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Documento BOE-A-2003-13835

Resolución de 2 de junio de 2003, de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, por la que se convoca concurso específico para la provisión de puestos de trabajo de nivel 20, correspondientes al grupo C.

Publicado en:
«BOE» núm. 164, de 10 de julio de 2003, páginas 27023 a 27032 (10 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-2003-13835

TEXTO ORIGINAL

Vacantes los puestos de trabajo de personal de Administración

y Servicios que se relacionan en el anexo I, dotados

presupuestariamente, y cuya provisión se estima conveniente en atención

a las necesidades del servicio.

Este Rectorado, en virtud de las atribuciones conferidas por

el artículo 20, en relación con el 2.2.e), de la Ley Orgánica 6/2001,

de 21 de diciembre, y por el artículo 35 de los Estatutos de la

Universidad, aprobados por Real Decreto 1287/1985, de 26 de

junio ("Boletín Oficial del Estado" de 31 de julio) ; de acuerdo con

lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto,

de Medidas para la Reforma de la Función Pública, según la

redacción dada por la Ley 23/1988, de 28 de julio, en la relación

de puestos de trabajo de la Universidad ; y en el Real Decreto

364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento

General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración

General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y

Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la

Administración General del Estado, ha resuelto convocar concurso específico

para cubrir los citados puestos vacantes con arreglo a las siguientes

Bases de la convocatoria

Primera.-1. Podrán tomar parte en el presente concurso los

funcionarios de carrera de la Administración del Estado, Seguridad

Social, Comunidades Autónomas y Universidades, de los Cuerpos

y Escalas clasificados en el grupo C comprendidos en el artículo

25 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, con excepción del personal

docente e investigador, sanitario, de Correos y

Telecomunicaciones, de Instituciones Penitenciarias y Transporte Aéreo y

Meteorología.

2. Podrán participar en la convocatoria los funcionarios que

se encuentren en servicio activo, servicios especiales, servicios

en Comunidades Autónomas, excedencia forzosa, procedentes de

la situación de suspenso que hayan cumplido el período de

suspensión, excedencia voluntaria, y excedencia para el cuidado de

familiares.

3. Los funcionarios en activo con destino definitivo podrán

participar siempre que hayan transcurrido dos años desde la toma

de posesión del último destino obtenido, salvo las excepciones

a las que se refiere el apartado f) del artículo 20 de la Ley 30/1984,

de 2 de agosto, en la redacción dada por la Ley 23/1988, de

28 de julio.

4. Los funcionarios en situación de servicios en Comunidades

Autónomas sólo podrán tomar parte en el presente concurso si

han transcurrido dos años desde su transferencia o traslado.

5. Los funcionarios en excedencia voluntaria por interés

particular [artículo 29, 3, c), de la Ley 30/1984] sólo podrán participar

si han transcurrido dos años desde que fueron declarados en dicha

situación.

6. Los funcionarios en situación de excedencia para el cuidado

de familiares que tengan reservado su puesto de trabajo, sólo

podrán participar en el concurso si han transcurrido dos años

desde la toma de posesión de dicho puesto, salvo que participen

para cubrir vacantes en el ámbito de la Secretaría de Estado,

Departamento u Organismo en el que tengan reservado el puesto de

trabajo.

7. Todos los requisitos y plazos establecidos se referirán a

la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias.

Segunda.-Los funcionarios con alguna discapacidad podrán

instar en la propia solicitud de vacante la adaptación del puesto

o puestos de trabajo solicitados que no suponga una modificación

exorbitante en el contexto de la Organización. La Comisión de

Valoración podrá recabar del interesado, en entrevista personal,

la información que estime necesaria en orden a la adaptación

aducida, así como el dictamen de los Órganos Técnicos de la

Administración Laboral, Sanitaria o de los competentes del

Ministerio de Asuntos Sociales y, en su caso, de la Comunidad

Autónoma correspondiente, respecto de la procedencia de la

adaptación y de la compatibilidad con el desempeño de las tareas y

funciones del puesto en concreto.

Tercera.-Los puestos de trabajo que pueden solicitarse se

detallan en el Anexo I. Los concursantes habrán de reunir los requisitos

del Grupo que se señalan en el anexo I y Cuerpo o Escala de

los establecidos en la relación de puestos de trabajo de esta

Universidad.

Cuarta.-Los méritos a valorar serán los que se indican, de

acuerdo con el baremo de puntuación que a continuación se

detalla:

Primera fase

Grado Personal consolidado: máximo 16 puntos.

Superior o igual al nivel del puesto solicitado: 16 puntos.

Inferior en 1 ó 2 niveles: 9 puntos.

Inferior en 3 ó más niveles: 2 puntos.

Valoración del trabajo desarrollado: Se valorará en función del

tiempo y de las unidades administrativas donde se hayan prestado

los servicios con arreglo a las siguientes puntuaciones y con un

máximo de 40 puntos. Se establece el límite de los últimos 10

años para valorar este apartado.

Por servicios prestados en la UNED y en la misma Sección1

del puesto convocado y cuando el puesto convocado no dependa

de una Sección, se valorará la unidad superior de la que dependa

el puesto: 5 puntos por año trabajado más 0,42 por cada mes

completo.

Por servicios prestados en la UNED en el mismo Servicio del

puesto convocado y cuando no exista Servicio en el mismo

Departamento: 3,75 puntos por año trabajado más 0,31 por cada mes

completo.

Por servicios prestados en la UNED en la misma Área2 del

puesto convocado: 2,5 puntos por año trabajado más 0,20 por

cada mes completo.

Por servicios prestados en la UNED en distinta Área2 del puesto

convocado: 1,5 puntos por año trabajado más 0,13 por cada mes

completo.

Por los servicios prestados en otras Administraciones: 0,1

puntos por año trabajado más 0,008 por cada mes completo.

A aquellos funcionarios que de forma permanente hubieran

desarrollado tareas en unidades que en el momento de su puesta

en funcionamiento no estuvieran incluidas en la RPT se les

computará el tiempo de servicios prestados a los efectos de valoración

del trabajo desarrollado desde el momento de su incorporación

a la unidad.

Las personas que ejerzan funciones con carácter no definitivo,

se les valorará ese tiempo como prestado en el puesto de origen

que tuvieran con carácter definitivo.

En los casos de puestos de trabajo que hayan tenido un cambio

de adscripción al servicio o al área, se seguirá el criterio de valorar

las tareas que se han ido desarrollando, de acuerdo al certificado

histórico que deberá elaborar la Sección de Personal.

Cursos: Se valorarán los cursos de formación y

perfeccionamiento relacionados con el área de actividad a la que se opta,

impartidos por Organismos e Instituciones oficiales dependientes

de las Administraciones Públicas.

----------------

1 A estos efectos se entiende por Sección:

En cada una de las Facultades/Escuelas, se considerarán dos Secciones:

Los Negociados dependientes de cada Sección de Gestión Académica, es decir

Negociados de alumnos, Negociados de Gestión Académica y Jefaturas Técnicas

Administrativas de ambos.

La administración de cada Facultad, que la formarán todas las unidades

dependientes del administrador de la Facultad, a excepción de las del punto anterior.

Cada Sección de la Biblioteca.2 Las Áreas a valorar son las siguientes:

Gestión Económica Financiera.

Gestión Académica.

Servicios Generales.

Bibliotecas.

Los referidos cursos, se valorarán con un máximo de 13 puntos,

a razón de: 0,07 puntos por hora lectiva.

Los cursos de formación y perfeccionamiento se acreditarán

mediante presentación de fotocopia debidamente cotejada de la

certificación, título o diploma correspondiente.

Antigüedad: Se valorará por tiempo de servicios con un máximo

de 15 puntos y a razón de:

Por cada año de antigüedad en la UNED: 0,75 puntos,

añadiéndose 0,06 puntos más por cada mes completo.

Por año de antigüedad en otras Administraciones Públicas:

0,25 puntos, añadiéndose 0,02 puntos más por cada mes

completo.

La puntuación mínima para pasar a la segunda fase se establece

en 41 puntos.

Segunda fase

Méritos específicos: La puntuación máxima será de 16 puntos.

Los méritos de medición no automática, que no excederán de

16 puntos, se considerarán a tenor de las puntuaciones otorgadas

por los miembros de la Comisión de Valoración desechando la

máxima y mínima concedidas, o una de las repetidas.

Para la valoración de este apartado, será necesario que el

concursante presente su currículum vitae junto con la solicitud.

En el proceso de valoración de estos méritos específicos, la

Comisión de Valoración podrá reclamar del concursante

aclaraciones sobre los méritos alegados crea conveniente, a fin de

realizar una valoración adecuada de los mismos.

Quinta.-La propuesta de Resolución para cada una de las

plazas convocadas, deberá recaer sobre la persona candidata que

haya obtenido la mayor puntuación, sumados los resultados finales

de las dos fases.

En caso de empate en la puntuación final, se estará a lo

dispuesto en el Real Decreto 364/1995, Reglamento General de

Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del

Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción

Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General

del Estado, en su artículo 44.4. Si se produjera un nuevo empate

una vez atendido este criterio, se adjudicará la plaza al concursante

cuyos apellidos sean los primeros en prelación a partir de la

letra "X", prevista en la Resolución de la Secretaría de Estado

para la Administración Pública de 10 de marzo de 2003 ("Boletín

Oficial del Estado" de 14 de marzo), por la que se publica el

resultado del sorteo celebrado el día 10 de marzo.

Sexta.-1. Los méritos, así como los requisitos y datos

imprescindibles, deberán ser acreditados por certificado, en copia del

modelo que figura como anexo IV de esta Resolución. Dicho

certificado deberá ser expedido por el órgano competente en materia

de personal de cada Organismo, o por la Sección de Personal

de Administración y Servicios de la Universidad, cuando se trate

de funcionarios en servicio activo o en excedencia para cuidado

de familiares.

En el caso de los excedentes voluntarios, los certificados serán

expedidos por la Unidad de Personal del Departamento a que

figura adscrito su Cuerpo o Escala, o por la Dirección General

de la Función Pública si pertenece a las Escalas a extinguir de

la AISS o a los Cuerpos dependientes de la Secretaría de Estado

para la Administración Pública. En el caso de las restantes Escalas,

asimismo dependientes de la citada Secretaría de Estado, tales

certificaciones serán expedidas por la Unidad de Personal del

Ministerio u Organismo donde tuvieran su último destino

definitivo.

Las certificaciones se expresarán referidas a la fecha de

finalización del plazo de presentación de solicitudes.

2. Los concursantes que procedan de la situación de suspenso

acompañarán a su solicitud documentación acreditativa de la

terminación de su período de suspensión.

3. Los excedentes voluntarios por interés particular

acompañarán a su solicitud declaración de no haber sido separados

del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas.

4. Los expectantes de destino por supresión del puesto

aportarán certificado al respecto, expedido por la Dirección General

de la Función Pública.

Séptima.-1. Las solicitudes para tomar parte en este

concurso, dirigidas a la Excma. y Magnífica Sra. Rectora de la

Universidad Nacional de Educación a Distancia, se ajustarán al modelo

publicado como anexo II de esta Resolución y se presentarán en

el plazo de quince días hábiles, a contar del siguiente al de la

publicación de la presente convocatoria en el "Boletín Oficial del

Estado", bien directamente en las Unidades de Atención al Público

(Registros Auxiliares) de la Universidad Nacional de Educación

a Distancia sitas en la calle Bravo Murillo, 38 (28015 Madrid) ;

edificio de Humanidades, calle Senda del Rey, s/n, y Pabellón

de Gobierno, Ciudad Universitaria, s/n (28040 Madrid), bien en

las formas establecidas en el artículo 38 de la Ley, 30/1992,

de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

2. El concursante deberá unir a la solicitud la documentación

que hubiera de acompañar, con su correspondiente índice,

adaptándose al efecto a los modelos que figuran en los anexos

respectivos, así como, certificaciones, títulos o justificantes a que

hace referencia el baremo correspondiente.

Los anexos a presentar son los siguientes:

Anexo II: Solicitud de participación.

Anexo III: Puesto solicitado, por orden de preferencia.

Anexo IV: Certificación de la Unidad de Personal.

Anexo V: Currículum vitae profesional.

3. En el supuesto de estar interesados en las vacantes que

se anuncian en este concurso dos funcionarios, aunque

pertenezcan a distintos Cuerpos o Escalas, podrán condicionar su petición,

por razones de convivencia familiar, al hecho de que ambos

obtengan destino en este concurso, entendiéndose, en caso contrario,

anuladas las peticiones formuladas por ambos. Los concursantes

que se acojan a esta petición condicional deberán acompañar a

su instancia una fotocopia de la petición del otro, y expresarlo

en el recuadro correspondiente de la solicitud.

Octava.-Los méritos serán valorados por la siguiente

Comisión:

Titulares:

Presidente: D. Indalecio Sánchez Gil. J. Servicio Contabilidad.

Vocales: Por Gerencia:

D. José M.a Fernández Oliva. J. Sección Centros Asociados.

D.a Loreto Sampedro Rodríguez. J. Sección de Investigación.

D.a Teresa Millán Esparza. J. Téc. Admvo. Secretaría Tutores.

Secretario: D. Javier Alonso Astarloa. J. Sección de Formación.

Suplentes:

Presidente: D. Jesús Santaengracia Peña. J. Sección

Producción Medios Audiovisuales.

Vocales: Por Gerencia:

D.a Rosa M.a Carreras Sanz. J. Sección Títulos Oficiales.

D. Miguel Ángel López Álvarez. J. Sección Profesores Tutores.

D.a Olga Vila León. Puesto Base "C".

Secretaria: D.a M.a Esmeralda Antón Martín. J. Téc. Admvo.

Vicerrectorado de Ordenación Académica y Profesorado.

Novena.-1. Una vez transcurrido el período de presentación

de instancias, las solicitudes formuladas serán vinculantes para

el peticionario, y el destino adjudicado será irrenunciable, excepto

si hubiera obtenido otro en distinto concurso antes de finalizar

el plazo de toma de posesión, en cuyo caso podrá optar entre

ambos puestos de trabajo, viniendo obligado a comunicar la opción

realizada al Rectorado de la Universidad por escrito, dentro del

plazo de tres días desde la notificación de la adjudicación del

otro puesto.

2. El traslado a que pueda dar lugar la adjudicación del puesto

de trabajo tendrá, a todos los efectos, consideración de voluntario.

Décima.-El plazo para la Resolución del concurso será de cinco

meses, contados desde el día siguiente al de la finalización de

la presentación de solicitudes.

Undécima.-1. Se publicará en el "Boletín Oficial del Estado"

la resolución del Rectorado, determinando el puesto de trabajo

que se adjudica y el funcionario que se destina al mismo.

2. El plazo de toma de posesión del nuevo destino obtenido

será de tres días, si radica en la misma localidad, o de un mes,

si radica en distinta localidad o comporta el reingreso al servicio

activo.

El plazo de toma de posesión comenzará a contar a partir del

día siguiente al del cese, que deberá efectuarse dentro de los tres

días hábiles siguientes al de la publicación de la Resolución que

resuelve el concurso. Si la Resolución comporta reingreso al

servicio activo, el plazo de toma de posesión deberá computarse

desde el día siguiente a dicha publicación.

3. El cómputo de los plazos posesorios se iniciará una vez

finalizados los permisos y licencias que en su caso hayan sido

concedidos a los interesados.

4. A todos los efectos, el plazo posesorio se considerará como

de servicio activo.

Duodécima.-Contra la presente Resolución, que agota la vía

administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de

reposición, ante la Excma. y Magfca. Sra. Rectora de esta Universidad,

en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su

publicación o recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados

Centrales de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos

meses a contar desde el día siguiente a su publicación.

Madrid, 2 de junio de 2003.-La Rectora, Araceli Maciá Antón.

SIGUEN ANEXOS (Ver imágenes páginas 27026 a 27032)

ANEXO I

Localidad de destino del puesto de trabajo objeto de la convocatoria: Madrid

Complemento

Específico

-Euros

Número

orden

Denominación

delpuesto Descripción Nivel Adsc.

Grupo Méritosespecíficos Puntos

máximos

1 Jefe/a Técnico

Administrativo

Tesorería.

Responsable, bajo la

dependencia orgánica del Jefe/a de

Sección de Tesorería e Ingresos,

del seguimiento contable de la

Tesorería de la Universidad.

Seguimiento y coordinación de la

Tesorería, conciliación de las

cuentas bancarias operativas y

restringidas de pagos y

elaboración de informes de

situación.

20 6.289,8 C Conocimientos y experiencia en

funciones de seguimiento de la

tesorería de la Universidad,

tratamiento de la información

bancaria, conciliaciones y

contabilización de pagos en

sistemas URSE y SICAI.

Conocimientos y experiencia en

la contabilización de los

ingresos en el Sistema SICAI ;

confección de documentos

contables de ingresos, hojas de

arqueo, reconocimiento de

derechos, reintegros del

presupuesto de gastos e informes de

situación de tesorería.

Conocimientos y experiencia en

la tramitación de documentos

contables de gastos e ingresos

extrapresupuestarios y su

contabilización y seguimiento en

los sistemas URSE y SICAI.

16

2 Jefe/a Técnico

Administrativo

de Ingresos.

Responsable, bajo la

dependencia del Jefe/a de Sección de

Tesorería e Ingresos, del

seguimiento contable de los

ingresos de la Universidad.

Seguimiento y aplicación a

presupuesto de los ingresos

recibidos por la Universidad y

coordinación con otras Unidades

administrativas para su

correcta aplicación y certificación.

20 6.289,8 C Conocimientos y experiencia en

el tratamiento de los ingresos

recibidos por la Universidad y

su aplicación al Presupuesto

de Ingresos.

Conocimientos y experiencia en

la contabilización de los

ingresos en el sistema SICAI:

confección de documentos

contables de ingresos, hojas de

arqueo, reconocimiento de

derechos, reintegros del

presupuesto de gastos e informes de

ingresos.

Conocimientos y experiencia en

la tramitación de documentos

contables de gastos e ingresos

extrapresupuestarios y su

contabilización en los sistemas

URSE y SICAI.

16

3 Jefe/a Técnico

Administrativo

Admisiones.

Responsable, bajo la

dependencia orgánica del Jefe/a de

Servicio de Alumnos, de las tareas

de dirección y organización de

equipos de trabajo para la

tramitación, supervisión y gestión

de las solicitudes de

preinscripción.

20 6.289,8 C Conocimiento y experiencia en

atención e información al

público.

Conocimiento en legislación

universitaria y procedimiento

administrativo de nivel medio.

Conocimiento de informática a

nivel usuario entorno

WINDOWS, WORD, ACCESS Y

Correo Electrónico.

16

4 Jefe/a Técnico

Administrativo.

Alumnos

Facultad de

Derecho.

Responsable bajo la dependencia

orgánica del Jefe/a de Sección

de Gestión

Académica/Administrativa de la dirección y

organización de equipos de

trabajo, para la supervisión,

control y gestión de expedientes

académicos.

20 6.289,8 C Conocimientos informáticos a

nivel usuario del nuevo

programa informático de revisión de

matrícula y gestión de

expedientes académicos.

Conocimiento de legislación

administrativa y universitaria.

Conocimiento y experiencia en

gestión académica: corrección

de matrícula, certificados,

títulos, traslados, devolución de

precios públicos,...

Otros conocimientos

informáticos: tratamiento de textos,

base de datos y correo

electrónico.

16

Complemento

Específico

-Euros

Número

orden

Denominación

delpuesto Descripción Nivel Adsc.

Grupo Méritosespecíficos Puntos

máximos

5 Jefe/a Técnico

Administrativo.

Alumnos Turismo

(Facultad de

CC. EE y EE).

Responsable, bajo la

dependencia orgánica del Jefe/a de

Sección de Gestión

Administrativa, de las tareas de dirección

y organización de equipos de

trabajo para la supervisión

control y gestión de los

expedientes académicos. Así como

de la gestión de la prueba de

grado para la obtención del

título de Diplomado en

Empresas y Actividades Turísticas

(DEAT) encargándose de la

gestión administrativa del

Convenio suscrito por la UNED con

las diferentes Escuelas de

Turismo.

20 6.289,8 C Conocimiento del programa de

gestión de matrículas GESPRO

Y UTILIDADES.

Conocimientos de la operativa y

gestión de la Prueba de Grado

de Turismo para acceso título

de Diplomado en Empresas y

Actividades Turísticas (DEAT)

de los alumnos de las Escuelas

de Turismo.

Conocimiento de la legislación

administrativa del DEAT.

Conocimiento de la legislación

administrativa general y

universitaria.

Otros conocimientos

informáticos: especialmente bases de

datos y hojas de cálculo.

16

6 Jefe/a Técnico

Administrativo.

Alumnos

Facultad de

Políticas y

Sociología.

Responsable, bajo la

dependencia orgánica del

Administrador/a de la Facultad de CC.

Políticas y Sociología, de la

gestión de los expedientes

académicos de alumnos de tercer

ciclo.

20 6.289,8 C Conocimiento y experiencia en

gestión y tramitación

administrativa de expedientes

académicos del alumnado del tercer

ciclo: admisión, matrículas,

traslados, devolución de

precios públicos,

convalidaciones, certificaciones

académicas, actas, títulos.

Conocimiento y experiencia en

gestión y tramitación de tesis

doctorales: inscripción,

defensa, convocatoria, preparación

de documentación para el

Tribunal.

Conocimiento y experiencia de

las convocatorias de la

Comisión de Doctorado para la

concesión de becas predoctorales

y premios extraordinarios.

Conocimiento y experiencia en el

manejo de la aplicación

informática de la gestión de

doctorado.

Conocimientos en legislación

administrativa y universitaria.

Otros conocimientos

informáticos: correo electrónico, base

de datos, tratamiento de

textos.

16

ANEXO V

Currículum vitae

A) Datos personales.

Apellidos:

Nombre:

Documento nacional de identidad:

Domicilio (calle):

Domicilio (localidad):

Código postal:

Teléfono:

B) Datos profesionales.

Cuerpo o Escala:

Nivel de complemento de destino:

Grado consolidado:

Historial profesional (con breve descripción de tareas):

C) Datos académicos y aptitudes.

Títulos:

Cursos:

Idiomas:

Otros:

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