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Documento BOE-A-2006-14501

Decreto 59/2006, de 22 de junio, por el que se declara bien de interés cultural, con la categoría de monumento, el Palacio del Marqués de Canillejas en Valdesoto, concejo de Siero.

Publicado en:
«BOE» núm. 189, de 9 de agosto de 2006, páginas 29948 a 29950 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma del Principado de Asturias
Referencia:
BOE-A-2006-14501

TEXTO ORIGINAL

El Palacio del Marqués de Canillejas en Valdesoto constituye un ejemplo destacado de la arquitectura palacial asturiana del siglo xviii, dentro del estilo barroco desornamentado, contando el edificio con algunos añadidos y reformas datables en el siglo xix. El palacio tiene forma de bloque cerrado de estructura lisa y desornamentada, con planta rectangular a dos alturas y un patio central rodeado de galerías soportadas por columnas toscazas. Destaca el jardín del palacio, delimitado por una tapia, y con una superficie de 70.000 metros cuadrados, considerado uno de los mejores ejemplos de jardín clásico de Asturias (con sus parterres, galería de estatuas, balaustradas, cenador, columnas de piedra, plaza de azulejos esmaltados). Su diseño se debió a un autor francés de finales del siglo xix. La constatación de la importancia histórica y artística de este Palacio llevó a la entonces Dirección General de Bellas Artes, Archivos y Bibliotecas del Ministerio de Cultura a incoar, con fecha 9 de junio de 1982 el expediente administrativo para su declaración como Bien de Interés Cultural, con la categoría de Monumento. El citado expediente fue tramitado inicialmente por esta Consejería de conformidad con lo establecido en la Ley 16/1985, de 25 de junio, de Patrimonio Histórico Español, y el Real Decreto 111/1986, de 10 de enero, de desarrollo parcial de dicha ley, modificado por Real Decreto 64/1994, de 21 de enero. La aprobación de la Ley del Principado de Asturias 1/2001, de 6 de marzo, de Patrimonio Cultural, determinó que, en virtud de la Disposición Transitoria Primera, el expediente continuase su tramitación conforme a lo establecido en la nueva normativa. En aplicación de esta legislación, se aprobó una nueva Resolución, con fecha 13 de mayo de 2005, por medio de la cual se procedió a delimitar un entorno de protección provisional para el Palacio de Valdesoto. A continuación se solicitaron informes a las instituciones consultivas, obteniéndose favorables a la declaración de la Real Academia de la Historia y de la Real Academia de Bellas Artes de San Fernando. Igualmente la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Asturias informó favorablemente la propuesta de declaración del Palacio del Marqués de Canillejas como Bien de Interés Cultural. Por Resolución de 28 de septiembre de 2005 de la Consejería de Cultura, Comunicación Social y Turismo se abrió un período de información pública para que todas aquellas personas o entidades interesadas formulasen las alegaciones que estimasen oportunas. Fruto de las alegaciones presentadas fue la variación en el entorno de protección inicialmente propuesto aprobada por el Pleno del Consejo del Patrimonio Cultural de Asturias con fecha 31 de mayo de 2006. Asimismo el Consejo del Patrimonio Cultural de Asturias, en su reunión de 31 de mayo de 2006, emitió informe favorable y motivado, por lo que, cumplimentados los trámites exigidos por la Ley en la instrucción del expediente, procede culminar el procedimiento de conformidad con lo dispuesto en los artículos 10 y siguientes y la Disposición Transitoria Primera de la Ley del Principado de Asturias 1/2001, de 6 de marzo, de Patrimonio Cultural, y así, a propuesta de la Consejera de Cultura, Comunicación Social y Turismo, y previo acuerdo del Consejo de Gobierno en su reunión de 22 de junio de 2006, dispongo:

Artículo 1. Declaración.

Declarar Bien de Interés Cultural, con la categoría de Monumento, el Palacio del Marqués de Canillejas, sito en Valdesoto, concejo de Siero.

Artículo 2. Descripción complementaria.

La descripción complementaria del bien y sus valores se hacen constar en el anexo I que se adjunta y que forma parte del presente Decreto.

Artículo 3. Delimitación.

Delimitar el entorno de protección del Palacio del Marqués de Canillejas de Valdesoto, concejo de Siero, según la descripción literal que consta en el anexo I-3 y del Plano de situación del anexo II que también se adjunta como parte integrante de este Decreto.

Disposición final.

El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.

Oviedo, 22 de junio de 2006.-El Presidente del Principado de Asturias, Vicente Álvarez Areces.-La Consejera de Cultura, Comunicación Social y Turismo, Ana Rosa Migoya Diego.

ANEXO I Extracto del expediente de declaración como bien de interés cultural del Palacio del Marqués de Canillejas en Valdesoto, concejo de Siero

I. Datos sobre el bien objeto de la declaración

1. Denominación: Palacio del Marqués de Canillejas en Valdesoto. 2. Localización:

a) Comunidad Autónoma: Principado de Asturias.

b) Provincia: Asturias. c) Municipio: Siero.

II. Resumen histórico-artístico del bien

El palacio de los marqueses de Canillejas, también conocido como palacio o casa de Carreño, está situado en el concejo de Siero, en la parroquia de San Féix de Valdesoto, ubicado en una amplia finca rodeada por uno de los jardines históricos de mayor entidad en Asturias.

Es un edificio en forma de bloque cerrado de estructura lisa y desornamentado con planta rectangular a dos alturas y aspecto compacto, únicamente roto en su alzado por la disposición de una estructura turriforme en la esquina de las fachadas norte y este. El centro de la construcción está abierto por medio de un patio con galerías soportadas por cuatro columnas toscanas. En la fachada Este, destaca una capilla de estilo neogótico adosada a la vivienda a la que se accede desde el interior del edificio por medio de una tribuna. La superficie en planta del palacio es de alrededor de 400 m2, teniendo sus lados algo más de 20 m de longitud. Consta además de un conjunto de dependencias auxiliares de corte más popular que se alinean en torno a la fachada norte, compuesto por edificios anexos construidos en diferentes épocas y distintos materiales, alrededor del espacio abierto llamado la plazuela, delimitada por el muro de cierre de la finca y una panera de grandes dimensiones. El palacio posee una interesantísima colección de muebles, pinturas, cerámicas y otros objetos decorativos que adornan su interior. Esta colección destaca por la gran calidad de sus elementos integrantes, que sin duda forman parte de la historia del edificio y de sus moradores, pertenecientes a un restringido sector social no bien representado en las colecciones públicas de Asturias. Se documenta una casa solar de los Carreño en este mismo lugar en el siglo xvii, probablemente renovada en el siglo siguiente y entre cuyos restos se sitúa la pequeña ventana con sogueado, colocada en el extremo de la fachada oeste, junto al ábside de la capilla. La construcción del palacio actual data del siglo xviii, adscribiéndose a la corriente del Barroco desornamentado con algunos añadidos y reformas efectuadas de finales del siglo xix que no ha afectado gravemente a la concepción original de la construcción. Quizás el elemento más destacado del conjunto lo constituye el jardín, delimitado por una tapia que abarca una superficie de 70.000 m2. No existen fuentes documentales sobre el artífice del trazado de unos jardines que están considerados como el mejor ejemplo de estilo clásico en nuestra región. Su diseño se debe posiblemente a un autor francés, datando de finales del siglo xix, en una época en la que los jardines pasan por un momento de auge en toda Europa. El jardín se sitúa en los alrededores de la residencia y se articula por medio de parterres, un ambulacro, una galería de estatuas, una plaza de azulejos esmaltados, diversas escalinatas, cenador, balaustradas, columnas de piedra, etc., También lo integran diversas edificaciones levantadas ex profeso en diferentes espacios como: El pabellón, el invernadero, las jaulas para aves y para las fieras, el mirador, el palomar e incluso un complejo ingenio hidráulico.

III. Entorno de protección

Término municipal de Siero: 1. Intersección segmento virtual entre puntos 32 y 1, con Eje de Camino de referencia catastral: Parcela 09003a (polígono 174).

