Contido non dispoñible en galego

Está Vd. en

Documento BOE-A-2006-17089

Resolución de 8 de septiembre de 2006, de la Secretaría General para la Prevención de la Contaminación y el Cambio Climático, por la que se adopta la decisión de no someter a evaluación de impacto ambiental el proyecto de «Limpieza y acondicionamiento del arroyo Madre Fuentes, paraje núcleo urbano a arroyo Alamillo, términos municipales de Fuentes de Andalucía y Écija (Sevilla)», promovido por la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir.

Publicado en:
«BOE» núm. 233, de 29 de septiembre de 2006, páginas 34187 a 34188 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-2006-17089

TEXTO ORIGINAL

El Real Decreto legislativo 1302/1986, de 28 de junio, de Evaluación de Impacto Ambiental, modificado por la Ley 6/2001, de 8 de mayo, y por la Ley 9/2006, de 28 de abril, establece en el artículo 1.3, que los proyectos públicos o privados, consistentes en la realización de las obras, instalaciones o de cualquier otra actividad comprendidas en el anexo II de este Real Decreto legislativo sólo deberán someterse a evaluación de impacto ambiental, en la forma prevista en esta disposición, cuando así lo decida el órgano ambiental en cada caso. El proyecto de «Limpieza y acondicionamiento del arroyo Madre Fuentes, paraje núcleo urbano a arroyo Alamillo. TT. MM. de Fuentes de Andalucía y Écija (Sevilla)» se encuentra comprendido en el apartado c), del grupo 8, del anexo II del Real Decreto legislativo.

1. Objeto, descripción del proyecto y localización. Promotor y órgano sustantivo

La actuación proyectada tiene como objetivo la restauración hidrológica del arroyo Madre Fuentes, para evitar su desbordamiento y la consiguiente inundación de los terrenos de cultivo existentes. En el tramo del arroyo Madre Fuentes comprendido entre el núcleo urbano de Fuentes de Andalucía y la incorporación del arroyo Alamillo, de escasa pendiente longitudinal, se aprecian signos de desbordamiento e inundaciones de terrenos de labor, así como la presencia de hierbas y gramas en el lecho, que favorecen la sedimentación de finos y el estancamiento del agua. Las actuaciones a realizar son:

Desbroce y limpieza del cauce del arroyo Madre Fuentes, en un tramo de 13.200 metros de longitud, así como la excavación del mismo.

Construcción de terraplenes en los laterales del lecho, con material seleccionado procedente de excavación, y extendido del 40 % de los productos resultantes del dragado en las márgenes del arroyo. Colocación de 32 escolleras, 16 de ellas, con cinco metros de longitud, se colocarán en los primeros 800 metros de longitud del tramo de actuación y cada 50 metros; y las restantes en zonas de curvas pronunciadas. Ejecución de cinco badenes de hormigón sobre caminos y adecuación de 9.800 metros de un camino paralelo al arroyo. Plantación de 5.280 unidades de ejemplares arbóreos y arbustivos de ribera en ambas márgenes del arroyo y revegetación de los taludes de avenida mediante hidrosiembra.

El tramo del arroyo Madre Fuentes, entre el núcleo urbano de Fuentes de Andalucía y la incorporación del arroyo Alamillo, se encuentra situado en los términos municipales de Fuentes de Andalucía y Écija, en la provincia de Sevilla.

El promotor y órgano sustantivo del proyecto es la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir.

