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Documento BOE-A-2003-7053

Resolución de 5 de marzo de 2003, de la Universidad de Cantabria, por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso en la Escala Administrativa, Especialidad Informática (Grupo C).

Publicado en:
«BOE» núm. 83, de 7 de abril de 2003, páginas 13393 a 13401 (9 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-2003-7053

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de lo dispuesto en los Estatutos de esta

Universidad, aprobados por Real Decreto 1246/1985, de 29 de mayo,

(B.O.E de 27 de julio) modificado por el Real Decreto 82/1993

de 22 de enero (B.O.E de 23 de marzo), con el fin de atender

las necesidades del personal de Administración y Servicios.

Este Rectorado, en uso de las competencias que le están

atribuidas en el artículo 20 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de

diciembre, de Universidades, en relación con el artículo 2.e) de

la misma norma y con el fin de atender las necesidades de Personal

de Administración y Servicios, acuerda convocar pruebas

selectivas para el ingreso en la Escala Administrativa, Especialidad

Informática, Grupo C, de esta Universidad, por el sistema general

de acceso libre, con sujeción a las siguientes:

Bases de la convocatoria

1. Normas generales

1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir cuatro plazas

de funcionario de carrera de la Escala Administrativa, Especialidad

Informática, Grupo C, de esta Universidad, por el sistema general

de acceso libre.

Tres plazas (Opción A -Microinformática-) de la Escala

Administrativa, Especialidad Informática para el Servicio de Informática

de la Universidad de Cantabria.

Una plaza (Opción B -Informática de Gestión-) de la Escala

Administrativa, Especialidad Informática, para el Servicio de

Informática de Gestión de la Universidad de Cantabria.

1.2 A las presentes pruebas selectivas les serán aplicables

la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma

de la Función Pública, en la redacción dada por la Ley 23/1988

de 28 de julio; el Real Decreto 364/1995 de 10 de marzo por

el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal

al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión

de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios

Civiles de la Administración General del Estado ("Boletín Oficial

del Estado de 10 de abril); la Ley 17/1993, de 23 de diciembre

(B.O.E. del 24) sobre el acceso a determinados sectores de la

función pública de los nacionales de los demás Estados miembros

de la Unión Europea; el Real Decreto 1246/1985, de 29 de mayo,

por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad de

Cantabria, y lo dispuesto en esta convocatoria.

1.3 El proceso selectivo constará de las fases de concurso

y oposición, con las valoraciones, pruebas y puntuaciones que

se especifican en el Anexo I de la Convocatoria.

1.4 El programa de materias que ha de regir en la fase de

oposición, para cada una de las opciones a que hace referencia

el apartado 1.1. figura en el Anexo II de esta Convocatoria.

2. Requisitos de los candidatos

2.1 Para ser admitidos a la realización de las pruebas

selectivas los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

2.1.1 Ser español o nacional de un Estado miembro de la

Unión Europea o nacional de aquellos Estados, a los que, en virtud

de Tratados Internacionales celebrados por la Comunidad Europea

y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación

de trabajadores en los términos en que ésta se halla definida en

el Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea.

También podrán participar el cónyuge, descendientes y

descendientes del cónyuge, de los españoles y de los nacionales de

otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no

estén separados de derecho, menores de veintiún años o mayores

de dicha edad que vivan a sus expensas.

Este último beneficio será igualmente de aplicación a familiares

de nacionales de otros Estados cuando así se prevea en los

Tratados Internacionales celebrados por la Comunidad Europea y

ratificados por España.

2.1.2 Tener cumplidos dieciocho años y no haber alcanzado

la edad de jubilación.

2.1.3 Estar en posesión o en condiciones de obtener el título

en la fecha de Bachiller Superior, BUP, Bachiller-LOGSE,

Formación Profesional de Segundo Grado o equivalente, o tener

aprobadas las pruebas de acceso a la Universidad para mayores de

25 años.

En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá

estarse en posesión de la credencial que acredite su homologación

en España.

2.1.4 No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación

física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las

correspondientes funciones.

2.1.5 No haber sido separado, mediante expediente

disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas

ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las correspondientes

funciones.

Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán

acreditar, igualmente, no estar sometidos a sanción disciplinaria

o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función

pública.

2.2 Todos los requisitos enumerados en la base 2.1 deberán

poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de

solicitudes y mantenerse hasta el momento de la toma de posesión

como funcionarios de carrera.

3. Solicitudes

3.1 Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas

deberán hacerlo constar en solicitud, que se ajustará al modelo

que figura como Anexo IV a esta convocatoria. También será

facilitada en el Servicio de Recursos Humanos, Pabellón de Gobierno

de la Universidad de Cantabria (Avda. de los Castros, s/n.

Santander) y en la siguiente dirección de Internet: http://www.ges

tion.unican.es/personal/SOLICITUD.doc

3.2 En la tramitación de sus solicitudes, los aspirantes

tendrán en cuenta lo siguiente:

3.2.1 Serán dirigidas al Excelentísimo Señor Rector Magnífico

de la Universidad de Cantabria. Se acompañará una fotocopia

del Documento Nacional de Identidad, pasaporte o tarjeta de

identidad que se encontrará en vigor, y se adjuntará a dicha solicitud

comprobante bancario de haber satisfecho los derechos de

examen.

3.2.2 Los aspirantes que no posean la nacionalidad española

y tengan derecho a participar deberán presentar dos fotocopias

del documento que acredite su nacionalidad y, en su caso, los

documentos que acrediten el vínculo de parentesco y el hecho

de vivir a expensas o estar a cargo del nacional de otro Estado

con el que tengan dicho vínculo. Asimismo, deberán presentar

declaración jurada o promesa de éste de que no está separado

de derecho de su cónyuge y, en su caso, del hecho de que el

aspirante vive a sus expensas o está a su cargo.

3.2.3 El plazo de presentación de solicitudes será de veinte

días naturales, contados a partir del siguiente al de publicación

de esta convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado".

Esta convocatoria será también publicada en el "Boletín Oficial

de Cantabria".

3.2.4 La presentación de solicitudes se realizará en el Registro

General de la Universidad de Cantabria, Pabellón de Gobierno,

Avda. de los Castros, s/n. 39005 Santander, bien directamente,

o a través de las restantes formas previstas en el artículo 38.4

de la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada

por Ley 4/1999, de 13 de enero.

Las solicitudes que se presenten a través de las Oficinas de

Correos deberán entregarse en sobre abierto para ser fechadas

y selladas por el funcionario de Correos antes de ser certificadas.

Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse, en

el plazo expresado, a través de las representaciones diplomáticas

o consulares españolas correspondientes, quienes las remitirán

seguidamente a esta Universidad.

3.2.5 Los derechos de examen serán de 15,03 euros y se

ingresarán en la Caja Cantabria (2066), oficina principal, (0000)

D.C. 17, número de cuenta 0200173423 de la Universidad de

Cantabria bajo el nombre: "Ingresos varios".

El ingreso se realizará bien directamente o mediante

transferencia bancaria a dicha cuenta, bajo el nombre de "Pruebas

selectivas para ingreso en la Escala Administrativa, Especialidad

Informática, de la Universidad de Cantabria".

En la solicitud deberá figurar el sello de Caja Cantabria, o

ir acompañada del resguardo acreditativo de la transferencia, y

cuya falta determinará la exclusión del aspirante. En ningún caso

la mera presentación para el pago supondrá sustitución del trámite

de presentación, en tiempo y forma, del ejemplar para el órgano

convocante, hoja número 1, expresado en la base 3.2.4.

3.3 Todas aquellas solicitudes que no sean presentadas

siguiendo el procedimiento señalado en la base 3.2.4 se

considerarán entregadas en la fecha en que tengan entrada en el

Registro General de la Universidad de Cantabria.

3.4 El aspirante deberá observar las siguientes instrucciones

en la cumplimentación de su solicitud:

3.4.1 En el recuadro de la solicitud destinado a "Cuerpo o

Escala" los aspirantes harán constar " Administrativa, Especialidad

Informática, y en el destinado para "Forma de acceso" se

consignará la letra "L".

3.4.2 En el recuadro destinado a "Provincia de examen" se

señalará "Cantabria".

3.4.3 Los aspirantes que padezcan alguna discapacidad

podrán indicarlo en el recuadro número 6 de la solicitud y solicitar,

en su caso, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para

la realización de los ejercicios en los que esta adaptación sea

necesaria, expresándolo en el recuadro número 7.

3.5 Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán

subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del

interesado.

3.6 Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan

hecho constar en sus solicitudes, pudiendo únicamente demandar

su modificación mediante escrito motivado, dentro del plazo

establecido en la base 3.2.3 para la presentación de solicitudes.

Transcurrido dicho plazo no se admitirá ninguna petición de esta

naturaleza, salvo causa excepcional sobrevenida, justificada y

discrecionalmente apreciada por el Tribunal.

4. Admisión de aspirantes

4.1 Expirado el plazo de presentación de solicitudes, el Rector

de la Universidad de Cantabria dictará Resolución en el plazo

máximo de un mes que se publicará en el "Boletín Oficial de

Cantabria" y en la que, además de declarar aprobadas las listas

provisionales de admitidos y excluidos, se recogerá el lugar y la fecha

de comienzo de los ejercicios, así como la relación de los aspirantes

excluidos, con indicación de las causas de exclusión. En la lista

deberán constar, en todo caso, los apellidos, nombre y número

del documento nacional de identidad.

4.2 Los aspirantes excluidos o que no figuren en la relación

de admitidos dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados

a partir del siguiente al de la publicación de la resolución para

poder subsanar el defecto que haya motivado la exclusión, caso

de que aquél sea subsanable.

Los aspirantes definitivamente excluidos podrán interponer

recurso contencioso-administrativo, previa comunicación a este

Rectorado, con los plazos y requisitos establecidos en la Ley de

Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común y Ley Reguladora de la

Jurisdicción Contencioso-Administrativo.

4.3 Los derechos de examen serán reintegrados, de oficio,

a los aspirantes que hayan sido excluidos definitivamente de la

realización de las pruebas selectivas.

5. Tribunales

5.1 El Tribunal calificador de estas pruebas es el que figura

como anexo III a esta convocatoria.

5.2 Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de

intervenir, notificándolo al Rectorado de esta Universidad, cuando

concurran en ellos las circunstancias de las previstas en el artículo

28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico

de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común o si hubiesen realizado tareas de preparación de

aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la

publicación de esta convocatoria.

El Presidente podrá solicitar de los miembros del Tribunal

declaración expresa de no hallarse incursos en las circunstancias

previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del

Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en la

presente base.

5.3 Con anterioridad a la iniciación de las pruebas selectivas,

el Rectorado dictará resolución por la que se nombra a los nuevos

miembros del Tribunal que han de sustituir a los que hayan perdido

su condición por alguna de las causas previstas en la base 5.2.

5.4 Previa convocatoria del Presidente, se constituirá el

Tribunal con asistencia, del Presidente y Secretario y la de la mitad,

al menos, de sus miembros titulares o suplentes.

En dicha sesión, el Tribunal acordará todas las decisiones que

le correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas

selectivas.

5.5 A partir de su constitución, el Tribunal para actuar

válidamente requerirá la presencia de la mayoría de sus miembros,

titulares o suplentes.

5.6 Dentro de la fase de oposición, el Tribunal resolverá las

dudas que pudieran surgir en la aplicación de estas normas, así

como lo que deba hacerse en los casos no previstos.

El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo

momento a lo dispuesto en la Ley de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo

Común.

5.7 El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos

de asesores especialistas para las pruebas correspondientes de

los ejercicios que estimen pertinentes, limitándose dichos asesores

a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas. La

designación de tales asesores deberá comunicarse al Rectorado de la

Universidad.

5.8 El Tribunal calificador adoptará las medidas precisas en

aquellos casos en que resulte necesario, de forma que los

aspirantes con discapacidad gocen de similares condiciones para la

realización de los ejercicios que el resto de los participantes. En

este sentido, se establecerán, para las personas con discapacidad

que lo soliciten en la forma prevista en la base 3.4.3, las

adaptaciones posibles en tiempo y medios para su realización.

5.9 El Presidente del Tribunal adoptará las medidas

oportunas para garantizar que los ejercicios de la fase de oposición

que sean escritos y no deban ser leídos ante el Tribunal, sean

corregidos sin que se conozca la identidad de los aspirantes,

utilizando para ello los impresos aprobados por la Orden del

Ministerio de la Presidencia de 18 de febrero de 1985 ("B.O.E."

del 22), o cualquier otro equivalente, previa aprobación por la

Secretaría de Estado para la Administración Pública.

5.10 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el

Tribunal tendrá su sede en la Universidad de Cantabria, Pabellón

de Gobierno, Avda. de los Castros, s/n, 39005 Santander,

Teléfono 942 20 10 75.

El Tribunal dispondrá en esta sede, al menos una persona,

miembro o no del Tribunal, que atienda cuantas cuestiones sean

planteadas en relación con estas pruebas selectivas.

5.11 El Tribunal tendrá la categoría segunda de las recogidas

en el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo sobre

indemnizaciones por razón del servicio ("Boletín Oficial del Estado" del

30).

5.12 En ningún caso, el Tribunal podrá aprobar ni declarar

que han superado las pruebas selectivas un número superior de

aspirantes que el de plazas convocadas. Cualquier propuesta de

aprobados que contravenga lo establecido será nula de pleno

derecho.

6. Desarrollo de los ejercicios

6.1 El orden de actuación de los opositores se iniciará

alfabéticamente por aquellos cuyo primer apellido comience por la

letra "S", de conformidad con lo previsto en la Resolución de la

Secretaría de Estado para la Administración Pública de 18 de

Marzo de 2002 ("Boletín Oficial del Estado" del día 2 de abril),

por la que se publica el resultado del sorteo celebrado el día 8

de marzo de 2002.

6.2 En cualquier momento, los aspirantes podrán ser

requeridos por los miembros del Tribunal con la finalidad de acreditar

su identidad.

6.3 Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en

único llamamiento, siendo excluidos de la oposición quienes no

comparezcan, salvo en los casos de fuerza mayor debidamente

justificados y discrecionalmente apreciados por el Tribunal, para

los que podrá realizarse una convocatoria extraordinaria.

6.4 El Rectorado, mediante la resolución indicada en la base

4.1 que se publicará en el "Boletín Oficial de Cantabria", fijará

la fecha, lugar y hora de celebración del primer ejercicio.

6.5 La publicación de los sucesivos anuncios de celebración

del segundo y restantes ejercicios se efectuará por el Tribunal

en los locales donde se haya celebrado el primero, así como en

la sede de los Tribunales señalada en la base 5.10 y por

cualesquiera otros medios si se juzga conveniente para facilitar su

máxima divulgación con veinticuatro horas, al menos, de

antelación a la señalada para la iniciación de los mismos. Cuando

se trate del mismo ejercicio, el anuncio será publicado en los

locales donde se haya celebrado, en la citada sede de los

Tribunales, y por cualquier otro medio si se juzga conveniente, con

doce horas, al menos, de antelación.

6.6 En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal

tuviere conocimiento de que alguno de los aspirantes no posee

la totalidad de los requisitos exigidos por la presente convocatoria,

previa audiencia del interesado, deberá proponer su exclusión al

Rector de la Universidad, comunicándole, asimismo, las

inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante en la solicitud

de admisión a las pruebas selectivas, a los efectos procedentes.

7. Lista de aprobados

7.1 Concluido cada uno de los ejercicios de la fase de

oposición, el Tribunal publicará en el lugar de su celebración, las

relaciones de aspirantes que hayan superado cada uno de ellos,

con indicación de la puntuación obtenida.

7.2 Finalizado el último ejercicio, el Tribunal hará pública

en el lugar en que aquél se haya celebrado, la relación definitiva

de aspirantes que han superado el proceso selectivo, en la que

constarán las calificaciones de cada uno de los ejercicios, la

puntuación de la fase de concurso y la suma total.

7.3 El Presidente del Tribunal enviará copia certificada de

la lista de aprobados al Rector, especificando igualmente el

número de aprobados en cada uno de los ejercicios.

7.4 El Tribunal no podrá aprobar ni declarar que han

superado las pruebas selectivas un número de aspirantes superior al

de plazas convocadas.

8. Presentación de documentos y nombramiento de funcionarios

8.1 En el plazo de veinte días naturales, a contar desde el

siguiente a aquel en que se hicieron públicas las listas de

aprobados en el lugar o lugares de examen, los opositores aprobados

deberán presentar en el Registro General de la Universidad de

Cantabria los siguientes documentos:

a) Fotocopia compulsada del título exigido en la base 2.1.3

o certificación académica que acredite haber realizado todos los

estudios para la obtención del mismo.

b) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado

mediante expediente disciplinario de ninguna Administración

Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones

públicas, según el modelo que figura en el Anexo V a esta

convocatoria.

Los aspirantes que no posean la nacionalidad española deberán

presentar declaración jurada o promesa de no estar sometido a

sanción disciplinaria o condena penal que impida en su Estado

el acceso a la función pública, según el modelo que figura como

Anexo VI a esta convocatoria.

c) Certificado médico acreditativo de no padecer enfermedad

ni defecto físico que imposibiliten para el servicio; este certificado

deberá ser expedido por el facultativo de medicina general de

la Seguridad Social que corresponda al interesado, y en caso de

que éste no esté acogido a ningún régimen de la Seguridad Social,

se expedirá por el Colegio Médico.

d) Los aspirantes que hayan hecho valer su condición de

minusvalías deberán presentar certificación de los órganos

competentes del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social que acredite

tal condición, e igualmente deberán presentar certificado de los

citados órganos o de la Administración Sanitaria acreditativo de

la compatibilidad con el desempeño de las tareas y funciones que

correspondan.

8.2 Quienes dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza

mayor, no presentaren la documentación, o del examen de la

misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados

en la base 2 no podrán ser nombrados funcionarios de carrera

y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la

responsabilidad en que hubieren incurrido por falsedad en la solicitud

inicial.

8.3 Por resolución de la autoridad convocante, y a propuesta

del Tribunal Calificador, se procederá al nombramiento de

funcionarios de carrera, mediante Resolución que se publicará en

el "Boletín Oficial de Cantabria".

8.4 La toma de posesión de los aspirantes que hubieran

superado el proceso selectivo se efectuará en el plazo de un mes,

contado desde el día siguiente al de la publicación de su nombramiento

como funcionario de carrera en el "Boletín Oficial de Cantabria".

8.5 Una vez concluido el proceso selectivo se podrá

confeccionar una lista para su posible nombramiento como funcionarios

interinos, ordenada conforme a dicho proceso, en la que figuren

los aspirantes aprobados y que no hubieran obtenido plaza. Esta

lista se añadirá a la aprobada por la Universidad y representantes

de las Secciones Sindicales con fecha 26 de septiembre de 2001.

9. Norma final

9.1 Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía

administrativa, podrá interponerse, potestativamente y ante este

Rectorado, recurso de reposición en el plazo de un mes, contado

a partir del día siguiente a su publicación, o bien podrá ser

impugnada directamente ante el juzgado de lo

Contencioso-Administrativo de Santander mediante recurso contencioso-administrativo,

en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a la

publicación.

Santander, 5 de marzo de 2003.-El Rector en funciones,

Federico Gutiérrez-Solana Salcedo.

ANEXO I

Ejercicios, méritos y valoración

1. Proceso selectivo

El proceso de selección de los aspirantes constará de las fases

de concurso y de oposición, indicadas en la Base 1.3 de la

convocatoria.

Fase de concurso:

En la fase de concurso se valorarán los estudios académicos

realizados y los servicios efectivos prestados en la Universidad

de Cantabria, como personal funcionario o laboral, méritos todos

ellos referidos a la fecha de finalización del plazo de presentación

de solicitudes.

Fase de oposición:

La fase de oposición estará formada por los ejercicios que a

continuación se indican, siendo todos eliminatorios.

1.1 Primer ejercicio.-Eliminatorio:

En el tiempo que determine el Tribunal, los aspirantes deberán

contestar a un cuestionario que contendrá preguntas con

respuestas múltiples, siendo solo una de ellas la correcta y preguntas

de respuesta breve, sobre los temas comunes recogido en el Anexo

II de esta Convocatoria.

Las respuestas contestadas incorrectamente de las preguntas

de respuesta múltiple se valorarán negativamente.

1.2 Segundo ejercicio.-Eliminatorio:

En el tiempo que determine el Tribunal, los aspirantes deberán

traducir un texto técnico en inglés y resolver por escrito una serie

de cuestiones relacionadas con el texto a traducir.

1.3 Tercer Ejercicio.-Eliminatorio:

En el tiempo que determine el Tribunal, los aspirantes deberán

resolver cuestiones y supuestos prácticos (por escrito),

directamente relacionados con los temas que figuran en una de las dos

opciones: Opción A -Microinformática-; Opción B -Informática

de Gestión-, recogidos en el Anexo II de la Convocatoria.

Los Opositores deberán optar por una sola de las dos opciones.

2. Valoración de los méritos

2.1 Para la valoración de los méritos correspondientes a los

servicios prestados, no será preciso que el interesado presente

certificación referida a méritos que consten en su expediente

personal, que se expedirá de oficio por la Sección de Personal de

Administración y Servicios. En el caso de la titulación, deberá

aportarse documentación acreditativa suficiente, salvo que conste

ya también en los citados archivos.

2.2 Estudios académicos:

Se valorará la titulación o estudios académicos realizados,

siempre que sean superiores a los exigidos para participar en estas

pruebas, de acuerdo con la siguiente escala:

Diplomado Universitario o equivalente: 0,3 puntos.

Licenciado Universitario o equivalente: 0,4 puntos.

Sólo se valorará una titulación, la de mayor nivel académico

y en caso de poseer dos titulaciones del mismo nivel académico,

sólo se valorará una de ellas.

Se entienden incluidas las titulaciones legalmente equivalentes

a las anteriores. Asimismo, los tres años de licenciatura, primer

o único ciclo completo se entiende como equivalente, a estos

efectos, a Diplomado Universitario.

2.3 Servicios prestados:

Se valorarán los servicios efectivos prestados en la Universidad

de Cantabria, como personal funcionario o laboral, a razón de

0,3 puntos por año completo, con un máximo de 2,1 puntos.

Las fracciones superiores a 9 meses se valorarán como año

completo.

2.4 No se exigirá una puntuación mínima para superar esta

fase.

3. Calificación de los ejercicios

3.1 Primer ejercicio:

Se calificará de cero a 3 puntos. Será necesario para superar

este ejercicio obtener, como mínimo, 1,5 puntos.

El Tribunal queda facultado para la determinación del nivel

exigido para la obtención de dichas calificaciones.

Las contestaciones incorrectas de las preguntas de respuesta

múltiple se valorarán negativamente.

3.2 Segundo ejercicio:

Se calificará de cero a 2 puntos. Será necesario para superar

este ejercicio obtener, como mínimo, 1 punto.

El Tribunal queda facultado para la determinación del nivel

exigido para la obtención de dichas calificaciones.

3.3. Tercer ejercicio:

Se calificará de cero a 5 puntos. Será necesario para superar

este ejercicio obtener, como mínimo, 2,5 puntos.

El Tribunal queda facultado para la determinación del nivel

exigido para la obtención de dichas calificaciones.

4. Calificación final de las pruebas selectivas

4.1 La calificación de la fase de oposición vendrá determinada

por la suma de la puntuación obtenida en los ejercicios

eliminatorios.

4.2 La calificación final de las pruebas selectivas vendrá dada

por la suma de la puntuación obtenida en la fase de concurso

y la de los ejercicios eliminatorios de la fase de oposición.

Sólo se sumará la puntuación obtenida en la fase de concurso

a aquellos aspirantes que hayan superado los ejercicios

eliminatorios de la fase de oposición. La puntuación en concurso no podrá

ser aplicada para superar los ejercicios de la fase de oposición.

4.3 El Tribunal, una vez sumadas las puntuaciones citadas

en el número anterior, hará pública la relación definitiva de

aspirantes que han superado las pruebas selectivas, que no podrá

incluir un número superior de aprobados que el de plazas

convocadas.

4.4 En caso de empate en la puntuación total, éste se

resolverá atendiendo a la mayor puntuación obtenida en el tercer

ejercicio. En segundo lugar, se atenderá a la mayor puntuación

obtenida en el primero. En tercer lugar, se atenderá a la mayor

puntuación obtenida en el segundo. Si persistiese el empate, éste

se dirimirá por sorteo.

Anexo II

Programa

Temas comunes para las dos opciones

1. Sistemas informáticos: arquitectura, conceptos y

componentes.

2. Ordenadores personales. Componentes y periféricos.

3. Sistemas operativos personales: Windows 98, 2000, XP.

Conceptos generales, uso y configuración.

4. Redes de trabajo en grupo Windows.

5. Red Internet: Origen y evolución. Servicios básicos de

Internet: Web, correo, telnet, FTP, mensajería instantánea...: uso y

configuración de los clientes más habituales.

6. Aplicaciones ofimáticas: Microsoft Office (Word, Excel,

Access, PowerPoint). Instalación, uso básico y avanzado. Uso

general de aplicaciones típicas de escritorio en la universidad.

7. Diseño de páginas Web: lenguajes, tecnologías y

herramientas. HTML, Javascript.

8. Redes de comunicaciones: tipos y características. Modelo

OSI. Redes de área local. TCP/IP.

9. Diseño de algoritmos. Técnicas descriptivas.

10. Metodologías de análisis y desarrollo de aplicaciones.

Características distintivas de las principales metodologías de

desarrollo.

11. Programación estructurada. Programación modular.

Programación orientada a objetos. Características fundamentales.

12. Lenguajes de programación. Tipos y características.

13. Utilidades para el desarrollo y prueba de programa.

Compiladores, intérpretes y depuradores.

14. Bases de datos. Principales gestores de Bases de datos.

Modelos de representación de Bases de datos.

15. La Constitución Española de 1978, antecedentes,

principios generales y contenido. Derechos y Deberes Fundamentales.

El Tribunal Constitucional.

16. El personal al servicio de las Administraciones Públicas.

Bases y régimen jurídico. Derechos y deberes de los funcionarios.

Provisión de puestos de trabajo de los funcionarios públicos.

Baremo de méritos aplicable a la provisión de puestos de trabajo en

la Universidad de Cantabria. Promoción profesional: Grado

personal. Promoción. Ascenso profesional a través de Subgrupo.

17. Las situaciones administrativas de los funcionarios:

Supuestos y efectos de cada una de ellas.

18. El Presupuesto de la Universidad de Cantabria:

Definición. Elaboración y Estructura. Modificaciones Presupuestarias.

Clases y órganos competentes para su aprobación. Control

interno. La Contratación Administrativa.

19. Ley Orgánica de Universidades.

20. La Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen

Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común. Modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

(Ámbito de aplicación y principios generales. Órganos colegiados;

Los interesados. La actividad de las Administraciones Públicas;

El procedimiento administrativo; Los recursos administrativos; La

responsabilidad de las Administraciones Públicas y de sus

autoridades y demás personal a su servicio).

Temas Específicos para los opositores que elijan la Opción A

-Microinformática

1. Tipos, características, funciones y configuración de

elementos hardware de PC: Procesadores, Tarjetas, dispositivos de

entrada/salida, dispositivos de almacenamiento, Periféricos más

habituales (monitores, impresoras, almacenamiento fijo y removible...).

2. Sistemas operativos Windows (95/98, NT, 2000, XP):

Características y diferencias básicas de su funcionamiento. Usos

más habituales. Instalaciones, discos y particiones. Administración

de servicios y recursos. Gestión de usuarios, permisos de acceso,

seguridad. Redes de trabajo en grupo Microsoft.

3. Sistema operativo Windows 2000 Server. Instalación,

gestión de usuarios, servicios y recursos compartidos.

4. Sistema operativo Linux: Administración de usuarios,

grupos y passwords. Administración de ficheros, atributos y permisos.

Administración de file systems. Arranque y parada del sistema.

5. Diagnóstico y resolución de problemas en entornos de

informática personal tipo PC. Herramientas y procedimientos para

recuperación de máquinas Windows e información en caso de

"desastre". Gestión de discos, particiones, arranque de equipos.

6. Redes y comunicaciones. Tipos de redes. Topologías.

Elementos de interconexión. Protocolos de red: TCP/IP.

Características, configuración e interconexión de sistemas. Conceptos de

redes LAN y WAN. Conceptos de cableado estructurado.

7. Sistemas y aplicaciones multimedia: audio, vídeo,

aplicaciones de edición gráfica, Videoconferencia, streaming. Formatos

de almacenamiento y sus características.

8. Salas de informática: Herramientas de gestión. Clonación

de equipos, instalación remota. Control de uso de equipos, control

de acceso a contenidos. Control de virus.

9. Seguridad en ordenadores personales Windows: riesgos,

configuración, protección del escritorio y ficheros.

10. Seguridad en comunicaciones y redes de ordenadores:

Tipos de riesgos. Tecnologías: Hardware, Software, otras. Políticas

de seguridad. Cortafuegos: definición, tipos y clasificación.

Tecnologías de encriptación: Definición, tipos e implementaciones.

Ipsec. Túneles. VPNs.

11. La atención al Usuario. Mecanismos para optimizar y

organizar el trabajo: Funcionamiento de un "Help Desk".

Temas Específicos para los opositores que elijan la Opción B

-Informática de

Gestión

1. Lenguaje RDSQL (INSERT, UPDATE, DELETE, SELECT).

2. Informix-on line. Creación de bases de datos y tablas. Tipos

de datos.

3. Lenguaje de Programación i-4GL. Sentencias de definición

de programas y funciones. Sentencias de control de flujo.

Sentencias de manejo de pantalla.

4. Creación de formatos en i-4GL. Secciones. Sentencias

asociadas a un formato.

5. Manejo de datos en i-4GL. Definición de variables.

Sentencias de Asignación. Sentencias de control de flujo. Sentencias

de manejo de pantalla. Sentencias de manejo de errores.

Sentencias de manipulación de datos.

6. Utilización de arrays en i-4gl.

7. Creación de informes. Sentencias para informes. Sección

OUTPUT. Funciones y expresiones para usar en informes.

8. Fundamentos de Visual Basic. Ventanas, eventos y

mensajes. Programación orientada a objetos en VB. Uso del entorno

de programación.

9. Desarrollo de aplicaciones Visual Basic. Tipos de ventanas.

Formularios. Menús. Cuadros de diálogo. Controles básicos.

Manejo de eventos. Depuración y tratamiento de errores.

10. Documentos XML. Generación automática de

documentos XML desde Bases de datos. Transformación de XML con XSL.

XML embebido en HTML.

11. Programación con ASP. Métodos de entrada/salida.

Variables, operadores y sentencias del lenguaje. Procedimientos

y funciones. Conexión con Bases de datos.

12. Concepto de Base de Datos: Tipos de B. D. Bases de

datos con objetivos específicos: Data Warehouse, OLAP, Data

Mart, Data Mining. Herramientas de transformación de datos

(DTS).

13. La Investigación en la Universidad de Cantabria.

14. Normativa de Gestión Académica de los estudios de

Primer y Segundo Ciclo de la Universidad de Cantabria:

Preinscripción y admisión. Matrícula. Simultaneidad de estudios.

Adaptaciones. Asignaturas optativas y Créditos de libre elección. Actas,

certificados y calificaciones. Intercambios universitarios. Alumnos

visitantes.

12. Directrices generales comunes de los Planes de Estudio

de los Títulos de carácter oficial y validez en todo el territorio

nacional. Modificado y actualizado conforme R.D. 1267/1994,

de 10 de junio; R.D. 2347/1996, de 8 de noviembre; R.D.

614/1997, de 26 de abril, y R.D. 779/1998, de 30 de abril.

15. Normativa de los Estudios de Doctorado de la Universidad

de Cantabria. Normativa de actividades académicas de postgrado

de la Universidad de Cantabria.

ANEXO III

Tribunal calificador

Miembros titulares:

Presidente: D. Salvador Blanco García, Gerente de la

Universidad de Cantabria.

Vocales:

D. Luis Fernando Romero Laguillo, Director del Servicio de

Informática.

D. Alberto Romón Salinas, Funcionario de la Escala

Administrativa, Especialidad Informática.

D. (Pendiente de designar por la Junta de Personal Funcionario

de la Universidad).

Secretaria: D.a Carmen Sopeña Pérez, Jefe de la Sección de

Personal de Administración y Servicios.

Miembros suplentes:

Presidente: D. Enrique Alonso Díaz, Vicegerente de la

Universidad de Cantabria.

Vocales:

D. Ángel Carral Sainz, Jefe del Servicio de RR.HH.

D.a Irene Gutiérrez Ruesga. Funcionario de la Escala Técnica,

Especialidad Informática de la UC.

D. (Pendiente de designar por la Junta de Personal Funcionario

de la Universidad).

Secretaria: D.a Concepción Merino Antón, Jefe del Negociado

de Personal Funcionario.

INSTRUCCIONES PARA CUMPLIMENTAR EL IMPRESO

Instrucciones generales:

Rellene la hoja de solicitud, utilizando mayúsculas de tipo imprenta.

NO OLVIDE FIRMAR EL IMPRESO

Instrucciones particulares:

1. Cuerpo. Consigne el texto y, en su caso, el código del Cuerpo o Escala que figura en la correspondiente convocatoria y especialidad.

2. Forma de acceso: Consigne la letra mayúscula tomando la que corresponda con arreglo a la siguiente clave:

Letra Forma de acceso

L Libre

P Promoción interna

3. Minusvalía: Marcar con X.

Debe imprimir dos copias del mismo impreso, uno para el Organismo y el otro para el interesado.

La presente solicitud deberá entregarse en tiempo y forma en el lugar señalado en la convocatoria, junto con el comprobante bancario

de haber satisfecho los derechos de examen y copia del D.N.I.

ANEXO V

Don/doña ................................................................., con

domicilio en .........................................................................,

y con documento nacional de identidad número ........................,

declara bajo juramento o promete, a efectos de ser nombrado/a

funcionario/a de la Escala .......................................................

de la Universidad de Cantabria, que no ha sido separado/a del

servicio de ninguna de las Administraciones Públicas, ni se halla

inhabilitado/a para el ejercicio de funciones públicas.

En Santander, a ..... de ....................... de ........

ANEXO VI

Don/doña ................................................................., con

domicilio en .........................................................................,

y con documento de identidad número .....................................,

declara bajo juramento o promete, a efectos de ser nombrado/a

funcionario/a de la Escala .......................................................

de la Universidad de Cantabria, que no ha sido sometido/a a

sanción disciplinaria o condena penal que impide en su Estado el

acceso a la función pública.

En Santander, a ..... de ....................... de ........

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