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Documento BOE-A-2003-22907

Resolución de 25 de noviembre de 2003, de la Universidad Complutense de Madrid, por la que se nombra a don Gil Carlos Rodríguez Iglesias Catedrático de Universidad del área de conocimiento de "Derecho Internacional Público y Relaciones Internacionales".

Publicado en:
«BOE» núm. 299, de 15 de diciembre de 2003, páginas 44461 a 44461 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-2003-22907

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con la propuesta elevada por la Comisión

nombrada para juzgar el concurso para la provisión de plazas de los

Cuerpos Docentes Universitarios, convocado mediante Resolución

de esta Universidad de fecha 17 de julio de 2003 (B.O.E. de

1-09-03), y presentada por el interesado la documentación a que

hace referencia la base décima de la convocatoria,

Este Rectorado, en uso de las atribuciones conferidas por el

artículo 65 de la Ley Orgánica 6/01, de Universidades de 21 de

diciembre (B.O.E. de 24 de diciembre), y demás disposiciones

concordantes, ha resuelto nombrar a D. Gil Carlos Rodríguez

Iglesias, con D.N.I. 71588856, Catedrático de Universidad de la

Universidad Complutense de Madrid del área de conocimiento

"Derecho Internacional Público y Relaciones Internacionales", adscrito

al Departamento de Derecho Internacional Público y Derecho

Internacional Privado, código de plaza 01-239.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía

administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo

ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid

en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de

su publicación. No obstante, y sin perjuicio de que se pueda

ejercitar cualquier otro que se estime procedente, puede optarse por

interponer contra la presente Resolución recurso de reposición

ante el Rector de la UCM en el plazo de un mes, contado desde

el día siguiente al de su publicación, en cuyo caso no podrá

interponer el recurso contencioso-administrativo anteriormente

mencionado en tanto no sea resuelto expresamente o se haya

producido la desestimación presunta del recurso de reposición

interpuesto, conforme a lo previsto en los artículos 116 y 117 de la

LRJ-PAC.

Madrid, 25 de noviembre de 2003.-El Rector, Carlos Berzosa

Alonso-Martínez.

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