Visto el expediente de indulto de don Manuel Ramos Torla, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado por la Audiencia Provincial, Sección número 3 de Castellón de la Plana, en sentencia de fecha 28 de mayo de 1999, resolutoria del recurso de apelación interpuesto contra otra del Juzgado de lo Penal número 1 de Castellón de la Plana, de fecha 5 de marzo de 1998, como autor de un delito de apropiación indebida, a la pena de cinco meses de arresto, con las accesorias de suspensión de todo cargo público y derecho de sufragio durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 1991, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 17 de octubre de 2003,
Vengo en conmutar a don Manuel Ramos Torla la pena privativa de libertad pendiente de cumplimiento por otra de 150 días de multa, a satisfacer en cuotas diarias de 6 euros, cuyo inicio y forma de cumplimiento será determinado por el Tribunal sentenciador, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de dos años desde la publicación de este real decreto.
Dado en Madrid, a 17 de octubre de 2003.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
JOSÉ MARÍA MICHAVILA NÚÑEZ
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