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Documento BOE-A-2006-17020

Orden TAS/2973/2006, de 25 de septiembre, por la que se determina la fecha de efectos de la Orden TAS/1376/2006, de 25 de abril, por la que se adjudican los puestos de trabajo convocados por Orden TAS/216/2006, de 25 de enero, en el Instituto Nacional de la Seguridad Social.

Publicado en:
«BOE» núm. 233, de 29 de septiembre de 2006, páginas 34043 a 34044 (2 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-2006-17020

TEXTO ORIGINAL

Mediante Orden TAS/1376/2006, de 25 de abril (Boletín Oficial del Estado de 10 de mayo), se adjudicaron los puestos de trabajo de Médicos Evaluadores Jefes y Médicos Evaluadores, convocados por Orden TAS/216/2006, de 25 de enero (Boletín Oficial del Estado de 7 de febrero). En la disposición tercera de la citada Orden, se establece la demora en la efectividad de la resolución del concurso hasta la fecha de la resolución definitiva del proceso de selección de funcionarios interinos de la Escala de Médicos Inspectores del Cuerpo de Inspección Sanitaria de la Administración de la Seguridad Social, que se convocaría para la cobertura de los puestos que quedasen vacantes como consecuencia del citado concurso. Como quiera que el proceso de selección de funcionarios interinos de la Escala de Médicos Inspectores del Cuerpo de Inspección Sanitaria de la Administración de la Seguridad Social concluirá el día 3 de octubre de 2006, la fecha de efectos de la Orden TAS/1376/2006, de 25 de abril, por la que se resuelve el concurso de referencia, será el mismo día 3 de octubre.

De conformidad con lo dispuesto en la disposición cuarta de la Orden referida, desde la publicación de la relación definitiva de aspirantes que hubiesen superado el proceso selectivo para su nombramiento como funcionarios interinos de la Escala antes mencionada, el plazo para tomar posesión será de tres días hábiles si no implica cambio de residencia del funcionario o de un mes si comporta cambio de residencia o el reingreso al servicio activo. Dicho plazo comenzará a contarse a partir del día siguiente al del cese, que deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles siguientes a la fecha antes indicada.

Madrid, 25 de septiembre de 2006.-El Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales, P. D. (Orden TAS/2268/2006, de 11 de julio), el Secretario de Estado de la Seguridad Social, Octavio Granado Martínez.

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