifican en el Anexo I.

1.3 El programa que ha de regir las pruebas selectivas es

el que figura como Anexo II a esta convocatoria.

1.4 Las pruebas selectivas se desarrollarán de acuerdo con

el siguiente calendario:

El ejercicio de la fase de oposición se realizará en la primera

quincena del mes de septiembre del presente año. La duración

máxima del proceso selectivo será de cuatro meses, contados a

partir de la fecha de realización del ejercicio.

1.5 Concluido el proceso selectivo, los aspirantes que lo

hubieran superado y que hayan acreditado cumplir los requisitos

exigidos, serán nombrados funcionarios de carrera en el

Cuerpo/Escala objeto de la convocatoria mediante resolución de la

Secretaría de Estado para la Administración Pública, que se

publicará en el "Boletín Oficial del Estado", con indicación del destino

adjudicado.

2. Requisitos de los candidatos

2.1 Para ser admitidos a la realización de las pruebas

selectivas, los aspirantes deberán poseer en el día de finalización del

plazo de presentación de solicitudes y mantener hasta el momento

de la toma de posesión como funcionarios de carrera, los siguientes

requisitos de participación:

2.1.1 Edad: No haber alcanzado la edad de jubilación.

2.1.2 Pertenencia a Cuerpo: Pertenecer como funcionario de

carrera a alguno de los Cuerpos o Escalas del Grupo D, incluidos

en el ámbito de aplicación del artículo 1.1 de la Ley 30/1984,

de 2 de agosto, o a Cuerpos o Escalas Postales y de

Telecomunicación, adscritos al Grupo D. Los funcionarios de los Cuerpos

o Escalas Postales y de Telecomunicación deberán estar además

destinados en la Administración General del Estado.

2.1.3 Antigüedad: Tener una antigüedad de al menos dos

años en Cuerpos o Escalas del Grupo D, incluidos en el ámbito

de aplicación del artículo 1.1 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto,

o en Cuerpos o Escalas Postales y de Telecomunicación, adscritos

al Grupo D.

Los servicios reconocidos al amparo de la Ley 70/1978, de 26

de diciembre, en Cuerpos o Escalas del Grupo D, incluidos en

el ámbito de aplicación de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, serán

computables a efectos de la antigüedad referida en el apartado

anterior.

2.1.4 Titulación: Estar en posesión o en condición de obtener

el título de Bachiller Superior, Formación Profesional de Segundo

Grado o equivalente, o tener aprobadas pruebas de acceso a la

Universidad para mayores de 25 años. En el caso de titulaciones

obtenidas en el extranjero deberá estarse en posesión de la

credencial que acredite su homologación.

Aquellos funcionarios del Grupo D que carezcan de la titulación

requerida, podrán participar en estas pruebas selectivas siempre

que tengan una antigüedad de diez años en los Cuerpos o Escalas

del Grupo D, incluidos en el ámbito de ampliación de la Ley

30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la

Función Pública.

También podrán participar aquellos funcionarios que,

careciendo de la titulación exigida, no alcancen los diez años mencionados,

siempre que acrediten al menos cinco años y hayan superado el

curso específico a que se refiere la disposición adicional novena

del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.

2.1.5 Capacidad: No padecer enfermedad ni estar afectado

por limitación física o psíquica que sea incompatible con el

desempeño de las correspondientes funciones.

2.1.6 Habilitación: No haber sido separado mediante

expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las

Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las

funciones públicas.

3. Solicitudes

3.1 La presentación de solicitudes se realizará en el Registro

General del Ministerio de Defensa, o en la forma establecida en

el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de

Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo común, en el plazo de veinte días naturales

contados a partir del siguiente al de la fecha de publicación de esta

convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado", y se dirigirán al

Subsecretario de Defensa. La no presentación de la solicitud en

tiempo y forma, supondrá la exclusión del aspirante.