2. Tramitación y consultas

De acuerdo con el artículo 1.5 del Real Decreto legislativo, la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental recibe, con fecha 13 de enero de 2006, la documentación relativa al proyecto, con objeto de determinar la necesidad de su sometimiento a procedimiento de evaluación de impacto ambiental. La Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, con fecha 28 de abril de 2006, consultó a los siguientes organismos y entidades:

Relación de consultados

Respuestas recibidas

Confederación Hidrográfica del Guadalquivir

-

Dirección General de Prevención y Calidad Ambiental de la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía

X

Dirección General de Bienes Culturales de la Consejería de Cultura de la Junta de Andalucía

X

ADENA

-

Greenpeace

-

SEO/BirdLife

-

Ecologistas en Acción Andalucía Verdemar

-

Plataforma del Guadalquivir

-

Ayuntamiento de Fuentes de Andalucía

-

Ayuntamiento de Écija

X

De las respuestas recibidas, la única con sugerencias ambientales fue la emitida por:

La Dirección General de Prevención y Calidad Ambiental de la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía, donde tras analizar el proyecto, informa que la actuación está incluida en el apartado 36 del anexo II de la Ley 7/1994, de 18 de mayo, de Protección Ambiental, de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

3. Análisis de la documentación ambiental y de los criterios del anexo III

Una vez analizada la documentación que obra en el expediente, se procede a revisar los criterios del anexo III del Real Decreto legislativo, para determinar la necesidad o no de sometimiento al trámite de evaluación ambiental. Características del proyecto: Las actuaciones propuestas en el arroyo Madre Fuentes, consistirán en la limpieza, desbroce y excavación de su cauce, desde el núcleo urbano de Fuentes de Andalucía hasta su confluencia con el arroyo Alamillo. Estas actuaciones se complementan con la colocación de escolleras y badenes de hormigón, la adecuación de un camino paralelo al arroyo y la plantación e hidrosiembra de especies riparias. Los materiales utilizados para la adecuación, procederán en su mayor parte, de la excavación del cauce. Con la ejecución del proyecto, no se prevé incremento significativo en la contaminación, ni en el riesgo de accidentes, ni tampoco en la generación de residuos. Ubicación del proyecto: El tramo del arroyo de Madre Fuentes ocupa los parajes situados entre el núcleo urbano de Fuentes de Andalucía y el arroyo Alamillo, en los términos municipales de Fuentes de Andalucía y Écija en la provincia de Sevilla. El uso del suelo en la zona es predominantemente agrícola (cultivos de secano), la vegetación de ribera asociada al cauce del arroyo es prácticamente inexistente y con un grado de conservación muy bajo. El entorno de la zona de actuación está fuertemente antropizado. Con el desarrollo del proyecto no se afectará a ningún tipo de espacio protegido ni a bienes catalogados como de interés cultural o patrimonial. Características del potencial impacto. Con la ejecución del proyecto, se producirán afecciones ambientales de ámbito local muy restringido y recuperable, que serán mitigadas con el cumplimiento de las medidas correctoras y preventivas contempladas en la documentación presentada. El proyecto no supondrá una afección significativa sobre el entorno, por lo tanto el potencial impacto que ejercerá se considera compatible con el medio.

4. Conclusión

Considerando los criterios que se han expuesto respecto del anexo III del Real Decreto legislativo 1302/1986, relativos a las características del proyecto, su ubicación y características del potencial impacto, y teniendo en cuenta la documentación aportada por el promotor, no se deduce la posible existencia de impactos ambientales significativos que aconsejen someter el proyecto al procedimiento de evaluación de impacto ambiental.

Por tanto, en virtud del artículo 1.3 del Real Decreto legislativo, la Secretaría General para la Prevención de la Contaminación y el Cambio Climático, a la vista de la Propuesta de Resolución emitida por la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental de fecha 7 de septiembre de 2006, considera que no es necesario someter al Procedimiento de Evaluación Ambiental el proyecto de «Limpieza y acondicionamiento del arroyo Madre Fuentes, paraje núcleo urbano a arroyo Alamillo. TT. MM. de Fuentes de Andalucía y Écija (Sevilla)».

Madrid, 8 de septiembre de 2006.-El Secretario General para la Prevención de la Contaminación y el Cambio Climático, Arturo Gonzalo Aizpiri.

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF de esta disposición.

subir

Axencia Estatal Boletín Oficial do Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid