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Documento BOE-A-2006-15489

Resolución de 31 de julio de 2006, de la Secretaría General de Sanidad, por la que se da publicidad al Convenio de colaboración entre el Ministerio de Sanidad y Consumo y el Instituto Aragonés de Ciencias de la Salud para la realización de un seminario internacional sobre Guías de Práctica Clínica.

Publicado en:
«BOE» núm. 212, de 5 de septiembre de 2006, páginas 31782 a 31783 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Sanidad y Consumo
Referencia:
BOE-A-2006-15489

TEXTO ORIGINAL

Suscrito el 28 de julio de 2006 Convenio de colaboración entre el Ministerio de Sanidad y Consumo y el Instituto Aragonés de Ciencias de la Salud para la realización de un seminario internacional sobre Guías de Práctica Clínica, en cumplimiento de lo dispuesto en el apartado dos del artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación en el Boletín Oficial del Estado de dicho Acuerdo, que figura como anexo de esta Resolución.

Madrid, 31 de julio de 2006.-El Secretario General de Sanidad del Ministerio de Sanidad y Consumo, José Martínez Olmos.

ANEXO

Convenio de colaboración entre el Ministerio de Sanidad y Consumo y el Instituto Aragonés de Ciencias de la Salud para la realización de un seminario internacional sobre Guías de Práctica Clínica.

En Madrid, a 28 de julio de 2006. De una parte, doña Elena Salgado Méndez, Ministra de Sanidad y Consumo, según nombramiento conferido por el Real Decreto 558, de 2004 (BOE número 94 de 18 de abril de 2004), y en virtud de las facultades que le otorga el artículo 4.1 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno; así como el artículo 13.3 de la Ley 6/1997 de 14 de abril, de organización y funcionamiento de la Administración General del Estado.

Y, de otra, doña Luisa María Noeno Ceamanos Consejera de Salud y Consumo del Gobierno de Aragón y Presidenta del Instituto Aragonés de Ciencias de la Salud actuando en nombre y representación del mismo en virtud de las facultades conferidas por la ley 6/2002, de 15 de abril, de Salud de Aragón.

Ambos, que actúan en razón de sus respectivos cargos, se reconocen, mutua y recíprocamente, capacidad legal necesaria para la formalización del presente Convenio de colaboración y, a tal efecto, EXPONEN

Que el Ministerio de Sanidad y Consumo tiene la responsabilidad de la mejora de la calidad en el sistema sanitario en su conjunto, cumpliendo las previsiones recogidas en la Ley 16/2003 de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud. Para este fin, la citada ley en su artículo 60, prevé la creación de una Agencia de Calidad del Sistema Nacional de Salud, órgano encargado de la elaboración y mantenimiento de la infraestructura de la calidad, entre cuyas actividades, enumeradas en el artículo 59 de la mencionada Ley, se encuentra la elaboración de guías de práctica clínica.

Que el Instituto Aragonés de Ciencias de la Salud (en adelante Instituto) se crea por la ley 6/2002, de 15 de abril, de Salud como entidad de Derecho público adscrita al Departamento responsable de Salud y dotada de personalidad jurídica y patrimonio propio, y plena capacidad para el cumplimiento de los fines de colaboración en el desarrollo de los servicios del Sistema de Salud de Aragón, mediante la formación de los recursos humanos, el fomento de la investigación, la asesoría y cooperación y el aumento del conocimiento sobre la salud de la población y sus determinantes. Que ambas partes tienen intereses comunes y por ello acuerdan el presente convenio de colaboración que se regirá mediante las siguientes

ESTIPULACIONES Primera. Objeto.-El presente Convenio tiene por objeto regular las condiciones de la colaboración entre ambas partes suscribientes, para la celebración de un seminario internacional entre profesionales con experiencia en el ámbito de las guías de práctica clínica (GPC), así como la elaboración de la documentación necesaria en soporte electrónico como apoyo a la realización del Seminario.

Segunda. Funciones y actividades de la Agencia de Calidad.-Aportará la información y documentación necesarias para el desarrollo del convenio que le sea requerida por parte del Instituto, siempre que ésta se encuentre en su poder. Financiará las actividades objeto del convenio, tal como se detalla en la cláusula quinta. Tercera. Funciones y actividades del Instituto.-El Instituto Aragonés de Ciencias de la Salud se encargará de la gestión y desarrollo de los trabajos necesarios para la celebración de un seminario internacional entre profesionales con experiencia en el ámbito de las GPC. La propuesta de seminario se plantea en el anexo I. Cuarta. Plazo de vigencia.-El plazo de vigencia del presente Convenio se establece en el comprendido entre la fecha de su firma y el 22 de diciembre de 2006. Quinta. Financiación y pago.-El Ministerio de Sanidad y Consumo aportará sesenta mil euros (60.000 euros), incluidos todos los impuestos, para la financiación del Convenio con cargo a la aplicación presupuestaria 26.13 311-O 226.10 de los Presupuestos Generales del Estado. El pago del seminario internacional se hará tras su celebración y posterior entrega de un informe detallado de las conclusiones adoptadas y una vez recepcionado de conformidad por la Agencia de Calidad. Ambas partes estarán sometidas a los procedimientos de autorización y control presupuestario del gasto vigente en cada una de ellas, garantizando la correcta utilización de los fondos. Sexta. Resolución.-El presente Convenio podrá quedar sin efecto por mutuo acuerdo de las partes, bastando con que los representantes de ambas entidades expresen su voluntad de resolver el convenio de forma expresa y por escrito. Podrá procederse igualmente a la resolución unilateral del Convenio por incumplimiento de las obligaciones en él contenidas por cada una de las partes, previo aviso con un plazo no inferior a tres meses a la fecha prevista para la resolución del convenio o de sus prórrogas. Octava. Marco jurídico.-El presente Convenio de colaboración tiene naturaleza administrativa de los previstos en el artículo 3.1.c) del Real Decreto Legislativo 2/2001 de 16 de junio por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas por lo que queda fuera de su ámbito de aplicación sin perjuicio de los principios y criterios en él contenidos para resolver las lagunas que pudieran suscitarse.

Novena. Jurisdicción.-Las dudas y controversias que surjan con motivo de la interpretación y aplicación del presente convenio, se resolverán de conformidad con las normas aplicables en Derecho, y serán de la competencia de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Y para que conste a los efectos oportunos, en prueba de conformidad, las partes firman el presente convenio en el lugar y fecha arriba indicados. Firmado.-La Ministra de Sanidad y Consumo, Elena Salgado Méndez.-La Presidenta del Instituto Aragonés de Ciencias de la Salud, Luisa María Noeno Ceamanos.

Anexo I Seminario Internacional - 2006. Guías de Práctica Clínica (GPC) en el Sistema Nacional de Salud (SNS)

Propuesta:

Celebración de un Seminario Internacional en otoño de 2006.

Participantes:

Profesionales sanitarios, tanto clínicos como gestores, con experiencia o responsabilidad en el desarrollo de GPC y representantes de organizaciones de pacientes. Se invitará: A las CC.AA.

A las Sociedades Científicas. A las Agencias de Evaluación de Tecnologías Sanitarias. A representantes del mundo académico.

Objetivo general:

Difundir actividades llevadas a cabo en relación a las Guías de Práctica Clínica en el ámbito nacional e internacional por actores con una amplia experiencia en este campo.

Objetivos operativos:

Conocer experiencias llevadas a cabo con relación a los programas de desarrollo de GPC.

Conocer experiencias llevadas a cabo en otros países con relación a los programas implantación y evaluación de GPC. Discutir sobre posibles alternativas en el ámbito del Sistema Nacional de Salud en relación a la elaboración, implantación y evaluación de GPC.

Celebración:

Otoño de 2006.

Programa:

Mañana: Desarrollo de dos o tres mesas consecutivas con réplicas de actores españoles.

Tiempo estimado: Cinco horas.

Tarde:

Constitución de la última mesa de trabajo con actores clave.

Tiempo estimado: Tres horas.

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