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Documento BOE-A-2003-22056

Decreto 289/2003, de 7 de octubre, por el que se declara bien de interés cultural, con la categoría de zona arqueológica, el yacimiento denominado Cerro de los Infantes, en Pinos Puente (Granada).

Publicado en:
«BOE» núm. 288, de 2 de diciembre de 2003, páginas 43160 a 43163 (4 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Andalucía
Referencia:
BOE-A-2003-22056

TEXTO ORIGINAL

I. El artículo 13.27 de la Ley Orgánica 6/1981, de 30 de diciembre, del Estatuto de Autonomía para Andalucía, establece la competencia exclusiva de la Comunidad Autónoma en materia de patrimonio histórico, artístico, monumental, arqueológico y científico y el artículo 6.a) de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, determina que se entenderán como organismos competentes para la ejecución de la Ley los que en cada Comunidad Autónoma tengan a su cargo la protección del patrimonio histórico.

Asimismo, el artículo 2 del Reglamento de Organización Administrativa del Patrimonio Histórico de Andalucía aprobado por el Decreto 4/1993, de 26 de enero, atribuye a la Consejería de Cultura de la Junta de Andalucía, la competencia en la formulación, seguimiento y ejecución de la política andaluza de Bienes Culturales, referida a la tutela, enriquecimiento y difusión del Patrimonio Histórico Andaluz, siendo, de acuerdo con el artículo 3.3, el titular de la Consejería de Cultura el órgano competente para proponer al Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía la declaración de Bien de Interés Cultural, y competiendo según el artículo 1.1 del citado Reglamento a este último dicha declaración.

II. El Cerro de los Infantes, por su privilegiada situación geográfica, en el borde septentrional de la Vega de Granada, presenta una ocupación casi continua desde la Prehistoria Reciente hasta el período musulmán. Esto queda reflejado en su completa secuencia cultural, que se inicia en la Edad del Cobre, continuando durante el Bronce Pleno, Bronce Final, Pre-ibérico, Ibérico, Romano Imperial y finalizando en época medieval.

Otro factor que viene a incidir en la singularidad del yacimiento es el de sus dimensiones, con un área extraordinariamente extensa de distribución de material arqueológico así como la presencia de importantes estructuras como varios lienzos de murallas que se adscriben al Bronce Pleno y un edificio público romano.

Se trata pues, de un asentamiento clave para entender la evolución del poblamiento desde las comunidades prehistóricas hasta el medievo en Andalucía.

III. La Dirección General de Bellas Artes, Archivos y Bibliotecas del Ministerio de Cultura, mediante Resolución de 24 de noviembre de 1980 (publicada en el BOE número 22, de 26 de enero de 1981) incoó expediente de declaración de Monumento Histórico-Artístico y Arqueológico, de carácter nacional, a favor del yacimiento arqueológico Cerro de los Infantes, situado en el término municipal de Pinos Puente (Granada), según la Ley de 13 de mayo de 1933, sobre defensa, conservación y acrecentamiento del patrimonio histórico-artístico nacional, siguiendo su tramitación según lo previsto en dicha Ley, en el Decreto de 16 de abril de 1936 y en el Decreto de 22 de julio de 1958, de acuerdo con lo preceptuado en la disposición transitoria sexta, apartado uno, de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español.

En la tramitación del expediente y de conformidad con lo establecido en el artículo 14 de la Ley de 13 de mayo de 1933 sobre defensa, conservación y acrecentamiento del patrimonio histórico-artístico nacional, han emitido informe favorable a la declaración, la Real Academia de Bellas Artes de Ntra. Sra. de las Angustias de Granada, con fecha de 6 de junio de 2002, y la Comisión Provincial de Patrimonio Histórico de Granada en sesión celebrada el día 9 de mayo de 2002.

De acuerdo con la legislación aplicable, se cumplieron los trámites preceptivos de audiencia al Ayuntamiento de Pinos Puente y de información pública (BOJA número 86, de 23 de julio de 2002), sin que se haya presentado ninguna alegación en el expediente.

Terminada la instrucción del expediente, según lo dispuesto en el artículo 14.2 de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, procede la declaración de Bien de Interés Cultural de dicho inmueble, con la categoría de Zona Arqueológica, así como y en relación con el artículo 8 del Reglamento de Protección y Fomento del Patrimonio Histórico de Andalucía, aprobado mediante Decreto 19/1995, de 7 de febrero, la inclusión del mismo en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz.

En virtud de lo expuesto y de acuerdo con lo establecido en los artículos 6.a) y 9.1 y 9.2 de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español en relación con el artículo 1.1 del Reglamento de Organización Administrativa del Patrimonio Histórico de Andalucía, a propuesta de la Consejera de Cultura y previa deliberación, el Consejo de Gobierno en su reunión del día 7 de octubre de 2003, acuerda:

Primero.

Declarar Bien de Interés Cultural, con la categoría de Zona Arqueológica, el yacimiento denominado Cerro de los Infantes, en el término municipal de Pinos Puente (Granada).

Segundo.

Delimitar la Zona Arqueológica declarada mediante un área poligonal, conforme figura en el Anexo al presente Decreto.

Tercero.

Declarar y delimitar un entorno en el cual las alteraciones pudieran afectar los valores propios del Bien, a su contemplación, apreciación o estudio. Dicho entorno afectado por la declaración del Bien de Interés Cultural, abarca los espacios públicos y privados, las parcelas, inmueble y elementos urbanos comprendidos dentro de la delimitación que figura en el Anexo y, gráficamente, en el plano de Delimitación del Bien y su entorno.

Cuarto.

Incluir la Zona Arqueológica y el entorno declarados en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz.

Quinto.

Instar la inscripción de esta declaración en el Registro de la Propiedad.

Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, se podrán interponer, desde el día siguiente al de su notificación, potestativamente, recurso de reposición ante el mismo órgano que lo dicta, en el plazo de un mes, conforme a los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero), o directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Sevilla, de acuerdo con lo previsto en los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 7 de octubre de 2003.‒El Presidente, Manuel Chaves González.‒La Consejera de Cultura, Carmen Calvo Poyato.

ANEXO

Denominación

Cerro de los Infantes.

Localización

a) Comunidad Autónoma:

Andalucía.

b) Provincia:

Granada.

c) Municipio:

Pinos Puente.

d) Localización (coordenadas UTM): 432.080 / 4.126.000.

Descripción

El Cerro de los Infantes se encuentra situado en el término municipal de Pinos Puente, en el borde septentrional de la Vega de Granada, siendo ésta una de las depresiones que forman el surco intrabético en la Alta Andalucía, y, aunque rodeada de zonas montañosas, constituye una unidad geográfica que queda abierta a las costas mediterráneas, al valle del Guadalquivir y a las planicies de Guadix-Baza por importantes pasos naturales que condicionan sus principales rutas de comunicación.

El yacimiento se encuentra ubicado sobre un cerro calizo, en la margen derecha del río Velillos, consta de tres afloramientos rocosos, presentando el más elevado de ellos un amesetamiento superior de unos 100 m, de longitud. La parte sur de la meseta se eleva abruptamente, dando forma a una especie de acrópolis natural, que se conoce con el nombre de Corona y en cuya cima existen diversos lienzos de muralla, que pueden datarse en el Bronce Pleno, aunque en tiempos ibero-romanos y en época árabe se superpusieron otras construcciones. Al norte, bajo la Corona, hay que destacar principalmente la potente secuencia estratigráfica que arranca de la Edad del Cobre documentada ya en las excavaciones de 1971 y 1976, resaltando la presencia de construcciones romanas pertenecientes a un edificio público. Al oeste de esta meseta y sobre un promontorio calizo algo menos destacado que los anteriores, excavaciones clandestinas pusieron al descubierto varios edificios de época romana, cuyas paredes estaban recubiertas por estucos pintados, así como una necrópolis, con tumbas de sillares, de época más avanzada.

En las laderas que, hacia el sur y el este, bajan en dirección al río Velillos, aparecen materiales ibero-romanos y del Bronce Final. En la zona más alta de la ladera meridional destacan en número las cerámicas ibéricas clásicas, pero conforme se baja en altura, aproximándonos al río, abundan los materiales del Bronce Final y de época protohistórica.

El Cerro de los Infantes ha despertado desde el siglo XVI el interés de numerosos eruditos e investigadores, que localizaban en este yacimiento las ciudades de Ilurco e Iliberis.

Delimitación de la zona arqueológica

El Bien de Interés Cultural, con categoría de Zona Arqueológica, Cerro de los Infantes queda delimitado mediante un área poligonal, siendo sus lados los límites de la misma y teniendo como vértices las siguientes coordenadas:

A. 432.350/4.125.930.

B. 432.250/4.125.930.

C. 432.010/4.125.890.

D. 431.960/4.125.860.

E. 431.880/4.125.840.

F. 431.560/4.125.720.

G. 431.330/4.125.520.

H. 431.160/4.125.27.

I. 431.190/4.125.240.

J. 431.310/4.125.020.

K. 431.460/4.124.900.

L. 431.470/4.124.870.

M. 431.470/4.124.830.

N. 431.540/4.124.750.

O. 431.560/4.124.650.

P. 431.770/4.124.540.

Q. 431.850/4.124.490.

R. 431.890/4.124.450.

S. 432.050/4.124.040.

T. 432.370/4.123.840.

U. 432.420/4.123.980.

V. 432.510/4.124.070.

W. 432.700/4.124.250.

X. 432.770/4.124.380.

Y. 432.940/4.124.370.

Z. 432.930/4.124.590.

AA. 432.970/4.124.680.

BB. 432.950/4.124.780.

CC. 432.900/4.124.840.

DD. 432.850/4.124.860.

EE. 432.840/4.125.200.

FF. 432.790/4.125.160.

GG. 432.720/4.125.140.

HH. 432.650/4.125.160.

II. 432.580/4.125.170.

JJ. 432.470/4.125.160.

KK. 432.380/4.125.400.

LL. 432.370/4.125.720.

MM. 432.340/4.125.800.

Las longitudes de las líneas rectas que delimitan el Bien de Interés Cultural, con categoría de Zona Arqueológica, yacimiento Cerro de los Infantes, de Pinos Puente (Granada) son las siguientes:

A-B. 100 m.

B-C. 240 m.

C-D. 60 m.

D-E. 80 m.

E-F. 350 m.

F-G. 300 m.

G-H. 300 m.

H-I. 40 m.

I-J. 250 m.

J-K. 190 m.

K-L. 30 m.

L-M. 50 m.

M-N. 90 m.

N-O. 90 m.

O-P. 240 m.

P-Q. 90 m.

Q-R. 60 m.

R-S. 440 m.

S-T. 370 m.

T-U. 130 m.

U-V. 130 m.

V-W. 260 m.

W-X. 150 m.

X-Y. 150 m.

Y-Z. 220 m.

Z-AA. 100 m.

AA-BB. 150 m.

BB-CC. 70 m.

CC-DD. 70 m.

DD-EE. 330 m.

EE-FF. 60 m.

FF-GG. 70 m.

GG-HH. 70 m.

HH-II. 70 m.

II-JJ. 120 m.

JJ-KK. 260 m.

KK-LL. 330 m.

LL-MM. 80 m.

MM-A. 130 m.

Las parcelas afectadas por la delimitación del Bien del Interés Cultural, con categoría de Zona Arqueológica, Cerro de los Infantes son:

Parcelas afectadas totalmente:

Polígono 3: 8, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 29, 30, 31, 32, 33, 34, 35, 36, 37, 38, 39, 40, 41, 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48, 50, 51, 52, 53, 57, 58, 61, 62, 65, 66, 68.

Polígono 6: 13, 14, 15, 16, 52, 53, 54, 55, 56, 57, 58, 59, 60, 61, 62, 63, 64, 65, 66, 67, 69.

Polígono 19: 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16.

El Bien de Interés cultural, con categoría de Zona Arqueológica, Cerro de los Infantes ocupa una superficie total de 2.071.000 metros cuadrados.

Delimitación del entorno

Las parcelas afectadas por la delimitación del entorno del Bien de Interés Cultural Cerro de los Infantes, de Pinos Puente (Granada) son:

Parcelas afectadas totalmente:

Polígono 3: 7, 73, 83, 84, 85, 86, 89, 90, 93, 105.

Polígono 6: 9, 10, 11, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 23, 24, 25, 27, 28, 29, 30, 31, 32, 33, 34,35, 36, 37, 38, 39, 40, 41, 42, 43, 44, 45, 46, 70.

Parcelas afectadas parcialmente:

Polígono 3: 1, 27, 74.

Polígono 6: 7

El entorno del Bien de Interés Cultural Cerro de los Infantes, de Pinos Puente, queda delimitado mediante un área poligonal, siendo sus lados los límites de la misma y teniendo como vértices las siguientes coordenadas:

1. 433.320/4.126.230.

2. 432.860/4.126.130.

3. 432.360/4.125.980.

4. 431.680/4.126.320.

5. 431.040/4.125.890.

6. 431.250/4.125.570.

7. 431.040/4.125.290.

8. 431.100/4.125.190.

9. 431.130/4.124.980.

10. 431.180/4.124.910.

11. 431.170/4.124.810.

12. 431.200/4.124.700.

13. 431.430/4.124.550.

14. 431.690/4.124.500.

15. 431.770/4.124.540.

16. 431.850/4.124.490.

17. 431.890/4.124.450.

18. 432.050/4.124.040.

19. 432.370/4.123.840.

20. 432.650/4.123.940.

21. 432.790/4.123.980.

22. 433.000/4.124.020.

23. 433.210/4.124.100.

24. 433.340/4.124.190.

25. 433.540/4.124.220.

26. 433.550/4.124.320.

27. 433.540/4.124.430.

28. 433.560/4.124.560.

29. 433.610/4.124.710.

30. 433.620/4.124.910.

31. 433.650/4.125.000.

32. 433.620/4.125.290.

33. 433.600/4.125.350.

34. 433.600/4.125.420.

35. 433.550/4.125.600.

36. 433.530/4.125.700.

37. 433.550/4.125.920.

Las longitudes de las líneas rectas que delimitan el entorno del yacimiento Cerro de los Infantes, de Pinos Puente (Granada), son las siguientes:

1-2. 480 m.

2-3. 520 m.

3-4. 760 m.

4-5. 770 m.

5-6. 390 m.

6-7. 350 m.

7-8. 120 m.

8-9. 200 m.

9-10. 100 m.

10-11. 90 m.

11-12. 110 m.

12-13. 270 m.

13-14. 263 m.

14-15. 82 m.

15-16. 90 m.

16-17. 60 m.

17-18. 440 m.

18-19. 370 m.

19-20. 300 m.

20-21. 160 m.

21-22. 210 m.

22-23. 230 m.

23-24. 150 m.

24-25. 200 m.

25-26. 100 m.

26-27. 110 m.

27-28. 130 m.

28-29. 150 m.

29-30. 200 m.

30-31. 100 m.

31-32. 290 m.

32-33. 60 m.

33-34. 120 m.

34-35. 140 m.

35-36. 90 m.

36-37. 220 m.

37-1. 400 m.

El entorno del yacimiento Cerro de los Infantes ocupa una superficie total de 2.728.000 metros cuadrados.

La cartografía base utilizada para la delimitación ha sido el Mapa Topográfico de Andalucía, escala 1:10.000. Hoja 1009.

Imagen: /datos/imagenes/disp/2003/288/22056_13811747_image1.png

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