3.2 Quienes deseen participar en estas pruebas selectivas,

deberán cumplimentar el modelo oficial de solicitud de admisión

a pruebas selectivas en la Administración Pública y liquidación

de derechos de examen (modelo 790) que se facilitará

gratuitamente en el Ministerio de Defensa (Paseo de la Castellana, 109),

en el Instituto Nacional de Técnica Aeroespacial "Esteban

Terradas" (Crta. de Ajalvir, s/n Km 4 Torrejón de Ardoz), en el Centro

de Información Administrativa del Ministerio de Administraciones

Públicas, en la Dirección General de la Función Pública, en las

Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno, en las

representaciones diplomáticas y consulares de España en el extranjero

y en la página de Internet: www.map.es/seap/dgfp/dgfp.htm.

La solicitud se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones

del Anexo IV.

Ningún aspirante podrá concurrir a mas de un área de

especialización de las señaladas en la base 1.1 de esta convocatoria.

3.3 A la solicitud se acompañará una fotocopia del

Documento Nacional de Identidad o del pasaporte.

3.4 Los errores de hecho que pudieran advertirse en la

solicitud, podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a

petición del interesado.

4. Admisión de aspirantes

4.1 Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, el

Director General de Personal del Ministerio de Defensa dictará

resolución, en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada

la lista de admitidos y excluidos. En dicha resolución, que deberá

publicarse en el "Boletín Oficial del Estado", se relacionarán los

aspirantes excluidos con indicación de las causas de exclusión,

apellidos, nombre y número de documento nacional de identidad

o pasaporte, señalando un plazo de diez días hábiles para subsanar

el defecto que haya motivado la exclusión u omisión, contados

a partir del día siguiente al de la publicación de la resolución.

Asimismo, se indicarán los lugares donde se encuentre expuesta

al público la lista de aspirantes admitidos y el lugar, fecha y hora

de comienzo del primer ejercicio.

4.2 No procederá la devolución de los derechos de examen

en los supuestos de exclusión por causa imputable a los aspirantes.

5. Tribunal

5.1 El Tribunal Calificador de estas pruebas será el que figura

en el Anexo III a esta convocatoria.

5.2 El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará

en todo momento a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de

noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas

y del Procedimiento Administrativo Común y demás disposiciones

vigentes.

5.3 Los aspirantes podrán recusar a los miembros del

Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en el

artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico

de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común.

5.4 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, El

Tribunal tendrá su sede en el Instituto Nacional de Técnica

Aeroespacial, carretera de Torrejón a Ajalvir, Km 4, 28850 Torrejón

de Ardoz (Madrid), teléfono 91 5201311 ó 5201243, dirección

de correo electrónico marinentUinta.es.

6. Desarrollo de los ejercicios

6.1 Dentro de cada Área de Especialización, el orden de

actuación de los opositores se iniciará alfabéticamente por el primero

de la letra "X" según lo establecido en la Resolución de la Secretaría

de Estado para la Administración Pública de 10 de marzo de 2003

(Boletín Oficial del Estado del 14). En el supuesto de que no exista

ningún aspirante cuyo primer apellido comience por la letra X

el orden de actuación se iniciará por aquellos otros cuyo primer

apellido comience por la Y, y así sucesivamente.

6.2 Los aspirantes serán convocados para el ejercicio en

llamamiento único, siendo excluidos de la oposición quienes no

comparezcan.

El Tribunal podrá requerir, en cualquier momento del proceso

selectivo, la acreditación de la identidad de los aspirantes.

6.3 El Tribunal adoptará las medidas necesarias para

garantizar que el ejercicio de la fase de oposición, sea corregido sin

que se conozca la identidad de los aspirantes.

7. Lista de aprobados

7.1 Concluido el ejercicio de la oposición, el Tribunal hará

públicas, en el lugar o lugares de celebración del ejercicio y en

la sede del Tribunal, las relaciones de aspirantes que hayan

superado el mínimo establecido por cada área de especialización, con

indicación de la puntuación obtenida.

7.2 Concluida la valoración de méritos de la fase de concurso,

el Tribunal hará pública en el lugar o lugares de celebración del

ejercicio y en aquellos que estime oportunos, la relación con las

puntuaciones obtenidas por los aspirantes en las fases de oposición

y de concurso, con indicación del número del documento de

identidad.

