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Documento BOE-A-2006-13841

Resolución de 14 de junio de 2006, de la Dirección General de Instituciones y Cooperación con la Justicia, de la Consejería de Justicia y Administración Pública, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones de Andalucía la Fundación para la Innovación y la Formación de la Empresa Comercial.

Publicado en:
«BOE» núm. 180, de 29 de julio de 2006, páginas 28552 a 28553 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Andalucía
Referencia:
BOE-A-2006-13841

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente por el que se solicita la inscripción en el Registro de Fundaciones de Andalucía de la constitución de la Fundación para la Innovación y la Formación de la Empresa Comercial, sobre la base de los siguientes

Antecedentes de hecho

Primero. Constitución de la Fundación.-La Fundación para la Innovación y la Formación de la Empresa Comercial fue constituida por la Confederación Empresarial de Comercio de Andalucía (CECA), el 23 de agosto de 2005, según consta en escritura pública otorgada ante el notario don Luis Peche Rubio, del Ilustre Colegio de Sevilla, registrada con el número 3.789 de su protocolo, escritura subsanada por otra de 12 de mayo de 2006, núm. 2.071.

Segundo. Fines.-Los fines de la Fundación de acuerdo con lo dispuesto en sus Estatutos, son los siguientes: «La defensa y el fomento del sistema de libre iniciativa y la economía de mercado; el fomento de las vocaciones empresariales, con el objetivo de estimular la creación de nuevas empresas, así como el desarrollo de la pequeña y mediana empresa; el fomento de la internacionalización y la cooperación de los empresarios y las asociaciones empresariales con empresarios y asociaciones de ámbito internacional, procurando de manera especial el establecimiento de relaciones entre aquellas y los organismos multilaterales de cooperación; el favorecimiento de la participación de las empresas y asociaciones en proyectos de cooperación al desarrollo de ámbito nacional o internacional, así como su reconocimiento mediante la entrega de distinciones; propiciar el encuentro para la profundización en el análisis y perspectivas de las realidades y coyunturas económicas, sociales y culturales, realizando y promoviendo estudios, asesoramiento, programación y gestión de programas integrales que tiendan a mejorar las condiciones de vida, dentro del respeto a las culturas; favorecer el desarrollo económico de Andalucía como medio para lograr una situación social cada vez más justa; la defensa de la imagen del empresario de comercio en los medios de comunicación y ante la opinión pública; la atención de las necesidades de información, formación investigación y perfeccionamiento de la empresa comercial, mediante el estudio y divulgación de cuantos temas puedan afectar a la potenciación de la misma, así como al desarrollo e innovación tecnológica; la colaboración para la institución de los canales de comercialización más adecuados entre el productor y el consumidor, y en ese marco el fomento de la creación de asociaciones, federaciones y cualesquiera otras organizaciones empresariales de comercio; el establecimiento, mantenimiento y fomento de contactos, vínculos y colaboraciones con otras entidades análogas en naturaleza y finalidad.» Tercero. Domicilio y ámbito de actuación.-El domicilio de la Fundación ha quedado establecido en la calle Habana núm. 14, de Sevilla, y el ámbito de actuación, conforme dispone la norma estatutaria, se extiende principalmente al territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Cuarto. Dotación.-La dotación inicial es de 30.000 euros, desembolsados íntegramente en el momento fundacional. Quinto. Patronato.-El gobierno, representación y administración de la Fundación se encomienda a un Patronato, constando expresamente el carácter gratuito de sus cargos, quedando obligado dicho órgano de gobierno a la rendición anual de cuentas y presentación de un plan de actuación en el que queden reflejados los objetivos y las actividades que se prevea desarrollar durante el ejercicio siguiente. El Patronato inicial cuya aceptación consta expresamente en el expediente fundacional queda formado por: don Manuel García Izquierdo-Parralo (Presidente); don Juan Lorenzo Bustamante Buendía, don José Cañete Serrano, don José Ignacio Díez Vergara, don Luis Escámez Martín, don Enrique Gil Fernández, don Enrique Oviedo Martín y don Francisco Román Amor (Vocales); y, don José Guerrero Huesca (Secretario).

Fundamentos de Derecho

Primero.-Resultan de aplicación para la resolución del procedimiento: el artículo 34 de la Constitución Española, que reconoce el derecho a fundar para fines de interés general; el artículo 13.25 del Estatuto de Autonomía para Andalucía, aprobado por Ley Orgánica 6/1981 de 20 de diciembre; la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones; la Ley 10/2005, de 31 de mayo, de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Andalucía; el Reglamento de organización y funcionamiento del Registro de Fundaciones de Andalucía, aprobado por Decreto 279/2003, de 7 de octubre; y la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Segundo.-La Fundación ha sido constituida por personas legitimadas para ello, dándose cumplimiento a lo establecido en la Ley 10/2005, de 31 de mayo, de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Tercero.-La entidad que ha solicitado su inscripción registral responde a la definición de fundación del artículo 1 de la Ley 10/2005, de 31 de mayo, estando sus fines comprendidos dentro de la enumeración del artículo 3 de dicho texto legal. Cuarto.-De acuerdo con lo establecido en el artículo 49.2 de la Ley 10/2005, de 31 de mayo, la inscripción de las fundaciones requiere informe favorable del Protectorado en cuanto a la idoneidad de los fines y suficiencia dotacional, habiendo obtenido al respecto un pronunciamiento favorable por parte del Protectorado de la Consejería de Educación. Quinto.-La documentación aportada reúne los requisitos exigidos por los artículos 9, 11 y 12 de la Ley 10/2005, de 31 de mayo. Sexto.-El procedimiento de inscripción ha sido tramitado de acuerdo con lo previsto en el Reglamento de organización y funcionamiento del Registro de Fundaciones de Andalucía y en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Séptimo.-La Consejería de Justicia y Administración Pública es competente para resolver el presente procedimiento de inscripción, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 2 del Decreto 279/2003, de 7 de octubre, por el que se crea el Registro de Fundaciones de Andalucía, y el artículo 26 de su reglamento de organización y funcionamiento.

En su virtud, esta Dirección General, de acuerdo con lo anterior y visto el informe de la Asesoría Jurídica de la Consejería, resuelve:

Primero.-Clasificar a la Fundación para la Innovación y la Formación de la Empresa Comercial, atendiendo a sus fines, como entidad de fomento de la economía, ordenando su inscripción en la Sección Sexta, «Fundaciones Laborales y de Fomento de la Economía» del Registro de Fundaciones de Andalucía, con el número SE/1015.

Segundo.-Inscribir en el Registro de Fundaciones de Andalucía el nombramiento de los miembros del Patronato relacionados en el antecedente de hecho quinto de la presente Resolución, así como la aceptación de los cargos. Tercero.-Ordenar la notificación de la presente Resolución a los interesados, su comunicación al Protectorado de Fundaciones de la Consejería de Educación, a la Administración del Estado y la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 26.5 del Reglamento de organización y funcionamiento del Registro de Fundaciones de Andalucía y en los ar-tículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, cabe interponer recurso de alzada, en el plazo de un mes desde su publicación, ante la Consejería de Justicia y Administración Pública.

Sevilla, 14 de junio de 2006.-La Directora General de Instituciones y Cooperación con la Justicia, M.ª Luisa García Juárez.

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