En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 215/2003,
de 21 de febrero, por el que se aprueba la oferta de empleo público
para el año 2003, y con el fin de atender las necesidades de
personal de la Administración Pública.
Este Ministerio, en uso de las competencias que le están
atribuidas en el artículo 13 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de
Organización y Funcionamiento de la Administración General del
Estado, previo informe de la Dirección General de la Función
Pública, y acuerdo de la Junta de Gobierno del CSIC, acuerda convocar
pruebas selectivas para ingreso en la Escala de Profesores de
Investigación (Código -5402-) del Consejo Superior de Investigaciones
Científicas con sujeción a las siguientes
Bases de convocatoria
1. Normas generales
1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir cuatro plazas
de la Escala de Profesores de Investigación del Consejo Superior
de Investigaciones Científicas (Código -5402-) por el sistema de
concurso-oposición libre.
La distribución por áreas de especialización científica y
tecnológica, de las plazas convocadas es la siguiente:
SIGUE CUADRO (Ver imagen página 33564)
N.ode
plazas Denominación Centrodedestino Tribunal
n.o
1 Genética Molecular del
Desarrollo en Plantas.
Ctro. Nacional de
Biotecnología.
1
1 Microscopias de Sonda en
Nanociencias.
Insto. Carboquímica. 2
1 Industrialización y
Desarrollo Rural.
Insto. de Economía y
Geografía.
3
1 Oceanografía Física. Insto. Investigaciones
Marinas Vigo.
4
1.2 El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de
concurso-oposición libre, con las valoraciones, pruebas y
puntuaciones que se especifican en el Anexo I.
1.3 Las pruebas selectivas se desarrollarán de acuerdo con
el siguiente calendario:
La fase de concurso se iniciará dentro de los cuatro meses
siguientes a la publicación de la presente convocatoria en el
"Boletín Oficial del Estado".
La fase de oposición deberá haber finalizado antes del sexto
mes siguiente a la publicación de la presente convocatoria, salvo
excepciones debidamente justificadas.
1.4 Concluido el proceso selectivo, los aspirantes que lo
hubieran superado y que hayan acreditado cumplir los requisitos
exigidos, serán nombrados funcionarios de carrera mediante
resolución de la Presidencia del CSIC, que se publicará en el "Boletín
Oficial del Estado", con indicación del destino adjudicado.
2. Requisitos de los candidatos
2.1 Para ser admitidos a la realización de las pruebas
selectivas los aspirantes deberán poseer en el día de finalización del
plazo de presentación de solicitudes y mantener hasta el momento
de la toma de posesión como funcionario de carrera los siguientes
requisitos de participación:
2.1.1 Nacionalidad: Ser español o nacional de alguno de los
demás Estados miembros de la Unión Europea o nacional de algún
Estado, al que en virtud de los Tratados Internacionales celebrados
por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación
la libre circulación de trabajadores.
También podrán participar el cónyuge de los españoles, de
los nacionales de alguno de los demás Estados miembros de la
Unión Europea y de los nacionales de algún Estado, al que en
virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión
Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre
circulación de trabajadores, siempre que no estén separados de
derecho, así como sus descendientes y los del cónyuge, menores de
veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.
2.1.2 Edad: Tener dieciocho años de edad y no haber
alcanzado la edad de jubilación.
2.1.3 Titulación: Estar en posesión o en condiciones de
obtener el título de Doctor. En el caso de titulaciones obtenidas en
el extranjero deberá estarse en posesión de la credencial que
acredite su homologación.
2.1.4 Capacidad: No padecer enfermedad ni estar afectado
por limitación física o psíquica incompatible con el desempeño
de las correspondientes funciones.
2.1.5 Habilitación: No haber sido separado, mediante
expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las
Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las
funciones públicas.
Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán
acreditar, igualmente, no estar sometidos a sanción disciplinaria
o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función
pública.
3. Solicitudes
3.1 La presentación de solicitudes se realizará en el
Registro General del Consejo Superior de Investigaciones
Científicas, C/ Serrano, n.o 117, 28006 Madrid, o en la forma establecida
en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de
Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de veinte días
naturales contados a partir del día siguiente al de la fecha de
publicación de esta convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado" y
se dirigirán al Presidente del Consejo Superior de Investigaciones
Científicas. La no presentación de la solicitud en tiempo y forma
supondrá la exclusión del aspirante.
Ningún aspirante podrá presentar más de una solicitud, ni
concurrir a más de un área de especialización.
3.2. Quienes deseen participar en esta pruebas selectivas
deberán cumplimentar el modelo oficial de solicitud de admisión
a pruebas selectivas en la Administración Pública y liquidación
de derechos de examen (modelo 790) que se facilitará
gratuitamente en la sede central del Consejo Superior de Investigaciones
Científicas (calle Serrano, 117, de Madrid ), en el Centro de
Información Administrativa del Ministerio de Administraciones
Públicas, la Dirección General de la Función Pública, en las
Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno, en las representaciones
diplomáticas y consulares de España en el extranjero y en la página
de Internet www.map.es/seap/dgfp/dgfp.htm
La solicitud se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones
del Anexo III.
3.3 A la solicitud se acompañará una fotocopia del
Documento Nacional de Identidad o del pasaporte, Currículum Vitae
y la acreditación documental de haber desarrollado labores de
investigación en Instituciones públicas o privadas, españolas o
extranjeras, durante un periodo de nueve años como mínimo.
Se adjuntará a la solicitud igualmente un resumen de 10 hojas
(UNE-A4) mecanografiado a doble espacio, en el que se expresarán
los objetivos científicos que el aspirante ha perseguido a lo largo
de su carrera investigadora, así como las líneas fundamentales
de su investigación futura, para su valoración de acuerdo con
lo dispuesto en el Anexo I apartado 1.1. a).
Asimismo, deberá acompañar a su solicitud sendos ejemplares
de las cinco aportaciones científicas, técnicas o de cualquier otra
índole que, a juicio del aspirante, sean las más relevantes de su
carrera profesional. A los ejemplares seleccionados se adjuntará
un resumen de una extensión máxima de tres páginas (UNE-A4)
subrayando la relevancia de las aportaciones seleccionadas y la
contribución personal a las mismas.
Los aspirantes extranjeros que residan en España deberán
además presentar una fotocopia compulsada de la tarjeta de residente
comunitario o de familiar de residente comunitario en vigor o,
en su caso, de la tarjeta temporal de residente comunitario o de
trabajador comunitario fronterizo en vigor.
Los aspirantes que sean nacionales de la Unión Europea o
de algún Estado, al que en virtud de los Tratados Internacionales
celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea
de aplicación la libre circulación de trabajadores, que no residan
en España, bien por residir en el extranjero o por encontrarse
en España en régimen de estancia, deberán presentar una
fotocopia compulsada del documento de identidad o pasaporte.
Los familiares de los anteriores deberán presentar una fotocopia
compulsada del visado y, en su caso, del resguardo de haber
solicitado la correspondiente tarjeta o del resguardo de haber
solicitado la exención de visado y la correspondiente tarjeta. De no
haberse solicitado estos documentos deberán presentar los
documentos expedidos por las autoridades competentes que acrediten
el vínculo de parentesco y una declaración jurada o promesa del
español, del nacional de alguno de los demás Estados miembros
de la Unión Europea o del nacional de algún Estado, al que en
virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión
Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre
circulación de trabajadores, con el que existe este vínculo, de
que no está separado de derecho de su cónyuge y, en su caso,
del hecho de que el aspirante vive a sus expensas o está a su
cargo.
3.4 Los aspirantes que tengan la condición de funcionarios
de Organismos Internacionales deberán acompañar a la solicitud
las certificaciones de homologación o, con carácter excepcional,
presentarlas al órgano de selección con antelación a la celebración
de las correspondientes pruebas.
3.5 Los errores de hecho que pudieran advertirse en la
solicitud podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o
a petición del interesado.
4. Admisión de aspirantes
4.1 Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, la
Presidencia del Consejo Superior de Investigaciones Científicas
dictará resolución, en el plazo máximo de un mes, declarando
aprobada la lista de admitidos y excluidos. En dicha resolución,
que deberá publicarse en el "Boletín Oficial del Estado", se
relacionarán los aspirantes excluidos con indicación de las causas
de exclusión, apellidos, nombre y número de documento nacional
de identidad o pasaporte, señalando un plazo de diez días hábiles
para subsanar el defecto que haya motivado la exclusión u omisión,
contados a partir del día siguiente al de la publicación de la
resolución. Asimismo, se indicarán los lugares donde se encuentre
expuesta al público la lista de aspirantes admitidos y el lugar,
fecha y hora de comienzo de la fase concurso.
4.2 No procederá la devolución de los derechos de examen
en los supuestos de exclusión por causa imputable a los aspirantes.
5. Tribunales
5.1 Los Tribunales calificadores de estas pruebas son los que
figuran como Anexo II a esta convocatoria.
5.2 El procedimiento de actuación de los Tribunales se
ajustará en todo momento a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26
de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y demás
disposiciones vigentes.
5.3 Los aspirantes podrán recusar a los miembros del
Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en el artículo
28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común.
5.4 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, los
Tribunales tendrán su sede en los locales del Consejo Superior
de Investigaciones Científicas, C/ Serrano, n.o 117. 28006 Madrid,
teléfono (91) 5855265/5263 y Fax 91 585 53 59, dirección de
correo electrónico p.decaboUorgc.csic.es, mj.navasUorgc.csic.es
y l.diazUorgc.csic.es
6. Desarrollo de los ejercicios
6.1 Dentro de cada especialidad, el orden de actuación de
los opositores se iniciará alfabéticamente por el primero de la
letra "X", según lo establecido en la Resolución de la Secretaria
de Estado para la Administración Pública de 10 de marzo de 2003
(Boletín Oficial del Estado de 14 de marzo).
6.2 Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en
llamamiento único, siendo excluidos de la oposición quienes no
comparezcan.
Los Tribunales podrán requerir, en cualquier momento del
proceso selectivo, la acreditación de la identidad de los aspirantes.
6.3 Una vez comenzado el proceso selectivo, los anuncios
de celebración de los restantes ejercicios, se harán públicos con
doce horas de antelación, al menos, a la señalada para su inicio,
si se trata del mismo ejercicio, o con veinticuatro horas, si se
trata de uno nuevo. Estos anuncios se efectuarán, al menos, en
los locales donde se haya celebrado el anterior y en la sede de
los Tribunales señaladas en la base 5.4
6.4 Los Tribunales adoptarán las medidas necesarias para
garantizar que los ejercicios de la fase de oposición que sean
escritos y no deban ser leídos ante el órgano de selección, sean
corregidos sin que se conozca la identidad de los aspirantes.
7. Listas de aprobados
7.1 Concluida la fase de concurso, los Tribunales harán
públicas, en el lugar o lugares de celebración de la misma y en la
sede de los Tribunales, las relaciones de aspirantes que hayan
superado el mínimo establecido, con indicación de la puntuación
obtenida.
7.2 Finalizada las pruebas selectivas, los Presidentes de los
Tribunales elevarán a la autoridad convocante la relación definitiva
de aspirantes que han superado dicha fase por orden de
puntuación. Dicha relación se publicará en el "Boletín Oficial del
Estado", disponiendo los aspirantes propuestos de un plazo de veinte
días naturales, desde la publicación en el Boletín Oficial del Estado,
para la presentación de la documentación acreditativa de los
requisitos exigidos en la convocatoria.
7.3 No se podrá declarar superado el proceso selectivo a un
número de aspirantes superior al de plazas convocadas en cada
especialidad.
8. Norma final
A las presentes pruebas selectivas les serán de aplicación la
Ley 30/1984, de 2 de agosto ; el R.D. 364/1995, de 10 de marzo,
la legislación vigente en la materia y lo dispuesto en la presente
convocatoria.
Contra la presente convocatoria, podrá interponerse, con
carácter potestativo, recurso de reposición ante el excelentísimo señor
Presidente del Consejo Superior de Investigaciones Científicas en
el plazo de un mes desde su publicación o bien recurso
contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde su
publicación, ante el órgano jurisdiccional competente, de conformidad
con lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de
Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común, y en la Ley 29/1998, de 13 de
julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa,
significándose, que en caso de interponer recurso de reposición,
no se podrá interponer recurso contencioso-dministrativo hasta
que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido la
desestimación presunta del mismo.
Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a
la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto
en la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
Lo que se hace público para general conocimiento.
Madrid, 24 de julio de 2003.-El Ministro, P.D. (Orden de 19
de diciembre de 2002, Boletín Oficial del Estado del 21 de
diciembre), el Presidente del Consejo Superior de Investigaciones
Científicas, Emilio Lora-Tamayo d'Ocón.
ANEXO I
Descripción del proceso selectivo
Publicada por resolución de la Presidencia del CSIC la citación
para la realización de la fase concurso, en el lugar, fecha y hora
determinados, previo llamamiento del Tribunal, los aspirantes
presentarán ante el mismo los trabajos y documentos acreditativos
del contenido de su correspondiente Curriculum Vitae. Asimismo,
entregarán al Tribunal, en sobre cerrado y en un máximo de cinco
folios, un resumen en el que se contenga su visión acerca del
estado actual del tema objeto de la plaza convocada, así como
de sus posibles líneas de evolución y de la actividad que prevé
desarrollar el candidato en relación con ellas.
El concurso-oposición se desarrollará de forma independiente
para cada una de las especialidades, constará de dos fases que
se desarrollarán en castellano:
1. Fase de concurso
La fase concurso consistirá en la exposición oral y pública por
el aspirante, en el tiempo máximo de una hora, de los méritos
alegados y de la labor científica desarrollada descrita en el
Currículum Vitae. Seguidamente, el Tribunal debatirá con el aspirante,
sin límite de tiempo, sobre el contenido de la exposición oral
del mismo, pudiendo formular todas las preguntas que considere
convenientes y, fundamentalmente, aquellas que se relacionen con
los temas de trabajo más relevantes de la investigación.
1.1 Relación de méritos que han de tenerse en cuenta en
la selección y sistema de calificación: En la calificación de los
aspirantes en la fase concurso se valorarán:
a) Objetivos científicos perseguidos a lo largo de la carrera
investigadora y líneas fundamentales de investigación futura.
b) Trabajos originales de investigación publicados valorando
su calidad y repercusión.
c) Publicación o participación en la publicación de libros,
monografías, etc. Participación en patentes y acuerdos de cesión
de tecnología, así como en trabajos de apoyo tecnológico. Trabajos
o estancias en centros de investigación nacionales y extranjeros,
así como aportaciones científicas conseguidas con posterioridad
y como fruto de dichos trabajos y estancias. Participación en
proyectos o programas y contratos o convenios de investigación. Tesis
dirigidas. Participación en congresos científicos, seminarios y
cursos. Trabajos en revistas de divulgación. Cualquier otro mérito
que alegue el aspirante.
Los méritos a valorar serán aquellos que se tuvieran
debidamente acreditados en la fecha de finalización del plazo de
presentación de solicitudes.
1.2 La calificación de los aspirantes en la fase de concurso
se hará mediante deliberación conjunta de los miembros de los
correspondientes Tribunales, cada uno de los cuales podrá
adjudicar a cada aspirante de cero a dos puntos ; de cero a diez puntos
y de cero a ocho respectivamente. Dicha calificación deberá
justificarse individualmente por los miembros de los Tribunales
mediante formulación, por escrito, de un juicio razonado relativo
a la valoración de cada uno de los méritos antes relacionados.
Los mencionados escritos de justificación se unirán al acta
correspondiente.
La puntuación correspondiente a estos apartados será la media
de las puntuaciones asignadas para cada uno de ellos por cada
uno de los miembros del Tribunal, excluidas la puntuación máxima
y una mínima.
La puntuación final de la fase concurso de cada aspirante vendrá
determinada por la suma del valor medio de las puntuaciones
asignadas en cada uno de los apartados a), b) y c), siendo necesario
alcanzar, como mínimo diez puntos para pasar a la fase de
oposición.
2. Fase de oposición
La fase de oposición consistirá en la exposición oral y pública
por el aspirante, durante un tiempo máximo de una hora, de su
visión acerca del estado actual del tema objeto de la plaza
convocada, así como de sus posibles líneas de evolución y de la
actividad que prevé desarrollar el candidato en relación con ellas.
Seguidamente, el Tribunal debatirá con el aspirante durante un
tiempo máximo de una hora, acerca de los contenidos científicos
expuestos y de todos aquellos aspectos que considere relevantes
en relación con el tema.
La fase de oposición tendrá una valoración máxima de diez
puntos, y será necesario alcanzar cinco puntos, como mínimo,
para superarla. La calificación de los aspirantes en la fase de
oposición se hará mediante deliberación conjunta de los miembros
de los correspondientes Tribunales, cada uno de los cuales podrá
adjudicar a cada aspirante de cero a diez puntos.
En ningún caso la puntuación obtenida en la fase de concurso
podrá aplicarse para superar la fase de oposición.
Se calificará por separado a cada aspirante, excluyendo del
cómputo de puntuaciones la más alta y la más baja, sin que en
ningún caso pueda ser excluida más de una máxima y una mínima.
El valor medio de las puntuaciones computadas constituirá la
calificación de la fase de oposición, siendo necesario alcanzar cinco
puntos, como mínimo, para superarla.
3. Puntuación final del concurso-oposición
La puntuación final del concurso-oposición será la suma de
las puntuaciones parciales obtenidas en cada fase.
En el supuesto de producirse empates al confeccionar las listas
de aspirantes aprobados, aquellos se dirimirán a favor del que
hubiese obtenido mayor puntuación en la fase de concurso. De
persistir el empate se acudirá sucesivamente a la puntuación de
los méritos contemplados en este Anexo apartado 1.1. a), en
1.1. b) y en 1.1. c), y de mantenerse tal circunstancia el Tribunal
resolverá por votación.
Los aspirantes que tengan la condición de funcionarios de
Organismos Internacionales estarán exentos de la realización de
aquellas pruebas que la Comisión Permanente de Homologación
considere que tienen por objeto acreditar conocimientos ya exigidos
para el desempeño de sus puestos de origen en el Organismo
Internacional correspondiente.
Se adoptarán las medidas precisas para que los aspirantes con
minusvalía gocen de similares condiciones que el resto de los
aspirantes en la realización de los ejercicios. En este sentido, para
las personas con minusvalía que así lo hagan constar en su
solicitud, se establecerán las adaptaciones posibles en tiempos y
medios para su realización.
ANEXO II
Tribunales calificadores
TRIBUNAL NÚMERO 1
Genética Molecular del Desarrollo en Plantas
Tribunal titular:
Presidente: Paz-Ares Rodríguez, Francisco Javier. Prof.
Investig. Ctro. Ciencias Medioambientales.
Vocal 1: Díaz-Ruiz Alba, José Ramón. Prof. Investig. Centro
de Invest. Biológicas.
Vocal 2: Valpuesta Fernández, Victoriano. Catedrático.
Universidad de Málaga.
Vocal 3: Aragoncillo Ballesteros, Cipriano. Catedrático. U.
Politécnica de Madrid.
Vocal 4: Puigdomenech Rosell, Pedro. Prof. Investig. Insto.
Biol. Molecular de Barcelona.
Tribunal suplente:
Presidente: García Álvarez, Juan Antonio. Prof. Investig. Centro
N. de Biotecnología.
Vocal 1: Risueño Almeida, María del Carmen. Prof. Investig.
Centro de Invest. Biológicas.
Vocal 2: Pliego Alfaro, Fernando. Catedrático. Universidad de
Málaga.
Vocal 3: Florencio Bellido, Francisco Javier. Catedrático.
Universidad de Sevilla.
Vocal 4: Pérez Eslava, Arturo. Catedrático. Universidad de
Salamanca.
TRIBUNALNÚMERO 2
Microscopias de Sonda en Nanociencias
Tribunal titular:
Presidente: Rojo Alaminos, Juan Manuel. Catedrático. U.
Complutense de Madrid.
Vocal 1: Ferrer Fábregas, Salvador. Prof. Investig.Inst. Ciencia
Mater. Barcelona.
Vocal 2: Ibarra García, Manuel Ricardo. Catedrático.
Universidad de Zaragoza.
Vocal 3: Tejada Palacio, Javier. Catedrático. Universidad de
Barcelona.
Vocal 4: Vázquez Villalabeitia, Manuel. Prof. Investig. Inst.
Ciencia Mater. Madrid.
Tribunal suplente:
Presidente: Briones Fernández-Pola, Fernando. Prof. Investig.
Inst. de Microelectrónica de Madrid.
Vocal 1: Díez Tascón, Juan Manuel. Prof. Investig. Insto. Nac.
del Carbón.
Vocal 2: Gómez-Moreno Calera, Carlos. Catedrático.
Universidad de Zaragoza.
Vocal 3: Vidal Costa, Félix. Catedrático. Universidad de
Santiago.
Vocal 4: Batallán Casas, Francisco José. Prof. Investig. Inst.
Ciencia Materiales de Madrid.
TRIBUNALNÚMERO 3
Industrialización y desarrollo rural
Tribunal titular:
Presidente: Durán Heras, María de los Ángeles. Prof. Investig.
Inst. Economía y Geografía.
Vocal 1: Pérez Yruela, Manuel. Prof. Investig. Inst. Estudios
Sociales Avanzados.
Vocal 2: García Ramón, María Dolores. Catedrático. Univ.
Autónoma de Barcelona.
Vocal 3: Nogué i Font, Joan. Catedrático. Universidad de
Girona.
Vocal 4: Narváez Bueno, Antonio José. Catedrático.
Universidad de Cádiz.
Tribunal suplente:
Presidente: Rodríguez Rodríguez-Zúñiga, Manuel. Prof.
Investig. Inst. Economía y Geografía.
Vocal 1: Moyano Estrada, Eduardo. Prof. Investig. Inst. Estudios
Sociales Avanzados.
Vocal 2: Zoido Naranjo, Florencio. Catedrático. Universidad
de Sevilla.
Vocal 3: Colomé Calsina, José María. Prof. Investig. Inst.
Análisis Económico.
Vocal 4: Pérez Alberti, Augusto. Catedrático. U. de Santiago
de Compostela.
TRIBUNALNÚMERO 4
Oceanografía Física
Tribunal titular:
Presidente: Fernández Pérez, Fiz. Prof. Investig. Inst.
Investigaciones Marinas.
Vocal 1: Vilas Martín, Federico E. Catedrático. Universidad de
Vigo.
Vocal 2: Gómez Parra, Abelardo. Catedrático. Universidad de
Cádiz.
Vocal 3: Guerra Sierra, Ángel. Prof. Investig. Inst.
Investigaciones Marinas.
Vocal 4: Dañobeitia Canales, Juan José. Prof. Investig. Insto.
CC. Tierra Jaume Almera.
Tribunal suplente:
Presidente: Estrada Miyares, Marta. Prof. Investig. Inst.
Ciencias del Mar.
Vocal 1: Anadón Álvarez, Ricardo. Catedrático. Universidad
de Oviedo.
Vocal 2: Duarte Quesada, Carlos Manuel. Prof. Investig. Insto.
Mediterráneo Estud. Avanz.
Vocal 3: Macpherson Mayol, Enrique. Prof. Investig. Ctro.
Estudios Avanzados Blanes.
Vocal 4: Losada Rodríguez, Miguel Ángel. Catedrático.
Universidad de Granada.
Los Tribunales podrán disponer la incorporación a sus trabajos
de asesores especialistas para todas o alguna de las pruebas.
ANEXO III
Instrucciones para cumplimentar la solicitud
Este apartado se rellenará según lo establecido en la solicitud
de admisión a pruebas selectivas en la Administración Pública
y liquidación de tasas de derechos de examen (modelo 790) y
en las siguientes instrucciones particulares.
En el encabezamiento de la solicitud, en el recuadro
correspondiente a Ministerio, los aspirantes consignarán: "Ciencia y
Tecnología". En el recuadro relativo a centro gestor se hará constar
"Consejo Superior de Investigaciones Científicas".
En el recuadro 15, "Cuerpo o Escala", se señalará "Profesor
de Investigación", consignándose el código 5402 en el espacio
reservado para el mismo que figura a su lado.
En el recuadro 17, "Forma de acceso", se consignará "L".
En el recuadro 18, "Ministerio/Órgano/Entidad convocante",
se consignará "CSIC"
En el recuadro 19, se consignará la fecha del Boletín Oficial
del Estado en el que haya sido publicada la convocatoria.
En el recuadro 21, "Minusvalía", los aspirantes con minusvalía
podrán indicar el porcentaje de minusvalía que tengan acreditado,
y solicitar, expresándolo en el recuadro 23, las posibles
adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios
en que esta adaptación sea necesaria.
En el recuadro 24, "Títulos académicos oficiales", se consignará
la titulación que posee para participar en estas pruebas, en virtud
de lo señalado en la base 2.1.3 de esta convocatoria.
En el recuadro 25, apartado A) del epígrafe "Datos a consignar
según las Bases de la convocatoria", se hará constar expresamente
el área de conocimiento y especialización científica o tecnológica
a la que concurre.
El importe de la tasa por derechos de examen será de 25,01
euros.
El ingreso del importe correspondiente a los derechos de
examen se efectuará, junto con la presentación de la solicitud, en
cualquier banco, caja de ahorros o cooperativa de crédito de las
que actúan como entidades colaboradoras en la recaudación
tributaria. En la solicitud deberá constar que se ha realizado el
correspondiente ingreso de los derechos de examen, mediante
validación de la entidad colaboradora en la que se realice el ingreso,
a través de certificación mecánica, o, en su defecto, sello y firma
autorizada de la misma en el espacio reservado a estos efectos.
Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse a
través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas
correspondientes. A las mismas se acompañará el comprobante
bancario de haber ingresado los derechos de examen en la cuenta
corriente número 2038-1183-46-6000548962, de Caja Madrid,
a nombre de " CSIC. Tasas derechos de examen". El ingreso podrá
efectuarse directamente en cualquier oficina de Caja Madrid
mediante transferencia desde cualquier entidad bancaria.
Estarán exentas del pago de esta tasa:
a) Las personas con grado de discapacidad igual o superior
al 33 por 100, debiendo acompañar a la solicitud certificado
acreditativo de tal condición.
b) Las personas que figurasen como demandantes de empleo
durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha de la
convocatoria. Serán requisitos para el disfrute de la exención que,
en el plazo de que se trate, no hubieran rechazado oferta de empleo
adecuado ni se hubiesen negado a participar, salvo causa
justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión
profesionales y que, asimismo, carezcan de rentas superiores, en
cómputo mensual, al salario mínimo interprofesional.
La certificación relativa a la condición de demandante de
empleo, con los requisitos señalados, se solicitará en la oficina
de los servicios públicos de empleo. En cuanto a la acreditación
de las rentas se realizará mediante una declaración jurada o
promesa escrita del solicitante. Ambos documentos deberán
acompañarse a la solicitud.
La falta de justificación del abono de los derechos de examen
o de encontrarse exento determinará la exclusión del aspirante.
En ningún caso la presentación y pago en las oficinas a que
se hace referencia supondrá la sustitución del trámite de
presentación, en tiempo y forma, de la solicitud.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid