Visto el expediente de indulto de don Manuel Jesús Tirado Jiménez, con los informes del Ministerio Fiscal y del tribunal sentenciador, condenado por la Audiencia Provincial de Cádiz, sección octava, con sede en Jerez de la Frontera, en sentencia de 29 de enero de 2004, como autor de un delito continuado de apropiación indebida, a la pena de tres años y seis meses de prisión y multa de ocho meses con una cuota diaria de seis euros, con las accesorias de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos durante los años 1995 a 1997, a propuesta del Ministro de justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 1 de septiembre de 2006,
Vengo en conmutar a don Manuel Jesús Tirado Jiménez la pena privativa de libertad impuesta por otra de dos años de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años desde la publicación de este real decreto.
Dado en Madrid, el 1 de septiembre de 2006.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia, JUAN FERNANDO LÓPEZ AGUILAR
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