Visto el escrito de la Consejería de Educación y Cultura del
Gobierno de les Illes Balears por el que remite la sentencia
n.o 116/2000 del Juzgado de Instrucción n.o 4 de Palma de
Mallorca por la que se condena a D. Antonio Martínez Manrique,
funcionario del Cuerpo de Maestros, con D.N.I. 041349546, entre
otros, a la pena de 1 año y 8 meses de prisión y a la de
inhabilitación absoluta por un tiempo de 3 años.
Resultando que el artículo 37, apartado 1, letra d) del texto
articulado de la Ley de Funcionarios Civiles del Estado, de 7 de
febrero de 1964, en su redacción dada por el artículo 105.1 de
la Ley 13/1996, de Medidas Fiscales, Administrativas y de Orden
Social, determina que: "La condición de funcionario se pierde en
virtud de pena principal o accesoria de inhabilitación absoluta".
Considerando que, visto el fallo de la Sentencia, es de
aplicación al presente supuesto la legislación referida en el resultando
anterior, por lo que procede la pérdida de la condición de
funcionario.
Este Ministerio, en uso de la competencia atribuida al
Departamento por el Real Decreto 2169/1984, ha dispuesto declarar
la pérdida de la condición de funcionario en el Cuerpo de Maestros
de D. Antonio Martínez Manrique, con D.N.I. 1041349546 y
efectos de 29 de octubre de 2002, en virtud de condena de
inhabilitación absoluta para el ejercicio de empleos y cargos públicos.
Madrid, 24 de marzo de 2003.-La Ministra, P.D. (O. 1-2-2001
B.O.E. del 9), la Directora General de Programación Económica,
Personal y Servicios, Engracia Hidalgo Tena.
Ilma. Sra. Directora General de Programación Económica,
Personal y Servicios.
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