Visto el expediente de indulto de don Jesús García Maqueda, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado por la Audiencia Nacional, Sala Penal, Sección Primera, en sentencia de fecha 14 de mayo de 2001, como autor de un delito de falsificación de moneda, a la pena de dos años de prisión y multa de 50.000 pesetas y de un delito de falsificación de documentos públicos, a la pena de un año y nueve meses de prisión y multa de nueve meses con una cuota diaria de 200 pesetas, con las accesorias de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 1997, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 27 de junio de 2003.
Vengo en indultar a don Jesús García Maqueda la mitad de las penas privativas de libertad pendientes de cumplimiento, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años desde la publicación de este real decreto.
Dado en Madrid, a 27 de junio de 2003.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
JOSÉ MARÍA MICHAVILA NÚÑEZ
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