7.3 Finalizadas las pruebas selectivas, el Presidente del

Tribunal elevará al Director General de Personal del Ministerio de

Defensa la relación definitiva de aspirantes que han superado las

mismas por orden de puntuación. Dicha relación se publicará en

el "Boletín Oficial del Estado", disponiendo los aspirantes

propuestos de un plazo de veinte días naturales, desde la citada

publicación, para la presentación de la documentación acreditativa de

los requisitos exigidos en la convocatoria.

7.4 No se podrá declarar superado el proceso selectivo a un

número de aspirantes superior al de plazas convocadas en cada

Área de Especialización.

7.5 La adjudicación de los puestos a los aspirantes que

superen el proceso selectivo se efectuará, dentro de cada Área de

Especialización, de acuerdo con la puntuación total obtenida según

la petición de destino, a la vista de los puestos que se ofrezcan.

8. Norma final

A las presentes pruebas selectivas les serán de aplicación la

Ley 30/1984, de 2 de agosto ; el R.D. 364/1995, de 10 de marzo,

la legislación vigente en la materia y lo dispuesto en la presente

convocatoria.

Contra la presente convocatoria, podrá interponerse, recurso

contencioso-administrativo en el plazo de dos meses desde el día

siguiente a su publicación, ante el órgano jurisdiccional

competente, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26

de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en la

Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción

Contencioso-Administrativa, o bien, con carácter potestativo, recurso

de reposición ante el Excmo. Sr. Ministro de Defensa en el plazo

de un mes desde el día siguiente a su publicación, significándose

que, en este caso, no se podrá interponer recurso

contenciosoadministrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya

producido la desestimación presunta del mismo.

Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a

la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto

en la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Madrid, 18 de junio 2003.

TRILLO-FIGUEROA Y MARTÍNEZ-CONDE

Ilmos. Sres. Subsecretario del Ministerio de Defensa y Presidente

del Tribunal Calificador.

ANEXO I

Descripción del proceso selectivo

El proceso selectivo constará de dos fases: fase de oposición

y fase de concurso.

1. Fase de oposición. La fase de oposición estará formada

por un único ejercicio de carácter obligatorio y eliminatorio.

Consistirá en contestar por escrito un cuestionario de preguntas

con respuestas múltiples relacionado con el área de especialización

elegido por el aspirante, según el programa que se reseña en el

Anexo II de esta convocatoria.

El número de preguntas propuestas para la realización de este

ejercicio será de 50.

El tiempo para la realización del mismo será de sesenta minutos.

Se otorgará una calificación máxima de 100 puntos, siendo

necesario obtener un mínimo de 50 puntos para aprobar el

ejercicio.

El cuestionario del ejercicio estará compuesto por preguntas

con respuestas múltiples, siendo solo una de ellas correcta. Para

su realización, los aspirantes deberán señalar en la hoja de examen

las opciones de respuesta que estimen válidas de entre aquellas

que se les propongan.

Todas las preguntas tendrán el mismo valor, penalizándose

con el 25 por 100 del valor de una contestación, aquéllas que

sean erróneas.

Cada miembro del Tribunal, incluido el secretario, calificará

por separado a cada aspirante, pudiéndole adjudicar de cero al

máximo de puntos que se señala en los párrafos precedentes del

presente apartado. El valor medio de las puntuaciones computadas

constituirá la calificación del ejercicio. Para calcular este valor

medio se excluirá del cómputo de puntuaciones del aspirante en

el ejercicio, la más alta y la más baja, sin que en ningún caso

pueda ser excluida más de una máxima y una mínima.

El ejercicio será realizado en el Instituto Nacional de Técnica

Aeroespacial, Ctra. Torrejón-Ajalvir, km. 4. Torrejón de Ardoz

(Madrid).

2. Fase de concurso. En la fase de concurso, que no tendrá

carácter eliminatorio, se valorarán los siguientes méritos

computados hasta la fecha de publicación de la presente convocatoria:

a) Antigüedad: La antigüedad del funcionario en el Cuerpo

o Escala a que pertenezca, teniéndose en cuenta a estos efectos

los servicios efectivos prestados en los mismos.

Se otorgará a cada aspirante, por cada año de servicios efectivos

en el Cuerpo o Escala, 1 punto, hasta un máximo de 28 puntos.

b) Grado personal consolidado. Según el grado personal que

se tenga consolidado, el día de la publicación de la presente

convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado", y formalizado como

tal a través del acuerdo de reconocimiento de grado por la

Autoridad competente, se otorgará la siguiente puntuación:

Hasta grado 15: 11 puntos.

