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Documento BOE-A-2006-6321

Resolución de 14 de marzo de 2006, de la Subsecretaría, por la que se inscribe la Fundación Ecoagroturismo en el Registro de Fundaciones.

Publicado en:
«BOE» núm. 83, de 7 de abril de 2006, páginas 13777 a 13777 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-2006-6321

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente de inscripción de la Fundación Ecoagroturismo en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Medio Ambiente, en el que consta:

Primero. Constitución de la Fundación.-La Fundación fue constituida en Gijón el 1 de junio de 2005 por don Severino García González, doña Daniele Schmid, la Asociación Cultural y Recreativa Ca L'Ásturcón, representada por don Severino García González, y la Asociación de Turismo Rural La Comarca La Sidra (Turisidre), representada por doña Ana Isabel Menéndez Ponga, según consta en la escritura pública número 1.423 otorgada ante el Notario del Ilustre Colegio de Oviedo don Jose Antonio Beramendi Erice.

Segundo. Domicilio y ámbito territorial de actuación.-El domicilio de la Fundación se establece en el Barrio de Foncalada, Argüero, Concejo de Villaviciosa, Principado de Asturias; y su ámbito territorial de actuación se extiende a todo el territorio del Estado español. Tercero. Fines.-Los fines que persigue la Fundación, según el artículo 6 de sus Estatutos, son los siguientes: Ser foro de investigación y centro de referencia para el desarrollo y la difusión de temas relacionados con el uso sostenible de los recursos naturales, culturales y sociales en su interrelación con el desarrollo turístico; impulsar la educación y favorecer una nueva cultura ambiental que involucre a todos los ciudadanos, propiciar el intercambio de información y cooperar con los sectores científico y tecnológico; promover el desarrollo de iniciativas para la conservación de los ecosistemas, los hábitats y la recuperación de actividades agropecuarias tradicionales, divulgar la cultura del desarrollo sostenible y propiciar la cooperación internacional para lograr la preservación de las Comunidades locales y sus entornos; e impulsar iniciativas que favorezcan los aspectos culturales, científicos, sociales, ambientales, histórico-artístico, antropológicos, etnológicos, sociológicos, económicos, jurídicos y de todos aquellos relacionados con el turismo sostenible. Cuarto. Dotación.-La Fundación se constituye con una dotación inicial de treinta y seis mil euros (36.000 euros), mediante la aportación, por la Asociación Cultural y Recreativa Ca L'Asturcón, de una instalación de energía solar fotovoltaica. Quinto. Patronato.-El gobierno de la Fundación se confía a un Patronato, cuyos miembros desempeñan el cargo de modo gratuito. Las normas sobre la composición, el nombramiento y la renovación del Patronato constan en los Estatutos. El Patronato inicial queda constituido por las siguientes personas: don Severino García González, Presidente; doña Daniele Schmid, Vicepresidente; la Asociación de Turismo Rural La Comarca La Sidra (Turisidre), que designa como representante a doña Ana Isabel Menéndez Ponga, Interventor; y la Asociación Cultural y Recreativa Ca L'Ásturcón, que designa como representante a don Severino García González. Todos ellos aceptan el nombramiento en el propio acto de constitución de la Fundación. Se designa Secretario no patrono a don Gael García Schmid. Sexto. Estatutos.-Todo lo relativo al gobierno y gestión de la Fundación queda recogido en los Estatutos por los que se rige, quedando expresamente sometido el Patronato a la obligación de rendición de cuentas al Protectorado.

Vistos la Constitución vigente, la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones, el Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre, el Reglamento del Registro de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por Real Decreto 384/1996, de 1 de marzo, el Acuerdo del Consejo de Ministros de 13 de noviembre de 1998 por el que se autoriza al Ministerio de Medio Ambiente para ejercer las funciones de Protectorado de las fundaciones con fines vinculados al mismo y se crea el Registro de fundaciones medioambientales.

Visto el interés general que concurre en los fines perseguidos por la Fundación Ecoagroturismo, la suficiencia de la dotación inicial, acreditado el cumplimiento de los demás requisitos establecidos en la Ley y visto el informe favorable del Protectorado de fundaciones con fines ambientales.

Esta Subsecretaría, en el ejercicio de la facultad de registro que le atribuye el artículo 2.1 del Real Decreto 1477/2004, de 18 de junio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Medio Ambiente, acuerda la inscripción en el Registro de Fundaciones del Departamento, de la Fundación Ecoagroturismo, así como del nombramiento de los miembros del Patronato, relacionados en el apartado quinto de esta Resolución.

Madrid, 14 de marzo de 2006.-La Subsecretaria, Concepción Toquero Plaza.

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