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Documento BOE-A-2006-7396

Resolución de 14 de marzo de 2006, de la Secretaría de Estado de Inmigración y Emigración, por la que se da publicidad al Acuerdo del Consejo de Ministros, de 3 de marzo de 2006, por el que se formalizan, para el año 2006, los criterios de distribución, así como la asignación resultante de los compromisos financieros, informados favorablemente por el Consejo Superior de Política de Inmigración.

Publicado en:
«BOE» núm. 98, de 25 de abril de 2006, páginas 15895 a 15896 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-2006-7396

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con lo establecido en el artículo 86.2 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, el Consejo Superior de Política de Inmigración como órgano de cooperación que reúne a responsables en la materia, de acuerdo al artículo 5 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, acordó en su reunión del 17 de febrero de 2006, los criterios objetivos de distribución de créditos presupuestarios, destinados a subvenciones para el desarrollo de actuaciones del Fondo de Apoyo a la acogida y la integración de personas inmigrantes así como al refuerzo educativo de los mismos para 2006 con Comunidades Autónomas. Aprobado por el Consejo de Ministros, en su reunión de 3 de marzo de 2006, el Acuerdo por el que se formalizan los compromisos financieros de la Administración General del Estado respecto de dicha distribución, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la citada distribución que figura como anexo de la presente resolución.

Lo que se hace público a los efectos oportunos.

Madrid, 14 de marzo de 2006.-La Secretaria de Estado, Consuelo Rumí Ibáñez.

ANEXO Acuerdo por el que se formalizan para el ejercicio 2006 los criterios objetivos de distribución así como la distribución resultante del crédito presupuestario, por un importe de 182.400.000 euros, del Fondo de apoyo a la acogida y la integración de inmigrantes así como el refuerzo educativo de los mismos

El Consejo de Ministros, a propuesta del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales acuerda formalizar los criterios que servirán de base para la distribución entre Comunidades Autónomas del crédito presupuestario incluido en el Fondo de apoyo a la acogida e integración de inmigrantes así como el refuerzo educativo de los mismos, de conformidad con lo establecido en la Ley General Presupuestaria. La propuesta formulada es resultado del marco de cooperación para la gestión del citado Fondo examinado en la reunión del Consejo Superior de Política de Inmigración celebrada el 17 de febrero de 2006, como el órgano colegiado de coordinación y cooperación entre la Administración del Estado, las Comunidades Autónomas y las Entidades Locales en las actuaciones con incidencia en la política de integración de los inmigrantes. El crédito del Fondo de apoyo a la acogida e integración de inmigrantes así como el refuerzo educativo de los mismos, previsto en los Presupuestos Generales del Estado para el año 2006, tiene por finalidad promover y potenciar las políticas públicas en estos ámbitos de actuación en base a principios de subsidiaridad, complementariedad y cooperación con las Comunidades Autónomas y Ayuntamientos. El papel de las Administraciones públicas en el ámbito de las políticas de integración de los inmigrantes viene delimitado por la Constitución Española que atribuye al Estado competencias exclusivas en materia inmigración y a las Comunidades Autónomas y Ayuntamientos competencias en áreas clave para la integración, tales como el empleo, la educación, la salud, los servicios sociales o la participación cívica. El aumento de los flujos migratorios hacia España en los últimos años ha supuesto un incremento importante de la población atendida por los diferentes servicios públicos, con los correspondientes efectos sobre la planificación, desarrollo y financiación de políticas sobre las que las Comunidades Autónomas cuentan con competencias de ahí que, en materia de integración de los inmigrantes, se requiera una especial colaboración entre las distintas Administraciones públicas. Criterios de distribución:

El importe total de 182.400.000 de euros, a distribuir entre las Comunidades Autónomas, se realizará con cargo al Presupuesto de Gasto del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, contemplado en la Ley 30/2005, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2006, en la aplicación presupuestaria: 19.07.231B.45500 «Transferencias Corrientes a Comunidades Autónomas». Fondo de apoyo a la acogida e integración de inmigrantes así como el refuerzo educativo de los mismos. La cuantía total se distribuye en dos partidas: 91.200.000 € para «Acogida» e «Integración».

91.200.000 € para «Refuerzo Educativo».

Los criterios de reparto de distribución de los fondos entre cada Comunidad Autónoma, con su correspondiente ponderación, son los siguientes: Acogida e Integración: Se establece una asignación básica para cada Comunidad Autónoma, en aplicación de un criterio de solidaridad interterritorial y con el fin de que las Comunidades en los que haya una presencia menor de inmigrantes cuenten en todo caso con una aportación estable. Ponderación aplicada: 10%.

Se establece igualmente una partida denominada situaciones especiales que responde a la mayor presión migratoria de entrada que soportan algunas Comunidades por su situación geográfica y que se asigna de manera ponderada a las Comunidades Autónomas de Andalucía, Canarias, Cataluña, Valencia, Madrid y Murcia y las Ciudades de Ceuta y Melilla. Ponderación aplicada: 20%.

La cantidad restante se asigna también de manera ponderada en función de los siguientes criterios:

Población extranjera extracomunitaria empadronada en una determinada Comunidad Autónoma, a fecha 1 de enero del 2005. Ponderación aplicada: 35%.

Número de trabajadores extracomunitarios afiliados a la Seguridad Social, excluido el régimen especial agrario, en cada Comunidad Autónoma. Ponderación aplicada: 25%. Número de trabajadores extracomunitarios de Régimen Especial Agrario en cada Comunidad Autónoma. Ponderación aplicada: 10%.

Refuerzo Educativo:

La partida de refuerzo educativo se asigna en función de los siguientes criterios: Número total de alumnado extracomunitario escolarizado en enseñanza no universitaria. Ponderación: 60%

Número total de alumnado extracomunitario escolarizado en enseñanza no universitaria procedentes de países no castellanohablantes. Ponderación: 40%.

El Anexo al presente Acuerdo recoge la distribución territorial del Fondo de apoyo a la acogida y la integración de inmigrantes y al refuerzo educativo de los mismos.

ANEXO

Comunidad Autónoma

Total asignación 2006

Total euros

Porcentaje

Andalucía

20.550.363

11,27

Aragón

5.816.229

3,19

Asturias

1.577.033

0,86

Baleares

5.294.633

2,90

Canarias

8.503.514

4,66

Cantabria

1.550.843

0,85

Castilla-La Mancha

7.278.048

3,99

Castilla y León

5.591.381

3,07

Cataluña

40.942.170

22,45

Comunidad Valenciana

22.540.940

12,36

Extremadura

1.933.385

1,06

Galicia

2.671.820

1,46

Madrid

40.218.646

22,05

Región de Murcia

11.116.130

6,09

Navarra

1.415.649

0,78

País Vasco

1.662.801

0,91

Rioja (La)

2.057.132

1,13

Ciudad de Ceuta

827.946

0,45

Ciudad de Melilla

851.337

0,47

Total

182.400.000

100,00

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