1-2. Eje de Camino de referencia catastral: Parcela 09003a (polígono 174), en su tramo colindante con la parcela de referencia catastral: 00365b (polígono 174). 2. Intersección Eje de Camino de referencia catastral: Parcela 09003a (polígono 174), con Eje de Camino de referencia catastral: Parcela 00442 (polígono 182). 2-3. Eje de Camino de referencia catastral: Parcela 00442 (polígono 182), en su tramo colindante con las parcelas de referencia catastral: 00230 y 00216 (polígono 182). 3. Intersección Eje de Camino de referencia catastral: Parcela 00442 (polígono 182), con Linde de parcelas de referencia catastral: 00215 y 00216 (polígono 182). 3-4. Linde de parcelas de referencia catastral: 00215 y 00216 (polígono 182). 4-5. Linde de parcelas de referencia catastral: 00212 y 00216 (polígono 182). 5-6. Linde de parcelas de referencia catastral: 00208 y 00216 (polígono 182). 6-7. Tramo de Linde de parcelas de referencia catastral: 00207 y 00208 (polígono 182). 7-8. Segmento rectilíneo virtual entre puntos 7 y 8. 8-9. Tramo de Linde de parcelas de referencia catastral: 00207b y 00207a (polígono 182). 9-10. Tramo de Linde de parcelas de referencia catastral: 00205 y 00207b (polígono 182). 10-11. Linde de parcelas de referencia catastral: 00205b y 00204a (polígono 182). 11-12. Linde de parcelas de referencia catastral: 00205b y 00219 (polígono 182). 12-13. Linde de parcelas de referencia catastral: 00217 y 00219 (polígono 182). 13-14. Linde de parcelas de referencia catastral: 00217 y 00220 (polígono 182). 14-15. Linde de parcelas de referencia catastral: 00218 y 00220 (polígono 182). 15-16. Linde de parcelas de referencia catastral: 00228 y 00221 (polígono 182). 16-17. Linde de parcelas de referencia catastral: 00228 y 00226 (polígono 182). 17-18. Linde de parcelas de referencia catastral: 00228 y 00227 (polígono 182). 18. Intersección Linde de parcelas de referencia catastral: 00228 y 00227 (polígono 182), con Eje de Camino de referencia catastral: Parcela 00442 (polígono 182). 18-19. Eje de Camino de referencia catastral: Parcela 00442 (polígono 182), en su tramo colindante con las parcelas de referencia catastral: 00227 y 00074 (polígono 182). 19. Intersección del Eje de Camino de referencia catastral: Parcela 00442 (polígono 182), con Linde de parcelas de referencia catastral: 00074 y 00073 (polígono 182). 19-20. Linde de parcelas de referencia catastral: 00074 y 00073 (polígono 182). 20-21. Linde de parcelas de referencia catastral: 00064 y 00073 (polígono 182). 21-22. Linde de parcelas de referencia catastral: 00064 y 10066 (polígono 182). 22-23. Linde de parcelas de referencia catastral: 00063 y 00065 (polígono 182). 23-24. Linde de parcelas de referencia catastral: 11061 y 00065 (polígono 182). 24-25. Linde de parcelas de referencia catastral: 11061 y 00059 (polígono 182). 25-26. Linde de parcelas de referencia catastral: 11061 y 00060 (polígono 182). 26. Intersección del Linde de parcelas de referencia catastral: 11061 y 00060 (polígono 182), con Eje de Camino de referencia catastral: Parcela 00442 (polígono 182), 26-27. Eje de Camino de referencia catastral: Parcela 00442 (polígono 182), en su tramo colindante con las parcelas de referencia catastral: 11061, 12061 y 00061 (polígono 182). 27. Intersección del Eje de Camino de referencia catastral: Parcela 00442 (polígono 182), con Linde de parcelas de referencia catastral: 00292a y 11294 (polígono 173). 27-28. Linde de parcelas de referencia catastral: 00292 y 11294 (polígono 173). 28-29. Linde de parcelas de referencia catastral: 00292 y 00295 (polígono 173). 29-30. Linde de parcelas de referencia catastral: 00292 y 00293 (polígono 173). 30-31 Linde de parcelas de referencia catastral: 00292a y 12293a (polígono 173). 31. Intersección del Linde de parcelas de referencia catastral: 00292a y 12293a (polígono 173), con Eje de Camino de referencia catastral: Parcela 09003a (polígono 174). 31-32. Eje de Camino de referencia catastral: Parcela 09003a (polígono 174), en su tramo colindante con las parcelas de referencia catastral: 00366a (polígono 174). 32. Intersección del Eje de Camino de referencia catastral: Parcela 09003a (polígono 174), con Segmento virtual entre puntos 32 y 1. 32-1. Segmento virtual de dirección N-S entre puntos 32 y 1, formado por línea paralela al trazado de los Caminos de referencia catastral: Parcela 09003a (polígono 174), y parcela 00442 (polígono 182), distando 45 metros del borde exterior de las mismas, en el tramo que comprende las parcelas de referencia catastral: 00366a y 00365 (a, b y c) (polígono 174).

Parcelas afectadas por la delimitación:

Polígono 174: Parcialmente n.º 365, 366.

Polígono 173: Íntegramente n.º 292. Polígono 182: Íntegramente n.º 229, 230, 205, 216, 217, 218, 228, 74, 64, 63, 11061, 12061, 61, 67. Parcialmente n.º 207b.

IV. Datos administrativos

1. Expediente N.º: 45/97 BIC. 2. Incoación del expediente:

a) Fecha de incoación: 9 de junio de 1982 y 13 de mayo de 2005 (que fija un entorno de protección provisional y complementa la anterior).

b) Fecha de notificación de la incoación: 20 de mayo de 2005. c) Fecha de publicación:

BOPA: 25 de junio de 2005.

BOE: 1 de septiembre de 1982 y 10 de junio de 2005.

d) Fecha de comunicación al Registro General de Bienes de Interés Cultural: 20 de mayo de 2005. 3. Instrucción:

a) Instituciones que han emitido informe favorable: Real Academia de Bellas Artes de San Fernando.

Real Academia de la Historia. Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio (CUOTA).

b) Fecha y «Diario Oficial» en que se publica la apertura del período de información pública y duración del mismo: BOPA: 13 de octubre de 2005. Duración 20 días hábiles.

c) Ayuntamiento oído en el expediente: Ayuntamiento de Siero. d) Acuerdo favorable a la declaración del Pleno del Consejo de Patrimonio Cultural de Asturias de fecha 31 de mayo de 2006.

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF de esta disposición.

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