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Documento BOE-A-2006-18461

Resolución de 26 de septiembre de 2006, de la Secretaría de Estado de Universidades e Investigación, por la que se corrigen errores de la de 11 de agosto de 2006, por la que se conceden menciones de calidad a programas de Doctorado de las Universidades españolas para el curso académico 2006-2007.

Publicado en:
«BOE» núm. 253, de 23 de octubre de 2006, páginas 36971 a 36972 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Ciencia
Referencia:
BOE-A-2006-18461

TEXTO ORIGINAL

Advertidos errores por omisión de algunos programas de Doctorado en los anexos de la Resolución de 11 de agosto de 2006 («BOE» de 30 de agosto de 2006), de la Secretaría de Estado de Universidades e Investigación, por la que se concedieron menciones de calidad a programas de Doctorado de las Universidades españolas para el curso académico 2006-2007, procede su subsanación en los siguientes términos: 1. En el anexo I en el que se relacionan los estudios de doctorado que han obtenido la mención de calidad, deben añadirse los siguientes programas:

Universidad responsable/coordinadora

Referencia

Programa de Doctorado o Programa Oficial de Posgrado con Doctorado

Legislación aplicable (Real Decreto)

Universidades participantes (estudios interuniversitarios)

Universidad de Almería

MCD2006-00042

Investigación en economía de la empresa.

778/1998

Universidad Politécnica de Valencia

MCD2006-00243

Estadística y optimización.

778/1998

Universidad de Valencia.

2. En el anexo II en el que se relacionan los estudios de doctorado que han renovado la mención de calidad, deben introducirse las siguientes modificaciones:

2.1 En la página 31380, en el apartado de la Universidad de Barcelona donde dice «Referencia»: MCD2005-00104, «Programa de Doctorado o Programa Oficial de Posgrado con Doctorado»: Biología celular y molecular debe decir, «Referencia» MCD2005-00105, «Programa de Doctorado o Programa Oficial de Posgrado»: Biología vegetal.

2.2 En la página 31383, en el apartado de la Universidad de La Laguna se debe añadir en la columna «Referencia»: MCD2004-00092, en la de «Programa de Doctorado o Programa Oficial de Posgrado con doctorado»: Procesos de desarrollo e intervención familiar, en «Legislación aplicable (Real Decreto)»: 778/1998 y en «Universidades participantes (estudios interuniversitarios)»: Universidad de Sevilla. 2.3 En la página 31377, en el apartado de la Universidad Carlos III, «Referencia»: MCD2006-00442, en la columna «Programa de Doctorado o Programa Oficial de Posgrado con doctorado» donde dice Ingenieria térmica y de fluidos, debe decir Ingenieria mecánica y de organización industrial. 2.4 En la pagina 31377, anexo II, en el apartado de la Universidad Carlos III, referencia MCD2006-00580 (Programa Multimedia y comunicaciones) y en la columna «Mención de Calidad que se renueva (estudios RD56)», debe decir MCD2004-00455. 2.5 En la pagina 31377, anexo II, en el apartado de la Universidad Carlos III, referencia MCD2006-00581 (Programa Ingenieria telemática) y en la columna «Mención de Calidad que se renueva (estudios RD56)», debe decir MCD2004-00455. 2.6 En la página 31380, apartado de la Universidad de Barcelona, «Referencia» MCD2004-00142, «Programa o Programa Oficial de Posgrado con doctorado»: Electroquímica, ciencia y tecnología, deben incluirse en la columna «Universidades participantes (estudios interuniversitarios)» las Universidades de Alicante y Murcia. 2.7 En la página 31393, en el apartado de la Universidad Rovira i Virgili, «Referencia»: MCD2006-00583, «Programa de Doctorado o Programa Oficial de Posgrado con doctorado»: Nutrición y metabolismo, en la columna «Universidades participantes», debe aparecer la Universidad de Barcelona.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer en el plazo de un mes recurso potestativo de reposición, al amparo de los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre. Asimismo, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de su notificación. Dicho recurso no podrá ser interpuesto hasta que el anterior recurso potestativo de reposición sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta.

Madrid, 26 de septiembre de 2006.-El Secretario de Estado de Universidades e Investigación, P. D. (Orden ECI/87/2005, de 14 de enero), el Director General de Universidades, Javier Vidal García.

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