Está Vd. en

Documento BOE-A-2003-15455

Resolución de 11 de julio de 2003, de la Universidad Internacional de Andalucía, por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso en la Escala Facultativa de Archivos y Bibliotecas mediante el sistema de concurso-oposición en el marco del proceso de consolidación de empleo temporal.

Publicado en:
«BOE» núm. 183, de 1 de agosto de 2003, páginas 29915 a 29921 (7 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-2003-15455

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley 4/1994, de 12

de abril, de Creación de la Universidad Internacional de Andalucía

y el Decreto 253/1997, de 4 de noviembre, por el que se aprueba

el Reglamento de la Universidad Internacional de Andalucía y a

fin de alcanzar la estabilidad referida al personal interino que

realiza funciones estructurales en esta Administración Pública

encargada de la enseñanza superior,

Este Rectorado, en uso de las competencias que le están

atribuidas en el artículo 20 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de

diciembre, de Universidades ("Boletín Oficial del Estado" de 24

de diciembre de 2001), en relación con el artículo 2.2e) de la

misma norma, así como en la Ley de Creación y el Reglamento

de esta Universidad, ha resuelto convocar pruebas selectivas para

el ingreso en la Escala Facultativa de Archivos y Bibliotecas, de

la Universidad Internacional de Andalucía, y conforme a los

acuerdos de carácter extraordinarios suscritos con los representantes

de personal y organizaciones sindicales y ratificado por la Junta

de Gobierno de esta Universidad en sesión celebrada el 10 de

julio de 2003, con sujeción a las siguientes

Bases de convocatoria

1. Normas generales

1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir 1 plaza en

la Escala Facultativa de Archivos y Bibliotecas (grupo A), de la

Universidad Internacional de Andalucía, en el marco del proceso

extraordinario de consolidación de empleo temporal.

1.2 Las presente pruebas selectivas se regirán, en cuanto

les sea de aplicación, por la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de

Medidas para la reforma de la Función Pública, modificada por

Ley 23/1988, de 28 de julio ; el Real Decreto 364/1995, de 10

de marzo ("Boletín Oficial del Estado" de 10 de abril), por el que

se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al

servicio de la Administración general del Estado y de Provisión de

Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios

Civiles de la Administración general del Estado, la Ley 4/1994,

de 12 de abril, de Creación de la Universidad Internacional de

Andalucía y el Decreto 253/1997, de 4 de noviembre, por el que

se aprueba el Reglamento de funcionamiento de esta Universidad,

y lo dispuesto en la presente convocatoria.

1.3 El proceso selectivo, que se llevará a cabo mediante el

sistema de concurso-oposición constará de las siguientes fases:

Fase de oposición y fase de concurso, con las pruebas,

puntuaciones y méritos que se especifican en el Anexo I de esta resolución.

1.4 El programa de materias que ha de regir las pruebas

selectivas es el que figura en el Anexo II de esta convocatoria.

1.5 Una vez finalizada la fase de oposición, y con respecto

a los aspirantes que la hayan superado, se hará pública la

puntuación obtenida por los mismos en la fase de concurso.

Superarán el proceso selectivo aquellos aspirantes que,

sumadas las puntuaciones de las fases de oposición y de concurso,

hayan obtenido mayor puntuación, sin que su número pueda ser

superior al de las plazas convocadas.

1.6 El primer ejercicio de la oposición se iniciará a partir

de la segunda quincena del mes de Septiembre de 2003 y las

pruebas se celebrarán en la ciudad de Sevilla.

2. Requisitos de los candidatos

2.1 Para ser admitido a la realización de las pruebas

selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

2.1.1 Ser español o nacional de un Estado miembro de la

Unión Europea o nacional de aquellos Estados, a los que en virtud

de Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y

ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de

trabajadores en los términos en que ésta se halla definida en el

Tratado Constitutivo de la Unión Europea.

También podrán participar el cónyuge, descendientes y

descendientes del cónyuge de los españoles y de los nacionales de

otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no

estén separados de derecho, menores de veintiún años o mayores

de dicha edad que vivan a sus expensas.

Este último beneficio será igualmente de aplicación a familiares

de nacionales de otros Estados cuando así se prevea en los

Tratados Internacionales celebrados por la Comunidad Europea y

ratificados por España.

2.1.2 Tener cumplidos los dieciocho años y no haber

alcanzado la edad de jubilación legalmente establecida.

2.1.3 Estar en posesión del título de licenciado, ingeniero,

arquitecto o equivalente, o en condiciones de obtenerlo en la fecha

que termine el plazo de presentación de solicitudes.

En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá

estarse en posesión de la credencial que acredite su homologación.

2.1.4 No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación

física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las

correspondientes funciones.

2.1.5 No haber sido separado, mediante expediente

disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas,

ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las correspondientes

funciones. Los aspirantes cuya nacionalidad no sea española,

deberán acreditar igualmente, no estar sometidos a sanción

disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado el acceso

a la Función Pública.

2.2 Todos los requisitos enumerados en la base 2.1 deberán

poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de

solicitudes y mantenerlos hasta el momento de la toma de posesión

como funcionario de carrera.

3. Solicitudes

3.1 Quienes deseen tomar parte en las pruebas selectivas

deberán hacerlo constar en instancia, que será facilitada

gratuitamente en el Registro General de la Universidad Internacional

de Andalucía (Rectorado, calle Américo Vespucio, número 2, Isla

de la Cartuja, 41092 Sevilla) ; Sede Antonio Machado (plaza de

Santa María s/n, 23440 Baeza, Jaén) ; Sede Santa María de la

Rábida (paraje La Rábida s/n, 21819, Palos de la Frontera,

Huelva), o bien fotocopia del modelo que figura en el Anexo III, en

cuyo caso deberán adjuntar 3 ejemplares (Universidad, interesado

y entidad bancaria).

A la instancia se acompañarán dos fotocopias legibles del

documento nacional de identidad.

Los aspirantes que no posean la nacionalidad española y tengan

derecho a participar deberán adjuntar dos fotocopias del

documento que acredite su nacionalidad y, en su caso, los documentos

que acrediten el vínculo de parentesco y el hecho de vivir a

expensas o estar a cargo del nacional de otro Estado con el que tengan

dicho vínculo. Asimismo deberán acreditar mediante declaración

jurada o promesa, debidamente traducido al castellano, de no

estar sometido a sanción disciplinaria o condena penal que impida

en su Estado el acceso a la función pública.

3.2 Las solicitudes (ejemplar número 1 "Ejemplar para la

Administración" del modelo de solicitud) se presentarán en el

Registro General del Rectorado de la Universidad, o en los lugares

establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de

noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas

y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de veinte

días naturales, a partir del siguiente al de la publicación de esta

convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado", y se dirigirán al

excelentísimo señor Rector de la Universidad Internacional de

Andalucía.

Todas aquellas solicitudes que no sean presentadas en los

lugares señalados en esta base se considerarán entregadas en la fecha

en que tengan entrada en el Registro General de la Universidad

Internacional de Andalucía.

Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse a

través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas

correspondientes, quienes las remitirán seguidamente a esta

Universidad.

Las solicitudes que se presenten a través de las oficinas de

Correos deberán entregarse en sobre abierto para ser fechadas

y selladas antes de ser certificadas.

Los aspirantes quedan vinculados a los datos y documentación

que hayan hecho constar o aportado en sus solicitudes, pudiendo

demandar la subsanación de errores, si los hubiera, mediante

escrito motivado, dentro del plazo de los diez días siguientes a la fecha

de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

Transcurrido dicho plazo no se admitirá ninguna petición de esta

naturaleza.

3.3 Los aspirantes deberán observar las siguientes

instrucciones en la cumplimentación de la solicitud:

En el espacio destinado a "escala o categoría que aspira", harán

constar "Escala Facultativa de Archivos y

Bibliotecas-consolidación de empleo temporal".

3.4 Los derechos de examen serán de 30 euros, y se

ingresarán en la cuenta corriente número 2098/0145/55/0102000182

bajo el nombre "UNIA Derechos de examen".

En la solicitud deberá constar que se ha realizado el

correspondiente ingreso de los derechos de examen, mediante la

validación por la entidad colaboradora en la que se realice el ingreso,

a través de certificación mecanográfica o en su defecto sello y

firma de la misma en el espacio destinado a estos efectos.

En ningún caso, la mera presentación y pago de los derechos

de examen supondrá sustitución del trámite de presentación en

tiempo y forma, del impreso de solicitud, con arreglo a lo dispuesto

en la base 3.2.

3.5 Los aspirantes que presten servicios en la Universidad

Internacional de Andalucía como funcionarios de empleo interinos

del grupo A en puestos de trabajo de la Escala de Facultativos

de Archivo y Bibliotecas, en la fecha de publicación de la presente

convocatoria, deberán presentar, unida a la solicitud, para la

valoración de la fase de concurso, certificación expedida por la

Gerencia de la Universidad Internacional de Andalucía.

3.6 La contravención de alguna de estas normas determinará

la exclusión de los aspirantes que no la hubieran observado.

Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán

subsanarse en cualquier momento, de oficio, o a petición del interesado.

3.7 Los aspirantes con minusvalías deberán indicar en la

instancia la minusvalía que padecen, para lo cual se utilizará el

recuadro de la solicitud. Asimismo, deberán solicitar, expresándolo en

dicho recuadro, las posibles adaptaciones de tiempo y medios

para la realización de los ejercicios.

4. Admisión de aspirantes

4.1 Expirado el plazo de presentación de instancias, el Rector

de la Universidad Internacional de Andalucía dictará resolución

en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la lista

provisional de admitidos y excluidos a las pruebas selectivas. En dicha

resolución que será publicada en el "Boletín Oficial de la Junta

de Andalucía", figurarán los aspirantes excluidos (apellidos,

nombre y número de documento nacional de identidad), con indicación

expresa de la causa de exclusión, la fecha, lugar y hora de

celebración del primer ejercicio, así como los lugares en los que se

encuentran expuestas al público las listas certificadas completas

de aspirantes admitidos y excluidos.

4.2 Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez

días, contados a partir del siguiente al de la publicación de la

resolución, para poder subsanar el defecto que haya motivado

la exclusión u omisión de las relaciones de admitidos. En todo

caso, al objeto de evitar errores y posibilitar su subsanación en

tiempo y forma, los aspirantes comprobarán fehacientemente no

sólo que no figuran recogidos en la relación de excluidos sino

que, además, sus nombres constan en la correspondiente relación

de admitidos. Los aspirantes que dentro del plazo no subsanen

la exclusión, justificando su derecho a estar incluidos en la relación

de admitidos, serán definitivamente excluidos de la realización

de las pruebas.

La resolución que excluya definitivamente a algún aspirante,

que será publicada en el tablón de anuncios del Rectorado de

la Universidad Internacional de Andalucía (calle Américo

Vespucio, n.o 2, Monasterio Santa María de las Cuevas, Isla de la Cartuja

en la ciudad de Sevilla), pone fin a la vía administrativa y contra

la misma se podrá interponer recurso de reposición o recurso

contencioso administrativo de acuerdo con lo previsto en la Ley

30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,

modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero y en la Ley 29/1998,

de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso

Administrativa.

4.3 De conformidad con lo establecido en el art. 12 de la

Ley 8/1989, de 13 de abril de Tasas y Precios Públicos, procederá

la devolución de la tasa por derechos de examen cuando no se

realice su hecho imponible por causas no imputables al sujeto

pasivo. Por tanto no procederá devolución alguna de los derechos

de examen en los supuestos de exclusión de las pruebas selectivas

por causa imputable al interesado.

5. Tribunal

5.1 El Tribunal calificador de estas pruebas es el que figura

como anexo IV de esta convocatoria.

5.2 Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de

intervenir, notificándolo al Rector de la Universidad, cuando concurran

en ellos circunstancias de las previstas en el artículo 28.2 de la

Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo

Común, o si hubiesen realizado tareas de preparación de

aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la

publicación de esta convocatoria.

El Presidente podrá solicitar a los miembros del Tribunal

declaración expresa de no hallarse incursos en las circunstancias

previstas en el artículo 28.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,

de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común.

Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del

Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en la

presente base.

5.3 Con anterioridad a la iniciación de las pruebas selectivas,

la autoridad convocante publicará en el "Boletín Oficial de la Junta

de Andalucía" resolución por la que se nombran a los nuevos

miembros del Tribunal, que hayan de sustituir a los que hayan

perdido su condición por alguna de las causas previstas en la

base 5.2, o por otras causas.

5.4 Previa convocatoria del Presidente, se constituirá el

Tribunal, con asistencia del Presidente y del Secretario y la mitad,

al menos, de sus miembros titulares o suplentes. En dicha sesión,

el Tribunal acordará las decisiones pertinentes, en orden al

correcto desarrollo de las pruebas selectivas.

