De conformidad con lo establecido en el art. 105 de la Ley
30/92, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y
del Procedimiento Administrativo Común, este Rectorado, en uso
de las competencias que le atribuye el art. 20.1 de la Ley 6/2001,
de 21 de diciembre, de Universidades, en relación con el art. 2.2
e) de la misma, así como los Estatutos de esta Universidad, resuelve
modificar la resolución de 18 de febrero de 2003 por la que se
convocan pruebas selectivas para ingreso en la plantilla laboral
de esta Universidad en la categoría profesional de Ayudantes de
Servicios de Conserjería, en los siguientes términos:
1.o Modificar el punto 1.1. de las bases de la convocatoria,
intercalando el párrafo que se indica, entre dicho punto y el 1.1.1:
"Del total de las plazas que se convocan, se reserva un tres
por ciento (3%) para ser cubiertas por personas con minusvalía
con grado de discapacidad igual o superior al treinta y tres por
ciento (33%), reconocido por los organismos competentes al
momento de finalización del plazo de presentación de solicitudes,
y cuya discapacidad no le impida el desarrollo normal de las
funciones propias de dicha categoría profesional. Este cupo de reserva
asciende a una plaza, que de quedar vacante, podrá ser cubierto
por aspirantes sin minusvalía."
2.o Modificar el primer párrafo del apartado B) del anexo II,
quedando redactado como se indica a continuación:
"B) Oposición (máximo 70 puntos): El tipo de prueba, fijado
por la Gerencia y el Comité de Empresa, pudiendo el Tribunal
suspender el segundo ejercicio, ajustada al temario que se publica
como anexo III a la presente convocatoria, es el siguiente:"
Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa,
se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante el
Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses
desde su publicación.
Málaga, 4 de abril de 2003.-El Rector, Antonio Díez de los
Ríos Delgado.
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