Está Vd. en

Documento BOE-A-2006-19990

Resolución de 31 de octubre de 2006, de la Dirección General de Transportes por Carretera, por la que se convocan pruebas de constatación de la capacitación profesional para el ejercicio de las actividades de transportista por carretera, a celebrar en la ciudad de Ceuta y se determinan el tribunal que ha de juzgarlas así como el lugar, fechas y horas de la celebración de los ejercicios.

Publicado en:
«BOE» núm. 274, de 16 de noviembre de 2006, páginas 40250 a 40252 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-A-2006-19990

TEXTO ORIGINAL

La Ley 16/1987, de 30 de Julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres y su Reglamento aprobado el 28 de septiembre de 1990, determinan que para el ejercicio de las actividades de transportista de viajeros y de mercancías por carretera será necesario acreditar previamente el cumplimiento del requisito de capacitación profesional, que se reconocerá a aquellas personas que superen las pruebas que se convoquen y sean provistas del correspondiente certificado, conforme desarrolla la Orden del Ministerio de Fomento, de 28 de mayo de 1999 («Boletín Oficial del Estado» del 11 de junio), modificada por la Orden Ministerial, de 17 de mayo de 2001, por la que se modifica parcialmente el régimen jurídico de las autorizaciones de transporte de mercancías y viajeros por carretera («Boletín Oficial del Estado» del 6 de julio). Es competente para convocar las presentes pruebas la Dirección General de Transportes por Carretera al no haber asumido la ciudad de Ceuta las competencias correspondientes. En su virtud, esta Dirección General ha resuelto convocar pruebas de constatación de capacitación profesional para el ejercicio de actividades de transportista por carretera en la ciudad de Ceuta, con arreglo a las siguientes

Bases

Primera. Ámbito de las pruebas.-Se convocan pruebas de constatación de la capacitación profesional para el ejercicio de las actividades de transporte interior e internacional de viajeros y de mercancías por carretera, a celebrar en la ciudad de Ceuta. Segunda. Ejercicios.-Los ejercicios de que constarán las pruebas, su estructura y forma de calificación serán los establecidos en la Orden del Ministerio de Fomento de 28 de mayo de 1999 (Boletín Oficial del Estado del 11 de junio) por la que se desarrolla el capítulo primero del título II del Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres, en materia de expedición de certificados de capacitación profesional. Los ejercicios que deben superar los aspirantes a la obtención del certificado de capacitación profesional para el ejercicio de las actividades de transporte, en sus distintas modalidades, versarán sobre el contenido de las materias incluidas en el Anexo B de dicha Orden Ministerial, en su correspondiente modalidad o grupo. Tercera. Solicitudes.-Las solicitudes para tomar parte en las pruebas de esta convocatoria, cumplimentadas de conformidad con el modelo adjunto a esta Resolución, se presentarán en la Jefatura Provincial de Transportes Terrestres del Área de Fomento de la Delegación del Gobierno en Ceuta, sita en explanada Muelle de Poniente, galería C-bajo, en el plazo de quince días a partir de la publicación en el Boletín Oficial del Estado de esta convocatoria. Los derechos de examen serán de 18,58 euros por la presentación a las pruebas de cada modalidad profesional, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 27 dos 4.2.1 de la Ley 13/1996, de 30 de diciembre, y la Disposición Final primera Apartado 5 de la Ley 25/1998, de 13 de julio, de modificación del Régimen Legal de las Tasas Estatales y Locales y de Reordenación de las Prestaciones Patrimoniales de Carácter Público y la Ley 30/2005, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado que establece una subida del 1,02% en la aplicación de las tasas en el año 2006, con relación al 2005. El ingreso se realizará exclusivamente mediante el documento de ingreso modelo 790, señalado en la Orden de 11 de diciembre de 2001, que modifica la Orden de 4 de junio de 1998, por la que se regula la gestión recaudatoria de las tasas de la Hacienda Pública. En dicho documento de ingreso, junto a los datos del solicitante, constará la siguiente información:

Tasa: «Prestación de servicios y actuaciones por la Administración en materia de ordenación de los transportes terrestres por carretera».

Código de la Tasa: 061. Centro Gestor: Subsecretaría del Ministerio de Administraciones Públicas. Hecho Imponible: Derechos de examen para la realización de las pruebas de reconocimiento de la capacitación profesional. Ceuta 2006.

El ingreso podrá efectuarse en cualquier sucursal de las Entidades Colaboradoras (Bancos, Cajas de Ahorro, etc.) de la Agencia Tributaria, mediante la presentación directa del documento de ingreso, modelo 790 -Código 061-, previamente confeccionado. La Entidad Colaboradora validará en ese momento la operación. El ejemplar número 1, autocopiativo blanco, deberá ser entregado a la Administración junto al resto de la documentación necesaria para poder concurrir a la prueba.

Las solicitudes deberán acompañarse de dicho ejemplar, de fotocopia del Documento Nacional de Identidad y, en su caso, cuando se produzcan las circunstancias reglamentarias previstas que posibiliten el presentarse a las pruebas en lugar distinto de aquél en que el solicitante tenga su domicilio habitual, de los documentos acreditativos de dichas circunstancias. La falta de justificación del pago de los derechos de examen dará lugar a la exclusión del aspirante. Cuarta. Tribunal Calificador.-El Tribunal que juzgará las pruebas estará compuesto por las siguientes personas:

Tribunal titular: Presidente: D. José Juan Espartero López.

Vocales: D. Jesús Padillo Rivademar, D. Antonio Rodríguez Roubiño y D. Carlos Alberto Guitard Banet. Secretario: D. Francisco Verdú Abellán.

Tribunal suplente:

Presidente: Dña. M.ª del Carmen Díaz Blázquez.

Vocales: Dña. Margarita Nieto Pujalte, D. Andrés López García y Dña. Rosa Ana Mendo Ruiz. Secretario: D. Sergio Moreno Mateos.

Quinta. Lugar, fechas y horas de los ejercicios.-Las pruebas se celebrarán en el lugar, fechas y horas siguientes:

Lugar: Casa del Mar (Muelle Cañonero Dato s/n), Ceuta.

Fechas y Horas:

Martes, 12 de diciembre de 2006. Ejercicio para Transporte de Mercancías: Primera parte: de 09:00 a 11:00 horas.

Segunda parte: de 11:30 a 13:30 horas.

Martes, 12 de diciembre de 2006. Ejercicio para Transporte de Viajeros:

Primera parte: de 16:00 a 18: horas.

Segunda parte: de 18:00 a 20:00 horas.

Sexta. Domicilio y requisitos de los aspirantes.-Los aspirantes al reconocimiento de la capacitación profesional únicamente podrán concurrir a los ejercicios celebrados en la Ciudad de Ceuta, si tienen su domicilio legal en la misma o si concurren las circunstancias previstas en el artículo 9 de la Orden de 28 de mayo de 1999 citada.

Para ello, deberán presentar al Tribunal, en el momento del comienzo de los ejercicios, el original de su Documento Nacional de Identidad, debiendo estar el domicilio que figure en éste incluido en el ámbito territorial a que se extienda la actuación de dicho Tribunal. Cuando se hayan producido cambios de domicilio que no haya sido posible reflejar en el Documento Nacional de Identidad, el domicilio se podrá justificar mediante un certificado de empadronamiento expedido por el correspondiente Ayuntamiento.

Madrid, 31 de octubre de 2006.-El Director General de Transportes por Carretera, Juan Miguel Sánchez García.

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF de esta disposición.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid