Visto el escrito de fecha 26 de noviembre de 2003 que dirige a este Centro Directivo D. Carlos Domingo Rodríguez Sánchez, Registrador de la Propiedad de Cieza N.º 2, en el que expone que tiene previsto trasladar la Oficina del Registro a otro local dentro de la misma localidad siendo imposible el funcionamiento normal del Registro, por lo que solicita se declaren inhábiles, a efectos registrales, los días 12, 13 y 14 de enero de 2004.
Visto el artículo 260 de la Ley Hipotecaria, el Real Decreto 1474/2000, de 4 de agosto, sobre estructura orgánica básica del Ministerio de Justicia, así como los artículos 360 y 488 del Reglamento Hipotecario.
Teniendo en cuenta que el artículo 360 del Reglamento Hipotecario exige que la modificación del horario de apertura del Libro Diario se comunique a la Dirección General y se haga público mediante edicto fijado en lugar visible de la oficina. El artículo 488 del Reglamento Hipotecario faculta a este Centro Directivo para dictar instrucciones respecto de la forma de llevar a cabo el traslado de las oficinas.
Se estima conveniente dar la mayor difusión posible a esta Resolución, mediante su publicación en el Boletín Oficial del Estado para salvaguardar la seguridad jurídica en el tráfico inmobiliario.
Esta Dirección General ha acordado:
1.º Declarar inhábiles los días 12, 13 y 14 de enero de 2004, a efectos registrales, en el Registro de la Propiedad de Cieza N.º 2.
2.º Ordenar al Sr. Registrador de la Propiedad de Cieza N.º 2 que exponga esta Resolución en el tablón de anuncios de dicho Registro desde el día de su notificación.
3.º Proceder a la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial del Estado.
Madrid, 2 de diciembre de 2003.‒La Directora general, Ana López-Monís Gallego.
Sr. Registrador de la Propiedad de Cieza N.º 2.
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