Por Orden TAS/648/2003, de 11 de marzo de 2003 (Boletín
Oficial del Estado del 25 de marzo de 2003), se convocó concurso
de méritos C/106 para la cobertura de vacantes en el Instituto
Nacional de Empleo.
Previa la tramitación prevista en el capítulo II del título III del
Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, habiéndose cumplido
cuantos requisitos se establecen en las bases de la convocatoria
mencionada sobre plazo de presentación de instancias, examen
de las mismas, valoración de méritos alegados según el baremo
establecido y vista la propuesta contenida en las actas de la
Comisión de Valoración determinada en las citadas bases,
Este Ministerio, en uso de las facultades que le están conferidas,
acuerda:
Primero.-Resolver la convocatoria, adjudicando los puestos
de trabajo que se relacionan en el Anexo adjunto, a los funcionarios
que en el mismo se determinan.
Segundo.-Declarar desiertas las plazas siguientes:
Segundo.-Declarar desiertas las plazas siguientes:
Puesto
número Denominaciónpuesto Localidad Provincia Plazas
4 Coordinador Observatorio Ocupacional ................................. Albacete .......... Albacete .......... 1
5 Técnico Formación Ocupacional ........................................ Albacete .......... Albacete .......... 1
13 Instructor Formación Ocupacional ...................................... Ávila .............. Ávila .............. 1
16 Instructor Formación Ocupacional ...................................... Badajoz ........... Badajoz ........... 1
19 Letrado ................................................................ Palma de Mallorca . Illes Balears ....... 1
20 Técnico Sistemas Informáticos ......................................... Barcelona ......... Barcelona ......... 1
22 Letrado ................................................................ Burgos ............ Burgos ............ 1
32 Coordinador Observatorio Ocupacional ................................. Castellón .......... Castellón .......... 1
33 Técnico Formación Ocupacional ........................................ Castellón .......... Castellón .......... 1
36 Jefe Sección N22 ...................................................... Castellón .......... Castellón .......... 1
37 Técnico Auxiliar Sistemas Informáticos N16 ............................ Castellón .......... Castellón .......... 1
45 Coordinador Informático N24 .......................................... A Coruña .......... A Coruña .......... 1
46 Instructor Formación Ocupacional ...................................... A Coruña .......... A Coruña .......... 1
48 Letrado ................................................................ A Coruña .......... A Coruña .......... 2
57 Coordinador Observatorio Ocupacional ................................. San Sebastian ..... Guipúzcoa ......... 1
58 Encargado Turno Centro Nacional ...................................... San Sebastian ..... Guipúzcoa ......... 1
59 Letrado ................................................................ Huelva ............ Huelva ............ 1
61 Jefe Sección N22 ...................................................... Huelva ............ Huelva ............ 1
68 Instructor Formación Ocupacional ...................................... Lleida ............. Lleida ............. 1
69 Coordinador Observatorio Ocupacional ................................. Lleida ............. Lleida ............. 1
75 Letrado ................................................................ Lugo .............. Lugo .............. 1
85 Jefe Área Formación Ocupacional ...................................... Melilla ............ Melilla ............ 1
93 Técnico Formación Ocupacional ........................................ Pamplona ......... Navarra ........... 1
96 Instructor Formación Ocupacional ...................................... Ourense ........... Ourense ........... 1
103 Instructor Formación Ocupacional ...................................... Las Palmas ........ Gran Canaria ...... 1
104 Coordinador Observatorio Ocupacional ................................. Las Palmas ........ Gran Canaria ...... 1
106 Jefe Sección N24 ...................................................... Las Palmas ........ Gran Canaria ...... 1
107 Letrado ................................................................ Las Palmas ........ Gran Canaria ...... 1
115 Instructor Formación Ocupacional ...................................... S.C. Tenerife ...... Tenerife ........... 1
116 Letrado ................................................................ S.C. Tenerife ...... Tenerife ........... 2
126 Letrado ................................................................ Teruel ............. Teruel ............. 1
128 Coordinador Observatorio Ocupacional ................................. Toledo ............ Toledo ............ 1
129 Instructor Formación Ocupacional ...................................... Toledo ............ Toledo ............ 1
130 Letrado ................................................................ Toledo ............ Toledo ............ 2
132 Jefe Sección Prestaciones N22 ......................................... Toledo ............ Toledo ............ 1
139 Coordinador Observatorio Ocupacional ................................. Bilbao ............. Vizcaya ........... 1
140 Instructor Formación Ocupacional ...................................... Bilbao ............. Vizcaya ........... 1
Tercero.-El plazo para tomar posesión será de tres días hábiles
si no implica cambio de residencia del funcionario o, de un mes,
si comporta cambio de residencia o el reingreso al servicio activo.
El plazo de toma de posesión comenzará a contarse a partir
del día siguiente al del cese, que deberá efectuarse dentro de los
tres días hábiles siguientes a la publicación de la presente Orden
en el "Boletín Oficial del Estado". Si la Orden comporta el reingreso
al servicio activo, el plazo de toma de posesión deberá computarse
desde dicha publicación.
Cuarto.-Contra la presente Orden, que pone fin a la vía
administrativa, podrá interponerse, en el plazo de dos meses, contados
desde el día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial
del Estado", recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado
Central de lo Contencioso-Administrativo que corresponda, con
arreglo a lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley 29/1998, de
13 de julio, reguladora de aquella jurisdicción, o,
potestativamente, y con carácter previo, recurso administrativo de reposición
ante el mismo órgano que la dictó, en el plazo de un mes (artículos
116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, según
redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero).
Madrid, 30 de Julio de 2003.-El Ministro, P.D.(Orden de
21-5-1996, BOE del 27), el Subsecretario, José Marí Olano.
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