5.5 A partir de su constitución, el Tribunal, para actuar

válidamente, requerirá la presencia de Presidente y Secretario y la

mitad, al menos de sus miembros, sean titulares o suplentes.

5.6 El Tribunal resolverá las dudas que pudieran surgir en

la aplicación de esta norma, así como lo que se deba hacer en

los casos no previstos.

El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo

momento a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,

de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común.

5.7 El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos

de asesores especialistas para las pruebas en que resulten

necesarios, limitándose dichos asesores a prestar su colaboración en

sus especialidades técnicas. Asimismo, podrá nombrar ayudantes

para tareas internas de organización y vigilancia. La designación

de tales asesores deberá comunicarse al Rector de la Universidad

Internacional de Andalucía.

5.8 El Presidente del Tribunal adoptará las medidas

oportunas para garantizar que los ejercicios de la fase de oposición

que sean escritos y no deban ser leídos ante el Tribunal, sean

corregidos sin que se conozca la identidad de los aspirantes,

utilizando para ello los impresos aprobados por la Orden del

Ministerio de la Presidencia de 18 de febrero de 1985 ("Boletín Oficial

del Estado" del 22), o cualesquiera otra equivalente. El Tribunal

excluirá a aquellos candidatos en cuyos ejercicios figuren marcas

o signos que permitan conocer la identidad del opositor.

5.9 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el

Tribunal tendrá su sede en el Rectorado de la Universidad

Internacional de Andalucía (calle Américo Vespucio, 2. Isla de la

Cartuja, 41092 Sevilla. Teléfono 954462299 ) y correo electrónico

uniaUuia.es.

5.10 El Tribunal que actúe en estas pruebas tendrá la

categoría primera de las recogidas en el anexo V del Decreto 54 de

1989, de 21 de marzo, modificado por Decreto 190/1993, de

28 de diciembre y Decreto 404/2000, de 5 de octubre (Boletín

Oficial de la Junta de Andalucía de 30 de noviembre).

5.11 En ningún caso, el Tribunal podrá aprobar ni declarar

que han superado las pruebas selectivas un número superior de

aspirantes que el de plazas convocadas. Cualquier propuesta de

aprobados que contravenga lo establecido será nula de pleno

derecho.

6. Desarrollo de los ejercicios

6.1 El orden de actuación de los opositores se iniciará

alfabéticamente por el primero de la letra X de conformidad con lo

previsto en la Resolución de la Secretaría de Estado para la

Administración Pública de 10 de marzo de 2003 ("Boletín Oficial del

Estado" de 14 de marzo).

6.2 En cualquier momento, los aspirantes podrán ser

requeridos por miembros del Tribunal con la finalidad de acreditar su

identidad.

6.3 Los aspirantes serán convocados para la realización de

cada ejercicio en único llamamiento, siendo en todo caso excluidos

de la oposición quienes no comparezcan al mismo, dado el carácter

de unidad del acto de la convocatoria.

6.4 En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal

tuviese conocimiento de que alguno de los aspirantes no posee

la totalidad de los requisitos exigidos por la presente convocatoria,

previa audiencia del interesado, deberá proponer su exclusión al

Rector de la Universidad, comunicándole, asimismo, las

inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante en la solicitud

de admisión a las pruebas selectivas, a los efectos procedentes.

6.5 La publicación del anuncio de la celebración del primer

ejercicio se realizará en la forma prevista en la base 4.1. Una

vez comenzada las pruebas selectivas los sucesivos anuncios sobre

la celebración de los demás ejercicios deberán hacerse públicos

por el Tribunal en los locales donde se hayan celebrado las

anteriores, y por cualquier otro medio si se juzga conveniente con,

al menos, 24 horas de antelación a su comienzo.

7. Listas de aprobados

7.1 Finalizadas las pruebas selectivas, el Tribunal hará

pública, en la sede del Tribunal señalada en la base 5.9 y en aquellos

otros que estime oportunos, la relación de aspirantes aprobados,

por orden de puntuación alcanzada en ambas fases, y con

indicación, en todo caso, del documento nacional de identidad.

El Presidente del Tribunal enviará copia certificada de la lista

de aprobados al Rector de la Universidad, especificando,

igualmente, el número de aprobados en cada uno de los ejercicios,

la puntuación de la fase de concurso y la suma total de ambas

fases.

8. Presentación de documentos y nombramiento de funcionarios

8.1 En el plazo de veinte días naturales, a contar desde el

día siguiente a aquél en que se hicieran públicas las listas de

aprobados en el lugar o lugares de examen, los opositores

aprobados deberán presentar en la Gerencia de la Universidad

Internacional de Andalucía, los documentos exigidos en la base 2 de

esta convocatoria.

8.2 Quienes dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza

mayor, no presentasen la documentación, o del examen de la

misma se dedujera que carecen de los requisitos señalados en

la base 2.1, no podrán ser nombrados funcionarios y quedarán

anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en

que hubieran incurrido por falsedad en la solicitud de participación

en las pruebas.

8.3 Concluido el proceso selectivo, los aspirantes que lo

hubieran superado, cuyo número no podrá exceder en ningún caso

al de plazas convocadas, serán nombrados funcionarios de carrera,

mediante Resolución del Rector de la Universidad Internacional

de Andalucía. Cualquier resolución que contravenga lo

anteriormente establecido será nula de pleno derecho. Los nombramientos

deberán publicarse en el "Boletín Oficial de la Junta de Andalucía".

8.4 La toma de posesión de los aspirantes aprobados será

efectuada en el plazo máximo de un mes, contado desde la fecha

de publicación de su nombramiento en el "Boletín Oficial de la

Junta de Andalucía".

8.5 De acuerdo con lo establecido en el artículo 104.2 del

Decreto 315/1964, de 7 de febrero, por el que se aprueba la

Ley articulada de Funcionarios Civiles del Estado, los funcionarios

interinos que desempeñan los puestos de trabajos ofertados en

la presente convocatoria cesarán en los mismos una vez que sean

ocupados por los funcionarios de carrera de la Escala Facultativa

de Archivos y Bibliotecas (grupo A), de la Universidad Internacional

de Andalucía.

9. Norma final

La presente convocatoria y cuantos actos administrativos se

deriven de ella, podrán ser impugnados en los casos y en la forma

establecidos por la Ley 30/1992 de 2 de noviembre de Régimen

Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999 de 13 de

enero y en la Ley 29/1998 de 13 de julio reguladora de la

Jurisdicción Contencioso-Administrativa, asimismo, la Universidad

Internacional de Andalucía podrá, en su caso, proceder a la

revisión de la Resolución del Tribunal Calificador de las pruebas

conforme a lo establecido en la citada Ley 30/1992.

Sevilla, 11 de julio de 2003.-El Rector, José María Martín

Delgado.

ANEXO I

Ejercicios y Valoración

El proceso selectivo constará de dos fases: fase de oposición

y fase de concurso. La fase de concurso sólo se valorará a los

aspirantes que hayan superado la fase de oposición.

1. Fase de oposición: Constará de dos ejercicios, ambos

eliminatorios.

1.1 Primer ejercicio: Consistirá en contestar por escrito un

cuestionario de preguntas con respuestas alternativas sobre

las materias contenidas en el programa a que hace referencia el

Anexo II de esta convocatoria. El Tribunal podrá establecer una

penalización por las respuestas contestadas erróneamente. El

tiempo para la realización de este ejercicio será determinado por el

Tribunal. Se calificará con 10 puntos siendo necesario para

superarlo obtener un mínimo de 5 puntos.

1.2 Segundo ejercicio: Consistirá en la redacción de un

proyecto original de planificación de un biblioteca o un archivo

universitario en una o varias de las siguientes áreas:

Planificación, organización espacial y equipamiento.

Gestión de la colección bibliográfica: Criterios para su

formación, mantenimiento y evaluación.

Planificación estratégica, dirección por objetivos y gestión de

calidad en las bibliotecas universitarias y/o archivos universitarios.

Se valorará, entre otros aspectos, la adaptación a las

necesidades de la Universidad Internacional de Andalucía (marco

jurídico, peculiariedades docentes, distribución geográfica,

antecedentes históricos). Se calificará con 10 puntos, siendo necesario

para superarlo obtener un mínimo de 5 puntos.

El Tribunal queda facultado para la determinación del nivel

mínimo exigido para la obtención de dichas calificaciones.

La calificación de la fase de oposición para los aspirantes que

hayan superado ambos ejercicios vendrá determinada por la suma

de las calificaciones obtenidas en cada uno de ellos.

2. Fase de concurso: En esta fase, que no tendrá carácter

eliminatorio, se valorarán exclusivamente, los servicios prestados

por los aspirantes en la Universidad Internacional de Andalucía

conforme a los criterios contenidos en la base 3.5. La valoración

se realizará otorgando 0,25 puntos por mes de servicios prestados

o fracción, a la fecha de finalización del plazo de presentación

de instancias, hasta un máximo de 8 puntos.

3. Calificación final: La calificación final del proceso selectivo

vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas

en la fase de oposición y de concurso, no pudiendo resultar

aprobados un número superior de aspirantes al de plazas convocadas,

conforme a lo establecido en la base 7. En caso de empate en

la puntuación total, una vez sumadas la fase de concurso y de

oposición, se resolverá atendiendo a la mayor puntuación obtenida

en el segundo ejercicio de la fase de oposición.

ANEXO II

I. Biblioteconomía

1. Concepto y misión de los servicios bibliotecarios. Clases

de bibliotecas.

2. Bibliotecas públicas. Concepto y función.

3. Bibliotecas especializadas. Concepto y función.

4. Bibliotecas universitarias. Concepto y función.

5. Situación actual de las bibliotecas universitarias en España.

6. Situación actual de las bibliotecas universitarias en

Andalucía. La Biblioteca de la Universidad Internacional de Andalucía.

7. Planificación, organización espacial y equipamiento de

bibliotecas universitarias.

8. Gestión de la colección bibliográfica: Criterios para su

formación, mantenimiento y evaluación.

9. Planificación estratégica, dirección por objetivos y gestión

de calidad en bibliotecas universitarias.

10. Gestión de recursos humanos en bibliotecas

universitarias.

11. Gestión presupuestaria y financiera en bibliotecas

universitarias.

12. Servicio de obtención del documento en las bibliotecas

universitarias.

13. Definición y objetivos de la bibliografía. Evolución

histórica de la bibliografía.

14. Estado actual de la bibliografía. Control bibliográfico

universal. Disponibilidad universal de las publicaciones.

15. La cooperación bibliotecaria: Sistemas, redes y

consorcios de bibliotecas universitarias. REBIUN.

16. El Sistema Español de Bibliotecas. Legislación actual y

competencias de las distintas administraciones.

17. El Sistema Bibliotecario de Andalucía. Legislación

andaluza actual sobre bibliotecas.

18. La formación profesional de los bibliotecarios y

documentalistas en la actualidad.

19. Evolución histórica de la Universidad en España.

20. Evolución histórica de las bibliotecas universitarias en

España.

21. Historia del libro y las bibliotecas en España desde la

invención de la imprenta hasta el siglo XVIII.

22. Historia del libro y las bibliotecas en España, siglos XIX

y XX.

23. Historia del libro y las bibliotecas en Iberoamérica. Época

colonial.

24. Historia del libro y las bibliotecas en Iberoamérica. Desde

la Independencia hasta nuestros días.

25. La industria editorial y el comercio de libro en la

actualidad en España. Situación de Andalucía.

26. Los organismos internacionales al servicio de las

bibliotecas. La cooperación internacional.

II. Archivística

1. Archivística: concepto y definición. El principio de

procedencia.

2. El archivo: concepto y clases. Su evolución. Funciones.

3. El documento de archivo: Concepto. Elementos para su

caracterización.

4. La gestión documental desde el origen de los documentos

hasta su conservación o eliminación.

5. Organización de archivos: clasificación y ordenación.

6. La descripción archivística. Su metodología. Instrumentos

resultantes.

7. La normalización de la descripción. Normas

internacionales.

8. Los Sistemas de Archivos. Concepto, elementos y

características.

9. Archivos administrativos: archivos de oficina. Concepto y

funciones.

10. Archivos administrativos: archivos centrales. Concepto y

funciones.

11. Archivos administrativos: archivos intermedios. Concepto

y funciones.

12. Archivos históricos. Concepto y funciones.

13. Diplomática. Concepto y evolución. La diplomática y los

documentos de archivo.

14. El servicio a la Administración, al ciudadano y a la

investigación. Instrumentos de control. Su informatización.

15. Organización archivística española. Los sistemas

archivísticos de las administraciones públicas en España.

16. El Sistema Andaluz de Archivos: Evolución y

organización.

17. Principales archivos españoles e iberoamericanos.

18. Evolución histórica de los archivos universitarios en

España.

19. Archivos universitarios. Concepto y funciones. El marco

jurídico de los archivos universitarios en España.

20. El sistema archivístico universitario. Reglamentos y

normativas. Órganos consultivos y comisiones asesoras.

21. Organización de archivos universitarios: clasificación y

ordenación.

22. Planificación y la gestión de los recursos económicos,

técnicos y humanos en los archivos universitarios.

23. Archivos universitarios: servicios y acceso.

24. Archivos universitarios: edificio e instalaciones.

25. La producción documental en nuevos soportes.

Repercusión en los archivos.

26. La dimensión internacional de los archivos. Organismos

internacionales de archivos: organización, competencias y

programas.

III. Documentación y tecnologías de la información. Organización

administrativa

1. La biblioteca digital: nuevos medios de almacenamiento

y difusión de la información.

2. Internet: desarrollo, funcionamiento, organización, acceso

y utilidad.

3. Principales aplicaciones de internet a los servicios

bibliotecarios y centros de documentación.

4. Los OPAC'S: Diseño, prestaciones y accesos.

5. Servicios teleinformáticos básicos: correo electrónico,

transferencia de ficheros, conexión remota, etc.

6. Servicios teleinformáticos avanzados. Aplicaciones en

información y documentación en él ámbito de la biblioteca

universitaria.

7. Situación actual de la automatización de Bibliotecas en

España. Situación en Andalucía

8. Situación actual de la automatización de Bibliotecas en

Iberoamérica.

9. Centros de documentación y bibliotecas especializadas

sobre Iberoamérica y el Magreb: Recursos existentes en España.

10. Implicaciones sociales y culturales de la innovación

tecnológica en Información y documentación. Las bibliotecas

universitarias ante la sociedad de la información.

11. El Ministerio de Educación, Cultura y Deporte. Su

estructura en relación al libro, biblioteca y archivo.

12. La Consejería de Cultura de la Junta de Andalucía. Su

estructura en relación al libro, biblioteca y archivo.

13. La protección de datos y su implicación en los archivos

y bibliotecas universitarias.

14. Legislación sobre propiedad intelectual y su incidencia

en los archivos y las bibliotecas universitarias.

Normativa general

1. Ley Orgánica de Universidades de 6/2001, de 21 de

diciembre.

2. Ley 1/1992, de 21 de mayo de Coordinación del Sistema

Universitario Andaluz.

3. Ley 4/1994, de 12 de abril, de Creación de la Universidad

Internacional de Andalucía y Reglamento de Funcionamiento de

la Universidad Internacional de Andalucía, Decreto 253/1997,

de 4 de noviembre.

ANEXO III (Ver imagen página 29920)

ANEXO IV

Tribunal calificador

Miembros titulares:

Presidente: D. Antonio Sánchez Sánchez.

Secretario: D. Juan Francisco Hurtado González (sin voz y sin

voto).

Vocales: D.a Luisa Rancaño Martín ; D. Fernando Palencia

Herrejón ; D. Juan Luis Ruiz-Rico Díez; D.a María Luisa Balbontín

de Arce, en representación del personal funcionario, D.a Carmen

Méndez Martínez, D.a Mercedes Castillo Higueras

Miembros suplentes:

Presidente: D. Salvador Montesa Peydró.

Secretario: D. Esteban Moreno Toral (sin voz y sin voto).

Vocales: D.a María Dolores López Enamorado ; D.a Gloria Marín

González ; D. Antonio Ortiz Hidalgo; D.a María Antonia Peña

Guerrero, D.a. Carmen Berzosa Valencia, D. Gonzalo Lázaro

Gonzalo.

ANEXO V

Don/Doña .......................................................................,

con domicilio en ...................................................................,

y con documento nacional de identidad número .........................

Declara bajo juramento o promete, a efectos de ser nombrado

funcionario de la Escala Facultativa de Archivos y Bibliotecas de

la Universidad Internacional de Andalucía, que no ha sido separado

del servicio de ninguna de las Administraciones Públicas y que

no se haya inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.

En ...................., a .................... de .................... de 2003.

Fdo.: ..................................

ANEXO VI

Don/Doña .......................................................................,

con domicilio en ...................................................................,

y con número de pasaporte .....................................................

Declara bajo juramento o promete, a efectos de ser nombrado

funcionario de la Escala Facultativa de Archivos y Bibliotecas de

la Universidad Internacional de Andalucía, que no ha sido sometido

a sanción disciplinaria o condena que impida en mi Estado el

acceso a la Función Pública.

En ...................., a .................... de .................... de 2003.

Fdo.: ..................................

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid