Visto el expediente de indulto de don Jorge Alexander Castilla Díaz, con los informes del Ministerio Fiscal y del tribunal sentenciador, condenado por el Tribunal Supremo, Sala Segunda de lo Penal, en sentencia de 18 de enero de 2006, resolutoria del recurso de casación interpuesto contra otra de la Audiencia Provincial, sección segunda, de Barcelona, de 4 de mayo de 2004, como autor de un delito contra la salud pública, a la pena de tres años de prisión y multa de 512,1 euros, por hechos cometidos en el año 2003, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 6 de octubre de 2006,
Vengo en conmutar a don Jorge Alexander Castilla Díaz la pena privativa de libertad impuesta por otra de dos años de prisión, a condición de que no abandone el tratamiento que tiene iniciado hasta alcanzar la total rehabilitación y no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años desde la publicación de este real decreto.
Dado en Madrid, el 6 de octubre de 2006.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia, JUAN FERNANDO LÓPEZ AGUILAR
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