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Documento BOE-A-2003-14978

Real Decreto 902/2003, de 11 de julio, por el que se aprueba la segregación de la Delegación de Aragón del Colegio Oficial de Doctores y Licenciados en Bellas Artes y Profesores de Dibujo de Cataluña.

Publicado en:
«BOE» núm. 177, de 25 de julio de 2003, páginas 28898 a 28899 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2003-14978
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/rd/2003/07/11/902

TEXTO ORIGINAL

El Consejo General de los Colegios Oficiales de Doctores y Licenciados en Bellas Artes y Profesores de Dibujo, ha promovido la segregación de la Delegación de Aragón con respecto al Colegio Oficial de Doctores y Licenciados en Bellas Artes y Profesores de Dibujo de Cataluña, a fin de que, posteriormente, se constituya el Colegio Oficial de Aragón conforme a la normativa autonómica correspondiente.

Documentada la petición mediante las certificaciones oportunas, procede aprobar dicha segregación, con arreglo a la Ley 2/1974, de 13 de febrero, de Colegios Profesionales, modificada por las Leyes 74/1978, de 26 de diciembre, y 7/1997, de 14 de abril, y el Real Decreto-ley 6/2000, de 23 de junio.

Es de tener en cuenta que, al afectar la decisión a un colegio oficial radicado en la Comunidad Autónoma de Cataluña, mientras que la delegación que se segrega radica en otra Comunidad distinta, la de Aragón, la competencia para aprobar la segregación prevista corresponde al Estado, en tanto que la creación del nuevo Colegio Oficial de Aragón es competencia de dicha comunidad.

En su virtud, a propuesta de la Ministra de Educación, Cultura y Deporte y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 11 de julio de 2003,

DISPONGO:

Artículo único. Segregación de la Delegación de Aragón.

Se aprueba la segregación de la Delegación de Aragón del Colegio Oficial de Doctores y Licenciados en Bellas Artes y Profesores de Dibujo de Cataluña.

Disposición transitoria única. Efectos de la segregación.

La segregación a que se refiere el artículo único tendrá efectividad a partir de la entrada en vigor de la norma autonómica de creación del Colegio Oficial de Doctores y Licenciados en Bellas Artes y Profesores de Dibujo de Aragón.

Disposición final única. Entrada en vigor.

El presente real decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Dado en Madrid, a 11 de julio de 2003.

JUAN CARLOS R.

La Ministra de Educación, Cultura y Deporte,

PILAR DEL CASTILLO VERA

ANÁLISIS

  • Rango: Real Decreto
  • Fecha de disposición: 11/07/2003
  • Fecha de publicación: 25/07/2003
  • Fecha de entrada en vigor: 26/07/2003
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con el art. 4.2 de la Ley 2/1974, de 13 de febrero (Ref. BOE-A-1974-289).
Materias
  • Aragón
  • Bellas Artes
  • Cataluña
  • Colegios Oficiales de Doctores y Licenciados en Bellas Artes y Profesores de Dibujo
  • Colegios Profesionales

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