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Documento BOE-A-2006-20412

Resolución de 2 de noviembre de 2006, de la Secretaría General de Sanidad, por la que se da publicidad al Convenio específico para el año 2006, del Protocolo general de colaboración entre la Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas y la Consejería de Salud de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

Publicado en:
«BOE» núm. 280, de 23 de noviembre de 2006, páginas 41169 a 41169 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Sanidad y Consumo
Referencia:
BOE-A-2006-20412

TEXTO ORIGINAL

Suscrito el 30 de octubre de 2006, Convenio Específico para el año 2006 del Protocolo General de Colaboración a suscribir entre el Ministerio de Sanidad y Consumo (Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas) y la Comunidad Autónoma de La Rioja (Consejería de Salud), en cumplimiento de lo dispuesto en el apartado dos del artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación en el Boletín Oficial del Estado de dicho Acuerdo, que figurará como anexo de esta Resolución.

Lo que se hace público a los efectos oportunos.

Madrid, 2 de noviembre de 2006.-El Secretario General de Sanidad, José Martínez Olmos.

ANEXO Convenio Específico para el año 2006 del Protocolo General de Colaboración a suscribir entre el Ministerio de Sanidad y Consumo (Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas) y la Comunidad Autónoma de La Rioja (Consejería de Salud)

En Madrid, a 30 de octubre de 2006.

REUNIDOS

De una parte, Sra. doña Elena Salgado Méndez, Ministra de Sanidad y Consumo, nombrada por R. D. 558/2004, de 17 de abril, B.O.E. de 18 de abril, en representación del Gobierno de la Nación, ejercitando la competencia delegada de acuerdo con lo establecido en el Apartado 8 del Acuerdo del Consejo de Ministros de 2 de marzo de 1990, en la redacción dada por Acuerdo de este mismo Órgano de 3 de julio de 1998, sobre competencias para establecer convenios de colaboración con las Comunidades Autónomas (B.O.E. de 16 de julio de 1998), de conformidad con lo establecido en el Artículo 6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre. De otra, el Excmo. Sr. don José Ignacio Nieto García, Consejero de Salud de la Comunidad Autónoma de La Rioja, debidamente facultado para este acto por delegación del Consejo de Gobierno conferida mediante Acuerdo de fecha 2 de abril de 2004 (B.O.R. n.º 45, de 8 de abril de 2004).

EXPONEN

Que el Ministerio del Interior y la Consejería de Salud y Servicios Sociales de la Comunidad Autónoma de La Rioja suscribieron un Protocolo General de Colaboración, de fecha 1 de septiembre de 1999, en materia de drogodependencias, que establece que los programas en que se concrete la colaboración entre la Mesa de Coordinación de Adjudicaciones y la Consejería de Salud y Servicios Sociales de dicha Comunidad Autónoma en dicho Protocolo General se establecerán en un convenio específico anual, en virtud de lo cual,

ACUERDAN

Primero.-Que la actuación de la Consejería de Salud de la Comunidad Autónoma de La Rioja en el año 2006 se concretará en el desarrollo de los programas:

Programa de adaptación de las unidades asistenciales de la red de salud mental a los nuevos consumos de alcohol y psicoestimulantes: 35.000,00 €.

Programa de sensibilización comunitaria y prevención del consumo de cocaína en jóvenes y familias de La Rioja: 34.000,00 €.

Segundo.-Que la Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas financiará la realización de estos programas, según la resolución de la Mesa de Coordinación de Adjudicaciones, de fecha 29 de junio de 2006, con un total de 69.000,00 euros con cargo al concepto 26.14.231A.458, que a tal fin ha sido dotado con créditos provenientes del Fondo de bienes decomisados por tráfico de drogas y otros delitos relacionados. El abono de fondos se realizará tras la firma del presente Convenio.

Tercero.-Que durante el primer trimestre del próximo ejercicio, la Consejería de Salud de la Comunidad Autónoma de La Rioja remitirá a la Mesa de Coordinación de Adjudicaciones un informe final y de evaluación del desarrollo de los programas y una certificación detallada y pormenorizada del gasto efectuado en la ejecución de los mismos. Cuarto.-Que la vigencia de este convenio se extenderá desde el día de su firma hasta el 31 de diciembre de 2006. Quinto.-Que en el desarrollo y aplicación de este convenio se estará a lo establecido en el Protocolo general de colaboración suscrito por ambas partes, y si el gasto realizado fuera menor que la cantidad subvencionada el remanente será reembolsado al Tesoro Público. Sexto.-El presente Convenio queda excluido de la aplicación del Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, al amparo de lo dispuesto en el Artículo 3.1.c del Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio, aplicándose los principios de dicha Ley para resolver las dudas y lagunas que pudieran presentarse.

Las controversias que pudieran surgir, serán de la competencia de la jurisdicción contencioso-administrativa. Para la debida constancia de lo acordado, se firma en duplicado ejemplar en el lugar y fecha arriba indicados. Firmado.-El Consejero de Salud de la Comunidad Autónoma de La Rioja, José Ignacio Nieto García.-La Ministra de Sanidad y Consumo, Elena Salgado Méndez.

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