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Documento BOE-A-2003-16198

Resolución de 18 de junio de 2003, de la Dirección General de Consumo y Seguridad Industrial del Departamento de Trabajo, Industria, Comercio y Turismo, por la que se otorga a la empresa Ampy Meter Ibérica, S. A., la aprobación de modelo de un contador eléctrico estático de activa, de clase 1 y 2, trifásico a cuatro hilos, marca AMPY, modelo 5192.

Publicado en:
«BOE» núm. 193, de 13 de agosto de 2003, páginas 31513 a 31514 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-A-2003-16198

TEXTO ORIGINAL

Vista la solicitud presentada por la empresa Ampy Meter Ibérica, S. A., domiciliada en Santa María de Palautordera (Barcelona), c/ Ignasi Barraquer, 13, en solicitud de aprobación de modelo de un contador estático trifásico, marca AMPY, modelo 5192.

Vista la documentación aportada y el informe favorable emitido por el Laboratori General d’Assaigs i Investigacions con número de referencia 23013715, que acreditan el cumplimiento de las prescripciones técnicas, metrológicas y de compatibilidad electromagnética aplicables a estos instrumentos.

Esta Dirección General de Consumo y Seguridad Industrial, de la Generalidad de Cataluña, de conformidad con la Ley 3/1985, de 18 de marzo, de Metrología; el Real Decreto 1616/1985, de 11 de septiembre, que establece el control metrológico que realiza la Administración del Estado; el Decreto 199/1991, de 30 de julio, que determina los órganos competentes en Cataluña en materia de control metrológico, y la Orden de 18 de febrero de 2000 del Ministerio de Fomento que regula el control metrológico del Estado sobre los contadores estáticos de energía activa corriente alterna, clases 1 y 2 (BOE núm. 53, de 2 de marzo de 2000), ha resuelto:

Otorgar, hasta el 18 de junio de 2013, a la empresa Ampy Meter Ibérica, S. A., la aprobación de modelo de un contador estático para energía activa con las características siguientes:

Contador estático para energía activa, trifásico a cuatro hilos, clase 1 y 2, frecuencia 50 Hz, de intensidades de base (máxima) 5(120)A y 10(120)A, tensión 3x230/400V, marca AMPY, modelo 5192. Las versiones autorizadas para este modelo son:

5192Aa Versión básica a tarifa única.

5192Ba A tarifa única y con salidas de impulsos de activa.

5192Da Multitarifa con reloj interno y con salidas de impulsos de activa.

5192Ea Multitarifa con reloj interno más dos relés auxiliares.

5192Fa Multitarifa con reloj interno más un relé auxiliar, más salida de impulsos de energía activa.

5192Ga Multitarifa con reloj interno.

5192Ja Multitarifa con reloj interno más un relé auxiliar, más salida de impulsos de energía activa y demanda máxima.

5192Ka Multitarifa sin reloj interno.

El contenido y el alcance de esta autorización están sujetos a las condiciones siguientes:

Primera.

El signo de aprobación de modelo asignado es:

Imagen: /datos/imagenes/disp/2003/193/16198_13652933_image1.png

Segunda.

Será exigible al fabricante que los aparatos antes reseñados cumplan los requisitos indicados en las normas UNE en 61036:1997, sobre contadores estáticos de medida de energía activa para corriente alterna (clases 1 y 2). Asimismo, se ajustarán a lo indicado en la memoria y documentación presentada.

Tercera.

Previamente a su instalación, los aparatos a los que se refiere esta autorización tendrán que superar el control de verificación realizado por un laboratorio habilitado de acuerdo con el Real Decreto 1617/85, de 11 de septiembre, o bien por un laboratorio español oficialmente acreditado, justificando el mismo mediante la colocación de los precintos y etiquetas indentificativas correspondientes.

Cuarta.

Los instrumentos a los que se refiere esta Resolución, tendrán que cumplir, adicionalmente, todas las condiciones contenidas en el anexo que la acompaña.

Quinto.

Próximo a transcurrir el plazo de validez que se concede, la entidad titular solicitará a la Dirección General de Consumo y Seguridad Industrial la oportuna prórroga de la aprobación, caso de estar interesado en eso.

Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, se puede interponer recurso de alzada ante el Consejero de Trabajo, Industria, Comercio y Turismo en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente de su notificación, sin perjuicio de que se pueda hacer uso de cualquier otro recurso que se considere oportuno.

Barcelona, 18 de junio de 2003.–El Director General, P. D. (Resolución de 7 de octubre de 1996, DOGC 13.11.1996), el Jefe de Servicio de Automóviles y Metrología, Joan Pau Clar i Guevara.

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