Grado 16: 12 puntos.

Grado 17: 13 puntos.

Grado 18 en adelante: 14 puntos.

c) Trabajo desarrollado: Según el nivel del complemento de

destino correspondiente al puesto de trabajo que se ocupe en

la Administración General del Estado el día de publicación de

esta convocatoria, se otorgará la siguiente puntuación:

Hasta nivel 15: 11 puntos.

Nivel 16: 12 puntos.

Nivel 17: 13 puntos.

Nivel 18 en adelante: 14 puntos.

La valoración efectuada en este apartado no podrá ser

modificada por futuras reclasificaciones de nivel, con independencia

de los efectos económicos de las mismas.

A los funcionarios en comisión de servicio se les valorará el

nivel de complemento de destino de su puesto de origen y a los

funcionarios en adscripción provisional se les valorará el nivel

correspondiente al grado que tengan consolidado o, si no lo

tuvieran, el nivel mínimo del grupo D.

A los funcionarios que se encuentren en la situación de

excedencia para el cuidado de hijos, se les valorará el nivel del puesto

reservado en la Administración General del Estado u órganos

constitucionales y, a los funcionarios en situación de servicios

especiales con derecho a reserva de puesto en la Administración

General del Estado y órganos constitucionales, el nivel del puesto de

trabajo en que les correspondería efectuar el reingreso.

d) Cursos de formación y perfeccionamiento realizados hasta

la fecha de publicación de esta convocatoria, siempre que se

refieran a juicio del Tribunal, a materias relacionadas con el área de

especialización a la que se opte, según el contenido del Programa

señalado en el Anexo II.

Se otorgará a cada aspirante 1 punto, hasta un máximo de

7 puntos.

e) Experiencia profesional adquirida: Por pertenecer a la

Escala de Preparadores de Laboratorio del INTA (código 5331), se

otorgarán 7 puntos.

En el plazo de veinte días naturales a partir del siguiente al

que se haga pública la lista de aprobados del ejercicio de la fase

de oposición, los aspirantes que lo hayan superado deberán

presentar en el Registro General del Ministerio de Defensa, o en la

forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26

de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, una certificación

expedida por los servicios de personal de los Ministerios u

Organismos donde presten o, en su caso, hayan prestado sus servicios,

según modelo que figura como Anexo V.

La no presentación de la certificación en el plazo señalado

supondrá la no valoración al aspirante de la fase de concurso.

La lista que contenga la valoración provisional de méritos se

hará pública, mediante resolución del Director General de Personal

del Ministerio de Defensa, a propuesta del Tribunal calificador.

Los aspirantes dispondrán de un plazo de diez días hábiles a partir

del siguiente al de la publicación de dicha resolución, para efectuar

las alegaciones pertinentes.

Por la misma autoridad se publicará resolución que contenga

la relación definitiva de la fase de concurso.

En esta resolución se indicará el recurso que proceda contra

la misma.

La calificación final del proceso selectivo vendrá determinada

por la suma de las puntuaciones obtenidas en las fases de concurso

y de oposición, sin que en ningún caso se pueda exceder el número

de plazas convocadas.

En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a la

mayor puntuación obtenida en el ejercicio de la fase de oposición.

Si persistiese el empate se dirimirá a favor de la mayor puntuación

alcanzada en antigüedad, y de persistir la situación de empate,

se atenderá a la puntuación otorgada al trabajo desarrollado y

al grado personal consolidado, por este orden.

Se adoptarán las medidas precisas para que los aspirantes con

minusvalía gocen de similares condiciones que el resto de los

aspirantes en la realización de los ejercicios. En este sentido, para

las personas con minusvalía que así lo hagan constar en su

solicitud, se establecerán las adaptaciones posibles en tiempos y

medios para su realización.

ANEXO II

Programa

Área de especialización: Ensayos Estructurales (Instrumentación)

1. Principios básicos de física, desplazamiento, velocidad,

aceleración. Unidades.

2. Principios básicos de física, fuerza, presión. Unidades.

3. Principios básicos de electricidad, unidades, circuitos,

resistencias, condensadores.

4. Tornillos, pernos, espárragos, tuercas, arandelas y

pasadores.

5. Aparatos de medida. nonius, calibre, tornillo micrométrico,

transportador de ángulo, regla, escuadra, etc.

6. Instrumentación para ensayos estructurales dinámicos,

medida de desplazamiento velocidad, aceleración y fuerza.

7. Instrumentación para medida de parámetros eléctricos,

multímetros, osciloscopios.

8. Sistema de registro de señales.

9. Extensometría, aplicaciones en ensayos estructurales.

10. Pegamentos utilizados en instrumentación con

extensímetros.

11. Equipo electrónico auxiliar para instrumentación con

extensímetros.

12. Instrumentación de células de carga y anillos

dinamométricos.

13. Equipos de acondicionamiento de extensímetros.

14. Ensayos estructurales estáticos. Características

generales.

15. Ensayos estructurales de fatiga. Características generales.

16. Ensayos estructurales estáticos. Equipos electrónicos

asociados.

17. Ensayos estructurales de fatiga. Equipos electrónicos

asociados.

18. Mantenimiento de equipos de ensayo, criterios generales.

19. Vestuario de trabajo. Precauciones.

20. Planos y croquis, interpretación.

Área de especialización: Componentes Electrónicos Calificados

1. Recepción de componentes Electrónicos calificados.

2. Aceptación de componentes Electrónicos calificados.

3. Documentación asociada a componentes Electrónicos

calificados.

4. Manejo a nivel de usuario Excel y Access.

5. Componentes Electrónicos sensibles a la Electricidad

Estática.

6. Manejo de componentes Electrónicos sensibles a la

Electricidad Estática.

7. Áreas de Consignación de Componentes Calificados.

8. Áreas de Consignación de Componentes para modelos de

ingeniería.

9. Codificación y parámetros importantes de Resistencias

calificadas.

10. Codificación y parámetros características de

condensadores calificados.

11. Codificación y parámetros características de

semiconductores calificados.

12. Codificación y parámetros Características de circuitos

integrados calificados.

13. Asignación del Número de Control de Consignación de

lotes por Proyecto.

14. Preparación de Kits.

15. Inspección de recepción de Resistencias Calificadas.

16. Inspección de recepción de Condensadores Calificados.

17. Inspección de recepción de Semiconductores Calificados.

18. Inspección de recepción de Integrados Calificados.

19. Recepción de recubrimientos Calificados.

20. Recepción de elementos de Fijación Calificados.

Área de especialización: Calibración de Magnitudes de Fluidos

1. Normativa aplicable a laboratorios de calibración.

2. Condiciones ambientales en un laboratorio de calibración.

3. Concepto de densidad de fluidos.

4. Patrones de densidad de líquidos.

5. Instrumentación utilizada en la calibración de densidad de

líquidos.

6. Concepto de viscosidad cinemática de fluidos.

7. Parámetros de influencia en la viscosidad cinemática de

líquidos.

8. Instrumentación utilizada en la calibración de viscosidad

cinemática de líquidos.

9. Patrones de viscosidad cinemática de líquidos.

10. Procedimientos de limpieza utilizados para la

instrumentación asociada a la calibración de viscosidad cinemática de

líquidos.

11. Concepto de caudal.

12. Parámetros de influencia en la medida de caudal.

13. Caudalímetros de presión diferencial.

14. Caudalímetros vortex.

15. Caudalímetros electromagnéticos.

16. Caudalímetros ultrasónicos.

17. Caudalímetros másicos

18. Caudalímetros de turbina.

19. Caudalímetros de desplazamiento positivo.

20. Patrones utilizados en la calibración de caudalímetros.

Área de especialización: Control de Configuración y

Documentación de Programas

1. Informes científicos y técnicos.

2. Publicaciones oficiales.

3. Fuentes y procedimientos de documentación legislativa en

Europa.

4. Fuentes de información para ciencia y tecnología.

5. Herramientas para recuperar información (Internet).

6. Gestión documental.

7. Tipología documental.

8. Análisis prensa diaria, semanal, mensual, etc.

9. Evaluación de la información en medios audiovisuales.

10. Selección de noticias con interés científico, empresarial,

etc.

11. Diseño de revista de prensa.

12. Elaboración y distribución de revista de prensa.

13. Archivo de la revista de prensa.

14. Metodología para la elaboración de resúmenes técnicos.

15. Técnicas de indización.

16. Lenguaje documental.

17. Tratamiento de la documentación y servicios en cada fase

de archivo.

18. Gabinetes de comunicación. Relación con medios de

comunicación.

19. Actualización de mailings. Especialidad en el sector

aeroespacial y científico en general.

20. Elaboración de notas de prensa y dosieres para

presentaciones de carácter aeroespacial y científico en general.

Área de especialización: La Atmósfera y Sistemas Terrestres de

Observación

1. El Sol como fuente de energía: Composición y estructura,

manchas solares, perturbaciones solares.

2. Estructura vertical de la atmósfera terrestre. Clasificación

y composición.

3. El espectro solar electromagnético

4. La capas ionosféricas: Distribución vertical, composición,

procesos de formación.

5. Sistemas terrestres de observación de la ionosfera.

Ionogramas verticales y oblícuos.

6. Mantenimiento operativo de la Digisonda 256.

7. Ozono estratosférico: Composición, concentración,

procesos de formación.

8. Distribución vertical, espacial y temporal de la capa de

ozono.

9. Sistemas ópticos de observación terrestre para la medida

de ozono estratosférico.

10. Calibración y mantenimiento operativo del

espectrofotómetro Dobson.

11. Radiación solar ultravioleta. Factores que afectan a los

niveles de radiación.

12. Índice de ultravioleta. Medidas de protección.

13. Ozono troposférico: Composición, concentración,

procesos de formación.

14. Sistemas terrestres de observación del ozono troposférico

y sus precursores.

15. Gestión de calidad: Procedimientos y control de la

documentación (adquisición, almacenamiento y difusión de datos).

16. Aplicación de la gestión de calidad a la instrumentación

empleada en sistemas terrestres de observación de la atmósfera.

17. Conocimientos básicos de electricidad: Resistencia,

intensidad, ley de Ohm, ley de Joule, etc. Aparatos de medida.

18. Conocimientos básicos sobre sistemas

transmisión-recepción para la radiopropagación de ondas electromagnéticas en el

espacio: Campos de antenas, longitud de onda, frecuencias de

transmisión, etc.

19. Conocimientos básicos de unidades de medida física

aplicada en el estudio de parámetros atmosféricos.

20. Gestión básica de la documentación: Elaboración de

informes, manejo de archivo, registro y control informático de la

documentación.

ANEXO III

Tribunal calificador

Tribunal:

Presidente: D. Jaime Asensio Sierra, funcionario de carrera

de la Escala de Científicos Superiores del INTA.

Secretario: D.a Elisa Ragel Prudencio, funcionaria de carrera

de la Escala de Científicos Especializados del INTA.

Vocales:

D.a M.a Dolores Fernández Arcas, funcionaria de carrera de

la Escala de Titulados Técnicos Especializados del INTA.

D. José Angel Mato López, funcionario de carrera de la Escala

de Delineantes Proyectistas del INTA.

D. Pedro Higuero Pizarro, funcionario de carrera de la Escala

de Analistas y Operadores de Laboratorio del INTA.

Tribunal suplente:

Presidente: D. Juan José Redondo Montoro, funcionario de

carrera de la Escala de Científicos Superiores del INTA.

Secretario: D. Juan Luis Domínguez García Vidal, funcionario

de carrera de la Escala de Titulados Técnicos Especializados del

INTA.

Vocales:

D. Francisco Llorente Simón, funcionario de carrera de la Escala

de Titulados Técnicos Especializados del INTA.

D. Angel Rizo Alcalde, funcionario de carrera de la Escala

Administrativa de OO.AA.

D. Mariano Fernández García, funcionario de carrera de la

Escala de Delineantes Proyectistas del INTA.

El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de

asesores especialistas para todas o alguna de las pruebas.

ANEXO IV

Instrucciones para cumplimentar la solicitud

Este apartado se rellenará según lo establecido en la solicitud

de admisión a pruebas selectivas en la Administración Pública

y liquidación de tasas de derechos de examen (modelo 790) y

en las siguientes instrucciones particulares:

En el recuadro 15, "Cuerpo o Escala", se consignará: Escala

de Analistas y Operadores de Laboratorio del INTA, código 5321.

En el recuadro 16, "Especialidad, área o asignatura", se

consignará necesariamente el área de especialización a la que opte

el candidato. No es necesario indicar código.

En el recuadro 17, "Forma de acceso", se consignará la letra

mayúscula "E" (Acceso Cuerpos Grupo C, desde Cuerpos Grupo

D).

En el recuadro 18, "Ministerio/Organo/Entidad convocante",

se consignará: Ministerio de Defensa. No es necesario señalar

código.

En el recuadro 19, se consignará la fecha del Boletín Oficial

del Estado en el que haya sido publicada la convocatoria.

En el recuadro 20, "Provincia de examen", se consignará:

Madrid

En el recuadro 21, "Minusvalía", los aspirantes con minusvalía

podrán indicar el porcentaje de minusvalía que tengan acreditado,

y solicitar, expresándolo en el recuadro 23, las posibles

adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios

en que esta adaptación sea necesaria.

En el recuadro 24, "Títulos académicos oficiales", se hará

constar la titulación que se posee para participar en estas pruebas,

de acuerdo con lo señalado en la base 2.1.4 de esta convocatoria.

En el recuadro A del epígrafe 25 "Datos a consignar según

las bases de la convocatoria" se indicará el Cuerpo o Escala de

pertenencia del aspirante, según la base 2.1.2.

El importe de la tasa por derechos de examen será de 6,25 euros.

El ingreso del importe correspondiente a los derechos de

examen se efectuará, junto con la presentación de la solicitud, en

cualquier banco, caja de ahorros o cooperativa de crédito de las

que actúan como entidades colaboradoras en la recaudación

tributaria. En la solicitud deberá constar que se ha realizado el

correspondiente ingreso de los derechos de examen, mediante validación

de la entidad colaboradora en la que se realice el ingreso, a través

de certificación mecánica, o en su defecto, sello y firma autorizada

de la misma en el espacio reservado a estos efectos.

Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse a

través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas

correspondientes. A las mismas se acompañará el comprobante

bancario de haber ingresado los derechos de examen en la cuenta

corriente número 0182/2370/48/0201503641 del Banco Bilbao

Vizcaya Argentaria, Sociedad Anónima, sucursal 2370, con

domicilio en calle de Alcalá número 16 de Madrid, a nombre de "Tesoro

Público. Ministerio de Defensa. Cuenta restringida para la

recaudación de tasas en el extranjero. Tasa 14020. Derechos de

examen". El ingreso podrá efectuarse directamente en cualquier

oficina del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, Sociedad Anónima,

mediante transferencia desde cualquier entidad bancaria, siendo

preciso que quede claro ante la entidad destinataria de la

transferencia que el destino de la tasa es el pago de los derechos de

examen.

Estarán exentas del pago de esta tasa:

a) Las personas con grado de discapacidad igual o superior

al 33 por 100, debiendo acompañar a la solicitud certificado

acreditativo de tal condición.

b) Las personas que figurasen como demandantes de empleo

durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha de la

convocatoria. Serán requisitos para el disfrute de la exención que,

en el plazo de que se trate, no hubieran rechazado oferta de empleo

adecuado ni se hubiesen negado a participar, salvo causa

justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión

profesionales y que, asimismo, carezcan de rentas superiores, en

cómputo mensual, al Salario Mínimo Interprofesional.

La Certificación relativa a la condición de demandante de

empleo, con los requisitos señalados, se solicitará en la oficina

de los servicios públicos de empleo. En cuanto a la acreditación

de las rentas se realizará mediante una declaración jurada o

promesa escrita del solicitante. Ambos documentos deberán

acompañarse a la solicitud.

La falta de justificación del abono de los derechos de examen

o de encontrase exento, determinará la exclusión del aspirante.

En ningún caso la presentación y pago en las oficinas a que

se hace referencia supondrá la sustitución del trámite de

presentación, en tiempo y forma, de la solicitud.

ANEXO V (Ver imagen página 24619)

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid