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Documento BOE-A-2006-10799

Resolución de 25 de mayo de 2006, de la Dirección General de la Marina Mercante, por la que se convocan pruebas para el reconocimiento de la capacitación profesional para prestar servicios portuarios de practicaje en los puertos de Santander, Las Palmas de Gran Canaria, Villanueva y La Geltrú/Vallcarca, Barcelona, Palamós, Instalaciones Marítimas de Alúmina Española en San Ciprián, Arguineguín-Santa Águeda (Gran Canaria).

Publicado en:
«BOE» núm. 143, de 16 de junio de 2006, páginas 23110 a 23112 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-A-2006-10799

TEXTO ORIGINAL

La Ley 27/1992, de 24 de noviembre, de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, establece en su artículo 102.8.b), entre otras competencias de la administración marítima, el establecimiento y realización de las pruebas precisas para el reconocimiento de la capacitación para prestar los servicios de practicaje en un puerto o grupo de puertos determinado. Igualmente el artículo 13.2 del Reglamento General de Practicaje, aprobado por Real Decreto 393/1996 de 1 de marzo (Boletín Oficial del Estado número 66, del 16), dispone que la Dirección General de la Marina Mercante, una vez determinadas las pruebas teóricas y prácticas, aprobará el programa de materias a que habrán de ajustarse los ejercicios para el acceso a la actividad de práctico en un puerto o grupo de puertos determinado, y convocará y realizará las pruebas pertinentes para acreditar la capacitación de los aspirantes para prestar los servicios portuarios de practicaje. Por otro lado, la Orden de 20 de febrero de 1997 por la que se regula el reconocimiento de capacitación profesional para la prestación de los servicios portuarios de practicaje, desarrollada posteriormente por resolución de 1 de diciembre de 1998, establece la división de las pruebas en dos partes, la primera, sobre legislación nacional, internacional, e idioma, que se organizará y llevará a cabo por la Dirección General de la Marina Mercante, y la segunda, sobre conocimientos específicos del puerto y resolución teórica de maniobras, que tendrá lugar en el puerto que corresponda. En su virtud, resuelvo:

Primero.-Convocar a los aspirantes que deseen presentarse y cumplan los requisitos establecidos en la norma para obtener la habilitación para prestar servicio como prácticos en los puertos de Santander (1 plaza), Las Palmas de Gran Canaria (1 plaza), Villanueva y La Geltrú/Vallcarca (1 plaza), Barcelona (2 plazas), Palamós (1 plaza), Instalaciones Marítimas de Alúmina Española en San Ciprián (1 plaza), Arguineguín-Santa Águeda (Gran Canaria) (1 plaza).

Segundo. Solicitudes.-Los aspirantes deberán reunir los requisitos de titulación y mando que se señalan en el artículo 12 del Reglamento General de Practicaje, y solicitar la admisión a las pruebas en instancia dirigida al Director General de la Marina Mercante, en la que se hará mención expresa del puerto o puertos para los que pretenden obtener la habilitación, si tiene aprobada las pruebas en Madrid y en qué convocatoria, a la que deberán unirse los siguientes documentos:

1. Aspirantes que superaron la primera parte de las pruebas realizadas en Madrid y que conserven la calificación obtenida de acuerdo con el plazo previsto en el punto duodécimo de la presente Resolución: 1.1 Certificación de la Capitanía Marítima, Consulado del país de bandera del buque, u otro organismo público, acreditativa de haber tenido el mando de buque o buques de arqueo superior a 1.000 GT, al menos durante dos años (730 días) dentro de los últimos diez de actividad profesional que precedan inmediatamente a la presente convocatoria.

1.2 Copia del resguardo de autoliquidación en cualquier entidad colaboradora por importe de 39,04€ de tasa por cada uno de los puertos a que opten, código 001 derechos de examen (impreso modelo 790, disponible en Capitanías Marítimas, Dirección General de la Marina Mercante o en cualquier otra dependencia administrativa).

2. Resto de aspirantes:

2.1 Certificación de la Capitanía Marítima, Consulado del país de bandera del buque, u otro organismo público, acreditativa de haber tenido el mando de buque o buques de arqueo superior a 1.000 GT, al menos durante dos años (730 días) dentro de los últimos diez de actividad profesional que precedan inmediatamente a la presente convocatoria.

2.2 Fotocopia de la tarjeta profesional de Capitán de la Marina Mercante. 2.3 Copia del resguardo de autoliquidación en cualquier entidad colaboradora por importe de 39,04 € de tasa por cada uno de los puertos a que opten, código 001 de derechos de examen (impreso modelo 790, disponible en Capitanías Marítimas o Dirección General de la Marina Mercante o en cualquier otra dependencia Administrativa). 2.4 Fotocopia del documento nacional de identidad o pasaporte.

Tercero. Presentación de solicitudes.-Podrán presentarse en la Dirección General de la Marina Mercante, en cualquier Capitanía Marítima, o bien en los lugares indicados en el artículo 38.4 de la Ley 30/1.992, de régimen jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de un mes a contar del día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el «Boletín Oficial del Estado».

Cuarto.-Al día siguiente, o el primer día hábil tras haber finalizado el plazo de presentación de solicitudes, la Dirección General de la Marina Mercante publicará la lista provisional de los solicitantes admitidos y de los excluidos, señalándose el puerto o puertos a que optan y, en su caso, las causas de la exclusión, así como las calificaciones obtenidas por los aspirantes que hubieran superado las tres pruebas de la primera parte en convocatorias anteriores, concediéndose un período de diez días naturales para subsanación de errores existentes, al término de los cuales se publicará la lista definitiva de excluidos. Las citadas listas se publicarán en los tablones de anuncios de la Dirección General de la Marina Mercante y en las Capitanías Marítimas de primera categoría, junto con el lugar, fecha y hora señalada para la realización del primer ejercicio de la primera parte de las pruebas, a realizar en Madrid. Quinto. Calificaciones.-En un plazo no mayor de siete días desde la celebración del primer ejercicio se publicará en los tablones de anuncios citados en el punto anterior la lista de aprobados, así como la fecha, hora y lugar señalados para la celebración del segundo ejercicio; estableciéndose iguales plazos y condiciones para la celebración del tercer ejercicio y publicación de resultados globales correspondientes a esta primera parte. Sexto. Órgano de evaluación para la primera parte de las pruebas.-El Órgano de Evaluación de las tres pruebas que integran esta primera parte se compondrá como sigue:

Titulares: Presidente: Don Francisco Suárez-Llanos Galán.

Vocal: Don Bruno Ruiz Soroa. Vocal: Don Alfonso Muñoz Fernández. Vocal: Don Rafael Cabal Álvarez. Secretario: Don Juan Ignacio Arribas Ruiz-Escribano.

Suplentes:

Presidente: Don Francisco Ramos Corona.

Vocal: Don Antonio Bustamante de la Rocha. Vocal: Don José Francisco Mosquera Gayoso. Vocal: Don Antonio Molinero Gutiérrez. Secretario: Doña Itziar Martín Partida.

Séptimo.-En la publicación de los resultados del tercer ejercicio el tribunal emplazará a los candidatos que puedan presentarse a la segunda parte de las pruebas para que presenten, en un plazo no superior a diez días, las certificaciones, de superación de pruebas físicas, y reconocimiento médico inicial, descritas en los puntos octavo y segundo respectivamente, de la Resolución de la Dirección General de la Marina Mercante de 29 de julio de 1998.

Octavo.-Finalizado el plazo de aportación de certificaciones que se menciona en el punto anterior, la Dirección General de la Marina Mercante publicará, en los mismos lugares que se indica en el punto tercero, la lista de los aspirantes admitidos y el lugar, fecha y hora de celebración de la segunda parte de las pruebas Noveno.-Órganos de evaluación de la segunda parte de las pruebas:

Santander

Titulares:

Presidente: Don Francisco López-Dóriga Saínz-Trápaga.

Vocal: Don Javier de la Riva Fernández. Vocal: Don Alfredo Cuervas-Mons Mons. Vocal: Don Juan Antonio Cuesta Fernández. Secretario: Don Francisco Ramos Corona.

Suplentes:

Presidente: Don José Luis Gamboa Alegría.

Vocal: Don José María López Sanz. Vocal: Don Emilio Martínez Agudo. Vocal: Don José Antonio Arce Llata. Secretario: Don Carlos Domingo Lalinde Pérez.

Las Palmas de Gran Canaria

Titulares:

Presidente: Don Pedro Mederos Martín.

Vocal: Don Juan González Pinto. Vocal: Don Gregorio Darías Álvarez. Vocal: Don Pedro Loyola Pérez. Secretario: Don José Hernández Gutiérrez.

Suplentes:

Presidente: Don Juan Mederos González.

Vocal: Don Manuel Figueroa García. Vocal: Don Alfonso Muñoz Fernández. Vocal: Don Antonio Naranjo Cabrera. Secretario: Don Andrés Real-Arce Valido

Villanueva y la Geltrú/Vallcarca

Titulares:

Presidente: Don Vicente Martí Flors.

Vocal: Doña Margarita Díez Rivola. Vocal: Don Antonio Garallo Pérez. Vocal: Don Pedro Trubat Altarriba. Secretario: Don Antonio Bustamante de la Rocha.

Suplentes:

Presidente: Don Antonio Benedicto Rodrigo.

Vocal: Don Miguel López Raya. Vocal: Don Joan Borrel i Arnal. Vocal: Don Manuel Roca Calderón. Secretario: Doña María Rosario Delgado Adzuara.

Barcelona

Titulares:

Presidente: Don Javier Valencia Alonso.

Vocal: Don José María Rovira Martí. Vocal: Don Ángel Claudios Fernández. Vocal: Don Rafael Cabal Álvarez. Secretario: Don Laureano Fernández Barcia.

Suplentes:

Presidente: Don Vicente Martí Flors.

Vocal: Don Alex García Formatjé. Vocal: Don José Rafael García Menéndez. Vocal: Don Joan Borrel i Arnal. Secretario: Don Antonio Benedicto Rodrigo.

Palamós

Titulares:

Presidente: Don Josep Marsal Bayerri.

Vocal: Don Bertomeu Soley Espuña. Vocal: Don Jaime Domingo Queralt. Vocal: Don Rafael Cabal Álvarez. Secretario: Don Ramón Maguregui Juaristi.

Suplentes:

Presidente: Don Antonio Benedicto Rodrigo.

Vocal: Doña María Cano Olmos. Vocal: Don José R. García Menéndez. Vocal: Don Juan A. Roig Carcelle. Secretario: Don Alberto Meaza Rodríguez.

San Ciprián

Titulares:

Presidente: Don Rafael Casanueva Alonso.

Vocal: Don Miguel Ángel Lourenzo de la Fuente. Vocal: Don José A. Ramil Acebo. Vocal: Don José Manuel Traba Díaz. Secretario: Don Juan Ignacio Arribas Ruiz-Escribano.

Suplentes:

Presidente: Don José Leopoldo Sequeiro Mallo.

Vocal: Don José Manuel Sánchez Suárez. Vocal: Don José Francisco Mosquera Gayoso. Vocal: Don José M. Bermúdez Garrote. Secretario: Don Ángel Fernández Acción.

Arguineguín-Santa Águeda

Titulares:

Presidente: Don Pedro Mederos Martín.

Vocal: Don José Antonio Nelson Santana. Vocal: Don Pedro Loyola Pérez. Vocal: Don Gregorio Darias Álvarez. Secretario: Don José Hernández Gutiérrez.

Suplentes:

Presidente: Don Juan Mederos González.

Vocal: Don José Antonio Nelson Santana. Vocal: Don Alvaro Cáceres Rodríguez. Vocal: Don Antonio Naranjo Cabrera. Secretario: Don Andrés Real-Arce Valido.

Décimo. Segunda parte de las pruebas.-La fecha y lugar de celebración de los ejercicios será la que se indique en el apartado octavo, salvo que por fuerza mayor, el Presidente del Órgano establezca otras fechas que deberán tener la misma publicidad.

Antes de la celebración de los ejercicios se comunicará por parte del Órgano las condiciones de realización y la fecha tope de publicación de resultados, repitiéndose el mismo proceso para el segundo ejercicio. Undécimo. Certificaciones, período de prácticas y habilitación.-En un plazo no mayor de diez días desde la celebración del segundo ejercicio, el tribunal publicará las listas con los resultados obtenidos por cada uno de los aspirantes, y la remitirá a la Dirección General de la Marina Mercante, que emitirá la certificación prevista en el artículo 14 del Reglamento General de Practicaje, señalará el período de prácticas correspondiente a cada caso, teniendo en cuenta lo que al respecto señala el artículo 16. 4, y estará en lo que a habilitación y nombramiento dispone el mencionado Reglamento. Duodécimo.-Los aspirantes que hayan superado la primera parte de las pruebas, así como aquellos que la superaron en anteriores convocatorias, conservarán la calificación obtenida en las mismas durante cinco años a contar desde la fecha de publicación del tercer ejercicio de las pruebas celebradas en Madrid. Decimotercero.-Los aspirantes que hayan superado la segunda parte de las pruebas realizadas en los respectivos puertos, conservarán el aprobado hasta que haya sido cubierta la plaza o plazas convocadas en esta Resolución, mediante la correspondiente habilitación por la Dirección General y nombramiento como Prácticos de Puerto por la Autoridad Portuaria.

Disposición final.

La presente Resolución y cuantos actos administrativos se deriven de ella podrán ser impugnados de acuerdo con lo establecido en la Ley de Régimen Jurídico de la Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Madrid, 25 de mayo de 2006.-El Director General de la Marina Mercante, Felipe Martínez Martínez.

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