La Orden de 7 de julio de 1997 (Boletín Oficial del Estado número
165, de 11 de julio), modificada por Órdenes de 23 de marzo de 1998
(Boletín Oficial del Estado n.o 78, de 1 de abril) y 19 de febrero de 1999
(Boletín Oficial del Estado n.o 49, del 26), establece las bases reguladoras
para la concesión de subvenciones a fundaciones y asociaciones con
dependencia orgánica de partidos políticos con representación en las Cortes
Generales, para actividades de estudio y desarrollo del pensamiento
político, social y cultural. Por Resolución de 13 de febrero de 2003 (Boletín
Oficial del Estado n.o 55, de 5 de marzo), de la Dirección General de
Cooperación y Comunicación Cultural se convocan subvenciones para
actividades de promoción de los valores democráticos y principios
constitucionales, con motivo de la celebración del vigesimoquinto aniversario
de la Constitución Española.
Vistas las solicitudes presentadas por las entidades Fundación para
el Análisis y los Estudios Sociales, Fundación Pablo Iglesias, Fundación
de Investigaciones Marxistas, Fundación Privada Nous Horitzons,
Fundación Privada Ramón Trías Fargas, Fundación Galiza Sempre, Fundación
"Gaspar Torrente", Fundación Canaria 7 Islas y Fundación Himilce, todas
ellas admitidas, una vez subsanadas las faltas, y acompañados los
documentos preceptivos;
Visto el informe-propuesta, de 30 de mayo de 2003, que ante mí eleva
la Dirección General de Cooperación y Comunicación Cultural, órgano
instructor del procedimiento;
Visto el Reglamento del Procedimiento para la Concesión de Ayudas
y Subvenciones Públicas, aprobado por Real Decreto 2225/1993, de 17
de diciembre, la Orden de 7 de julio de 1997 y la Resolución de 13 de
febrero de 2003, anteriormente citadas;
Teniendo en cuenta lo que dispone el punto 6. 2.o de la Resolución
de 13 de febrero de 2003 y considerando que queda acreditada la capacidad
de las fundaciones concurrentes para llevar a cabo las actividades para
la que solicitan subvención, esta Secretaría de Estado ha resuelto:
Primero.-Conceder subvenciones a las fundaciones que se relacionan
en el anexo a la presente Resolución, para la realización de actividades
que en el mismo se mencionan y en las cuantías que asimismo se señalan.
Segundo.-Fijar el 31 de diciembre de 2003 como fecha límite para
llevar a cabo las actividades objeto de subvención.
La realización de estas actividades subvencionadas se justificará de
conformidad con lo establecido en el punto 8. 2.o de la Resolución de 13
de febrero de 2003, en los tres meses siguientes a la terminación del plazo
establecido en el párrafo anterior.
Esta resolución es definitiva en la vía administrativa y contra la misma
cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, conforme a lo
establecido en el artículo 11. 1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora
de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y artículo 66 de la Ley
Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, en el plazo de dos meses
a contar desde el día siguiente a la fecha de su notificación, de acuerdo
con lo dispuesto en el artículo 46. 1 de la citada Ley 29/1998.
Asimismo, la presente resolución podrá ser recurrida potestativamente
en reposición, en el plazo de un mes y ante el mismo órgano que la ha
dictado, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la
Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Madrid, 2 de junio de 2003.-El Secretario de Estado, P. D. (O. de 7
de julio de 1997), la Directora general de Cooperación y Comunicación
Cultural, Áurea Roldán Martín.
ANEXO
Subvenciones a Fundaciones y asociaciones con dependencia orgánica de partidos políticos con representación en las Cortes Generales,
para actividades de promoción de los valores democráticos y principios constitucionales, con motivo de la celebración del vigésimoquinto aniversario
de la Constitución Española
Aplicación presupuestaria 18.15.455C.489.01
Imp. EurosFundaciones Actividad
Fund. para el Análisis y Estudios Sociales . . . Valores y principios constitucionales en el 25.o aniversario de la Constitución Española . . . . . . . 722.474
Fund. Pablo Iglesias . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Actividades con motivo del 25.o aniversario de la Constitución Española . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 554.306
Fund. Privada Ramón Trías Fargas . . . . . . . . . . . 25 anys de constitució . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 67.929
Fund. de Investigaciones Marxistas . . . . . . . . . . . Actividades en el aniversario de la Constitución Española . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 88.412
Fund. Privada Nous Horitzons . . . . . . . . . . . . . . . . Programa de actividades sobre consolidación del sistema democrático 2003 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 8.350
Fund. Galiza Sempre . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Participación democrática y pluralidad informativa en medios de comunicación públicos . . . . . 21.438.
Fund. "Gaspar Torrente" . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . El aragonesismo en la transición . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5.275
Fund. Himilce . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Programa de actividades en Andalucía con motivo del 25.o aniversario de la Constitución
Española . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 14.438
Fund. Canaria 7 Islas . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . La Constitución Española de 1978: Balance y perspectiva de futuro . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 17.378
Total . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1.500.000
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