En cumplimiento de lo dispuesto en los Estatutos de esta
Universidad, aprobados por Real Decreto 1246/1985, de 29 de mayo,
(B.O.E de 27 de julio) modificado por el Real Decreto 82/1993
de 22 de enero (B.O.E de 23 de marzo), con el fin de atender
las necesidades del personal de Administración y Servicios.
Este Rectorado, en uso de las competencias que le están
atribuidas en el artículo 20 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de
diciembre, de Universidades, en relación con el artículo 2.e) de
la misma norma y con el fin de atender las necesidades de Personal
de Administración y Servicios, acuerda convocar pruebas
selectivas para el ingreso en la Escala Administrativa, Especialidad
Informática, Grupo C, de esta Universidad, por el sistema general
de acceso libre, con sujeción a las siguientes:
Bases de la convocatoria
1. Normas generales
1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir cuatro plazas
de funcionario de carrera de la Escala Administrativa, Especialidad
Informática, Grupo C, de esta Universidad, por el sistema general
de acceso libre.
Tres plazas (Opción A -Microinformática-) de la Escala
Administrativa, Especialidad Informática para el Servicio de Informática
de la Universidad de Cantabria.
Una plaza (Opción B -Informática de Gestión-) de la Escala
Administrativa, Especialidad Informática, para el Servicio de
Informática de Gestión de la Universidad de Cantabria.
1.2 A las presentes pruebas selectivas les serán aplicables
la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma
de la Función Pública, en la redacción dada por la Ley 23/1988
de 28 de julio; el Real Decreto 364/1995 de 10 de marzo por
el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal
al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión
de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios
Civiles de la Administración General del Estado ("Boletín Oficial
del Estado de 10 de abril); la Ley 17/1993, de 23 de diciembre
(B.O.E. del 24) sobre el acceso a determinados sectores de la
función pública de los nacionales de los demás Estados miembros
de la Unión Europea; el Real Decreto 1246/1985, de 29 de mayo,
por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad de
Cantabria, y lo dispuesto en esta convocatoria.
1.3 El proceso selectivo constará de las fases de concurso
y oposición, con las valoraciones, pruebas y puntuaciones que
se especifican en el Anexo I de la Convocatoria.
1.4 El programa de materias que ha de regir en la fase de
oposición, para cada una de las opciones a que hace referencia
el apartado 1.1. figura en el Anexo II de esta Convocatoria.
2. Requisitos de los candidatos
2.1 Para ser admitidos a la realización de las pruebas
selectivas los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
2.1.1 Ser español o nacional de un Estado miembro de la
Unión Europea o nacional de aquellos Estados, a los que, en virtud
de Tratados Internacionales celebrados por la Comunidad Europea
y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación
de trabajadores en los términos en que ésta se halla definida en
el Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea.
También podrán participar el cónyuge, descendientes y
descendientes del cónyuge, de los españoles y de los nacionales de
otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no
estén separados de derecho, menores de veintiún años o mayores
de dicha edad que vivan a sus expensas.
Este último beneficio será igualmente de aplicación a familiares
de nacionales de otros Estados cuando así se prevea en los
Tratados Internacionales celebrados por la Comunidad Europea y
ratificados por España.
2.1.2 Tener cumplidos dieciocho años y no haber alcanzado
la edad de jubilación.
2.1.3 Estar en posesión o en condiciones de obtener el título
en la fecha de Bachiller Superior, BUP, Bachiller-LOGSE,
Formación Profesional de Segundo Grado o equivalente, o tener
aprobadas las pruebas de acceso a la Universidad para mayores de
25 años.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá
estarse en posesión de la credencial que acredite su homologación
en España.
2.1.4 No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación
física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las
correspondientes funciones.
2.1.5 No haber sido separado, mediante expediente
disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas
ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las correspondientes
funciones.
Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán
acreditar, igualmente, no estar sometidos a sanción disciplinaria
o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función
pública.
2.2 Todos los requisitos enumerados en la base 2.1 deberán
poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de
solicitudes y mantenerse hasta el momento de la toma de posesión
como funcionarios de carrera.
3. Solicitudes
3.1 Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas
deberán hacerlo constar en solicitud, que se ajustará al modelo
que figura como Anexo IV a esta convocatoria. También será
facilitada en el Servicio de Recursos Humanos, Pabellón de Gobierno
de la Universidad de Cantabria (Avda. de los Castros, s/n.
Santander) y en la siguiente dirección de Internet: http://www.ges
tion.unican.es/personal/SOLICITUD.doc
3.2 En la tramitación de sus solicitudes, los aspirantes
tendrán en cuenta lo siguiente:
3.2.1 Serán dirigidas al Excelentísimo Señor Rector Magnífico
de la Universidad de Cantabria. Se acompañará una fotocopia
del Documento Nacional de Identidad, pasaporte o tarjeta de
identidad que se encontrará en vigor, y se adjuntará a dicha solicitud
comprobante bancario de haber satisfecho los derechos de
examen.
3.2.2 Los aspirantes que no posean la nacionalidad española
y tengan derecho a participar deberán presentar dos fotocopias
del documento que acredite su nacionalidad y, en su caso, los
documentos que acrediten el vínculo de parentesco y el hecho
de vivir a expensas o estar a cargo del nacional de otro Estado
con el que tengan dicho vínculo. Asimismo, deberán presentar
declaración jurada o promesa de éste de que no está separado
de derecho de su cónyuge y, en su caso, del hecho de que el
aspirante vive a sus expensas o está a su cargo.
3.2.3 El plazo de presentación de solicitudes será de veinte
días naturales, contados a partir del siguiente al de publicación
de esta convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado".
Esta convocatoria será también publicada en el "Boletín Oficial
de Cantabria".
3.2.4 La presentación de solicitudes se realizará en el Registro
General de la Universidad de Cantabria, Pabellón de Gobierno,
Avda. de los Castros, s/n. 39005 Santander, bien directamente,
o a través de las restantes formas previstas en el artículo 38.4
de la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada
por Ley 4/1999, de 13 de enero.
Las solicitudes que se presenten a través de las Oficinas de
Correos deberán entregarse en sobre abierto para ser fechadas
y selladas por el funcionario de Correos antes de ser certificadas.
Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse, en
el plazo expresado, a través de las representaciones diplomáticas
o consulares españolas correspondientes, quienes las remitirán
seguidamente a esta Universidad.
3.2.5 Los derechos de examen serán de 15,03 euros y se
ingresarán en la Caja Cantabria (2066), oficina principal, (0000)
D.C. 17, número de cuenta 0200173423 de la Universidad de
Cantabria bajo el nombre: "Ingresos varios".
El ingreso se realizará bien directamente o mediante
transferencia bancaria a dicha cuenta, bajo el nombre de "Pruebas
selectivas para ingreso en la Escala Administrativa, Especialidad
Informática, de la Universidad de Cantabria".
En la solicitud deberá figurar el sello de Caja Cantabria, o
ir acompañada del resguardo acreditativo de la transferencia, y
cuya falta determinará la exclusión del aspirante. En ningún caso
la mera presentación para el pago supondrá sustitución del trámite
de presentación, en tiempo y forma, del ejemplar para el órgano
convocante, hoja número 1, expresado en la base 3.2.4.
3.3 Todas aquellas solicitudes que no sean presentadas
siguiendo el procedimiento señalado en la base 3.2.4 se
considerarán entregadas en la fecha en que tengan entrada en el
Registro General de la Universidad de Cantabria.
3.4 El aspirante deberá observar las siguientes instrucciones
en la cumplimentación de su solicitud:
3.4.1 En el recuadro de la solicitud destinado a "Cuerpo o
Escala" los aspirantes harán constar " Administrativa, Especialidad
Informática, y en el destinado para "Forma de acceso" se
consignará la letra "L".
3.4.2 En el recuadro destinado a "Provincia de examen" se
señalará "Cantabria".
3.4.3 Los aspirantes que padezcan alguna discapacidad
podrán indicarlo en el recuadro número 6 de la solicitud y solicitar,
en su caso, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para
la realización de los ejercicios en los que esta adaptación sea
necesaria, expresándolo en el recuadro número 7.
3.5 Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán
subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del
interesado.
3.6 Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan
hecho constar en sus solicitudes, pudiendo únicamente demandar
su modificación mediante escrito motivado, dentro del plazo
establecido en la base 3.2.3 para la presentación de solicitudes.
Transcurrido dicho plazo no se admitirá ninguna petición de esta
naturaleza, salvo causa excepcional sobrevenida, justificada y
discrecionalmente apreciada por el Tribunal.
4. Admisión de aspirantes
4.1 Expirado el plazo de presentación de solicitudes, el Rector
de la Universidad de Cantabria dictará Resolución en el plazo
máximo de un mes que se publicará en el "Boletín Oficial de
Cantabria" y en la que, además de declarar aprobadas las listas
provisionales de admitidos y excluidos, se recogerá el lugar y la fecha
de comienzo de los ejercicios, así como la relación de los aspirantes
excluidos, con indicación de las causas de exclusión. En la lista
deberán constar, en todo caso, los apellidos, nombre y número
del documento nacional de identidad.
4.2 Los aspirantes excluidos o que no figuren en la relación
de admitidos dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados
a partir del siguiente al de la publicación de la resolución para
poder subsanar el defecto que haya motivado la exclusión, caso
de que aquél sea subsanable.
Los aspirantes definitivamente excluidos podrán interponer
recurso contencioso-administrativo, previa comunicación a este
Rectorado, con los plazos y requisitos establecidos en la Ley de
Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común y Ley Reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-Administrativo.
4.3 Los derechos de examen serán reintegrados, de oficio,
a los aspirantes que hayan sido excluidos definitivamente de la
realización de las pruebas selectivas.
5. Tribunales
5.1 El Tribunal calificador de estas pruebas es el que figura
como anexo III a esta convocatoria.
5.2 Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de
intervenir, notificándolo al Rectorado de esta Universidad, cuando
concurran en ellos las circunstancias de las previstas en el artículo
28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común o si hubiesen realizado tareas de preparación de
aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la
publicación de esta convocatoria.
El Presidente podrá solicitar de los miembros del Tribunal
declaración expresa de no hallarse incursos en las circunstancias
previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del
Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en la
presente base.
5.3 Con anterioridad a la iniciación de las pruebas selectivas,
el Rectorado dictará resolución por la que se nombra a los nuevos
miembros del Tribunal que han de sustituir a los que hayan perdido
su condición por alguna de las causas previstas en la base 5.2.
5.4 Previa convocatoria del Presidente, se constituirá el
Tribunal con asistencia, del Presidente y Secretario y la de la mitad,
al menos, de sus miembros titulares o suplentes.
En dicha sesión, el Tribunal acordará todas las decisiones que
le correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas
selectivas.
5.5 A partir de su constitución, el Tribunal para actuar
válidamente requerirá la presencia de la mayoría de sus miembros,
titulares o suplentes.
5.6 Dentro de la fase de oposición, el Tribunal resolverá las
dudas que pudieran surgir en la aplicación de estas normas, así
como lo que deba hacerse en los casos no previstos.
El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo
momento a lo dispuesto en la Ley de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común.
5.7 El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos
de asesores especialistas para las pruebas correspondientes de
los ejercicios que estimen pertinentes, limitándose dichos asesores
a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas. La
designación de tales asesores deberá comunicarse al Rectorado de la
Universidad.
5.8 El Tribunal calificador adoptará las medidas precisas en
aquellos casos en que resulte necesario, de forma que los
aspirantes con discapacidad gocen de similares condiciones para la
realización de los ejercicios que el resto de los participantes. En
este sentido, se establecerán, para las personas con discapacidad
que lo soliciten en la forma prevista en la base 3.4.3, las
adaptaciones posibles en tiempo y medios para su realización.
5.9 El Presidente del Tribunal adoptará las medidas
oportunas para garantizar que los ejercicios de la fase de oposición
que sean escritos y no deban ser leídos ante el Tribunal, sean
corregidos sin que se conozca la identidad de los aspirantes,
utilizando para ello los impresos aprobados por la Orden del
Ministerio de la Presidencia de 18 de febrero de 1985 ("B.O.E."
del 22), o cualquier otro equivalente, previa aprobación por la
Secretaría de Estado para la Administración Pública.
5.10 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el
Tribunal tendrá su sede en la Universidad de Cantabria, Pabellón
de Gobierno, Avda. de los Castros, s/n, 39005 Santander,
Teléfono 942 20 10 75.
El Tribunal dispondrá en esta sede, al menos una persona,
miembro o no del Tribunal, que atienda cuantas cuestiones sean
planteadas en relación con estas pruebas selectivas.
5.11 El Tribunal tendrá la categoría segunda de las recogidas
en el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo sobre
indemnizaciones por razón del servicio ("Boletín Oficial del Estado" del
30).
5.12 En ningún caso, el Tribunal podrá aprobar ni declarar
que han superado las pruebas selectivas un número superior de
aspirantes que el de plazas convocadas. Cualquier propuesta de
aprobados que contravenga lo establecido será nula de pleno
derecho.
6. Desarrollo de los ejercicios
6.1 El orden de actuación de los opositores se iniciará
alfabéticamente por aquellos cuyo primer apellido comience por la
letra "S", de conformidad con lo previsto en la Resolución de la
Secretaría de Estado para la Administración Pública de 18 de
Marzo de 2002 ("Boletín Oficial del Estado" del día 2 de abril),
por la que se publica el resultado del sorteo celebrado el día 8
de marzo de 2002.
6.2 En cualquier momento, los aspirantes podrán ser
requeridos por los miembros del Tribunal con la finalidad de acreditar
su identidad.
6.3 Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en
único llamamiento, siendo excluidos de la oposición quienes no
comparezcan, salvo en los casos de fuerza mayor debidamente
justificados y discrecionalmente apreciados por el Tribunal, para
los que podrá realizarse una convocatoria extraordinaria.
6.4 El Rectorado, mediante la resolución indicada en la base
4.1 que se publicará en el "Boletín Oficial de Cantabria", fijará
la fecha, lugar y hora de celebración del primer ejercicio.
6.5 La publicación de los sucesivos anuncios de celebración
del segundo y restantes ejercicios se efectuará por el Tribunal
en los locales donde se haya celebrado el primero, así como en
la sede de los Tribunales señalada en la base 5.10 y por
cualesquiera otros medios si se juzga conveniente para facilitar su
máxima divulgación con veinticuatro horas, al menos, de
antelación a la señalada para la iniciación de los mismos. Cuando
se trate del mismo ejercicio, el anuncio será publicado en los
locales donde se haya celebrado, en la citada sede de los
Tribunales, y por cualquier otro medio si se juzga conveniente, con
doce horas, al menos, de antelación.
6.6 En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal
tuviere conocimiento de que alguno de los aspirantes no posee
la totalidad de los requisitos exigidos por la presente convocatoria,
previa audiencia del interesado, deberá proponer su exclusión al
Rector de la Universidad, comunicándole, asimismo, las
inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante en la solicitud
de admisión a las pruebas selectivas, a los efectos procedentes.
7. Lista de aprobados
7.1 Concluido cada uno de los ejercicios de la fase de
oposición, el Tribunal publicará en el lugar de su celebración, las
relaciones de aspirantes que hayan superado cada uno de ellos,
con indicación de la puntuación obtenida.
7.2 Finalizado el último ejercicio, el Tribunal hará pública
en el lugar en que aquél se haya celebrado, la relación definitiva
de aspirantes que han superado el proceso selectivo, en la que
constarán las calificaciones de cada uno de los ejercicios, la
puntuación de la fase de concurso y la suma total.
7.3 El Presidente del Tribunal enviará copia certificada de
la lista de aprobados al Rector, especificando igualmente el
número de aprobados en cada uno de los ejercicios.
7.4 El Tribunal no podrá aprobar ni declarar que han
superado las pruebas selectivas un número de aspirantes superior al
de plazas convocadas.
8. Presentación de documentos y nombramiento de funcionarios
8.1 En el plazo de veinte días naturales, a contar desde el
siguiente a aquel en que se hicieron públicas las listas de
aprobados en el lugar o lugares de examen, los opositores aprobados
deberán presentar en el Registro General de la Universidad de
Cantabria los siguientes documentos:
a) Fotocopia compulsada del título exigido en la base 2.1.3
o certificación académica que acredite haber realizado todos los
estudios para la obtención del mismo.
b) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado
mediante expediente disciplinario de ninguna Administración
Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones
públicas, según el modelo que figura en el Anexo V a esta
convocatoria.
Los aspirantes que no posean la nacionalidad española deberán
presentar declaración jurada o promesa de no estar sometido a
sanción disciplinaria o condena penal que impida en su Estado
el acceso a la función pública, según el modelo que figura como
Anexo VI a esta convocatoria.
c) Certificado médico acreditativo de no padecer enfermedad
ni defecto físico que imposibiliten para el servicio; este certificado
deberá ser expedido por el facultativo de medicina general de
la Seguridad Social que corresponda al interesado, y en caso de
que éste no esté acogido a ningún régimen de la Seguridad Social,
se expedirá por el Colegio Médico.
d) Los aspirantes que hayan hecho valer su condición de
minusvalías deberán presentar certificación de los órganos
competentes del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social que acredite
tal condición, e igualmente deberán presentar certificado de los
citados órganos o de la Administración Sanitaria acreditativo de
la compatibilidad con el desempeño de las tareas y funciones que
correspondan.
8.2 Quienes dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza
mayor, no presentaren la documentación, o del examen de la
misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados
en la base 2 no podrán ser nombrados funcionarios de carrera
y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la
responsabilidad en que hubieren incurrido por falsedad en la solicitud
inicial.
8.3 Por resolución de la autoridad convocante, y a propuesta
del Tribunal Calificador, se procederá al nombramiento de
funcionarios de carrera, mediante Resolución que se publicará en
el "Boletín Oficial de Cantabria".
8.4 La toma de posesión de los aspirantes que hubieran
superado el proceso selectivo se efectuará en el plazo de un mes,
contado desde el día siguiente al de la publicación de su nombramiento
como funcionario de carrera en el "Boletín Oficial de Cantabria".
8.5 Una vez concluido el proceso selectivo se podrá
confeccionar una lista para su posible nombramiento como funcionarios
interinos, ordenada conforme a dicho proceso, en la que figuren
los aspirantes aprobados y que no hubieran obtenido plaza. Esta
lista se añadirá a la aprobada por la Universidad y representantes
de las Secciones Sindicales con fecha 26 de septiembre de 2001.
9. Norma final
9.1 Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía
administrativa, podrá interponerse, potestativamente y ante este
Rectorado, recurso de reposición en el plazo de un mes, contado
a partir del día siguiente a su publicación, o bien podrá ser
impugnada directamente ante el juzgado de lo
Contencioso-Administrativo de Santander mediante recurso contencioso-administrativo,
en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a la
publicación.
Santander, 5 de marzo de 2003.-El Rector en funciones,
Federico Gutiérrez-Solana Salcedo.
ANEXO I
Ejercicios, méritos y valoración
1. Proceso selectivo
El proceso de selección de los aspirantes constará de las fases
de concurso y de oposición, indicadas en la Base 1.3 de la
convocatoria.
Fase de concurso:
En la fase de concurso se valorarán los estudios académicos
realizados y los servicios efectivos prestados en la Universidad
de Cantabria, como personal funcionario o laboral, méritos todos
ellos referidos a la fecha de finalización del plazo de presentación
de solicitudes.
Fase de oposición:
La fase de oposición estará formada por los ejercicios que a
continuación se indican, siendo todos eliminatorios.
1.1 Primer ejercicio.-Eliminatorio:
En el tiempo que determine el Tribunal, los aspirantes deberán
contestar a un cuestionario que contendrá preguntas con
respuestas múltiples, siendo solo una de ellas la correcta y preguntas
de respuesta breve, sobre los temas comunes recogido en el Anexo
II de esta Convocatoria.
Las respuestas contestadas incorrectamente de las preguntas
de respuesta múltiple se valorarán negativamente.
1.2 Segundo ejercicio.-Eliminatorio:
En el tiempo que determine el Tribunal, los aspirantes deberán
traducir un texto técnico en inglés y resolver por escrito una serie
de cuestiones relacionadas con el texto a traducir.
1.3 Tercer Ejercicio.-Eliminatorio:
En el tiempo que determine el Tribunal, los aspirantes deberán
resolver cuestiones y supuestos prácticos (por escrito),
directamente relacionados con los temas que figuran en una de las dos
opciones: Opción A -Microinformática-; Opción B -Informática
de Gestión-, recogidos en el Anexo II de la Convocatoria.
Los Opositores deberán optar por una sola de las dos opciones.
2. Valoración de los méritos
2.1 Para la valoración de los méritos correspondientes a los
servicios prestados, no será preciso que el interesado presente
certificación referida a méritos que consten en su expediente
personal, que se expedirá de oficio por la Sección de Personal de
Administración y Servicios. En el caso de la titulación, deberá
aportarse documentación acreditativa suficiente, salvo que conste
ya también en los citados archivos.
2.2 Estudios académicos:
Se valorará la titulación o estudios académicos realizados,
siempre que sean superiores a los exigidos para participar en estas
pruebas, de acuerdo con la siguiente escala:
Diplomado Universitario o equivalente: 0,3 puntos.
Licenciado Universitario o equivalente: 0,4 puntos.
Sólo se valorará una titulación, la de mayor nivel académico
y en caso de poseer dos titulaciones del mismo nivel académico,
sólo se valorará una de ellas.
Se entienden incluidas las titulaciones legalmente equivalentes
a las anteriores. Asimismo, los tres años de licenciatura, primer
o único ciclo completo se entiende como equivalente, a estos
efectos, a Diplomado Universitario.
2.3 Servicios prestados:
Se valorarán los servicios efectivos prestados en la Universidad
de Cantabria, como personal funcionario o laboral, a razón de
0,3 puntos por año completo, con un máximo de 2,1 puntos.
Las fracciones superiores a 9 meses se valorarán como año
completo.
2.4 No se exigirá una puntuación mínima para superar esta
fase.
3. Calificación de los ejercicios
3.1 Primer ejercicio:
Se calificará de cero a 3 puntos. Será necesario para superar
este ejercicio obtener, como mínimo, 1,5 puntos.
El Tribunal queda facultado para la determinación del nivel
exigido para la obtención de dichas calificaciones.
Las contestaciones incorrectas de las preguntas de respuesta
múltiple se valorarán negativamente.
3.2 Segundo ejercicio:
Se calificará de cero a 2 puntos. Será necesario para superar
este ejercicio obtener, como mínimo, 1 punto.
El Tribunal queda facultado para la determinación del nivel
exigido para la obtención de dichas calificaciones.
3.3. Tercer ejercicio:
Se calificará de cero a 5 puntos. Será necesario para superar
este ejercicio obtener, como mínimo, 2,5 puntos.
El Tribunal queda facultado para la determinación del nivel
exigido para la obtención de dichas calificaciones.
4. Calificación final de las pruebas selectivas
4.1 La calificación de la fase de oposición vendrá determinada
por la suma de la puntuación obtenida en los ejercicios
eliminatorios.
4.2 La calificación final de las pruebas selectivas vendrá dada
por la suma de la puntuación obtenida en la fase de concurso
y la de los ejercicios eliminatorios de la fase de oposición.
Sólo se sumará la puntuación obtenida en la fase de concurso
a aquellos aspirantes que hayan superado los ejercicios
eliminatorios de la fase de oposición. La puntuación en concurso no podrá
ser aplicada para superar los ejercicios de la fase de oposición.
4.3 El Tribunal, una vez sumadas las puntuaciones citadas
en el número anterior, hará pública la relación definitiva de
aspirantes que han superado las pruebas selectivas, que no podrá
incluir un número superior de aprobados que el de plazas
convocadas.
4.4 En caso de empate en la puntuación total, éste se
resolverá atendiendo a la mayor puntuación obtenida en el tercer
ejercicio. En segundo lugar, se atenderá a la mayor puntuación
obtenida en el primero. En tercer lugar, se atenderá a la mayor
puntuación obtenida en el segundo. Si persistiese el empate, éste
se dirimirá por sorteo.
Anexo II
Programa
Temas comunes para las dos opciones
1. Sistemas informáticos: arquitectura, conceptos y
componentes.
2. Ordenadores personales. Componentes y periféricos.
3. Sistemas operativos personales: Windows 98, 2000, XP.
Conceptos generales, uso y configuración.
4. Redes de trabajo en grupo Windows.
5. Red Internet: Origen y evolución. Servicios básicos de
Internet: Web, correo, telnet, FTP, mensajería instantánea...: uso y
configuración de los clientes más habituales.
6. Aplicaciones ofimáticas: Microsoft Office (Word, Excel,
Access, PowerPoint). Instalación, uso básico y avanzado. Uso
general de aplicaciones típicas de escritorio en la universidad.
7. Diseño de páginas Web: lenguajes, tecnologías y
herramientas. HTML, Javascript.
8. Redes de comunicaciones: tipos y características. Modelo
OSI. Redes de área local. TCP/IP.
9. Diseño de algoritmos. Técnicas descriptivas.
10. Metodologías de análisis y desarrollo de aplicaciones.
Características distintivas de las principales metodologías de
desarrollo.
11. Programación estructurada. Programación modular.
Programación orientada a objetos. Características fundamentales.
12. Lenguajes de programación. Tipos y características.
13. Utilidades para el desarrollo y prueba de programa.
Compiladores, intérpretes y depuradores.
14. Bases de datos. Principales gestores de Bases de datos.
Modelos de representación de Bases de datos.
15. La Constitución Española de 1978, antecedentes,
principios generales y contenido. Derechos y Deberes Fundamentales.
El Tribunal Constitucional.
16. El personal al servicio de las Administraciones Públicas.
Bases y régimen jurídico. Derechos y deberes de los funcionarios.
Provisión de puestos de trabajo de los funcionarios públicos.
Baremo de méritos aplicable a la provisión de puestos de trabajo en
la Universidad de Cantabria. Promoción profesional: Grado
personal. Promoción. Ascenso profesional a través de Subgrupo.
17. Las situaciones administrativas de los funcionarios:
Supuestos y efectos de cada una de ellas.
18. El Presupuesto de la Universidad de Cantabria:
Definición. Elaboración y Estructura. Modificaciones Presupuestarias.
Clases y órganos competentes para su aprobación. Control
interno. La Contratación Administrativa.
19. Ley Orgánica de Universidades.
20. La Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común. Modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.
(Ámbito de aplicación y principios generales. Órganos colegiados;
Los interesados. La actividad de las Administraciones Públicas;
El procedimiento administrativo; Los recursos administrativos; La
responsabilidad de las Administraciones Públicas y de sus
autoridades y demás personal a su servicio).
Temas Específicos para los opositores que elijan la Opción A
-Microinformática
1. Tipos, características, funciones y configuración de
elementos hardware de PC: Procesadores, Tarjetas, dispositivos de
entrada/salida, dispositivos de almacenamiento, Periféricos más
habituales (monitores, impresoras, almacenamiento fijo y removible...).
2. Sistemas operativos Windows (95/98, NT, 2000, XP):
Características y diferencias básicas de su funcionamiento. Usos
más habituales. Instalaciones, discos y particiones. Administración
de servicios y recursos. Gestión de usuarios, permisos de acceso,
seguridad. Redes de trabajo en grupo Microsoft.
3. Sistema operativo Windows 2000 Server. Instalación,
gestión de usuarios, servicios y recursos compartidos.
4. Sistema operativo Linux: Administración de usuarios,
grupos y passwords. Administración de ficheros, atributos y permisos.
Administración de file systems. Arranque y parada del sistema.
5. Diagnóstico y resolución de problemas en entornos de
informática personal tipo PC. Herramientas y procedimientos para
recuperación de máquinas Windows e información en caso de
"desastre". Gestión de discos, particiones, arranque de equipos.
6. Redes y comunicaciones. Tipos de redes. Topologías.
Elementos de interconexión. Protocolos de red: TCP/IP.
Características, configuración e interconexión de sistemas. Conceptos de
redes LAN y WAN. Conceptos de cableado estructurado.
7. Sistemas y aplicaciones multimedia: audio, vídeo,
aplicaciones de edición gráfica, Videoconferencia, streaming. Formatos
de almacenamiento y sus características.
8. Salas de informática: Herramientas de gestión. Clonación
de equipos, instalación remota. Control de uso de equipos, control
de acceso a contenidos. Control de virus.
9. Seguridad en ordenadores personales Windows: riesgos,
configuración, protección del escritorio y ficheros.
10. Seguridad en comunicaciones y redes de ordenadores:
Tipos de riesgos. Tecnologías: Hardware, Software, otras. Políticas
de seguridad. Cortafuegos: definición, tipos y clasificación.
Tecnologías de encriptación: Definición, tipos e implementaciones.
Ipsec. Túneles. VPNs.
11. La atención al Usuario. Mecanismos para optimizar y
organizar el trabajo: Funcionamiento de un "Help Desk".
Temas Específicos para los opositores que elijan la Opción B
-Informática de
Gestión
1. Lenguaje RDSQL (INSERT, UPDATE, DELETE, SELECT).
2. Informix-on line. Creación de bases de datos y tablas. Tipos
de datos.
3. Lenguaje de Programación i-4GL. Sentencias de definición
de programas y funciones. Sentencias de control de flujo.
Sentencias de manejo de pantalla.
4. Creación de formatos en i-4GL. Secciones. Sentencias
asociadas a un formato.
5. Manejo de datos en i-4GL. Definición de variables.
Sentencias de Asignación. Sentencias de control de flujo. Sentencias
de manejo de pantalla. Sentencias de manejo de errores.
Sentencias de manipulación de datos.
6. Utilización de arrays en i-4gl.
7. Creación de informes. Sentencias para informes. Sección
OUTPUT. Funciones y expresiones para usar en informes.
8. Fundamentos de Visual Basic. Ventanas, eventos y
mensajes. Programación orientada a objetos en VB. Uso del entorno
de programación.
9. Desarrollo de aplicaciones Visual Basic. Tipos de ventanas.
Formularios. Menús. Cuadros de diálogo. Controles básicos.
Manejo de eventos. Depuración y tratamiento de errores.
10. Documentos XML. Generación automática de
documentos XML desde Bases de datos. Transformación de XML con XSL.
XML embebido en HTML.
11. Programación con ASP. Métodos de entrada/salida.
Variables, operadores y sentencias del lenguaje. Procedimientos
y funciones. Conexión con Bases de datos.
12. Concepto de Base de Datos: Tipos de B. D. Bases de
datos con objetivos específicos: Data Warehouse, OLAP, Data
Mart, Data Mining. Herramientas de transformación de datos
(DTS).
13. La Investigación en la Universidad de Cantabria.
14. Normativa de Gestión Académica de los estudios de
Primer y Segundo Ciclo de la Universidad de Cantabria:
Preinscripción y admisión. Matrícula. Simultaneidad de estudios.
Adaptaciones. Asignaturas optativas y Créditos de libre elección. Actas,
certificados y calificaciones. Intercambios universitarios. Alumnos
visitantes.
12. Directrices generales comunes de los Planes de Estudio
de los Títulos de carácter oficial y validez en todo el territorio
nacional. Modificado y actualizado conforme R.D. 1267/1994,
de 10 de junio; R.D. 2347/1996, de 8 de noviembre; R.D.
614/1997, de 26 de abril, y R.D. 779/1998, de 30 de abril.
15. Normativa de los Estudios de Doctorado de la Universidad
de Cantabria. Normativa de actividades académicas de postgrado
de la Universidad de Cantabria.
ANEXO III
Tribunal calificador
Miembros titulares:
Presidente: D. Salvador Blanco García, Gerente de la
Universidad de Cantabria.
Vocales:
D. Luis Fernando Romero Laguillo, Director del Servicio de
Informática.
D. Alberto Romón Salinas, Funcionario de la Escala
Administrativa, Especialidad Informática.
D. (Pendiente de designar por la Junta de Personal Funcionario
de la Universidad).
Secretaria: D.a Carmen Sopeña Pérez, Jefe de la Sección de
Personal de Administración y Servicios.
Miembros suplentes:
Presidente: D. Enrique Alonso Díaz, Vicegerente de la
Universidad de Cantabria.
Vocales:
D. Ángel Carral Sainz, Jefe del Servicio de RR.HH.
D.a Irene Gutiérrez Ruesga. Funcionario de la Escala Técnica,
Especialidad Informática de la UC.
D. (Pendiente de designar por la Junta de Personal Funcionario
de la Universidad).
Secretaria: D.a Concepción Merino Antón, Jefe del Negociado
de Personal Funcionario.
INSTRUCCIONES PARA CUMPLIMENTAR EL IMPRESO
Instrucciones generales:
Rellene la hoja de solicitud, utilizando mayúsculas de tipo imprenta.
NO OLVIDE FIRMAR EL IMPRESO
Instrucciones particulares:
1. Cuerpo. Consigne el texto y, en su caso, el código del Cuerpo o Escala que figura en la correspondiente convocatoria y especialidad.
2. Forma de acceso: Consigne la letra mayúscula tomando la que corresponda con arreglo a la siguiente clave:
Letra Forma de acceso
L Libre
P Promoción interna
3. Minusvalía: Marcar con X.
Debe imprimir dos copias del mismo impreso, uno para el Organismo y el otro para el interesado.
La presente solicitud deberá entregarse en tiempo y forma en el lugar señalado en la convocatoria, junto con el comprobante bancario
de haber satisfecho los derechos de examen y copia del D.N.I.
ANEXO V
Don/doña ................................................................., con
domicilio en .........................................................................,
y con documento nacional de identidad número ........................,
declara bajo juramento o promete, a efectos de ser nombrado/a
funcionario/a de la Escala .......................................................
de la Universidad de Cantabria, que no ha sido separado/a del
servicio de ninguna de las Administraciones Públicas, ni se halla
inhabilitado/a para el ejercicio de funciones públicas.
En Santander, a ..... de ....................... de ........
ANEXO VI
Don/doña ................................................................., con
domicilio en .........................................................................,
y con documento de identidad número .....................................,
declara bajo juramento o promete, a efectos de ser nombrado/a
funcionario/a de la Escala .......................................................
de la Universidad de Cantabria, que no ha sido sometido/a a
sanción disciplinaria o condena penal que impide en su Estado el
acceso a la función pública.
En Santander, a ..... de ....................... de ........
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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid