Visto el expediente de indulto de don José María Pino Viejo, con los informes del Ministerio Fiscal y del tribunal sentenciador, condenado por la Audiencia Provincial de Huelva, sección segunda, en sentencia de 8 de julio de 1998, como autor de un delito contra la salud pública, a la pena de tres años de prisión y multa de 1.000.000 de pesetas, con las accesorias de suspensión de empleo o cargo público, por hechos cometidos en el año 1996, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 13 de octubre de 2006,
Vengo en conmutar a don José María Pino Viejo la pena privativa de libertad impuesta por otra de dos años de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años desde la publicación de este real decreto. Dado en Madrid, el 13 de octubre de 2006.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia, JUAN FERNANDO LÓPEZ AGUILAR
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