En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 215/2003,
de 21 de febrero (Boletín Oficial del Estado del 22), por el que
se aprueba la oferta de empleo público para el año 2003 y con
el fin de atender las necesidades de personal en la Administración
Pública,
Este Ministerio, en uso de las competencias atribuidas en el
artículo 13 de la Ley 6/1977, de 14 de abril, de Organización
y Funcionamiento de la Administración General del Estado, previo
informe favorable de la Dirección General de la Función Pública,
acuerda convocar pruebas selectivas para cubrir una plaza de
personal laboral fijo, con sujeción a las siguientes
Bases de convocatoria
1. Normas generales
1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir una plaza de
personal laboral fijo, fuera de convenio, de Técnico de Prevención
y Salud Laboral A, grupo profesional 1, en el Ministerio de
Agricultura, Pesca y Alimentación, por el sistema general de acceso
libre.
1.2 El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de
concurso-oposición, con las valoraciones, pruebas y puntuaciones
que se especifican en el Anexo I.
1.3 El programa que ha de regir las pruebas selectivas es
el que figura como Anexo II a esta convocatoria.
1.4 Las pruebas selectivas se desarrollarán de acuerdo con
el siguiente calendario:
La fase de concurso se iniciará antes del mes de agosto. La
duración máxima del proceso selectivo será de cinco meses,
contados a partir de la fecha de inicio de la referida fase de concurso.
1.5 Concluido el proceso selectivo, al aspirante que lo hubiera
superado y que haya acreditado cumplir los requisitos exigidos,
le será formalizado el correspondiente contrato.
2. Requisitos de los aspirantes
Para ser admitidos a la realización de las pruebas selectivas los
aspirantes deberán poseer en el día de finalización del plazo de
presentación de solicitudes y mantener hasta el momento de la
formalización del contrato como personal laboral fijo, los
siguientes requisitos de participación:
2.1 Ser español o nacional de alguno de los demás Estados
miembros de la Unión Europea o nacional de algún Estado, al que
en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión
Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre
circulación de trabajadores.
También podrán participar el cónyuge de los españoles, de los
nacionales de alguno de los demás Estados miembros de la Unión
Europea y de los nacionales de algún Estado, al que en virtud
de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea
y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación
de trabajadores, siempre que no estén separados de derecho, así
como sus descendientes y los del cónyuge, menores de veintiún
años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.
2.2 También podrán participar quienes se encuentren en España
en situación de legalidad, siendo titulares de un documento que
les habilite a residir y a poder acceder sin limitaciones al mercado
laboral. En consecuencia, podrán participar quienes se encuentren
en situación de residencia temporal, quienes se encuentren en
situación de residencia permanente y quienes se encuentren en
situación de autorización para residir y trabajar, así como los
refugiados.
2.3 Estar en posesión o en condiciones de obtener el título de
Licenciado o Doctor en Medicina y Cirugía y Título de Médico
Especialista en Medicina del Trabajo. En el caso de titulaciones
obtenidas en el extranjero deberá estarse en posesión de la
credencial que acredite su homologación.
2.4 No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física
o psíquica incompatible con el desempeño de las correspondientes
funciones.
2.5 Tener capacidad para contratar la prestación de su trabajo,
de acuerdo con lo previsto en el artículo 7 del Estatuto de los
Trabajadores.
2.6 No haber sido separado, mediante expediente disciplinario,
del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas ni
hallarse inhabilitado para el desempeño de las funciones públicas.
Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán
acreditar, igualmente, no estar sometidos a sanción disciplinaria o
condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función
pública.
3. Solicitudes
3.1 La presentación de solicitudes se realizará en el Registro
General del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación o en
la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de
26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo
de veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de
la fecha de publicación de esta convocatoria en el "Boletín Oficial
del Estado" y se dirigirán al Subsecretario del Ministerio de
Agricultura, Pesca y Alimentación. La no presentación de la solicitud
en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante.
3.2 Quienes deseen participar en estas pruebas selectivas
deberán cumplimentar el modelo oficial de solicitud de admisión
a pruebas selectivas en la Administración Pública y liquidación
de derechos de examen (modelo 790) que se facilitará
gratuitamente en el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, en
el Centro de Información Administrativa del Ministerio de
Administraciones Públicas, la Dirección General de la Función Pública,
en las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno, en las
representaciones diplomáticas y consulares de España en el extranjero
y en la página de Internet www.map.es/seap/dgfp/dgfp.htm
La solicitud se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones
del Anexo IV.
3.3 A la solicitud se acompañará una fotocopia del
Documento Nacional de Identidad o del pasaporte.
Los aspirantes extranjeros que residan en España deberán
además presentar una fotocopia compulsada de la tarjeta de residente
comunitario o de familiar de residente comunitario en vigor o,
en su caso, de la tarjeta temporal de residente comunitario o de
trabajador comunitario fronterizo en vigor.
Los aspirantes que sean nacionales de la Unión Europea o
de algún Estado, al que en virtud de los Tratados Internacionales
celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea
de aplicación la libre circulación de trabajadores, que no residan
en España, bien por residir en el extranjero o por encontrarse
en España en régimen de estancia, deberán presentar una
fotocopia compulsada del documento de identidad o pasaporte.
Los familiares de los anteriores deberán presentar una fotocopia
compulsada del visado y, en su caso, del resguardo de haber
solicitado la correspondiente tarjeta o del resguardo de haber
solicitado la exención de visado y la correspondiente tarjeta. De no
haberse solicitado estos documentos deberán presentar los
documentos expedidos por las autoridades competentes que acrediten
el vínculo de parentesco y una declaración jurada o promesa del
español, del nacional de alguno de los demás Estados miembros
de la Unión Europea o del nacional de algún Estado, al que en
virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión
Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre
circulación de trabajadores, con el que existe este vínculo, de que
no está separado de derecho de su cónyuge y, en su caso, del
hecho de que el aspirante vive a sus expensas o está a su cargo.
Los aspirantes a los que se refiere la base 2.2, deberán presentar
una fotocopia del pasaporte en vigor, así como una fotocopia del
correspondiente permiso de residencia o de trabajo y residencia.
3.4 Los errores de hecho que pudieran advertirse en la
solicitud podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a
petición del interesado.
3.5 Se acompañará a la solicitud toda la documentación
acreditativa que se considere necesaria por los aspirantes, para la
valoración de la fase de concurso.
4. Admisión de aspirantes
4.1 Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, el
Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación dictará orden, en
el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la lista de
admitidos y excluidos. En dicha orden, que deberá publicarse en el
"Boletín Oficial del Estado", se relacionarán los aspirantes
excluidos con indicación de las causas de exclusión, apellidos, nombre
y número de documento nacional de identidad o pasaporte,
señalando un plazo de diez días hábiles para subsanar el defecto que
haya motivado la exclusión u omisión, contados a partir del día
siguiente al de la publicación de la orden. Asimismo, se indicarán
los lugares donde se encuentre expuesta al público la lista de
aspirantes admitidos y el lugar, fecha y hora de comienzo del
primer ejercicio.
4.2 No procederá la devolución de los derechos de examen
en los supuestos de exclusión por causa imputable a los aspirantes.
5. Tribunal
5.1 El Tribunal calificador de estas pruebas es el que figura
como Anexo III a esta convocatoria.
5.2 El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará
en todo momento a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de
noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas
y del Procedimiento Administrativo Común y demás disposiciones
vigentes.
5.3 Los aspirantes podrán recusar a los miembros del
Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en el artículo
28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común.
5.4 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el
Tribunal tendrá su sede en el Ministerio de Agricultura, Pesca y
Alimentación, Paseo de la Infanta Isabel, n.o 6, 28007 Madrid,
teléfonos (91) 3475247 y (91) 3475248, dirección de correo
electrónico gsanchezdUmapya.es
6. Desarrollo de los ejercicios
6.1 El orden de actuación de los opositores se iniciará
alfabéticamente por el primero de la letra X, según lo establecido
en la Resolución de la Secretaria de Estado para la Administración
Pública de 10 de marzo de 2003 (Boletín Oficial del Estado del
14 de marzo).
6.2 Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en
llamamiento único, siendo excluidos de la oposición quienes no
comparezcan.
El Tribunal podrán requerir, en cualquier momento del proceso
selectivo, la acreditación de la identidad de los aspirantes.
6.3 Una vez comenzado el proceso selectivo, los anuncios
de celebración de los restantes ejercicios, se harán públicos con
doce horas de antelación, al menos, a la señalada para su inicio,
si se trata del mismo ejercicio, o con veinticuatro horas, si se
trata de uno nuevo. Estos anuncios se efectuarán, al menos, en
los locales donde se haya celebrado el anterior y en la sede del
Tribunal señalada en la base 5.4.
6.4 El Tribunal adoptará las medidas necesarias para
garantizar que los ejercicios de la fase de oposición que sean escritos
y no deban ser leídos ante el órgano de selección, sean corregidos
sin que se conozca la identidad de los aspirantes.
7. Listas de aprobados y contratación
7.1 Concluido cada uno de los ejercicios de la oposición, el
Tribunal hará públicas, en el lugar o lugares de celebración del
ejercicio y en la sede del Tribunal, las relaciones de aspirantes
que hayan superado el mínimo establecido para cada uno de ellos,
con indicación de la puntuación obtenida.
7.2 Finalizado el concurso-oposición, el Presidente del
Tribunal elevará a la autoridad convocante la relación definitiva con
el aspirante que haya superado el proceso selectivo. Dicha relación
se publicará en el "Boletín Oficial del Estado", disponiendo el
aspirante propuesto de un plazo de veinte días naturales, desde la
publicación en el Boletín Oficial del Estado, para la presentación
de la documentación acreditativa de los requisitos exigidos en
la convocatoria.
7.3 No se podrá declarar superado el proceso selectivo a un
número de aspirantes superior al de la plaza convocada.
7.4 La incorporación al puesto de trabajo se efectuará dentro
de los 15 días siguientes a la formalización del contrato. Hasta
tanto se incorpore al puesto de trabajo el aspirante no tendrá
derecho a percepción económica alguna.
7.5 El trabajador será sometido a un periodo de prueba de
tres meses desde su incorporación.
8. Norma final
A las presentes pruebas selectivas les serán de aplicación la
Ley 30/1984, de 2 de agosto; el R. D. 364/1995, de 10 de marzo,
la legislación vigente en la materia y lo dispuesto en la presente
convocatoria.
Contra la presente convocatoria, podrá interponerse, con
carácter potestativo, recurso de reposición ante el excelentísimo señor
Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación en el plazo de un
mes desde su publicación o bien recurso
contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde su publicación, ante el órgano
jurisdiccional competente, de conformidad con lo dispuesto en
la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de
las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-Administrativa, significándose, que en
caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer
recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto
expresamente o se haya producido la desestimación presunta del
mismo.
Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a
la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto
en la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
Madrid, 1 de abril de 2003.-El Ministro, P. D. (O. 26.04.01,
B.O.E. 05.05.01), el Subsecretario, Manuel Esteban Pacheco
Manchado.
Ilmos. Sres. Subsecretario del Ministerio de Agricultura, Pesca
y Alimentación y Presidente del Tribunal calificador.
ANEXO I
Descripción del proceso selectivo
1. El sistema de selección de los aspirantes será el de
concurso-oposición, contemplado en el art. 29 del Real Decreto
364/1995, de 10 de marzo.
Fase de concurso.
Esta fase, que será previa a la de la oposición, tendrá carácter
eliminatorio y en ella se valorarán los siguientes méritos:
1.1 Méritos profesionales.
Puntuación máxima: 20 puntos.
1.1.1 Por cada año o fracción de experiencia como médico
especialista en Medicina del Trabajo, 2,50 puntos, hasta un
máximo de 15 puntos.
1.1.2 Por cada año o fracción de experiencia como Licenciado
en Medicina o Cirugía, 1,50 puntos, hasta un máximo de 10
puntos.
1.2 Méritos formativos.
Puntuación máxima: 15 puntos
1.2.1 Por tener algún tipo de titulación distinta a la exigida,
que tenga relación directa con el puesto a ocupar, 5 puntos por
cada titulación, con un máximo de 10 puntos.
1.2.2 Por la participación como ponente en cursos, congresos
o similares, siempre que estén relacionados con la Medicina del
Trabajo, 1 punto por cada uno, hasta un máximo de 10 puntos.
1.2.3 Por publicaciones o trabajos de investigación
relacionados con la Medicina del Trabajo, 1 punto por cada una, hasta
un máximo de 5 puntos.
1.2.4 Por la asistencia a cursos relacionados con la Medicina
del Trabajo, de una duración mínima de 15 horas, 1 punto por
cada uno, hasta un máximo de 5 puntos.
Para superar esta fase será necesario obtener un mínimo de
10 puntos.
Concluida la valoración de los méritos de la fase de concurso,
el Tribunal hará pública la relación de aspirantes que hubieran
superado esta fase, con indicación de las puntuaciones obtenidas.
Estos aspirantes pasarán seguidamente a la fase de oposición.
Fase de oposición:
Sólo podrán acceder a esta fase aquellos que hayan superado
la fase de concurso.
La oposición constará de dos ejercicios, todos ellos
eliminatorios.
Primer ejercicio: Consistirá en la exposición oral de dos temas
del programa que figura en el anexo II, a escoger entre tres que
serán seleccionados al azar en el momento del inicio de la prueba,
uno de la primera parte del programa y dos de la segunda.
Cada uno de los temas deberá ser expuesto en un tiempo
máximo de 15 minutos, disponiendo el opositor de 10 minutos para
la preparación previa de los mismos.
Este ejercicio se calificará de 0 a 20 puntos, siendo necesario
obtener un mínimo de 10 puntos para superarlo y acceder al
segundo ejercicio.
Segundo ejercicio: Consistirá en redactar por escrito, en el
plazo máximo de tres horas, un supuesto práctico propuesto por
el Tribunal.
Los problemas médicos que se planteen deberán estar resueltos
por el órgano de selección previamente al día del examen,
precisando los elementos que serán valorados en la calificación y
en qué porcentaje.
Este ejercicio se calificará de 0 a 20 puntos, siendo necesario
obtener un mínimo de 10 puntos para superarlo.
2. La calificación final vendrá determinada por la suma de
las puntuaciones obtenidas en cada una de las fases del proceso
selectivo.
En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a la
mayor puntuación obtenida por los aspirantes en el segundo
ejercicio de la fase de oposición. Si persistiera el empate, se acudiría
a la puntuación obtenida en el primero y, en caso necesario, a
la obtenida por los méritos profesionales de la fase de concurso
y, a continuación, por los méritos formativos.
3. El Tribunal hará pública en la sede señalada en la base
5.4 y en aquellos otros lugares que estime oportuno, la relación
de los aspirantes aprobados, con indicación de la puntuación
obtenida.
En ningún caso el número de contratos que se formalicen podrá
exceder del número de plazas convocadas.
4. Se adoptarán las medidas precisas para que los aspirantes
con minusvalía gocen de similares condiciones que el resto de
los aspirantes en la realización de los ejercicios. En este sentido,
para las personas con minusvalía que así lo hagan constar en
su solicitud, se establecerán las adaptaciones posibles en tiempos
y medios para su realización.
ANEXO II
Programa
Parte I:
Tema 1. La Constitución española de 1978. Características,
estructura, principios y valores fundamentales. Los derechos
fundamentales y su especial protección.
Tema 2. La Corona: atribuciones y competencias. Las Cortes
Generales: composición y funciones. Referencia al Poder Judicial
en la Constitución.
Tema 3. El Gobierno. Composición, designación, funciones
y relaciones con el resto de los poderes del Estado.
Tema 4. La Ley 30/1992, de Régimen jurídico de las
Administraciones Públicas y del procedimiento administrativo común,
modificada por la Ley 4/1999.
Tema 5. Régimen jurídico del personal al servicio de las
Administraciones públicas. El personal funcionario y el personal laboral.
Tema 6. El personal laboral al servicio de la Administración
General del Estado. Selección. Derechos, Deberes e
incompatibilidades
Tema 7. Presupuestos Generales del Estado. Estructura. El
ciclo presupuestario: elaboración, ejecución y control.
Tema 8. La Unión Europea. Antecedentes históricos,
evolución, objetivos y perspectivas de futuro.
Tema 9. Ordenamiento jurídico de la Unión Europea: sus
fuentes e incidencias en el ordenamiento español.
Tema 10. Instituciones comunitarias: el Consejo, el
Parlamento, la Comisión y el Tribunal Europeo de Justicia. Composición
y atribuciones. Funcionamiento y relaciones institucionales.
Parte II:
Tema 1. Seguridad y salud en el trabajo: Conceptos generales.
Daños derivados del trabajo. Conceptos de accidente de trabajo
y enfermedad profesional. Condiciones de trabajo y factores de
riesgo. Prevención de riesgos laborales: Principios de prevención.
Las técnicas de prevención.
Tema 2. La prevención de riesgos laborales en España. Marco
jurídico (I): Antecedentes. La Constitución de 1978. El Estatuto
de los Trabajadores. La Ley General de la Seguridad Social. La
Ley 31/1995, de Prevención de Riesgos Laborales: contenido,
significado general y naturaleza. La Ley sobre Infracciones y
Sanciones en el Orden Social.
Tema 3. La prevención de riesgos laborales en España. Marco
jurídico (II): Actuaciones de las Administraciones públicas
competentes en materia laboral: Administración General del Estado
y Comunidades Autónomas. Inspección de Trabajo y Seguridad
Social. Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo.
Los órganos técnicos de las Comunidades Autónomas. La
Comisión Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo. La Fundación
para la Prevención de Riesgos Laborales. La Seguridad Social y
las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades
Profesionales.
Tema 4. La prevención de riesgos laborales en España. Marco
jurídico (III): Actuaciones de las Administraciones públicas
competentes en materia sanitaria y de industria. La Ley 14/1986,
de 25 de abril, General de Sanidad. La Ley 21/1992, de 16 de
julio, de Industria.
Tema 5. El Sistema Español de la Seguridad Social. El
Régimen General: acción protectora. Contingencias cubiertas.
Concepto y clase de prestaciones. Las entidades gestoras. Las Mutuas
de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la
Seguridad Social.
Tema 6. Derechos y deberes: El derecho de los trabajadores
a la protección frente a los riesgos laborales. El deber empresarial
de protección. Situaciones de riesgo grave e inminente.
Coordinación de actividades empresariales en materia de prevención.
Obligaciones de los trabajadores.
Tema 7. Consulta y participación de los trabajadores: El deber
de consulta del empresario. Los derechos de participación y
representación específica de los trabajadores. Los Delegados de
Prevención, su designación, garantías, competencias y facultades. El
Comité de Seguridad y Salud. Colaboración con la Inspección
de Trabajo y Seguridad Social.
Tema 8. Protección de la maternidad y de los menores:
Riesgos laborales específicos para la mujer trabajadora en el período
de embarazo, postparto y lactancia. Legislación vigente de
protección a la maternidad. Medidas preventivas frente a los riesgos
específicos. Riesgos específicos para los menores en razón de su
trabajo. Legislación vigente de protección de los menores.
Trabajos prohibidos.
Tema 9. El Reglamento de los Servicios de Prevención:
Integración de la actividad preventiva en la empresa. La evaluación
de los riesgos. La planificación de la prevención. La organización
de recursos para las actividades preventivas y sus diferentes
modalidades: sus funciones y requisitos. Las actuaciones en materia
preventiva de las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades
Profesionales de la Seguridad Social. Colaboración de los servicios
de prevención con el Sistema Nacional de Salud.
Tema 10. La adaptación de la normativa de prevención de
riesgos laborales al ámbito de la Administración pública: Las
excepciones de la Ley de Prevención. El Real Decreto 1488/1998,
de 10 de julio, de adaptación a la Administración General del
Estado. Competencias y funciones de la Inspección de Trabajo
y Seguridad Social y del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene
en el Trabajo.
Tema 11. Evolución de la siniestralidad en España. El parte
de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.
Obligaciones establecidas en la Ley General de la Seguridad Social y
su normativa de desarrollo y en la Ley de Prevención de Riesgos
Laborales. Análisis estadístico de accidentes.
Tema 12. Fisiología Laboral. Contracción y metabolismo
muscular. Adaptación al esfuerzo: Cardiocirculatoria, respiratoria,
renal y digestiva.
Tema 13. Fisiología Laboral. Termorregulación en el ejercicio
físico. Capacidad de trabajo. Fatiga: Características y tipos.
Tema 14. Epidemiología general. Conceptos generales.
Funciones. Interrelaciones entre factores causales, huésped y medio.
Epidemiología descriptiva: Variables personales. Variables
geográficas. Variables temporales. Epidemiología analítica:
Formulación de hipótesis. Fases de la verificación de hipótesis. Estudios
retrospectivos: Interés en Medicina Laboral. Estudios
transversales. Métodos para medir la asociación. Estudios prospectivos.
Tema 15. Toxicología general. Riesgo tumoral por agentes
químicos. Otros síndromes tóxicos. Terapéutica general de las
intoxicaciones: Normas de auxilio inmediato. Principales técnicas
de prevención. Normas para recogida de muestras para análisis
toxicológicos.
Tema 16. Bioestadística. Definiciones fundamentales.
Estadística descriptiva e inferencial. Tipos de variables. Parámetros.
Conceptos generales de probabilidad. Teorema de Bayes.
Distribuciones de probabilidad. Estadística descriptiva. Tabulación.
Medidas de tendencia central, de dispersión, de posición.
Modalidades de muestreo. Pruebas de hipótesis. Hipótesis nula y
alternativa. Potencia de una prueba. Pruebas de conformidad. Pruebas
de homogeneidad. Pruebas de independencia. Correlación y
regresión. Aplicaciones prácticas en Medicina del trabajo.
Tema 17. Estudio general de las enfermedades profesionales.
Conceptos generales. Caracteres propios de la patología
profesional. Relación vigente de enfermedades profesionales: Los seis
grupos. Análisis de su contenido. Ideas generales sobre su
prevención y valoración.
Tema 18. Patología por hidrocarburos cíclicos (HC).
Benceno: Riesgo hemático. Petrolismo. Hidrocarburos Policíclicos
Antracénicos (HPA). Riesgos cancerígenos. Derivados clorados de
HC: Plaguicidas, PCBs. Derivados de sustitución funcional.
Nitroderivados. Aminoderivados: Anilinas. Otros derivados: Tolueno,
xilol, etc.
Tema 19. Patología tóxica por plaguicidas. Conceptos
generales. Plaguicidas organoclorados. Riesgo cancerígeno y
teratogénicos. Plaguicidas organofosforados. Carbamatos.
Tema 20. Patología profesional por agentes físicos.- Patología
por radiaciones ionizantes: Principales formas de riesgo
profesional. Patología por electricidad. Valoración de los accidentes.
Tema 21. Patología profesional por agentes físicos.- Patología
por vibraciones. Patología por aire comprimido y máquinas
neumáticas. Patología por ruido. Valoración del calor como agente
de patología profesional.
Tema 22. Patología profesional por agentes biológicos en el
sector veterinario. Principales enfermedades.
Tema 23. Patología profesional dermatológica.- Principales
formas de riesgos. Dermatitis de contacto. Principales
sensibilizantes: Metales (cromo, níquel), colorantes. Otros riesgos.
Patología cutánea por detergentes. Cáncer cutáneo de origen
profesional. Principales riesgos. Contaminantes ambientales como
cancerígenos cutáneos.
Tema 24. Estudio de los accidentes de trabajo.- Aspectos
legales. Principales formas. Epidemiología. Accidentes mortales.
Accidentes menores. La asistencia inmediata. Traslado de
accidentados. Importancia del enfoque preventivo. Otros aspectos.
Tema 25. Efectos fisiológicos de la corriente eléctrica.
Factores de riesgo en el choque eléctrico. Actuaciones en caso de
accidente eléctrico.
Tema 26. Patología quirúrgica laboral.- Patología específica
de la extremidad superior. Patología quirúrgica de la mano:
Valoración como elementos de trabajo. Patología de la extremidad
inferior. Patología de la columna. Valoración como causa de
absentismo laboral. Otros aspectos.
Tema 27. Valoración específica de las incapacidades
laborales. Conceptos generales. Los diversos tipos de incapacidad.
Valoración de la incapacidad total. Valoración de incapacidades
parciales. Las incapacidades transitorias. Estructura de los
informes de incapacidad. Principales problemas que se plantean. Las
indemnizaciones por incapacidad.
Tema 28. Higiene industrial: Conceptos básicos. Tipos de
agentes contaminantes. Concepto de exposición, dosis y valor
límite. Evaluación y control de la exposición.
Tema 29. Protección de los trabajadores frente a los riesgos
derivados de su exposición al ruido. Real Decreto 1316/1989.
Tema 30. Riesgos por exposición a los agentes químicos
durante el trabajo. Real Decreto 374/2001: Objeto y ámbito de
aplicación. Valores límite de exposición. Criterios para su
utilización. El control biológico de la exposición.
Tema 31. Riesgos por exposición a agentes carcinógenos y
mutágenos: Real Decreto 665/1997 y su modificación por el Real
Decreto 1124/2000: Concepto y categorías de agente carcinógeno
y de agente mutágeno. Legislación vigente sobre amianto y cloruro
de vinilo.
Tema 32. Riesgos por exposición a agentes biológicos: Real
Decreto 664/1997 y Orden de 25 de marzo de 1998, adaptación
al progreso técnico.
Tema 33. Iluminación y color. Factores de la visión. Tarea
visual y rendimiento visual. Fatiga visual y su evaluación. Niveles
mínimos exigibles. Condiciones de iluminación en puestos de
trabajo con pantallas de visualización de datos. Aplicación del Real
Decreto 488/1997: Disposiciones mínimas de seguridad y salud
relativas al trabajo con equipos que incluyen pantallas de
visualización.
Tema 34. Carga de trabajo: consideraciones generales. Carga
física: estática y dinámica. Fatiga física. Lesiones y patologías.
Disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la
manipulación manual de cargas. Aplicación del R. D. 487/1997.
Posturas de trabajo. Movimientos repetitivos. La carga mental:
determinantes de la carga mental. Sobrecarga y subcarga. Fatiga
mental. Prevención de la fatiga mental.
Tema 35. La organización del trabajo. Factores psicosociales.
Características de la tarea. La organización del tiempo de trabajo.
Factores de la organización. Consecuencias negativas de los
factores psicosociales. La intervención psicosocial. Nuevas formas
de la organización del trabajo.
Tema 36. El estrés. Sus formas. Consecuencias psicológicas
y fisiológicas. Variables individuales y estrés laboral. El apoyo
social. Prevención del estrés.
Tema 37. La violencia, el acoso y el hostigamiento en el
trabajo ("mobbing"). El trabajo bajo presión. El efecto del "quemado"
("burn out"). Otros aspectos de índole psicosocial.
Tema 38. Envejecimiento y trabajo.
Tema 39. Organización de los servicios de Medicina del
Trabajo. Servicios médicos de empresa. Su origen. Concepto y
normativa actual. Estructura. Reconocimientos de entrada.
Reconocimientos periódicos. Sistemática de los reconocimientos. Valor
de la documentación. Prestación de auxilio. Personal sanitario
en los servicios médicos de empresa.
Tema 40. Vigilancia de la salud: concepto y objetivos.
Técnicas de vigilancia médica. Los protocolos médicos. Normativa
general y específica de vigilancia de la salud en el medio de trabajo.
Integración de los programas de vigilancia de la salud en el
programa de prevención de riesgos laborales.
Tema 41. Protocolo específico de vigilancia de la salud de
los trabajadores que realizan manipulación manual de cargas.
Tema 42. Protocolo específico de vigilancia de la salud de
los trabajadores que utilizan pantallas de visualización de datos.
Tema 43. Protocolo específico de vigilancia de la salud de
los trabajadores que realizan movimientos repetitivos.
Tema 44. Protocolo específico de vigilancia de la salud de
los trabajadores expuestos a agentes biológicos.
Tema 45. Protocolo específico de vigilancia de la salud de
los trabajadores expuestos a amianto.
Tema 46. Protocolo específico de vigilancia de la salud de
los trabajadores expuestos a ruido.
Tema 47. Promoción de la salud en el lugar de trabajo.
Principios de promoción de la salud. Características de los programas
de promoción de la salud en la empresa. Justificación de los
programas de salud. Red Europea de promoción de la salud en el
trabajo.
Tema 48. Drogodependencias más frecuentes en el ámbito
laboral.
Tema 49. Primeros auxilios. Organización del socorrismo en
la empresa de acuerdo con la legislación vigente. Activación del
sistema de emergencia. Eslabones de la cadena de socorro.
Evaluación primaria de un accidentado. Emergencia médica. Técnicas
de reanimación. Valoración secundaria del accidentado.
Tema 50. Planificación e información sanitaria: conceptos.
Programas de salud en el trabajo.
ANEXO III
Tribunal calificador
Tribunal Titular:
Presidente: D. Francisco Marqués Marqués, Escala de Técnicos
Superiores de Prevención del Instituto de Seguridad e Higiene
en el Trabajo.
Vocales: D.a Montserrat García Gómez, Escala de Técnicos
Superiores de Prevención del Instituto de Seguridad e Higiene
en el Trabajo.
D.a Soledad López Larrío, Cuerpo Superior de Administradores
Civiles del Estado
Secretario: D. Luis González Solana, Escala Técnica de Gestión
de Organismos Autónomos.
CSI-CSIF: D.a M.a Prado Porris Ortiz, Escala de Técnicos
Facultativos Superiores OO. AA. MAPA.
UGT: D. Miguel Angel Mena Garrido, Escala de Técnicos
Facultativos Superiores de OO. AA. del MAPA.
CCOO: D.a Teresa Calvo Sanz, Cuerpo Veterinarios Titulares
Tribunal Suplente
Presidente: D.a Dolores Carreño Martín, Escala de Técnicos
Superiores de Prevención del Instituto de Seguridad e Higiene
en el Trabajo.
Vocales: D. José María Cisnal Gredilla. Escala de Técnicos
Superiores de Prevención del Instituto de Seguridad e Higiene
en el Trabajo.
D.a Teresa Alonso González, Escala de Técnicos Facultativos
Superiores de OO. AA. del MAPA.
Secretario: D. Abilio Ortigosa Zurbano, Escala Técnica de
Gestión de OO. AA.
CSI-CSIF: D. Manuel Dávila Zurita, Cuerpo de Ingenieros
Agrónomos.
UGT: D.a Soledad Sendino Martínez, Escala de Economistas
a extinguir de AISS.
CCOO: D. Félix Neira Agra, Escala de Técnicos Facultativos
Superiores de OO. AA. del MAPA.
El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de
asesores especialistas para todas o alguna de las pruebas.
ANEXO IV
Instrucciones para cumplimentar la solicitud
Este apartado se rellenará según lo establecido en la solicitud
de admisión a pruebas selectivas en la Administración Pública
y liquidación de tasas de derechos de examen (modelo 790) y
en las siguientes instrucciones particulares.
En el recuadro 15, "Grupo Profesional o Categoría", se
consignará "Técnico de Prevención y Salud Laboral A, grupo
profesional 1".
En el recuadro 16, "Especialidad, área o asignatura", se
consignará " Medicina de Empresa."
En el recuadro 17, "Forma de acceso", se consignará "L" (acceso
libre).
En el recuadro 18, "Ministerio/Órgano/Entidad convocante",
se consignará "Agricultura, Pesca y Alimentación".
En el recuadro 19, se consignará la fecha del Boletín Oficial
del Estado en el que haya sido publicada la convocatoria.
En el recuadro 20, "Provincia de examen", se consignará
"Madrid".
En el recuadro 21, "Minusvalía", los aspirantes con minusvalía
podrán indicar el porcentaje de minusvalía que tengan acreditado,
y solicitar, expresándolo en el recuadro 23, las posibles
adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios
en que esta adaptación sea necesaria.
En el recuadro 24, "Títulos académicos oficiales", se consignará
"Licenciado en Medicina y Cirugía y Especialista en Medicina del
Trabajo".
El importe de la tasa por derechos de examen será de 25,01
euros.
El ingreso del importe correspondiente a los derechos de
examen se efectuará, junto con la presentación de la solicitud, en
cualquier banco, caja de ahorros o cooperativa de crédito de las
que actúan como entidades colaboradoras en la recaudación
tributaria. En la solicitud deberá constar que se ha realizado el
correspondiente ingreso de los derechos de examen, mediante validación
de la entidad colaboradora en la que se realice el ingreso, a través
de certificación mecánica, o en su defecto, sello y firma autorizada
de la misma en el espacio reservado a estos efectos.
Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse a
través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas
correspondientes. A las mismas se acompañará el comprobante
bancario de haber ingresado los derechos de examen en la cuenta
corriente número 0182.9071.08.0200000957 del Banco Bilbao
Vizcaya Argentaria a nombre de "Tesoro Público. Ministerio de
Agricultura, Pesca y Alimentación Derechos de examen". El ingreso
podrá efectuarse directamente en cualquier oficina del Banco
Bilbao Vizcaya Argentaria mediante transferencia desde cualquier
entidad bancaria.
Estarán exentas del pago de esta tasa:
Las personas con grado de discapacidad igual o superior al
33 por 100, debiendo acompañar a la solicitud certificado
acreditativo de tal condición.
Las personas que figurasen como demandantes de empleo
durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha de la
convocatoria. Serán requisitos para el disfrute de la exención que,
en el plazo de que se trate, no hubieran rechazado oferta de empleo
adecuado ni se hubiesen negado a participar, salvo causa
justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión
profesionales y que, asimismo, carezcan de rentas superiores, en
cómputo mensual, al Salario Mínimo Interprofesional.
La certificación relativa a la condición de demandante de
empleo, con los requisitos señalados, se solicitará en la oficina
de los servicios públicos de empleo. En cuanto a la acreditación
de las rentas se realizará mediante una declaración jurada o
promesa escrita del solicitante. Ambos documentos deberán
acompañarse a la solicitud.
La falta de justificación del abono de los derechos de examen
o de encontrarse exento determinará la exclusión del aspirante.
En ningún caso la presentación y pago en las oficinas a que
se hace referencia supondrá la sustitución del trámite de
presentación, en tiempo y forma, de la solicitud.
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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid