Examinado el expediente incoado a instancia de Doña Ángela Magaz Lago, solicitando la inscripción de la «Fundación para la Promoción de la Calidad de la Vida. CALVIDA», en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, según lo dispuesto en la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones, en el Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por Real Decreto 316/1996, de 23 de febrero (BOE de 6 de marzo) y en el Reglamento del Registro de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por Real Decreto 384/1996, de 1 de marzo (BOE del 29),
Antecedentes de hecho
La Fundación anteriormente citada fue constituida por Doña Ángela Magaz Lago y la Asociación CALVIDA, Colectivo Educativo Sanitario para la Promoción de la Calidad de Vida, en Bilbao, el 20 de febrero de 2003, según consta en la escritura pública número cuatrocientos noventa y siete, otorgada ante el notario del Ilustre Colegio de Bilbao D. Juan Ignacio Gómez Villa.
El domicilio de la Fundación quedó establecido en Baracaldo (Bizkaia), calle Zubileta número 16, y su ámbito es estatal.
Se estableció como dotación de la Fundación la cantidad de treinta mil euros (30.000 euros). La dotación consistente en dinero, ha sido desembolsada inicialmente en un 46.666 por 100, mediante la aportación de la cantidad de catorce mil euros (14.000 euros) ingresada en entidad bancaria, y el resto será desembolsado por cada uno de los fundadores en un plazo máximo de cinco años.
En los Estatutos que han de regir la Fundación, incorporados a la escritura de constitución a que se refiere el antecedente de hecho primero, figuran como fines de la Fundación los siguientes: «Fomentar el desarrollo de la calidad de vida, tanto de la población en general como de colectivos específicos. Para la consecución de dichos fines se llevará a cabo, previo cumplimiento de los requisitos establecidos, las siguientes actividades: investigación, estudios, cursos, congresos, participación en medios de comunicación, y asesoramiento individual o grupal.»
El gobierno, representación y administración de la Fundación se encomienda a un Patronato, cuyos miembros ejercerán sus cargos de Patrono gratuitamente y que se obliga a la rendición de cuentas al Protectorado.
Inicialmente, el Patronato queda constituido por: Presidente: Doña Ángela Magaz Lago, Secretario: D. Joseba Aranzabal Pérez, Tesorero: D. Eladio Manuel García Pérez.
En dicha escritura consta la aceptación de los cargos indicados por parte de las personas anteriormente citadas.
Fundamentos jurídicos
Resultan de aplicación para la resolución del expediente:
El artículo 34 de la Constitución Española, que reconoce el derecho a fundar para fines de interés general.
La Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones.
El Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por Real Decreto 316/1996, de 23 de febrero (B.O.E. de 6 de marzo).
El Reglamento del Registro de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por Real Decreto 384/1996, de 1 de marzo (B.O.E. de 29 de marzo).
La Orden de la Ministra de Educación, Cultura y Deporte, de 1 de febrero de 2001 (B.O.E. del 9), en virtud de la cual se delegan en el Secretario General Técnico del Departamento las competencias relativas al Protectorado de Fundaciones que corresponden al mismo.
Según los artículos 35.1 de la Ley 50/2002 y 3.1 del Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal, la inscripción de las Fundaciones requerirá el informe favorable del Protectorado en cuanto a la idoneidad de los fines y en cuanto a la adecuación y suficiencia dotacional, procediendo, en este caso, un pronunciamiento favorable al respecto.
Según las Disposiciones Transitorias cuarta de la Ley de Fundaciones y única del Reglamento del Registro de Fundaciones de competencia estatal, hasta tanto no entre en funcionamiento dicho Registro, subsistirán los actualmente existentes, por lo que procede la inscripción de la «Fundación para la Promoción de la Calidad de la Vida. CALVIDA» en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.
Por todo lo cual, este Ministerio ha dispuesto:
Acordar la inscripción en el Registro de Fundaciones del Departamento de la denominada «Fundación para la Promoción de la Calidad de la Vida. CALVIDA», de ámbito estatal, con domicilio en Baracaldo (Bizkaia), calle Zubileta número 16, así como del Patronato cuya composición figura en el quinto de los antecedentes de hecho.
Notifíquese a los interesados a los efectos previstos en el artículo 58.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.
Madrid, 1 de octubre de 2003.–P. D. (O. 1-Febrero-2001, BOE del 9), el Secretario General Técnico, José Luis Cádiz Deleito.
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