Visto el expediente de indulto de don Luis Trillo Marquina, con los
informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado por
el Juzgado de lo Penal número 1 de Madrid, en sentencia de fecha 11
de julio de 2002, como autor de un delito contra la seguridad del tráfico,
a la pena de un año y un día de privación del derecho a conducir vehículos
de motor y multa de tres meses a satisfacer en cuotas diarias de 3 euros,
por hechos cometidos en el año 2001, a propuesta del Ministro de Justicia
y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 27 de
junio de 2003.
Vengo en conmutar a don Luis Trillo Marquina la pena de privación
del derecho a conducir vehículos de motor y ciclomotores por otra de
trescientos sesenta días de multa, a satisfacer en cuotas diarias de 3 euros
cuyo inicio y forma de cumplimiento será determinado por el Tribunal
sentenciador, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en
el plazo de dos años desde la publicación de este real decreto.
Dado en Madrid, a 27 de junio de 2003.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
JOSÉ MARÍA MICHAVILA NÚÑEZ
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