Visto el escrito presentado en esta Secretaría de Estado de Turismo y Comercio por doña Ioritz Echaburu Ibaceta, en nombre y representación de Hara Eta Ona Bidaiak S.L. por el que solicita la concesión del Título-Licencia de Agencia de Viajes Minorista. Considerando que la solicitud formulada y la documentación aportada por sus titulares cumplen los requisitos establecidos en el artículo 5.º de la Orden Ministerial de 14 de abril de 1988 (B.O.E. del 22).
Resultando que, de conformidad con el artículo 4.1 del Real Decreto 271/1988, de 25 de marzo (B.O.E. de 29) y los artículos 5.º y 6.º de la Orden de 14 de abril de 1988 (B.O.E. del 22), en relación con el artículo 7.1 del R.D. 2488/1978, de 25 de agosto (B.O.E. del 26 de octubre), corresponde a la Administración General del Estado la facultad de conceder estas licencias, esta Secretaría de Estado de Turismo y Comercio ha resuelto conceder el título-licencia de Agencia de Viajes Minorista a Hara Eta Ona Bidaiak S.L., con el código identificativo de Euskadi C.I.E. 2239 y sede social en calle Artibai, n.º 16, bajo, de Markina-Xemein (Vizcaya).
Madrid, 29 de septiembre de 2006.-El Secretario de Estado de Turismo y Comercio, P. D. (Resolución de 27-4-2004), el Secretario General de Turismo, Raimon Martínez Fraile.
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