A tenor de lo dispuesto en el artículo 66 de la Ley 30/2005, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2006, se actualiza la cuantía de las tasas especificadas en la base 2.2 en los siguientes términos: La cuantía de la tasa por participación en los exámenes y pruebas previas a la habilitación de vigilantes de seguridad y sus especialidades es de 19,91 euros (tarifa duodécima), y por compulsa de documentos es de 3,32 euros (tarifa decimocuarta), que se incrementará en 1,65 euros por cada página que complete el documento a compulsar.
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 109 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y Disposición Adicional decimoquinta de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, se puede interponer recurso potestativo de reposición ante la Secretaría de Estado de Seguridad en el plazo de un mes, en los términos establecidos por el art. 116 y concordantes de aquella Ley, o contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, según lo establecido en los artículos 10.1.i y 14 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, en el plazo de dos meses, conforme a lo dispuesto en el artículo 46 de esta misma Ley.
Madrid, 13 de enero de 2006.-El Secretario de Estado, Antonio Camacho Vizcaíno.
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