Visto el expediente de indulto de don Carlos Alberto Gómez Correa condenado por el Tribunal Supremo sala segunda de lo Penal de Madrid, en sentencia de 16 de septiembre de 1998, como autor de un delito contra la salud pública a la pena de nueve años y un día de prisión y multa de 3.000.000 de pesetas, con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de condena, por hechos cometidos en el año 1996, en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 27 de abril de 2007,
Vengo en indultar a don Carlos Alberto Gómez Correa la pena privativa de libertad pendiente de cumplimento, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cuatro años desde la publicación del real decreto.
Dado en Madrid, el 27 de abril de 2007.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia, MARIANO FERNÁNDEZ BERMEJO
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